Etiqueta: Aragón

COLECCIÓN DE CARTAS HISTÓRICO-CRÍTICAS EN QUE SE CONVENCE QUE EL REY D. JAYME I DE ARAGÓN NO FUE EL VERDADERO AUTOR DE LA CRÓNICA O COMENTARIOS QUE CORREN A SU NOMBRE

COLECCIÓN DE CARTAS HISTÓRICO-CRÍTICAS EN QUE SE CONVENCE QUE EL REY D. JAYME I DE ARAGÓN NO FUE EL VERDADERO AUTOR DE LA CRÓNICA O COMENTARIOS QUE CORREN A SU NOMBRE

COLECCIÓN

DE CARTAS HISTÓRICO-CRÍTICAS

EN QUE SE CONVENCE

QUE EL REY D. JAYME I DE ARAGÓN
NO FUE EL VERDADERO AUTOR DE LA CRÓNICA

O COMENTARIOS QUE CORREN A SU NOMBRE.

ESCRITAS A UN AMIGO
POR
D. JOSEPH VILLARROYA
DEL CONSEJO DE S. M. Y SU ALCALDE
DE CASA Y CORTE.

EN VALENCIA
Y OFICINA DE D. BENITO MONFORT
AÑO DE MDCCC. (1800)

/ Nota del editor, Ramón Guimerá Lorente: Se actualiza en parte la ortografía, por ejemplo á: a; fué: fue; dió: dio, etc. No se añade ni se rectifica nada, exceptuando erratas del autor que él mismo relata.
Las notas al pie se ponen seguidas en el texto, así: (1: texto de la nota al pie) /


PRÓLOGO.

Estaba altamente persuadido a que haría un importante y conocido servicio a la República Literaria, si trasladase a la Lengua Castellana la Crónica o Comentarios que corren a nombre del Rey D. Jayme I. de Aragón, escrita en la Lemosina, ilustrando la traducción con oportunas notas que aclarasen varios puntos históricos; manifestasen algunas falsedades y anacronismos; diesen noticia de muchos hechos memorables y portentosos, omitidos en la Crónica; hiciesen demostrable lo arreglado de la traducción; facilitasen el conocimiento del Lenguaje Lemosín, en cuanto perteneciese al asunto; y finalmente completasen una Obra tan útil e interesante. Llevado del halagüeño estímulo de este noble pensamiento, arrostré gustoso a la empresa, y embelesado un día en el trabajo, entró en mi estudio un Amigo, a quien estimo con las mayores veras por su instrucción, carácter, y bella índole, y puntualmente fue a tiempo que estaba meditando sobre el cap. XV. part. I. fol. 6 y extendiendo una nota que me parecía del caso. En el Capítulo se expresa que el Rey D. Jayme era el que componía la Crónica; y la nota estaba reducida a negar este hecho, amenizándola con alguna ilustración. Leela el Amigo, sorpréndese, y manifiesta la novedad que le causaba semejante pensamiento. Oigo cuanto quiere decirme, y después le hablo de esta manera:

Confieso con franqueza, que la primera vez que leí esta Crónica o Comentarios, estaba en la firme creencia de que su verdadero Autor fue el Rey D. Jayme el Conquistador. Entonces no pensaba yo en otra cosa que en instruirme en la Historia de aquellos remotísimos tiempos que tenía por cierta, como escrita por un autor coetáneo, y tan calificado como que por él mismo habían pasado todos los sucesos que refiere. Después entendí que algunos Literatos dudaban si efectivamente fue el Rey D. Jayme el que extendió estos Comentarios; y que otros, y entre ellos uno de los más sabios Varones que ha tenido la Nación en este siglo, lo negaban absolutamente. Esto me obligó a repetir una y muchas veces la lectura de la referida Crónica, y a fuerza de meditar y combinar especies, me decidí por la negativa. Yo noto en ella muchas equivocaciones, falsedades, anacronismos e imposibilidades: que se escriben indecibles especies impertinentes, pueriles y enteramente despreciables: que se omiten los sucesos más grandes, peregrinos y memorables que acaecieron al expresado Monarca en la larga duración de su vida: que se le pinta como impostor y detractor del buen nombre del Rey D. Pedro su Padre, y de dos nobilísimas Damas: y últimamente que después de muerto se le hace hablar y escribir la referida Crónica o Comentarios. Con estos conocimientos ciertamente se persuadirá Vm. que es imposible que yo pueda pensar de otro distinto modo. Por lo demás no pretendo quitar a esta grande obra el mérito a que sin duda alguna es acreedora de justicia, por la sencillez con que está escrita, por el modo de contarse los sucesos, por su mucha antigüedad, y por otras particularidades que la han hecho sumamente apreciable, y digna de la común estimación de los Sabios; pero niego que la escribiese en efecto el Rey D. Jayme el Conquistador.”

Estas razones no fueron bastantes para convencer a mi Amigo, sin duda porque se alegaron en globo; y así para su total y absoluto desengaño le prometí extenderlas por escrito. A esto fue consecuente que suspendiese el trabajo de la traducción de la Crónica, y que lo aplicase a poner estas 26 Cartas que se han impreso en cinco cuadernos separados, con sus respectivas fachadas. El primero contiene este prólogo, y el índice de las Cartas: el segundo las siete primeras: el tercero las ocho siguientes: el cuarto desde la décima sexta, hasta la vigésima segunda: y el quinto las cuatro últimas. Dije que había suspendido el trabajo de la traducción de la Crónica por atender a este particular, con lo cual manifesté que no había sido mi ánimo abandonar aquella importancia. En efecto estoy determinado a proseguir y concluir la Obra, y darla a la prensa luego que se halle en estado. El caso es que esta que a primera vista parece distracción, no debe considerarse tal, respecto de que lo discurrido en estas Cartas servirá infinito para inteligencia de la Crónica, y suplirá por muchísimas notas que de otra suerte deberían extenderse.

Sólo resta decir, que vivo sumamente receloso y desconfiado del acierto en el asunto. Está envuelto en muchos acontecimientos que pasaron más ha de cinco siglos. Las noticias de aquellos remotísimos tiempos se hallan cubiertas de tinieblas, y mis cortas luces no pueden darlas toda la claridad que necesitan. En este supuesto ruego a los Lectores quieran leer con benignidad estos cortos rasgos, y ser indulgentes con quien ha tomado una ocupación tan loable, con sólo el objeto de hacer este corto servicio a la República literaria.

ÍNDICE DE LAS CARTAS QUE CONTIENE ESTE LIBRO.

Carta I. Plan de la Obra. Epílogo de la vida del Rey D. Jayme I. de Aragón. Se le supone Autor del Libro de la Ciencia, y de la Crónica o Comentarios que corren a su nombre. Dificultades que ocurren en la materia, y Escritores que lo dudaron. Príncipes guerreros, y al mismo tiempo sabios y Escritores. No fueron Maestros de este Monarca D. Hispan, ni S. Raymundo de Peñafort. Ediciones de la Crónica de los años 1515 y 1557 Noticia de esta Obra, y del Libro de los Privilegios del Reyno de Valencia. No consta que aquellas impresiones se hiciesen por el M. S. original, ni se sabe su existencia y paradero. Varias historias M.SS. del Rey D. Jayme distintas entre sí. Trabajó otra el P. Pedro Marsilio. Juicio sobre la composición de esta Crónica. Testimonios coetáneos de no ser el Rey D. Jayme su verdadero Autor. Nótanse en ella varios errores, falsedades y anacronismos. Cállase lo que era justo que se dijese, y se dice lo que era razón que se callase:

pág. I.
(En el pdf. Se omiten en este formato las páginas porque no coinciden)

CARTA II. Dudas sobre el año en que nació el Rey D. Jayme el Conquistador. Fíjase el de 1207 Fundamentos de la opinión. D. Joseph Rodríguez de Castro pone los Escritos que se atribuyen a este Monarca.

Carta III. Falsedad del cap. III. p. I. de la Crónica. La Decretal de que habla no dice lo que se supone. Está escrita en el cap. XIII. qui filii sint legitimi. El Rey D. Alonso de Aragón contrae matrimonio con Doña Sancha de Castilla. La hija del Emperador de Constantinopla llega a Mompeller, y viéndose burlada de aquel Monarca casa con D. Guillermo Señor del Estado de este nombre. Siguen algunas razones que convencen la falsedad del expresado cap. III.

Carta IV. La Decretal de que trata el cap. XIII. qui filii sint legitimi no es del año 1213, sino del de 1202 Testamento de D. Guillermo de Mompeller de 4 de noviembre de 1202 publicado en 9 del propio mes. Capitulaciones para el Matrimonio del Rey D. Pedro y Doña María de Mompeller, otorgadas en el mes de junio de 1204 Abarca equivocó el año. Propónense varios argumentos demostrativos de que la referida Decretal se hizo en el año 1202

Carta V. No escribió el Rey D. Jayme lo que se lee en el cap. VIII. p. I. de la Crónica. Herejía de los Albigenses. El Rey D. Pedro se arrimó a los Herejes, de quienes no pudieron separarle las exhortaciones de Santo Domingo de Guzmán. Sale del Castillo de Maurel el Conde Simón Monforte con 800 caballos y 1000 infantes, y da en los Reales del Rey, cuyo ejército se componía de 100000 hombres de pelea. Batalla que pierde aquel Príncipe con la vida en 14 de septiembre de 1213 En 19 de enero del propio año dio sentencia el Papa Inocencio III en que declaró no haber lugar a la nulidad del matrimonio de Doña María de Mompeller, y del referido Rey D. Pedro.

CARTA VI. Falsedad del razonamiento que se atribuye al Rey D. Jayme en el cap. XLVI. p. I. de la Crónica. Convéncese este concepto con varias irrefragables razones.

CARTA VII. Trátase de la prodigiosa concepción del Rey D. Jayme. Fue cierta en los términos que la cuenta Ramón Muntaner. La aseguran testigos coetáneos y muchos Autores. Esta historia no fue novela de la moda de aquellos tiempos. Créense sucesos más extraños de entonces. Ley de Valencia que imponía a la mujer adúltera la pena del Talión. Hermoso pasaje de D. Joseph Ortiz y Sanz sobre lo increíble de semejantes acontecimientos.

CARTA VIII. Historia de la Conquista de la Ciudad de Valencia. Error y falta de puntualidad de la Crónica en contar los convenios que precedieron a la entrega. Pónese la Escritura que en el Lugar de Ruzafa y día 28 de septiembre de 1238 otorgaron el Rey D. Jayme y el de Valencia Zaen. Resuélvese la duda sobre el año de este suceso.

Carta IX. Trata de fijar el día en que el Rey D. Jayme entró triunfante en la Ciudad de Valencia que fue el 28 de septiembre de 1238 Historiadores que lo afirman. En la Torre de la Iglesia de S. Martín se encontraba una lápida antiquísima, estaba en que estaba escrito este suceso. Equivocación de los que piensan que se verificó el día 9 de octubre. Satisfácese a sus argumentos. Retráctase un moderno de esta opinión que había dado al público.

CARTA X. Hácese decir al Rey D. Jayme en el año 1244 que su hija Doña Violante era a la sazón Reyna de Castilla. Error notable. El expresado D. Jayme y Doña Violante de Hungría no se casaron hasta 8 de septiembre de 1235 En 25 de enero de 1249 dispensó el Sumo Pontífice el impedimento de afinidad que mediaba entre D. Alonso de Castilla y Doña Violante de Aragón, para que pudiesen contraer válidamente matrimonio. En una arenga del mes de enero de 1238 que se atribuye al Rey D. Jayme, se lee que entonces era ya casada su hija Doña Violante con D. Alonso Rey de Castilla. Este D. Alonso no sucedió en la Corona hasta 30 de mayo de 1252 en que murió el Rey S. Fernando. Ridícula, extraña y vergonzosa confesión que se pone en boca del Rey D. Jayme. Degrádase el honor de este, y de una nobilísima Dama llamada Doña Berenguela. Exórnase el asunto con varias y oportunas reflexiones.

Carta XII. Averíguase quién fue la Doña Berenguela que dio motivo a aquella ridícula confesión. Con dos Señoras de este mismo nombre trató el Rey D. Jayme, Doña Berenguela Fernández, y Doña Berenguela Alonso. Ferreras dice que esta última no fue Dama de aquel Monarca, pero se equivocó. Los Moros intentan socorrer a Murcia, y los desbaratan los Christianos. En las vistas de Alcaráz, que fueron posteriores a la referida confesión, trató el Rey D. Jayme por la primera vez a Doña Berenguela Alonso. La Doña Berenguela Fernández fue sin duda la Dama de quien habló el Monarca Conquistador.

CARTA XIII. Falsedad de lo que se lee en la Crónica cap. LXVI. p. IV. Batalla de Martos. Muerte de D. Sancho Arzobispo de Toledo, verificada en 21 de octubre de 1275 El Infante D. Fernando fallece pocos días después. Zurita y Mariana equivocan el tiempo de esta muerte. Argumentos que comprueban el error y falsedad.

CARTA XIV. Suposición, y fingimiento del capítulo último de la Crónica. No pudo escribirlo el Rey D. Jayme después de muerto. Diferéncianse este caso, y el del Profeta Moyses que dejó escrita su muerte, y algunos pasajes posteriores a ella. El Prólogo que precede a la Crónica tampoco fue Obra del Rey D. Jayme.

Carta XV. Recapitúlanse varios sucesos inútiles, despreciables y de ninguna importancia que se leen en la Crónica; y otros grandes, memorables, y asombrosos de que ningún mérito se hace. Fáltase a lo prevenido en el cap. c. p. II.

CARTA XVI. S. Pedro Nolasco fue el Autor y móvil de las Conquistas del Rey D. Jayme. Ganó este la Capital de la Isla de Mallorca el día último del año 1229 Error de Beuter en esta parte. El Conquistador prendió al Rey Retabohihe, y le prometió la vida. Es especie fabulosa que le tomase por la barba, lo arrojase a sus pies, y le mandase cortar la cabeza. Ignórase el fin de este Monarca. Se le entregó también su hijo a quien llevó consigo. Bautizóse, púsosele el nombre del Rey, y este le casó con una Dama principal llamada Doña Eva.

Carta XVII. Historia del Rey Moro de Valencia Zeyt Abuzeyt. Cuéntase lo que tiene relación con las cosas del Rey D. Jayme. Epílogo del resto de su vida.

Carta XVIII. Casamiento del Rey D. Jayme y Doña Leonor de Castilla. Declárase nulo este matrimonio en el Concilio celebrado en Tarazona en 29 de mayo de 1229 La Doña Leonor marchó a Castilla, y retirada al Monasterio de Burgos murió por los años 1253 De este enlace nació el Príncipe D. Alonso que fue jurado Sucesor en las Cortes de Daroca de 6 de febrero de 1228 Su Padre ratificó la Sucesión en el citado Concilio de Tarazona. Error de los que creen que en aquel Concilio se declaró su legitimidad. Casó este Príncipe con Doña Costanza, hija primogénita del Vizconde de Bearne por los años de 1256 Equivocación de los que aseguran que fue en el de 1260 Ciertamente murió en este. Se duda dónde fue enterrado, y se declara que su cuerpo está en un Sepulcro que existe en la Capilla de Santiago de la Metropolitana Iglesia de Valencia.

Carta XIX. Historia de Doña Teresa Gil de Vidaure. Fue mujer legítima del Rey D. Jayme. Confesólo este en la Súplica que hizo al Sumo Pontífice para que disolviese aquel matrimonio. Testamento del referido Monarca de 26 de agosto de 1272 Este matrimonio fue el último de los que contrajo el expresado Rey. Dudas sobre el particular, y equivocaciones de los Escritores. Doña Teresa se retira al Monasterio de la Zaydia donde muere, y es enterrada. Volviendo de Roma fue cautivada, y llevada a Argel. Libértase del cautiverio. S. Pedro Nolasco padeció mucho por esta causa.

Carta XX. El Rey D. Jayme mandó cortar la lengua al Obispo de Gerona. Motivos de esta sacrílega acción. Es absuelto el Rey, y se le impone penitencia. Errores de los Autores sobre el particular.

CARTA XXI. La Reyna Doña Sancha influye en el casamiento de su hijo el Rey D. Pedro con Doña María Señora de Mompeller. Arrepiéntese el Rey, y pone Demanda sobre nulidad de aquel matrimonio. Trámites de este negocio. Sentencia de Inocencio III de 19 de enero de 1213 en que se declaró válido. Se notan algunas equivocaciones de los Historiadores.

CARTA XXII. Fundación de la Real y Militar Orden de nuestra Señora de las Mercedes. Déjase ver María Santísima del Rey D. Jayme, de S. Pedro Nolasco y de S. Raymundo de Peñafort. Varias opiniones acerca del año de esta fundación. Resérvase el examen del particular para una Disertación.


CARTA XXIII. Prodigios admirados en la Villa del Puig en tiempo del Rey D. Jayme. Aparece S. Jorge en el aire, y con su ayuda vence un corto número de Christianes a una multitud de Moros. Descúbrese milagrosamente la Imagen de nuestra Señora llamada del Puig.

CARTA XXIV. Historia de los Corporales llamados comúnmente de Daroca.

CARTA XXV. Pasa S. Raymundo de Peñafort desde Mallorca a Barcelona embarcado en su Manto que le sirve de Bajel. Sucedió este prodigio en el año 1269 Examínase con escrupulosidad este particular. Motivos que impelieron a S. Raymundo para determinarse a este milagroso tránsito.

CARTA XXVI. Con el supuesto de que el Rey D. Jayme no escribió la referida Crónica, se averigua quién fue su verdadero Autor. Lo más probable es que el Padre Pedro Marsilio del Orden de Predicadores escribió esta Obra en Lengua Latina, y que de ella se tradujo con alguna leve variación la expresada Crónica o Comentarios.


CARTA I.

Mi amigo y Señor. Nuestras útiles y deliciosas conversaciones literarias, me han ocasionado un trabajo que sigo con el mayor gusto y complacencia. Vm. se empeñó en quererme persuadir que el Rey D. Jayme I. de Aragón fue sin duda alguna el verdadero autor de la Crónica o Comentarios que corren en su nombre, impresos en esta Ciudad de Valencia por la Viuda de Juan de Mey, año 1557 y como mi modo de pensar no pudo hermanarse con la opinión de Vm. quedamos en que yo extendiese los fundamentos en que apoyaba el concepto de que otra pluma que la del Rey D. Jayme fue la que tiró los rasgos de aquella Crónica. En efecto tengo ya recogidos bastantes materiales para convencer a Vm., sacarle de su errada opinión, y obligarle a que la deteste enteramente. Pensaba en escribir una Disertación sobre el particular; pero he preferido el medio de manifestar por Cartas mi pensamiento, poniendo en ellas separadamente las razones en que se funda, facilitando así la mayor claridad, y a Vm. la acción de impugnarlas, y de prevenirme que explique algunos pasajes de ellas si acaso están concebidos con obscuridad, o que extienda las noticias que eche menos, para percibir las cosas como son en sí. Comienzo pues por esta, que servirá como de preliminar a las que sigan, y en que daré en globo una idea de todo el concepto; en inteligencia de que procuraré amenizarlas algún tanto, bien que sin salir del asunto, para que lo árido de las respectivas materias moleste menos a Vm. y no le acede el gusto de leerlas.

El invictísimo Rey D. Jayme I. de Aragón llamado el Conquistador, nació en la Ciudad de Mompeller el día 1 de febrero del año 1207 Sus Padres lo fueron el Rey D. Pedro II conocido por el Católico, y la Reyna Doña María hija de Guillermo de Mompeller. De seis años y medio poco más empuñó el cetro por la desgraciada muerte de su Padre que lastimosamente perdió la vida en 14 de septiembre de 1213 Era hermoso, de gallarda presencia, afable, comedido, juicioso, valiente soldado y excelente General. Así peleaba con las manos como dirigía y gobernaba los ejércitos con el consejo, con la prudencia, y con sus talentos militares. Dio treinta batallas campales, saliendo en todas ellas triunfante: y en los encuentros y escaramuzas siempre fue proclamado vencedor. Conquistó los Reynos de Mallorca, Valencia y Murcia, cuyas grandes y gloriosas empresas le adquirieron justamente el renombre de Conquistador. Fundó o, por decirlo en propios términos, dedicó dos mil Iglesias en honor de María Santísima, convirtiendo en casas de oración las sacrílegas Mezquitas de los enemigos del nombre Christiano. Finalmente lleno de triunfos y glorias falleció en la Ciudad de Valencia en 27 de julio de 1276 a los sesenta y nueve años, cinco meses y veinte y siete días de su edad, y a los sesenta y dos años, nueve meses y trece días de su Reynado. Si este epílogo no basta para saciar la curiosidad de Vm., y desea mayor ilustración y noticias en la materia, podrá ver a los muchísimos Historiadores antiguos y modernos, que han empleado sus nobles plumas en contar la vida y heroicas hazañas de este célebre e invicto Conquistador.

No sólo aparece en el gran teatro del mundo excelente y famoso Soldado y Capitán, sino que se le pinta, y quiere hacer ver amante de las buenas letras, estudioso, sabio, erudito, autor de excelentes obras, y al fin célebre Historiador de sus hazañas. Entre muchísimas producciones que se le atribuyen, las más principales son Lo libre de la sauiesa, esto es, El libro de la ciencia, y su Crónica, o Comentarios. El libro de la ciencia es una excelente obra. Está escrito en lengua Lemosina, y propiamente es un tratado de Filosofía Moral, amenizado con la doctrina de los Filósofos antiguos Johannicro hijo de Ishac, Sócrates, Aristóteles, y otros, dirigida a la mejor instrucción de los Príncipes para el más feliz gobierno de sus Reynos, y arreglo de las costumbres de los vasallos. El autor de este libro es preciso que tuviese gran talento, mucha instrucción y estudio, noticia de varias ciencias, inteligencia en las lenguas Latina y Griega, gran copia de erudición, y mucha finura para interponer el juicio y aplicar con oportunidad las sentencias de los Filósofos. Estas circunstancias hacen sospechosa la noticia de que el Rey D. Jayme fuese el verdadero autor de una obra tan recomendable. Es cosa cierta que las armas no están reñidas ni enemistadas con las letras, y que ha habido Príncipes que han sido modelo y dechado de Guerreros y Generales, y al mismo tiempo literatos, sabios, y algunos de ellos excelentes Escritores, de que pueden ser buenos testigos Tucydides, Alexandro el grande, Cayo julio César, Octaviano, Pirrho, Antígono, Themístocles, Epaminondas, Scipión el africano, los dos Catones, el grande Pompeyo, Marco Bruto, Quinto Fabio Máximo y otros muchos, y entre los nuestros el Rey de Castilla D. Alonso el Sabio, y el de Aragón D. Pedro IV pero al mismo tiempo lo es también, que todos estos Príncipes tuvieron excelentes Maestros, con cuyos auxilios y continua aplicación lograron adquirir los conocimientos necesarios para hacerse hombres grandes y literatos. De nuestro héroe no se sabe que hubiese estudiado ni tenido Maestros, de quienes aprender tantas facultades como debían concurrir en el que escribió el libro de la Ciencia para que saliese perfectamente completo.

Bien sé que algunos Historiadores le señalan dos Preceptores, el uno D. Hispan, y el otro San Raymundo de Peñafort; pero al mismo tiempo estoy persuadido a que si estas especies no son equivocadas, a lo menos será cierto que aquellos, o no usaron de sus oficios, o fue por limitadísimo tiempo y en tales circunstancias que su ciencia no pudo hacer progresos algunos en el talento del Rey D. Jayme. Dícese que en el año 1214 de orden del Legado Apostólico D. Pedro Benaventano, fue nombrado D. Hispan Maestro del referido Monarca. Entonces sólo tenía este poco más de siete años, en cuya tierna edad en nada pudo auxiliarle ni instruirle el Obispo Segobricense. En el de 1215 se celebró en Roma el Concilio General Lateranense, que duró hasta julio del siguiente 1216 al cual asistió el referido D. Hispan. Así que hasta entonces fue inútil su Magisterio. Al cabo de dos años y medio se salió el Rey Don Jayme del Castillo de Monzón, donde estaba a cargo del Maestre de los Templarios D. Guillem de Monredon, con el fin de mirar por su Reyno que andaba bastantemente alborotado, y así logró pacificarle, valiéndose de los sabios y prudentes consejos de D. Ximén Cornel.

Hasta aquí por lo que hace a D. Hispan: y por lo que respecta a San Raymundo de Peñafort, escriben algunos que fue nombrado Maestro del Rey D. Jayme en las Cortes celebradas en Lérida por el mes de septiembre del año 1218 Entonces el Santo estaba en Barcelona regresado de Bolonia, a cuya Ciudad había pasado en el de 1211 y a poco tiempo le hicieron Canónigo, Pavordre y Arcediano. En el año 1222 tomó el hábito de la esclarecida Religión del Patriarca Santo Domingo. Su primer Provincial Fr. Suero le comisionó para que compusiese una Suma llamada Raymundina, que unos dicen se publicó en Barcelona, y otros que en Roma, lo que tengo por más seguro y cierto. Mantúvose en aquella Ciudad hasta el de 1229 de donde, asistiendo al Cardenal Sabiniense que le tomó por compañero y consejero para los graves negocios que se le ofrecían, pasó a Lérida, Zaragoza, Calatayud, y Tarazona, y de allí se volvió a Barcelona. A principios del año 1230 le llamó a Roma el Sumo Pontífice, donde se mantuvo hasta después de abril de 1235 en que se regresó a aquella Ciudad. En el de 1236 asistió a las Cortes que se celebraron en Monzón. En el de 1238 fue elegido General de la Orden, y después de haberla visitado a pie, renunció el Generalato en 1240 y se quedó en Barcelona, donde lo dejaré, porque no es del intento contarle más los pasos de su vida. En todo este tiempo fueron muy pocas las veces que vio y trató al Rey D. Jayme como lo convencen las historias de este Príncipe; y así mal pudo instruirle en el conocimiento de las ciencias, cuando no tuvo tiempo ni proporción para ejercer el serio encargo de su ministerio. En efecto, los Autores que hablan de las elecciones de D. Hispan, y San Raymundo de Peñafort, están mudos en cuanto al ejercicio de sus empleos; así como también lo están en señalar otros sabios que instruyesen al Monarca Conquistador.

Acaso se dirá que la misma obra prueba su ilustración y sabiduría, porque sin estas precisas circunstancias no puede ser que se hubiese concebido tan admirable tratado; pero esto es dejar en pie la duda, pues por lo mismo que es tan excelente este libro se representa difícil de creer que hubiese sido parto del expresado Rey D. Jayme, faltándonos las convenientes noticias de su literatura. Además de que no tuvo espacio ni tiempo en la larga carrera y duración de su vida para destinarle al noble objeto de las ciencias. Desde que subió al trono hasta su muerte, todo fue una continua guerra con los Moros, y cuando no lidiaba con estos, otras públicas y domésticas ocupaciones llamaban toda su atención, sin quedarle tal vez algún corto espacio de tiempo para el descanso. Del grande Alexandro se lee que en el mayor bullicio y estruendo de las armas no dejaba el estudio de las letras, y ponía siempre a su cabecera juntamente con la espada la Ilíada de Homero: y del Rey D. Jayme sólo encontramos escrito que a los once años de su edad ya trabajaba su Crónica o Comentarios. Léese en ella, que hablando de varios sujetos, y entre ellos de D. Guillem de Poyo, “Padre (dijo) de aquel que estaba con Nos cuando hacíamos este libro.” Y más adelante añade: “porque Nos éramos Infante que no teníamos más de once años, y todo lo que hacíamos era de consejo de aquellos Ricos-Hombres que estaban con Nos, porque así era razón; y puesto que no sabíamos gobernar nuestra tierra ni tomar el acuerdo conveniente, era preciso que otro nos aconsejase.” Considere la penetración de Vm. si en aquel estado podía haber adquirido los conocimientos necesarios para extender su Crónica, o Comentarios; y saque de estos antecedentes las consecuencias precisas y necesarias por lo que mira a la composición del libro de la ciencia. Baste esto por lo que hace a la tal obra, y paso a tratar del asunto principal.

Hay libros que corren con fortuna, y hay otros que sin embargo de un mérito muy particular, son recompensados los afanes de sus Autores con emulaciones y desprecios, en lugar de glorias y satisfacciones. Sea ejemplo de lo primero esta Crónica del Rey D. Jayme que ha merecido las mayores alabanzas y aplausos: y séalo de lo segundo la célebre historia del ingenioso Hidalgo D. Quixote de la Mancha que fue recibida del público con sumo desprecio, y su Autor Miguel de Cervantes Saavedra tuvo que sufrir las invectivas de sus émulos y contrarios, hasta que el tiempo, la meditación y el juicio hicieron su oficio, y declararon esta composición por una de las mejores, y más excelentes en la clase de Romances. No niego que la referida Crónica sea un monumento antiguo, digno del mayor aprecio, y uno de los más útiles para poner en claro la verdad de los sucesos de aquellos antiquísimos tiempos; pero no puedo vencerme a creer que fuese su verdadero Autor el mismo Rey D. Jayme a quien se atribuye.

D. Nicolás Antonio esfuerza el partido de que esta obra fue parto de aquel Monarca; y otros Autores pusieron duda en el particular. Gerónimo Zurita (1: Ann. tom. I. lib. II. cap. LXIII.) dice: “Afírmase por cosa cierta en esta historia, en nombre del Rey D. Jayme.” Y más adelante (2: Lib. III. cap. LXXV. ): “Como se afirma en la historia del Rey D. Jayme que se escribió a su nombre.” Juan Dameto (3: Hist. de Mallorca, lib. II. tit. I. §. III. ) se explica en estos términos: “Congregados en el Palacio antiguo de los Condes, les propuso su determinación con estas palabras que refiere la historia escrita en nombre de dicho Rey”. Omito otros Autores que no dieron asenso a que la referida Crónica fuese producción del Rey D. Jayme, y voy a decir que como quiera que aquellos se expliquen sobre el particular, ninguno de ellos ha tratado este punto con la debida atención, cuidado y crítica, sino que siguiéndose unos a otros han dado por constante la certeza del Autor, subscribiendo todos en fe de lo que dijo el primero que vio esta Crónica, cuyas ediciones se hicieron en los años 1515 y 1557 Dejo pendiente esta especie de que volveré a tratar luego que haya dicho lo que se me ofrece acerca de la publicación de esta obra. Aquí es preciso invertir el orden de las fechas para que puedan percibirse las cosas como son en sí.

Se afirma que esta Crónica existía auténtica en el Archivo del Racional de la Ciudad de Valencia, y que habiéndola pedido el Rey D. Felipe II a su Cabildo, recelando los Jurados su extravío la mandaron imprimir, y dedicándola a su Majestad le sirvieron con ella. En efecto se imprimió por la Viuda de Juan de Mey en el año 1557 Este libro se ha hecho ya muy raro, y necesitándose por otra parte algún conocimiento de él para lo que es el asunto del día, no puedo omitir las circunstancias que le caracterizan. Es en folio regular: comprende 135 foxas, y en su frontis se lee: Chronica, o commentari del gloriossisim, y invictissim Rey en Jacme per la gracia de Deus Rey de Arago, de Mallorques, e de Valencia, Compte de Barcelona, e de Urgell, e de Muntpesller: feyta e scrita per aquell en sa llengua natural, e treyta del Archiu del molt Magnifich Rational de la insigne ciutat de Valencia hon staua custodida. Has affixit la interpretacio, y exposicio de les dictions obscures. En Valencia. En casa de la Biuda de Joan Mey Flandro. 1557”

Sigue a esta inscripción la dedicatoria: inmediatamente la tabla de los capítulos: después otra de las palabras difíciles de entender con su declaración: luego un prólogo del mismo Rey D. Jayme: y a continuación empieza la Crónica o Comentarios. No va por libros sino por capítulos, y puede decirse que está dividida en cuatro partes.

La primera llega hasta el fol. 42 y abraza CV capítulos, en los cuales se trata del nacimiento del Rey D. Jayme, de los principios de su Reynado, y de la Conquista del Reyno de Mallorca. Tiene por título: “Comença la inclyta obra del glorios Rey en Jacme”.

La segunda empieza por esta inscripción: “Comença la conquesta del Regne de Valencia, feyta, y conquestada per lo glorios Rey en Jacme.” Ocupa desde el fol. 43 hasta el 79 b.a y contiene CXV capítulos.

Después se refiere la conquista del Reyno de Murcia, extendida en CLXXIX capítulos desde el fol. 80 hasta el 118 b.a que es la parte tercera, y en cuyo principio se lee: “Açi comença la conquesta del Regne de Murcia, feyta e conquestada per lo glorios Rey en Jacme.”

Y la cuarta se extiende desde el fol. 119 hasta la conclusión de la obra, y tiene LXXVIII capítulos, y el título siguiente: “Lo glorios Rey en Jacme quant hague oyt los missatgers del gran Ca, e de Paliagolo Emperador dels Grechs delibera passar oltra mar, e conquerir lo San Sepulchre.”

Por este tiempo ya se había hecho otra impresión parciaria de la referida Crónica. Recopiláronse los Privilegios del Reyno de Valencia, concedidos por sus Monarcas, desde el Rey D. Jayme el Conquistador, hasta D. Fernando el Católico, y les imprimió Diego Gumiel en la referida Ciudad año 1515 corriendo esta importancia al cargo de Luis Alanya, Notario muy perito en la materia. En la portada de este libro se lee: “aureum opus regalium Privilegiorum Civitatis et Regni Valentiæ, cum historia Christianissimi Regis Jacobi ipsius primi conquistatoris.” Esta historia está puesta antes de los Privilegios, y tiene el siguiente título: “Comença la conquesta per lo Serenissim, e catholich princep de inmortal memoria don Jaume per la gracia de deu Rey de arago ab miraculosos actes feta, de la insigne ciutat e regne de Valencia: deliurant aquella de la mahometica seruitut, en la cual molt temps hauia que per infels tiranicament era opresa: en la qual se mostra ser mes ornada de antigua veritat que de embilliment de paraules: treta del registre autentich del archiu del concell de la present ciutat: la qual a exaltacio de la santa fe Christiana, e a perpetua memoria en lo present libre es continuada.”

Esta historia es parte de la referida Crónica del Rey D. Jayme, impresa en 1557 que contiene los mismos ciento quince capítulos, aunque no están separados como en esta. Les he comprobado atenta y escrupulosamente, y he notado que sólo varían en algunas palabras, y en el modo de escribirse otras. Hechas estas prevenciones, vuelvo a atar el hilo al discurso que dejé pendiente.

Ninguno que piense con juicio se atreverá a creer que estas impresiones se hicieron por el MS. que se atribuye al Rey D. Jayme, así como no asentirá a que esta historia fuese producción suya. Pudo muy bien haberse trabajado muchísimos años después de la muerte del Monarca Conquistador: pudo alguna pluma desocupada haberla compuesto con presencia de apuntaciones, y monumentos antiguos: y pudo acaso haberse trasladado, extractado, o traducido de la que dejó escrita el Padre Pedro Marsilio. En el título de la historia parciaria que está al principio del libro de los Privilegios, se lee que se sacó del registro auténtico del Archivo del Consejo de la presente Ciudad: y en el que precede a la edición de toda la Crónica hecha en el año 1557 que fue sacada del Archivo del Racional. Este Archivo, y el del Consejo eran oficios absolutamente distintos, y separados. El original no parece, ni jamás ha estado en las expresadas oficinas, sino únicamente una copia o registro, aunque con el nombre de auténtico.

Lo más particular es que no se encuentra noticia alguna de la existencia de este MS. Sospechábase que podría estar en la Real Biblioteca del Monasterio de S. Lorenzo del Escorial; pero nos saca de esta duda D. Joseph Rodríguez de Castro, el cual, hablando de los escritos que se atribuyen al Rey D. Jayme, se explica así: “y en ambos (códices) hay además de esta obra, una historia que acaso será la misma que se imprimió en Valencia como se ha dicho (trata de la edición de 1557); porque según se expresa en el códice, lo que este contiene es obra del mismo Rey D. Jayme.”

Esta historia ciertamente no es la Crónica o Comentarios de que estoy hablando, como lo convence la idea y noticia que nos da de ella el referido Castro. Está en seguida del libro de la ciencia, y sin advertirse título separado se lee: “Assi comença lo linnatge del bon Conte de Barcelona.” Continúa escribiendo algunos sucesos del Rey D. Jayme hasta su muerte, y prosigue contando los de su hijo el Rey D. Pedro, cuyo tratado ocupa la mayor parte del MS. Síguese de aquí que este libro no puede ser la Crónica del Rey D. Jayme, respecto de que sólo llega hasta su muerte, ni podía extenderse a más, refiriendo sucesos posteriores a ella: y síguese también que es absolutamente falso que la hubiese escrito el referido Monarca como se afirma en el MS. con el más craso error, y conocida equivocación.

El mismo Castro hace mérito de otro MS. que se encuentra en la referida Biblioteca, y que según todas las señas y apariencias es un pedazo de historia del Rey D. Jayme, o más propiamente un fragmento o borrador de ella.

No es (dice) la que escribió el mismo Rey D. Jayme, sino otra diversa en que su autor refirió los sucesos del Reynado de este Soberano, según él lo refirió en la suya.” Sigue dándonos un espécimen de esta obra que trata de la conquista del Reyno de Valencia. Su principio dice bastante conformidad con el cap. I. fol. 43 de la Crónica con sola la diferencia de que en esta se hace hablar al Rey en primera persona, y en el MS. en tercera. El capítulo último conviene también en la substancia con el último de los referidos Comentarios. Pero debo notar que en uno y otro habla ya el Rey en primera persona: y que en el MS. se pone este capítulo al fin de la conquista de Valencia, y en la Crónica por conclusión de toda la obra.

Haga Vm. las reflexiones que quiera sobre el particular, mientras yo paso a decir que he encontrado noticia de otra historia del expresado Rey D. Jayme, que se atribuye al mismo, distinta a la verdad de las tres de que acabo de tratar. En la General de Languedoc, escrita por los PP. Benedictinos de la Congregación de San Mauro (1: Tom. III. pág. 243, impresión de París, año 1737) se habla del viaje que la Reyna Doña María hizo a Roma para defender sus derechos en el pleito sobre la sucesión del Estado de Mompeller. Con este motivo los referidos Padres tradujeron en francés el cap. III. fol. 1 b.a de los Comentarios del Rey D. Jayme. Esta versión no está conforme con la Crónica, porque varía en muchas particularidades, y omite cosas verdaderamente sustanciales. Para darme a entender con la claridad que deseo, copiaré el referido capítulo III de los Comentarios, después pondré su versión en lengua francesa como la hicieron los Maurinos: y últimamente la traducción de esta en la Castellana. Conozco que esta extensión es fastidiosa y pesada; pero no puede omitirse, porque es precisamente necesaria para inteligencia del asunto.


CAPÍTULO III. DE LA CRÓNICA.


“E pux en G. de Muntpesller stant ella viua pres vna altra dona que era de Castella, de la qual nons membra lo nom del pare, mes ella hauia nom dona Agnes: de la qual hach aquests fills per nom en G. de Montpesller qui tench Peoylba entro a la hora de la sua mort, e laltre en Burgonyo, e en Bñ. G. aquell Bñ. G. qui nos heretam, e donam muller per nom na Miliana, que era del linatge de la mare den Tença, filla den Ponç Huch frare del Comte Dampuries, qui hauia nom Huch: e vn altre frare que nudria nostre Pare, qui hauia nom Tortoseta. E aquest G. de Montpeller, qui era major fill den G. de Montpesller punya com fos senyor de Montpesller, perço car ell era hom, e aquest Plet vench dauant Lapostolich que nostra mare la Regina dona Maria ana en cort de Roma per mantenir son dret, e que nos qui erem son hereter fossem senyor de Montpesller. E tengren tant son plet deuant lapostolich quels dona per sentencia, si que ni ha decretal scrita de la sentencia del Apostolich que jutgaua aquells qui eren fills den G. de Muntpesller, e de na Agnes que no eren de leal conjugi: car eren feyts en adulteri, hauent ell altra muller: e jutja que Muntpesller fos de la Regina dona Maria, e de nos qui erem son fill.”

TRADUCCIÓN FRANCESA.

“Guillaume Seigneur de Montpellier, dit ce prince, épousa du vivant de la princesse de Constantinople sa femme, une Dame de Castille, du nom du Pere de la quelle je ne me souviens pas; mais elle s’ appelloit Agnès. Il en eut plusieurs fils, sçavoir Guillaume de Montpellier, qui posseda Peoylba jusqu’ a sa mort, Burgundion, Bernard-Guillaume à qui j’ ai donné differens domaines, et á qui j’ ai fait épouser Miliane fille de Pons-Hugues frere de Hugues Comte d’Empuries, et d’une Dame de la maison d’En-Tença, et enfin un quatriéme fils nommé Tortoseta que mon pere éleva. Guillaume fils ainé de Guillaume Seigneur de Montpellier pretendit succéder comme mâle á la Seigneurie de cette Ville; et il porta l’ affaire devant le Pape. Cette demande engagea la Reine Marie ma mere d’aller á la cour de Rome pour maintenir ses droits, et pour faire passer la Seigneurie de Montpellier, á moi, qui étois son héritier. Le Pape déclara par sentence que les fils de Guillaume Seigneur de Montpellier et d’Agnès étoient adulterins et jugea que Montpellier devoit appartenir a la Reine Marie et à moi qui étois son fils.”


VERSIÓN CASTELLANA.

“Guillermo Señor de Mompeller casó, viviendo la Princesa de Constantinopla su mujer, con una Dama de Castilla, de cuyo Padre no tengo presente el nombre; el de la hija era Inés. Tuvo de ella muchos hijos, a saber, Guillermo de Mompeller que poseyó a Peoylba hasta su muerte, Burgundion, Bernardo Guillermo, a quien yo he dado diferentes Señoríos, y he hecho casar con Miliana hija de Pons-Hugo, hermano de Hugo Conde de Ampurias, y de una Señora de la casa de En Tenza, y en fin un cuarto hijo llamado Tortoseta que mi padre crió. Guillermo hijo primogénito de Guillermo, Señor de Mompeller, pretendía suceder como varón en el Señorío de esta Ciudad, y llevó el pleito ante el Papa. Esta demanda obligó a la Reyna María mi madre a ir a la corte de Roma para conservar sus derechos, y hacer pasar el señorío de Mompeller a mí que era su heredero. El Papa declaró por sentencia que los hijos de Guillermo Señor de Mompeller, y de Inés eran adulterinos; y juzgó que Mompeller debía pertenecer a la Reyna María, y a mí que era su hijo.”

Vea Vm. otra historia del mismo Rey D. Jayme, que no se hermana con la Crónica o Comentarios. La discrepancia que se advierte entre el capítulo III de estos, y la versión francesa, hace conocer la notable diferencia de una a otra. En la traducción no se encuentra que la sentencia dada por el Santo Padre sobre el Estado de Mompeller esté escrita en una Decretal, como se lee en los Comentarios. Los Maurinos eran muy críticos, exactos y fieles, y es imposible que hubiesen escrito una cosa por otra, omitido lo sustancial, y fingido especies a su arbitrio. No dan a esta historia el nombre de Crónica o Comentarios, sino el título de Mémoires que Jacques I. roi d’Aragon leur neveu nous á laissez de sa vie: esto es, Memorias que Jayme I. Rey de Aragón su sobrino nos dejó de su vida. Es pues cosa certísima que esta historia es absolutamente distinta de la referida Crónica; así como también lo es que los Padres de la Congregación de S. Mauro se valieron de aquella con preferencia a esta para la extensión de su grande obra.

Con presencia de esta multitud de historias y MSS. ¿cuál es el partido que Vm. piensa tomar en un asunto tan crítico y delicado? ¿Las creerá todas producciones del Rey D. Jayme? ¿A cuál de ellas dará la primacía, y preferencia? No esperaré yo a que Vm. se desembarace de tantas dificultades como se presentan para poderme responder con acierto, y quiero adelantar el concepto que por ahora he formado sobre este artículo. Me explico así, respecto de que hasta la última carta de esta correspondencia, no pienso resolver definitivamente. Tal vez el tiempo, y los conocimientos que es preciso tomar, y extenderé en las que siguen, facilitarán mayores luces, y evitarán los riesgos de equivocarse el juicio.
El Rey D. Jayme dejó diferentes apuntaciones, borradores, memorias, o notas de varios sucesos de su vida, y alguna pluma curiosa fue coordinándolas, extendiéndolas, y acomodándolas a su arbitrio, aprovechando acaso algunas especies de la historia de este Príncipe que escribió el Padre Pedro Marsilio de quien trataré luego. Llegó por ventura a Valencia una copia de este trabajo; y sin examen alguno de su autenticidad se colocó en las casas Consistoriales, de donde se sacó para darse a la prensa. Esfuerza mucho a este modo de discurrir la consideración de no hallarse noticia alguna de la referida Crónica, hasta muchísimos años después de la muerte del Rey D. Jayme: argumento del mayor peso atendidas las circunstancias del asunto.

El Padre Pedro Marsilio del Orden de Predicadores fue un sujeto habilísimo, de mucha extensión de conocimientos, y muy amado y favorecido por su fidelidad del Rey D. Jayme II.

Este Monarca le mandó que escribiese las victorias y heroicas hazañas de su Abuelo el Rey D. Jayme el Conquistador, lo que cumplió con la mayor exactitud y puntualidad. Quetif y Echartd en la Biblioteca Dominicana ponen a este libro el siguiente título: “Commentarium de gestis Regis Jacobi I. libris quatuor, ac Jacobo II. Prioris Nepoti nuncupavit, ac obtulit anno 1313” Ahora pues, aquí de la razón. Si el Rey D. Jayme escribió la Crónica que da motivo a la disputa, ¿cómo pudo ser que su nieto D. Jayme II encargase este mismo trabajo al Padre Pedro Marsilio? Este floreció por aquellos mismos tiempos, pues consta que entregó la obra al Rey en el año 1313 Entonces ciertamente no se tenía noticia alguna de la tal Crónica o Comentarios. De otra suerte ¿a qué efecto había de mandarse escribir lo que ya estaba escrito? ¿Podría acaso ser más recomendable la verdad de los hechos que contase un historiador particular, que la de los que como propios hubiese referido el Rey D. Jayme? No siendo pues creíble que en aquellos tiempos existiese ni se tuviese noticia de la referida Crónica, es preciso confesar que fue posterior su composición.

Ramón Muntaner acaba de poner en claro esta verdad. Tratando de este Príncipe (1: en su crónica cap. VII.) dijo que hablaría de sus cosas con muchísima brevedad, dando por razón, “que no ho bull tot comptar per orde, e per ço men stich com ya sen son feyts molts libres de la sua vida, e de les sues conquestes, e de la sua bonea de Caualleries, e asaygs, e proeses.”
Si el Rey D. Jayme hubiera sido el verdadero autor de la referida Crónica, Muntaner seguramente no hubiera omitido esta noticia. Cuenta que entonces había ya muchos libros escritos de su vida, y no es de creer que callase el más particular y único que podía encontrarse, relativo a la historia que estaba escribiendo. El alcanzó al Rey D. Jayme, pues tenía once años cuando este falleció, y empezó a componer su obra el día 15 de mayo del de 1325 a los 60 de su edad. Más adelante hace un epílogo de sus bellas prendas, de su Christiandad, de sus victorias y conquistas, y hablando de la de Mallorca dijo: “segons que porets entendre en lo libre quis feu de la preso de Mallorques.” No dice del libro que ha trabajado el Rey D. Jayme, sino del libro que se ha escrito, aludiendo con esto a otro distinto autor. Luego Muntaner no tuvo noticia de esta Crónica cuando al tiempo de extender la virtud, la habilidad, y las proezas de este héroe no le celebró como escritor de su vida y hazañas.

Vm. conocerá bien la fuerza de estos raciocinios, y hasta dónde puede llegar su eficacia. No son ellos a la verdad los que principalmente me han animado a la empresa, sino otras solidísimas razones apoyadas en lo mismo que se lee en la referida Crónica. Ella presenta el más auténtico testimonio de esta verdad: ella convence lo imposible de haberse mezclado aquel Monarca en su extensión: ella finalmente espero que me pondrá en salvamento, y sacará al deseado puerto.

Tres cosas especialísimas registro en los referidos Comentarios. Primera: muchísimos errores históricos, imposibilidades, falsedades, y anacronismos. Segunda: muchísimas especies que debieron callarse. Tercera: la falta de otras muchísimas que correspondía haberse escrito. Se representa imposible que a ser el Rey D. Jayme el verdadero autor de esta Crónica, hubiese faltado a la verdad intrínseca de sus propios hechos; equivocado la serie de los tiempos; publicado lo que correspondía que ocultase; y omitido lo que era razón que dijese, si había de completar la obra, y cumplir las severas leyes que religiosamente debe observar un buen historiador.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 5 de septiembre de 1798

CARTA II.

Mi amigo y Señor. Apenas ha tenido Vm. lugar para leer mi primera carta, cuando ya solicita que le comunique los fundamentos y razones que he tenido presentes para fijar el nacimiento del Rey D. Jayme en el año 1207 y para suponerle autor de varias producciones, además de la Crónica o Comentarios que corren a su nombre. De las especies de que trato por incidencia no quiero ser responsable, porque acaso sólo sirven para ilustrar y amenizar algún tanto los asuntos: sólo estaré obligado a satisfacer los reparos y dificultades que Vm. me proponga sobre lo principal, esto es, acerca del verdadero autor de aquella historia. Sirva a Vm. esta prevención para lo sucesivo, y ahora por no desairar las insinuaciones de quien puede mandarme con franqueza, procuraré satisfacer su curiosidad.

Los historiadores convienen en que el Rey D. Jayme nació en I de febrero; pero son contrarios sus pareceres acerca del año. El P. Pedro Abarca (1: en sus Anales, tratando del rey D. Pedro II el católico, cap. I, n. 14) señala el de 1208 y añade que entre seis o siete opiniones, es esta la más natural.

D. Juan de Ferreras (1: Synop. Hist. Cron. de Esp. tom. VI, año 1207) fija la época en el año 1207 La cosa ciertamente es de las de más difícil expedición. Ferreras se apoya en que necesitándose catorce años para contraerse válidamente matrimonio, era preciso que el Rey D. Jayme hubiera nacido en 1207 para haber casado con Doña Leonor de Castilla en 1221 Agrega a esta razón la de que para declararse nulo este matrimonio, no se opuso el defecto de la menor edad de D. Jayme cuando lo contrajo, sino únicamente el del parentesco con la referida Doña Leonor. Añado a este fundamento otro que nace de la Crónica o Comentarios del Rey D. Jayme. En ella (2: Cap. XLVI, part. I) se lee, que en las Cortes celebradas en Barcelona a los últimos de diciembre de 1228 con el objeto de la conquista de Mallorca, entre otras cosas dijo este Príncipe, según la traducción de Juan Dameto: “vine a reynar niño de solos seis años y medio.” Sucedió en el Reyno el día 14 de septiembre de 1213 en que falleció su Padre el Rey D. Pedro: luego es cosa precisa que naciese en el de 1207 para que salga bien la cuenta. En otro lugar (3: Cap. XVIII, part. I) parece que se varía algún tanto el referido cómputo; pero es de notar que en este están escritos los años con guarismos que son fáciles de equivocarse, y en aquel con letras menos expuestas a yerros. Conforme a la opinión de Ferreras, a la cual subscribo, mientras no se aleguen otras razones que convenzan al entendimiento, he fijado los años en que nació, vivió, reinó, y murió el Rey D. Jayme.

Con mucha mayor brevedad satisfaré a la segunda duda acerca de las producciones que se atribuyen a este Monarca, además de la referida Crónica. Si Vm. tuviese en su Librería la obra de la Biblioteca Española de D. Joseph Rodríguez de Castro, y hubiera hecho de ella el uso correspondiente, no ocuparía el tiempo en semejantes preguntas. En ella (1: Tom. II. Siglo XIII, pág. 604) trata del Rey D. Jayme Primero de Aragón muy extensamente, y con buena crítica. Allí hace mérito de muchas obras de que se quiere hacer autor a este célebre Conquistador. No es justo que yo las refiera en este lugar. Tómese Vm. el trabajo de leerlo, y saldrá prontamente de la duda. Es lástima que Vm. no tenga este excelente libro en su exquisita Biblioteca, y lo es mucho mayor que la muerte nos haya arrebatado tan presto un escritor de tan singular mérito, sin dejarle concluir una obra de las más grandes, y que hubiera sido del mayor lustre, utilidad, y provecho a la literatura.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a II de septiembre de 1798


CARTA III.

Mi amigo y Señor. En el mismo principio de la Crónica o Comentarios del Rey D. Jayme, encuentro un error de los más clásicos, y una falsedad la más notable. En el cap. III. P. I. f. 2 b. se dice, que viviendo Doña María Señora de Mompeller, su marido Guillermo de Mompeller, tomó otra mujer llamada Doña Inés, de la cual tuvo, entre otros hijos, a Guillermo primogénito, que por ser varón pretendía suceder en el Estado; y sigue contando lo que resta del pasaje en los términos siguientes: “Y este pleito se siguió ante el Sumo Pontífice, y nuestra madre la Reyna Doña María fue a la corte de Roma a defender su derecho, y que Nos que éramos su hijo, fuésemos Señor de Mompeller: y se atendió tanto su justicia delante del Papa que dio sentencia, la cual está escrita en una Decretal, en que declaró, que aquellos que eran hijos de D. Guillermo de Mompeller, y de Doña Inés, no lo eran de legítimo matrimonio, porque eran concebidos en adulterio, teniendo él otra mujer: y determinó que Mompeller fuese de la Reyna Doña María, y de Nos que éramos su hijo.”

Este suceso en el modo que se refiere, es absolutamente falso, y contra la intrínseca verdad de la historia. La Decretal, a que se hace referencia, no dice lo que se afirma y supone. Es de Inocencio III y se lee en el cap. XIII Qui filii sint legitimi; uno de los más célebres, o acaso el más particular de los que se encuentran en el cuerpo del derecho Canónico. Para hacer perceptible mi modo de pensar en el asunto, es preciso traer a la memoria varios sucesos que refieren las historias, aunque sea a costa de alguna dilación.

Ajustóse casamiento entre Don Alonso Rey de Aragón, y Doña Sancha de Castilla. Ocurrieron luego algunas desavenencias entre ambas Coronas, y en venganza determinó el aragonés que no tuviese efecto aquel tratado, y al mismo tiempo envió embajadores a Constantinopla pidiendo al Emperador Manuel una hija suya para mujer. Después de hecho este convenio, reconoció el Rey D. Alonso los gravísimos inconvenientes que podrían resultar y seguirse de no casar con Doña Sancha, y movido de esta razón de estado atropelló por todo, y sin tener ni hacer cuenta alguna del empeño contraído con el Emperador Manuel, la tomó por mujer, y celebró su matrimonio en la Ciudad de Zaragoza a los 18 de enero del año 1174
Creído el Emperador de Constantinopla de la seguridad de su tratado envió su hija a España, a la cual Beuter llama Dona María, Zurita, y Abarca Doña Matilde, y Ferreras Doña Eudoxia.

Llegó esta Señora a Mompeller, y conociendo ella, y los que la acompañaban este engaño y burla tan pesada, quedaron sorprendidos, y sin determinar el partido que debían elegir. Entre tanto D. Guillermo Señor de aquel Estado quiso aprovechar oportunamente la ocasión que le presentaba la suerte, y elevó sus pensamientos a lograr la mano de la hija del Emperador. Ocurrieron varios pasajes sobre el particular, y al fin consiguió su intento, verificándose este matrimonio con la precisa condición, de que si de dicho D. Guillermo y de la expresada hija del Emperador naciesen hijos varones, o hembras, fuesen estos dueños absolutos del Señorío de Mompeller. De este matrimonio fue procreada Doña María, que casó con el Rey D. Pedro de Aragón, por el mes de junio de 1204 y de este enlace fue único fruto el Rey D. Jayme el Conquistador.

Durante el matrimonio de D. Guillermo de Mompeller y de Doña María, Doña Matilde o Doña Eudoxia, se prendó aquel de otra mujer llamada Doña Inés, de la cual tuvo varios hijos, y entre ellos uno que también se llamó D. Guillermo, y fue el primogénito. En este supuesto acudió a la Santidad de Inocencio III con la súplica de que quisiese legitimarlos, alegando a este efecto varias razones, y el ejemplar del mismo Santo Padre, que en iguales circunstancias concedió esta gracia a los hijos que Felipe Rey de Francia tuvo en María, habiéndose separado de su mujer la Reyna Ingeberga. El Príncipe de la Iglesia se negó constantemente a la instancia con los fundamentos más sólidos y eruditos, que son los que hacen célebre la determinación inserta en la Decretal a que se refiere dicho cap. III de los Comentarios.

Sentados estos ciertos e indubitables sucesos, y que la referida Decretal se hizo en el año 1202 se demuestra evidentemente falso lo que se lee en el expresado capítulo tercero, cuyo concepto voy a poner en claro con las siguientes reflexiones.

D. Guillermo de Mompeller falleció a principios del mes de noviembre del año 1202 Hasta que se verificó esta muerte, no pudo su hijo D. Guillermo el bastardo mover pleito a Doña María sobre la sucesión y dominio de aquel Estado, respecto de que antes vivía el padre, a quien no podía disputarse este derecho: luego es cosa certísima que el Escritor de la Crónica faltó a la verdad en cuanto se refirió a esta Decretal.

En ella no se declaró que los hijos de Don Guillermo y Doña Inés no lo fuesen de legítimo matrimonio, porque fueron concebidos en adulterio.
En aquel Decreto sólo se lee que Inocencio III negó a D. Guillermo la gracia de legitimación que solicitaba.

Tampoco se encuentra en la expresada Decretal, lo que se finge en el citado cap. III de la Crónica; esto es, que el Sumo Pontífice había determinado que Mompeller fuese de la Reyna Doña María, y del Rey D. Jayme que era su hijo. En esta parte advierto otra notoria falsedad, que consiste en suponerse Don Jayme declarado sucesor del referido Estado, cuando no podía pertenecerle hasta después de la muerte de su madre la Reyna Doña María.

Lo más particular es, que en la expresada Decretal ni aun siquiera por incidencia se nombra a Doña María de Mompeller, ni al Rey D. Jayme su hijo. ¿Pues cómo se había de haber declarado en ella a favor de este la sucesión de aquel Señorío?

La referida Doña María no casó con el Rey D. Pedro hasta el mes de junio del año 1204 ni de este matrimonio nació el Rey D. Jayme hasta 1 de febrero del de 1207 Acuérdese Vm. que la citada Decretal es del año 1202 y saque de estos antecedentes las consecuencias que no pueden esconderse a su penetración, y entre ellas la de que el Rey D. Jayme cinco años antes de nacer, ya ganó el pleito sobre el Estado de Mompeller, por medio de su madre la Reyna Doña María.

No es así que en aquel tiempo pasase esta Señora a la Corte de Roma al seguimiento de este litigio. Hasta el día 6 de junio de 1212 no despachó Inocencio III la Epístola en que la emplazaba para que respondiese a la demanda que había presentado D. Guillermo el bastardo, sobre el dominio del Estado de Mompeller. Entonces empezó la causa que se declaró a favor de la expresada Reyna Doña María en el año 1213 como lo dicen Zurita y Feliu; pero esta no es la sentencia que afirma el Rey D. Jayme hallarse escrita en la referida Decretal, ni se encuentra alguna otra en el cuerpo del derecho Canónico que trate de este particular.

Con presencia de estos antecedentes ¿creerá Vm. por ventura que el Rey D. Jayme el Conquistador fue el que extendió la Crónica o Comentarios que corren a su nombre? ¿Podrá ser posible que si él hubiese dictado esta obra, cayese en tantas falsedades y anacronismos? ¿Aseguraría tan menudamente una cosa por otra, hablando de asuntos propios, y tan interesantes?
¿Así antepondría los años, haría referencias falsas, y faltaría enteramente a la verdad de los hechos acaecidos en aquellos tiempos? Se pintan estos con tan vivos colores que son capaces de engañar aun a los más despiertos. Así le sucedió al referido Gerónimo Zurita, que sigue a la Crónica en lo que pertenece a la referencia de dicha Decretal. No creo suceda a Vm. lo mismo, convencido ya de la verdad de todo este pasaje.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 17 de septiembre de 1798


CARTA IV.

Mi amigo y Señor. Me hace mucha gracia la valentía y espíritu con que Vm. se explica en su contestación a mi última carta. Ya se figura Vm. vencedor, y cree haber arrollado los apoyos y razones de mi opinión: “Si se forjan los argumentos (son expresiones de Vm.) en el taller y oficina de suposiciones falsas no es de extrañar que a primer vista se presenten con alguna apariencia. La Decretal de Inocencio III sobre que se está discurriendo, no es del año 1202 como Vm. supone, sino del de 1213” Así prosigue Vm. y con la errada creencia de que yo habría padecido equivocación en fijar aquella data, hace varias reflexiones, con las cuales pretende haber desautorizado y destruido enteramente mi modo de pensar en el asunto.
Yo he sufrido todo cuanto Vm. ha querido decirme: razón será que ahora oiga su paciencia cuanto entiendo en el particular, y las razones que me animaron para sentar la proposición de que aquella Decretal se escribió en el año 1202

Confieso de buena fe que esta duda es de muy difícil expedición, por las particularidades de los hechos que ocurrieron en aquellos remotísimos tiempos. Hablando de algunos de ellos, dice el P. Pedro Abarca (1: En el Reynado del Rey D. Pedro el Católico, cap. I. num, 8):
“Pues saben todos los que escriben con juicio que hasta aquí llegan las tinieblas de las cuentas de la antigüedad, y que las Historias de España, aún ahora, están para la razón de los tiempos, cubiertas de confusiónes, variedad y engaño.” Sin embargo de todo esto creo que pensó bien Séneca cuando dijo, que a las veces no nos atrevemos a muchas cosas porque se nos representan difíciles, siendo así que la dificultad sólo consiste en la falta de ánimo y espíritu para emprenderlas.

En alguna de las ediciones del cuerpo del derecho Canónico, se pone el año 1213 en el título del capítulo XIII Qui filii sint legitimi, que es la Decretal de que estoy hablando; pero ciertamente está equivocada esta data. ¿Quién es el que la puso en aquel epígrafe? ¿Con qué razones, con qué fundamentos, con qué apoyos? En la edición de las Decretales de Venecia del año 1595 no se halla el de 1213 Tampoco le puso D. Manuel González Téllez, copiando este texto. Baluzio miró con despreció esta data cuando no la notó en la edición de las Epístolas de Inocencio III que publicó en París año 1642 Tampoco consta del contexto de dicha Decretal, ni de la que existe en las de Gregorio IX ni de la que se halla en la edición del citado Baluzio (1: Tom. I. lib. V. pág. 67), que está algún tanto variada.

Algunos años antes del de 1213 ya había fallecido D. Guillermo Señor de Mompeller. Interesa mucho poner en claro esta verdad para que puedan percibirse las cosas como son en sí. Todos los Escritores convienen en que su muerte se verificó en el año 1202 y yo he encontrado que su testamento de 4 de noviembre de aquel año se publicó el día 9 del propio mes. Así se lee en la Historia general de Languedoc, escrita por los PP. Benedictinos de la Congregación de S. Mauro (2: Edición de París del año 1737 tom. III. pág. 119 n. 73). Advierto de paso que esta obra es clásica para el asunto, por ser sus AA. naturales del País, y por brillar en ella la más juiciosa, fina, y delicada crítica. Habiéndose pues publicado el testamento de D. Guillermo en el citado día 9 de noviembre de 1202 es preciso que falleciese antes, respecto de que estas gestiones y formalidades no pueden practicarse hasta después de la muerte.

Tengo otros irrefragables testimonios que convencen el propio concepto. La Reyna Doña Sancha madre del Rey D. Pedro, fue seguramente el móvil para que este casara con Doña María de Mompeller. Ajustado el matrimonio se otorgaron las capitulaciones en el Cementerio del Temple, junto a la Ciudad de Mompeller por el mes de junio de 1204 Abarca, tratando de aquel Monarca dice (1: CaP. I n. 8), que se alegaba escritura de estas Capitulaciones, otorgada en el día 15 del expresado mes; pero equivocó el día, y también el año, pues le fijó en 1203 D. Juan de Ferreras (2: Año 1204 n. 4) afirma, que el Rey D. Pedro pasó a Mompeller a celebrar sus bodas por el mes de junio sin señalar día; añadiendo que Catel libro IV y
D’Acheri traían este año la carta de dote y arras tomo VIII fol. 216 Pero todas estas cosas hacen poco al caso, y así vamos a lo que verdaderamente interesa. La escritura de Capitulaciones Matrimoniales se solemnizó sin duda alguna en el día 5 del expresado mes de junio, y en ella se lee que entonces ya había fallecido D. Guillermo padre de Doña María; bajo cuyo concepto se constituyó esta en dote el Señorío de Mompeller, y otros bienes. Puede Vm. ver comprobada esta verdad en la referida Historia de Languedoc (3: Tom. III pág. 135 n. 82).

Guillermo el Bastardo hizo recurso al Papa Inocencio III quejándose de que la Reyna Doña María ocupaba la posesión del estado de Mompeller que él había disfrutado en otros tiempos por derecho de herencia: y este Sumo Pontífice mandó a la expresada Reyna Doña María, o que restituyese a Guillermo la posesión de aquel Estado, o que compareciese a defender su justicia, señalándole plazo para ello hasta el día de Todos Santos del año 1212 Así está escrito en una Epístola del referido Inocencio III su fecha 6 de junio del citado año 1212 Luego es cosa cierta que entonces ya había fallecido D. Guillermo el padre, cuando D. Guillermo el hijo bastardo afirmó que antes de este tiempo había poseído el Señorío de Mompeller, y que le pertenecía por derecho de herencia.

Comprueba esto mismo una Acta del Rey D. Pedro el Católico de 24 de enero de 1213 a favor de Guillermo el bastardo cuñado suyo, por la cual consolidó a este en la posesión del Estado de Mompeller en perjuicio de los derechos de su mujer la Reyna Doña María, en venganza, y despique del pleito de divorcio que seguía en la Corte de Roma, el cual se declaró contra este, y en favor de Doña María en 19 de febrero siguiente.

Queda demostrado en términos que no puede equivocarse el concepto que D. Guillermo de Mompeller falleció no como quiera antes del año 1213 sino desde el día 4 hasta el 9 de noviembre de 1202 De estos antecedentes infiero por una legítima consecuencia, que está errada la data de la expresada Decretal que se figura en el año 1213 y que ciertamente se expidió este Decreto en el de 1202 Oiga Vm. las razones que apoyan el pensamiento.

La referida Decretal se dirigió expresa, y literalmente a D. Guillermo de Mompeller. “Nobis (dice) tua humilitas supplicavit ut filios tuos titulo legitimationis decorare dignaremur quatenus eis, quominus tibi succederent, natalium obiectio non noceret.” Así que es cosa precisa que a la sazón viviese D. Guillermo: este murió a principios de noviembre de 1202 luego la data de la referida Decretal debe fijarse por lo menos en este mismo año.

D. Manuel González Téllez, en las notas a este texto habla de la solicitud de D. Guillermo en cuanto a la legitimación de sus hijos, y sigue de esta manera: “Et licet hoc non obtinuisset, decedens Guillelmum hæredem instituit, testamento scripto anno 1202 Novembris die 4 et inter alios liberos bona sua divisit.” Así que dicha Decretal precisamente ha de ser anterior al referido testamento.

Con más claridad, y especificación habla el Padre D. Joseph Vaissete en su compendio de la referida Historia general de Languedoc (1: Tom. III del Abregè en 12 fol. 353). Después de referir que D. Guillermo de Mompeller procuraba la amistad de Inocencio III y que se correspondían por cartas, añade, que por medio del Arzobispo de Arles, se aventuró en el año 1202 a pedir la legitimación de sus hijos habidos en Doña Inés, a que se negó el Sumo Pontífice, fundado en las razones que se notan en la expresada Decretal: que no obstante este desengaño miró como legítimos sus hijos bastardos, heredándoles en su testamento de 4 de noviembre de 1202 y que en el mismo año, y poco después de su última disposición se siguió su muerte de edad de 45 años.

¿Será posible que un Papa tan discreto, tan político, tan advertido, se olvidase de este modo de las cosas de un amigo? ¿Creerá Vm. que tardase once años por lo menos para contestar a la súplica? ¿Esperaría su muerte para expedir el Decreto? ¿Ignoraría por ventura que había fallecido algunos años antes? La muerte de un Príncipe si puede estar secreta algunos pocos días, es imposible que se oculte en la duración de años. En el de 1213 y bastante tiempo antes estaba en Roma la Reyna Doña María hija de D. Guillermo, y así mal podía ignorarse su fallecimiento. Lo más particular es que Inocencio III tenía positiva noticia de esta muerte cuando en la citada Epístola de 6 de junio de 1212 hizo mérito de la instancia de D. Guillermo el Bastardo, en que dijo que en tiempos pasados había poseído el estado de Mompeller con el título de herencia.

Comprobaré este concepto con otro argumento de congruencia que deduzco de la misma Decretal. Léese en ella que para lograr D. Guillermo la gracia que solicitaba, alegó el ejemplar que el mismo Inocencio III hizo en favor de Felipe Rey de Francia legitimando a sus hijos habidos fuera de matrimonio. Estas cosas pasaron en el año 1201 como lo asegura Fleurí (1: Tom. XVI de la Hist. Ecles. lib. LXXV n. 42 edición de París de 1724). Así como se representa imposible de creer que la respuesta a la petición de D. Guillermo tardase once años; así también parece cosa muy verosímil que aquel hubiese hecho la súplica inmediatamente al suceso de Francia.

Es muy expedito este asunto para que yo ocupe más tiempo en esforzarle. Basta lo dicho para convencer que no equivoqué la data de la Decretal fijándola en el año 1202 y que Vm. padeció error cuando quiso ponerla en el

de 1213

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 24 de septiembre de 1798.


CARTA V.

Mi amigo y Señor. No sólo se representa inverosímil, sino que debe tenerse por absolutamente falso, que el Rey D. Jayme el Conquistador escribiese en sus Comentarios (1: Cap. VIII. part. I, fol. 4) lo que se lee acerca del escandaloso hecho de su padre el Rey D. Pedro. Se le hace afirmar, que en el mismo día en que le dio la batalla el Conde Simón Monforte, que defendía el Castillo de Maurel, había tenido una conversación secreta con cierta mujer, y oído después a su repostero llamado Erf que se había hallado presente, y a otros que lo vieron con sus propios ojos, que al tiempo del Evangelio no pudo mantenerse en pie, de suerte que tuvo precisión de sentarse; y que por este pecado, y por no haber puesto la debida diligencia y cuidado en ordenar sus tropas, perdió con la vida la batalla aquel desgraciado Monarca. No puede ser que un Príncipe tan christiano, tan católico, tan amante de su padre, perpetuase su deshonor, y su flaqueza en un monumento público; y con especialidad cuando este desliz fue privado y oculto, y cuando nada interesaba que llegase a noticia de todos. Estaba bien cimentado este Príncipe en la saludable máxima del respeto y veneración de los hijos hacia sus padres como se lee en la Crónica (1: Cap. LXXV. part. IV. fol. 134 b.), donde hablando del Infante D. Pedro, y de su llegada a Alzira, se dice: “Recibímoslo, y él nos reverenció así como un buen hijo debe reverenciar a su padre.” Para creer que esta Historia fue parto del Rey D. Jayme, es preciso confesar que se olvidó enteramente de este precepto, cuando dejando correr la pluma con libertad, desacreditó la buena memoria de quien le dio el ser, y le hizo reo de un delito, que en su concepto, mereció que el Dios de las batallas le castigase con su muerte. Mas es, que como si recelase que no había de ser creído sobre su palabra, buscó exquisitamente testigos para calificar, y convencer la flaqueza del Rey D. Pedro. Si es posible que un Príncipe adornado de las prendas más excelentes que caracterizan a un buen Rey, hablase así de su padre que fue el primero entre los de Aragón que mereció el renombre de Católico, créanlo otros, mientras yo voy a extender algún tanto más este particular.

Si la desgraciada batalla, e infeliz muerte del Rey D. Pedro fueron efecto y castigo de la divina justicia, más regular y natural es atribuir uno y otro a delitos más graves, públicos y escandalosos, que a aquella conversación privada que tomó por motivo el que escribió esta Historia. Por aquellos tiempos reinaba la herejía de los Albigenses en el Condado de Tolosa, Carcasona y Albi, de donde a manera de un impetuoso torrente fue inundando, y desbastando los pueblos de sus contornos. Esta herejía envolvía en sí los errores de los Maniqueos, Arrianos, Waldenses, y otros abominables y torpes delitos, que reprobaban el matrimonio, admitían que las mujeres fuesen comunes, consentían los ayuntamientos nefandos y contra naturaleza, y se extendían a otras sacrílegas y abominables especies; de tal calidad, que el horror que causa su memoria no permite que pueda saberlas la pluma.

Inocencio III procuró ahogar este fuego a los principios con el suave medio de la predicación, enviando a este fin a aquellas partes algunos varones Apostólicos, y entre ellos al gloriosísimo Patriarca Santo Domingo de Guzmán; y no habiendo bastado al efecto este temperamento que se consideró el más oportuno y eficaz, fue preciso echar mano de las armas.
El ejército de la Iglesia, los Legados Apostólicos, los varones y Caballeros Alemanes, Franceses e Italianos que habían concurrido a esta guerra, eligieron de común acuerdo por su Capitán General al Conde Simón Monforte, que se portó en ella con los esfuerzos propios de su valor que tenía bien acreditado. Ganó a los herejes el Castillo de Minerva, la Ciudad de Albi, un Pueblo llamado Vauro, o Mauro, como quieren algunos, con otros muchos Lugares, y llegó a poner sitio a Tolosa.

El Rey D. Pedro tenía estrecho parentesco con el Conde de Tolosa D. Ramón, y con su hijo del mismo nombre, por ser ambos casados con dos hermanas suyas: el primero con Doña Leonor, y el segundo con Doña Sancha. Con el pretexto de este enlace, luego que se ganó la memorable batalla de las Navas de Tolosa, se arrimó al partido de los herejes, para defender los Estados de sus cuñados. Marchó a Tolosa de Francia con sus gentes, y


las de los aliados; y encontrando que ya se había levantado el sitio de esta ciudad, se dirigió al Castillo de Maurel (Ferreras le da el nombre de Muret) a tiempo que el Conde Simón Monforte acudió a su defensa con los de la liga de la Iglesia, y logró entrar en él acompañado del glorioso Santo Domingo de Guzmán, de siete Obispos, y de tres Abades. Estos practicaron cuanto estuvo de su parte para evitar que llegase el día tremendo de la batalla, a cuyo fin dijeron al Rey D. Pedro, y le requirieron en nombre de Dios, que no se juntase ni uniese sus fuerzas con las de los herejes: que temiese el castigo divino que le estaba amenazando: y que a lo menos, mostrándose sensible a su propio honor, excusase la infamia con que quedaría amancillado y tiznado su buen nombre en todo lo descubierto de la tierra. Pero estas exhortaciones tan saludables, tan cristianas, tan santas, no hicieron efecto alguno en el endurecido corazón del Rey, que mostrándose sordo a ellas, las despreció enteramente. Vista esta tenacidad por el Conde Monforte, con solos ochocientos caballos y mil infantes que tenía en el Castillo de Maurel, hizo una vigorosa salida, y dio en los reales de los herejes, en que se contaban cien mil hombres de pelea. Venciólos; y el Rey D. Pedro perdió no sólo la batalla, sino también la vida.

El otro pecado público y escandaloso de este Príncipe, fue el injusto modo de portarse con su mujer la Reyna Doña María. Tuvo valor para repudiarla, y le tuvo para ponerla pleito sobre la disolución, o nulidad de su matrimonio ante el sumo Pontífice Inocencio III el cual en 19 de enero del año 1213 pronunció sentencia difinitiva en que le declaró válido, y mandando al Rey D. Pedro que recibiese y tratase como correspondía a la Reyna Doña María, previno a los Obispos de Cartagena (Carcasona), y de Aviñón que le compeliesen al cumplimiento con la sagrada fuerza de las censuras, sin permitirle el remedio de la apelación, que no podía tener otro fundamento que la porfía de un Poderoso.

Repito que si la desgraciada muerte del Rey D. Pedro fue un claro y evidente castigo de la divina justicia, más presto debe atribuirse a estos públicos y escandalosos delitos, que a aquel oculto que injustamente se hizo notorio poniéndolo en la lengua del Rey D. Jayme. En efecto, los Escritores convienen en que Dios castigó al Rey D. Pedro por los referidos desaciertos, pues ni el repudio de su mujer, ni la causa sobre disolución de su matrimonio, tuvieron otro fundamento que su voluntariedad; ni el haberse unido con los herejes contra la liga de la Iglesia, pudo disculparse con el aparente pretexto de socorrer y defender a sus cuñados. Abarca (1: Hist. de Arag. lib. XVIII. cap. III.) hablando de la sentencia que declaró válido el matrimonio de los Reyes D. Pedro y Doña María, dijo: “Pero Dios, de quien no pueden apelar ni huir los Reyes, dio y ejecutó otra sentencia más severa en el nuestro.” Y más adelante: “Pudo más que todo el destino divino, que no quiso dilatar el castigo temporal de las regias extravagancias de la voluntad de este Rey.”
El P. Juan de Mariana (2: Hist. de Esp. lib. XII. cap. II.) se explicó así: “Todos comúnmente juzgaban al Rey por merecedor de aquel desastre, así por el favor que dio a los herejes, si bien de corazón era, y de apellido Católico, cà entre los Reyes de Aragón se llamaba el Católico, como por la soltura que tuvo en materia de deshonestidad con que amancilló las demás virtudes, y partes en que fue muy aventajado. Pasó en esto tan adelante que repudió a la Reyna su mujer hembra de mucha bondad.”

Nada de todo esto ignoraba, ni podía ignorar el Rey D. Jayme. A la verdad, menos lastimado hubiera quedado el honor del Rey D. Pedro de la pluma que se hizo tomar a su hijo en la mano, si en lugar de aquel pasaje hubiera contado estos públicos pecados, y atribuido a ellos el justo castigo del cielo. Todo era malo; pero esto último podía merecer algún disimulo e indulgencia por la notoriedad de los hechos.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a I. de octubre de 1798.


CARTA VI.


Mi amigo y Señor. Después de medio año que el Rey D. Jayme había entregado el Condado de Urgel a la Condesa Naurembiats, se hallaba en la Ciudad de Tarragona, y quiso la casualidad que sin ser llamados a Cortes, llegasen a ella D. Nuño Sánchez, D. Guillem de Moncada, D. Ramón Alamany, el Conde de Ampurias, y la mayor parte de los nobles de Cataluña. Pedro Martell, gran capitán en las cosas del mar, convidó un día al Rey D. Jayme, y a los Ricos-hombres para una fiesta y regocijo, y después de la comida trataron estos de las Islas de Mallorca, Menorca y otras de aquellos contornos, y convinieron en que esta sería una conquista digna del valor y

esforzado corazón de su Monarca. Habláronle sobre el particular, alabáronle la riqueza, abundancia y preciosidad de aquel Reyno, y le estimularon a que arrostrase una empresa que haría memorable su nombre eternamente. El Rey oyó con mucho gusto una propuesta que le era muy agradable y de su mayor satisfacción: y para tratar de esta conquista con la seriedad a que era acreedora, y dar el conveniente calor a ella, mando juntar Cortes en la Ciudad de Barcelona, que efectivamente se celebraron por el mes de diciembre del año 1228.

Estas cosas se refieren en el cap. XLV. part. I. f. 17 b. de la Crónica; y en el siguiente XLVI se pone a la letra el razonamiento, o arenga que hizo el Rey para captar los ánimos de los concurrentes. Después de la introducción dijo este Príncipe lo que se sigue, traducido de la lengua Lemosina en la Castellana, no materialmente, sino conforme al sentido: “Es cosa cierta que nuestro nacimiento fue por virtud de Dios, porque no queriendo bien nuestro padre a nuestra madre, quiso la voluntad divina que naciésemos a este mundo: Y cuando os refiriésemos los sucesos, y las maravillas que se observaron en nuestro nacimiento se os representarían grandes; pero dejamos de contarlas porque al principio de este libro hemos hablado de ellas.” No puede ser que el Rey D. Jayme dijese una cosa por otra en este razonamiento, y así es de creer que las equivocaciones que en él se notan las escribió otra pluma para hacerlo parecer brillante y lucido.
Aquí pertenece lo que dijo el eruditísimo D. Gregorio Mayans en una de sus Cartas (1: Es la II de las publicadas año 1791 n. 7 pág. 9.), a saber es: “Las oraciones de los Historiadores son el teatro de su lucimiento. Casi todas son fingidas según la verosimilitud, y por consiguiente contrarias a la intrínseca

verdad de la historia.” Es preciso aclarar más esta especie, para que pueda percibirse con facilidad la fuerza del argumento.

En el expresado cap. XLVI se hace referencia a los hechos que se notan en el IV. En este, haciendo hablar al Rey D. Jayme se lee: que su padre D. Pedro no quería ver a la Reyna su madre: que aquel estaba en Llates, y esta en Miravall: que un Rico-hombre llamado Guillem de Alcalá rogó y estrechó tanto al Rey, que pasó a Miravall a visitar a la Reyna: que aquella noche fue engendrado: que sintiéndose la Reyna embarazada se retiró a Mompeller, donde nació D. Jayme víspera de nuestra Señora de la Candelaria: que su madre le mandó llevar a la Iglesia de Santa María, en la que entró al tiempo que se cantaba el Te Deum laudamus, sin saberlo con anticipación los Clérigos: que en seguida fue conducido a la Iglesia de S. Fermín, en la cual se estaba cantando Benedictus Dominus Deus Israel: que la Reyna dispuso que se hiciesen doce velas de igual peso y medida, y que se encendiesen todas a un tiempo, poniéndose en cada una el nombre de uno de los doce Apóstoles: que ofreció darle el de aquel cuya vela durase más: y que habiéndose acabado todas antes que la de San Jayme, se le puso este nombre en el bautismo.

¿Quién no ve que estos hechos no son de aquellos que suelen suceder fuera del orden regular de las cosas? ¿Serán por ventura unos acaecimientos, y maravillas capaces de atraerse la admiración de todos? ¿Estos eran los portentosos milagros sobre que quiso poner en expectación a los asistentes a las Cortes? ¿Estas aquellas maravillas, que si las leyesen se les representarían grandes? ¿Podrán atribuirse semejantes sucesos a obra sobrenatural? Todo sucede por virtud y voluntad divina; pero del modo que se refieren estas cosas, aquella expresión nuestro nacimiento fue por virtud de Dios, quiere decir algo más, y manifiesta un asombroso portento. Como el que compuso esta Crónica hablaba de sucesos extraños, no es de admirar que equivocase las especies, y omitiese el más particular que fue el de la concepción de aquel Monarca. Cuando se supone que el Rey D. Jayme hizo aquella arenga, sólo tenía veinte y un años, porque las Cortes se celebraron en el de 1228, y aquel nació en I.° de febrero de 1207. Entonces ni estaba ni podía estar escrita la Crónica, respecto de que no falleció hasta 27 de julio de 1276 en cuyo intermedio ocurrieron los sucesos más particulares, y memorables de su vida. ¿Pues cómo pudo decir en su razonamiento, porque al principio de este libro hemos hablado de ellas? ¿Cómo presentó una obra que a la sazón no estaba trabajada, pues aún vivía el héroe? ¿Por ventura aunque lo estuviera, tendría ejemplares de ella a la mano, para que los concurrentes pudiesen leer en aquel acto los portentosos sucesos a que se refería? ¿Así se lisonjeaba con la esperanza de poder inflamar los ánimos de los oyentes, disponerlos, prepararlos, convencerlos, y atraerlos a su voluntad? No se encontrará arenga por este término, ni que diste más del objeto y fines de semejantes razonamientos. Yo quisiera hallar voces, expresiones y frases que pudiesen manifestar la fuerza de este raciocinio con la energía que lo concibo; pero son tantas las especies, tan enlazadas unas con otras, y tan difíciles de producir, que más fácilmente podrá percibirlas el entendimiento que explicarlas con palabras.

No es este particular solo, ni es esta la única razón que se deduce del expresado cap. XLVI en que se escribe el razonamiento que el Rey D. Jayme hizo en las referidas Cortes: otro motivo más eficaz y poderoso nace de su contexto para formar un convincente, e indisoluble argumento. Supongo que en él se afirma que a la sazón estaba ya trabajada la Crónica; y supongo también que esta expresión debe entenderse limitada a los sucesos ocurridos hasta entonces; esto es, hasta el año 1228. Sentados estos antecedentes, paso a discurrir en la materia.

En el cap. XVII de la misma part. I se expresan los motivos que animaron al Rey Don Jayme para contraer matrimonio con Doña Leonor Infanta de Castilla, entre cuyas expresiones se leen las siguientes: “Y esto aconsejó D. Ximén Cornell, y D. Guillem de Cervera, que eran nuestros Consejeros mayores, y D. Guillem de Moncada, y D. Guillem Ramón de Moncada, que murieron en Mallorca, y otros de quien no nos acordamos, y la tomamos por mujer.” Este pasaje tiene relación al mes de febrero del año 1221 porque en él se verificó el casamiento de D. Jayme; y se cuenta como escrito ya en la Crónica, o Comentarios al tiempo del razonamiento, respecto de que este se lee en el cap. XLVI y aquel en el XVII. Enterado Vm. ya de estos antecedentes constantes en la Historia, oiga ahora lo que ciertamente le admirará.

D. Guillem de Moncada, y D. Guillem Ramón de Moncada murieron en la conquista del Reyno de Mallorca, que se verificó el día último del año 1229 como lo cuentan todas las Historias que tratan de esta empresa, y se refiere en el cap. LXI P. I. de los referidos Comentarios: luego es cosa certísima que lo que se lee en ellos no fue de acuerdo con la verdad y realidad de los sucesos. ¿Cómo había de decir el Rey Don Jayme en la arenga que hizo en diciembre de 1228 que entonces tenía ya trabajada la Crónica, cuando en ella se aseguran las muertes de los Moncadas que no sucedieron hasta un año después? Esto manifiesta absolutamente el error y falsedad: esto prueba que los tales Comentarios se compusieron, y trabajaron pasado mucho tiempo: esto convence un anacronismo de los más grandes, y notables: esto finalmente evidencia que el Rey D. Jayme no fue el que escribió aquellos Comentarios.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 7 de octubre de 1798.

CARTA VII.

Mi amigo y Señor. En mi última Carta, hablando de las maravillas que se observaron en el nacimiento del Rey D. Jayme, dije: “Como el que compuso esta Crónica hablaba de sucesos extraños, no es de admirar que equivocase las especies, y omitiese el más particular que fue el de la concepción de aquel Monarca.” Esta expresión ha dado motivo a Vm. para querer oír mi modo de pensar acerca de las especialísimas circunstancias que se notaron cuando fue concebido el Rey D. Jayme. Voy a satisfacer los deseos de Vm. que sabrá corregir y disimular mis yerros, y equivocaciones.

La concepción de este Príncipe ciertamente fue una obra asombrosa, y fuera del orden común de las cosas. Ramón Muntaner en su Crónica (1: Cap. III y sig.) pinta el suceso de esta manera.

El Rey D. Pedro aborrecía a su mujer la Reyna Doña María de tal suerte que ni podía verla, ni hacía vida maridable con ella. Esta Señora sufría con indecible paciencia su desgracia; pero los vasallos llevaban muy a mal este desvío y extrañeza, con el justo recelo y temor de que no teniendo hijos el Monarca, ciñese la corona una cabeza extraña. Con este motivo, noticiosos de que el Rey estaba ciegamente enamorado de una hermosa Dama, y sabedores (pone sabidores) además del Caballero confidente de la trama y negocio, hablaron a este con franqueza, solicitaron su ayuda, le hicieron varios ofrecimientos, y descubrieron todo el pensamiento, reducido a que diese a entender al Monarca que su enamorada estaba ya vencida, gustosa, y pronta a cumplir sus deseos; pero con la condición del secreto, y de que no hubiese luces, para evitar de esta forma que se hiciese pública la cosa: que se juntarían doce Cónsules, doce Ciudadanos de los mejores de Mompeller, doce mujeres de la más acrisolada conducta, doce doncellas, dos Notarios de crédito, el Oficial del Obispo, dos Canónigos, y cuatro Religiosos de probidad: que entraría en el cuarto del Rey su mujer la Reyna Doña María, y ocuparía en el lecho el lugar de la Dama por quien tanto suspiraba: que cada uno de los referidos concurrentes llevaría un cirio en la mano, que encendería cuando se verificase la introducción de la Reyna en el aposento: que estarían todos juntos a su puerta hasta abrirla que sería al amanecer: que entonces entrarían: que el Rey se maravillaría: que en esta ocasión le contarían todo el suceso, y le manifestarían la fe que tenían en Dios, y en su Santísima Madre, de que aquella noche habría engendrado un fruto tal que sería el complemento de sus deseos, y la mayor satisfacción de todos sus vasallos.

El Caballero confidente no sólo se prestó grato a las insinuaciones de aquellos buenos servidores del Rey, sino que les rogó, suplicó y persuadió a que a sus deseos uniesen las rogativas y votos a Dios, y a su Santísima Madre Santa María de Vallvert que durasen siete días: que en uno de ellos ayunasen todos a pan y agua: y que la noche del suceso la pasasen en las Iglesias, rogando al Señor les consolase en un asunto de esta magnitud, y en que tanto interesaba el bien de la Monarquía. Convinieron todos en ello: hiciéronse las rogativas: se dispusieron estas de tal modo que el Rey no pudo penetrar su objeto: y finalmente llegó el día en que había de llevarse a efecto tan deseado y meditado proyecto.

Verificóse este un Domingo por la noche, en que los veinte y cuatro Cónsules y Ciudadanos, las veinte y cuatro mujeres, y demás que se han referido llegaron al Palacio y puerta de la Cámara donde estaba el Rey, y en que se introdujo la Reyna Doña María a quien iban sirviendo: y se quedaron todos a la parte de afuera arrodillados, puestos en oración, y encendidas las velas que tenían en las manos, mientras el Rey, creyendo disfrutar las caricias y

halagos en brazos del objeto de su amor, tenía una conversación secreta con la Reyna su mujer; y mientras estaban abiertas todas las Iglesias de Mompeller, y de aquellos Pueblos, y los fieles rogando a Dios por el feliz éxito de la empresa.

Amaneció el día, y entonces entran todos con las velas encendidas en el aposento del Rey que estaba en la cama con la Reyna su mujer. Sobresáltase aquel, siéntase en el lecho, y echa mano de la espada. En este lance se arrodillan, y le suplican quiera ver la persona a quien tenía a su lado. Incorpórase la Reyna: conócela el Rey: cuéntanle todo el suceso: y enterado de sus circunstancias les dijo: pues así es, plegue a Dios que se cumplan vuestros deseos. En esta noche, y en aquella conversación fue engendrado el Invictísimo Rey D. Jayme.

Esto es en compendio lo que acerca de la prodigiosa concepción de este Monarca escribió el expresado Ramón Muntaner, que se dilata en contar las particularidades del caso que omito individualizar, porque interesan poco para lo que es el asunto. Los autores más cercanos a aquel tiempo, y los que siguieron a estos, convienen todos en el hecho de que por engaño trató aquella noche el Rey D. Pedro con su mujer la Reyna Doña María, creyendo tener a su lado la Dama por quien penaba, y si varían en alguna cosa es sólo en el modo y algunas circunstancias, que no alteran en la sustancia los pasajes que refiere Muntaner. Tales son L. Marineo Sículo (1: De rub. Hisp. lib. X.), Juan Dameto (2: Hist. de Mallorca lib. II tit. I § I) Gerónimo Zurita (1: An. de Arag. tom. I lib. II cap. LIX. y en sus ind. Lat. pág. 90), Pedro Antonio Beuter (2: Crón. gen. de Esp. part. II cap. I), el P. Pedro Abarca (3: En sus An. tom. I cap. I. n. 14 tratando del Rey D. Pedro el Católico.), D. Joseph Ortiz y Sanz (4: En su comp. Crón. de la Hist. de Esp. tom. III lib. VIII cap. V.), y otros muchos.

Entre ellos cuento principalmente a Mosen Jayme Febrer, que como Muntaner alcanzó al Rey D. Jayme; de suerte que este Monarca le sacó de Pila, según lo afirma el mismo en la Trova que puso bajo el escudo de sus Armas, que dice así:

Trahent me de pila lo Rey vencedor,

Que em posa son nom sobre el de Febrer.

Sirvió a este Monarca, ocupando los mismos empleos que su padre Guillem. Fue muy favorecido suyo. Le acompañó en la expedición de Tierra Santa. Se encontró en el naufragio del año 1269. Y últimamente en la conquista de Murcia hasta cerca de Almería en el de 1275. He notado estas particularidades para que entienda Vm. el mérito de Mosen Jayme Febrer, pues sobre la recomendación de coetáneo, tiene la de su frecuente trato, y comunicación con el Rey D. Jayme. Este pues famoso escritor, en su célebre obra de las Trovas, o Poesías puso dos que tratan con particularidad del asunto. La una de Doña María Señora de Mompeller, y la otra de Pedro de Alcalá. Daré las dos en la misma lengua Lemosina en que están escritas, sin detenerme en pasarlas a la Castellana.


TROVA
DE DOÑA MARIA SEÑORA DE MOMPELLER.


Era vostra Abuela la Reyna Maria,

Alla en Mompeller Senyora absoluta,

De una faixa rotja lo escut atavia,

En forma de viure, que causa alegria,

Estant sobre Argent. Com sagaz e astuta,

Pera tenir fills, usa de una traza,

(Pues que sou son net, vos no la ignorau).

De un Emperador de Grecia la raza

E la sanch gozaba, e en lo escut abraza,

Una ala e bras de or sobre camp de blau,

E una espasa gran, com asi mirau.


TROVA

DE PEDRO DE ALCALÁ.


Perot de Alcala, net de aquell Guillem

Que a vostron abuelo enganya en lo llit,

Posant a la Reyna (pet influix suprem)

En lloc de altra dona, bella per extrem,

Ab qui el Rey volia estar una nit;

E de aqueste fet naixque vostron Pare:

E en Pere lo Rey ne resta gustos,

Fentlo Mesnader: No es be yo os declare

Lo que el Net ha fet, ni que li prepare

Los premis deguts; puix os toca a Vos.

Porta sobre Argent un Llebrel, o Gos.


Estos auténticos testimonios son de la mayor recomendación, y califican la certeza de lo que juiciosamente escribió Bernardino Gómez Miedes, que se explicó en estos términos (1: En la Hist. del Rey D. Jayme lib. I. cap. XI.): “Conforman todos los Historiadores antiguos y modernos en contar la extraña concepción, y nacimiento del Infante D. Jayme, puesto que en el modo, y discurso de cada cosa, y como ello pasó discrepan en algo, pues los unos lo pasan breve y sustancialmente por más honestidad, como la propia Historia del Rey: otros cuentan muchas y diversas cosas sobre ello, porque son amigos de pasar por todo, y es cierto que convienen todos con el Rey, y como está dicho, en solo el modo difieren. Por tanto tomando de cada uno lo más probable; y menos discrepante; nos resolvemos en lo siguiente.” Hasta aquí Gómez Miedes que continúa refiriendo este peregrino suceso casi en los mismos términos que lo escribió Muntaner.

Como esta Historia la cuentan dos Autores coetáneos, y otros posteriores sin haber alguno que la desmienta, todos la han creído cierta, respetando el sagrado de la antigüedad tan venerable en los sucesos de tiempos remotísimos, que por la mayor parte están envueltos en confusiones y tinieblas. Así es, que los hombres más juiciosos y sabios han abrazado este común concepto, el cual ha tenido todo su valor hasta el año 1788 en que se publicó el tomo IV de la Hist. Gen. de España del Padre Juan de Mariana, ilustrada con muy particulares, selectas y eruditas notas. En ella, lib. XII cap. III not. I después de extractarse lo que dicen Muntaner y Moreri en su Diccionario en la palabra Chavalet, que también cuenta el suceso con más singulares pasajes, se lee: “Esta es la peregrina Historia del nacimiento del Rey D. Jayme, a quien mis Lectores darán el crédito que estimen: a mí me parece una Novela de la moda de aquellos tiempos.” Permítame la buena memoria de este sapientísimo ilustrador, que me separe de su modo de pensar en el asunto, y manifieste las razones que me animan y precisan a ello.

Si hubiese apuntado algunos fundamentos a fin de convencer de novela y cuento de aquellos tiempos las particularidades de la concepción del Rey D. Jayme, sacrificaría gustoso mi opinión en obsequio de la verdad, en caso de ser tales que dejasen satisfecho al entendimiento, o a lo menos me darían campo para manifestar llenamente la certeza de mi concepto; pero faltando los antecedentes, y los conocimientos necesarios para resolver, sólo podré decir, que la Crítica debe ser moderada, y no caprichosa. Porque un suceso sea raro, extraordinario, y acontecido pocas veces, no se ha de capitular de supuesto y falso. Para juzgar con acierto en asuntos tan espinosos es indispensable cotejar, y pesar con mucha delicadeza y finura los fundamentos y razones que favorecen a una y otra opinión. ¿Cuántos antiquísimos maravillosos acaecimientos nos cuentan las Historias, que a primer vista se nos representan imposibles de creer, y que al fin les damos asenso porque los afirman testigos fidedignos de aquellos tiempos? Algunos sucesos de este siglo admirados en la Europa ¿no les negaría constantemente la posteridad, si sólo se armase para ello de lo extraordinario, de lo inverosímil, de lo portentoso?

La concepción del Rey D. Jayme en el modo que la he referido, la asegura el expresado Muntaner que conoció a este Monarca, y escribió su Crónica con pureza y verdad (1: Como lo manifiesta en el Prólogo, y cap. I.); de suerte que en materias históricas hacen sus dichos la más solemne ley. En Mosen Jayme Febrer concurren iguales apreciables circunstancias. Los Escritores inmediatos al suceso, y los posteriores a ellos, convienen todos en la portentosa concepción del Rey D. Jayme, y en que este fue fruto del engaño que se usó con D. Pedro su padre, creído de que estaba con su Dama, cuando trataba con Doña María su mujer. ¿Pues por qué razón se ha de capitular, y caracterizar de novela este suceso que escribieron tan menuda, y prolijamente dos Autores coetáneos, y de tan apreciables circunstancias, y los muchos que les siguieron? ¿De qué servirán las Historias de tantos hombres sabios que dejaron encomendados a la posteridad los sucesos que en ellas nos cuentan? ¿Qué argumentos, qué razones, qué Autores, qué documentos se traen a colación para contrapesar, y negar el asenso a la verdad de tan memorable Historia? O bórrese la principal de las reglas de Crítica propias de la controversia: o confiésese abiertamente que no fue romance, cuento ni novela de aquellos tiempos lo que en este particular dejó escrito el expresado Ramón Muntaner.

Jamás he sostenido mis opiniones desentendiéndome de las dificultades que puedan debilitarlas: hélas referido siempre con sinceridad, y procurado vencerlas, valiéndome para ello de mi corto talento, y de las luces que me han facilitado mis estudios y meditaciones, siguiendo en esto las huellas de los más ilustres Escritores. Dirá Vm. y dirán otros, que ciertamente pecó el Rey D. Pedro cuando estando con su mujer, creyó que trataba con otra Dama; y que en estos términos es imposible que fuesen autores, cómplices, y auxiliantes de esta mortal culpa los Canónigos, los Religiosos, los Cónsules de Mompeller, y demás que se han insinuado. Este es el Aquiles que quiere representarse como invencible; pero quedará arrollado, y sin fuerzas algunas, luego que se convenza, que esta dificultad sólo lo es en la apariencia. Va Vm. a verlo.

El suceso de la concepción del Rey D. Jayme pasó seis siglos hace, en cuyos tiempos se gobernaban las cosas más por capricho y voluntad, que por ley y por razón. Registre Vm. las Historias de entonces, y encontrará en ellas unos pasajes tan raros, tan peregrinos, tan extraños, que ciertamente le admirarán. Verá Vm. los Reyes de Castilla mezclando sus torpes amores con Señoras parientas de la sangre Real de Aragón; y verá Vm. un Rey aragonés, que prendado de Doña Berenguela Alonso, hija del Infante de Castilla D. Alonso, Señor de Molina, la tomó por Dama, y la pasó a sus Estados, haciendo vida maridable con ella: siendo lo más particular, que todo esto sucedió a vista, ciencia, y paciencia de unos parientes Ilustrísimos, y con especialidad de San Fernando Rey de Castilla. Sería nunca acabar si me detuviese en referir otras especies semejantes, y así contaré únicamente las que más de cerca nos interesan.

En el año 1164 casó el Rey D. Fernando de León con Doña Urraca, Infanta de Portugal. Estos dos Reyes eran parientes en tercer grado de consanguinidad, como biznietos ambos del Rey D. Alonso el VI. Enterado el Sumo Pontífice de este enlace, dirigió sus órdenes al Cardenal Legado, para que dispusiese la separación de los dos Monarcas, que efectivamente se verificó. Seguiré contando dos sucesos semejantes de aquellos tiempos, y después sacaré de todos el argumento del caso.

Ajustáronse paces entre los Reyes de León y Castilla, y fue tratado que el primero casase con la Infanta Doña Berenguela, cuyo matrimonio tuvo efecto a fines de octubre, o principios de noviembre del año 1197. Entre ambos Soberanos mediaba el parentesco en segundo grado con tercero; pero los Prelados y Señores que intervinieron en el tratado, creyeron que no estaba prohibido entre personas Reales, y que el Sumo Pontífice dispensaría con facilidad, cuando por este medio se aseguraba la paz de las dos Coronas. En 1198 murió el Papa Celestino III y habiéndole sucedido Inocencio III luego que tuvo noticia de aquel suceso, mandó al Cardenal Raynerio que procediese a la separación de los expresados Reyes, por la nulidad de su matrimonio. Resistiéronse estos con varios pretextos, y el Sumo Pontífice agravó sus órdenes, en términos que en el año 1202 excomulgó al Rey y Reyna, y puso entredicho en el Reyno de León. Finalmente, en el de 1204 se separaron estos dos Monarcas, después de haber sido legitimados los hijos procreados en la duración de este enlace, y entre ellos el referido San Fernando Rey de Castilla.

D. Jayme el Conquistador casó con Doña Leonor Infanta de Castilla, en la Villa de Ágreda, día 7 de febrero del año 1221. Este matrimonio se declaró nulo en el Concilio celebrado en la Ciudad de Tarragona a los 29 de abril del de 1229 por ser los dos biznietos del Emperador D. Alonso, y de consiguiente parientes en tercer grado de consanguinidad.

Estos tres matrimonios ciertamente fueron incestuosos, y prohibidos por la Santa Iglesia. Faltaron gravemente los Reyes que los contrajeron, y faltaron también los Obispos, los Grandes, y todos los demás que tuvieron parte en estos enlaces. Todos contribuyeron al pecado, respecto de que ninguno ignoraba, ni podía ignorar los parentescos de aquellos Príncipes, ni que sus matrimonios estaban prohibidos absolutamente.

No me detendré en el examen de si a los principios eran puramente civiles las leyes relativas a esta materia, ni de si en los Obispos residían competentes facultades para dispensar en los parentescos; porque me basta decir que en los tiempos en que pasaron estas cosas, era privativo de los Sumos Pontífices conceder tales licencias, y Eclesiástica la prohibición de casamientos entre parientes. Acuérdese Vm. que los mismos Prelados que animaron el matrimonio de D. Alonso de León, y Doña Berenguela de Castilla, fundaron sus instancias en la esperanza de que el Santo Padre concedería la correspondiente dispensa.

Sin embargo de que se representa imposible de creer que los Reyes, los Prelados y los Grandes fomentasen aquellos pecados; con todo nos vemos obligados a dar asenso a estos acontecimientos. ¿Pues por qué una presunción igual se ha de estimar bastante para negar la creencia al admirable caso de la concepción del Rey Don Jayme? Más inconvenientes y dificultades se presentan para creer lo primero, que lo segundo: no es pues justo que se juzgue con tanta variedad en ambos casos. Las conjeturas, las presunciones, los argumentos, cesan absolutamente siempre que consta, y se pone en claro la verdad de los sucesos: y así como no dudamos de la certeza de los referidos incestuosos matrimonios, porque la justifican los documentos y las Historias; así también, y por la propia razón no debemos poner duda en la de la portentosa concepción del Rey D. Jayme, en el modo que la refiere Ramón Muntaner.

Vm. no ha de argüir de lo que pasaba en aquellos remotísimos tiempos, para sacar consecuencias en los presentes. Entonces se miraban con otros ojos las cosas, y no con la escrupulosidad que ahora. En aquella época reinaba la indolencia, una buena fe mal entendida, un trastorno general de ideas, un género de barbarie, séame lícito explicarme así: y aun por eso dijo oportunamente Pedro Abarca, hablando de especies semejantes, que eran propias de la Teología de aquellos tiempos.

Aun después de más de dos siglos de estos sucesos, y en que ya la cultura empezaba a hacer su oficio, se admiran otros igualmente portentosos.
¿Me creería Vm. por ventura, si yo le dijese que se estableció una ley entre Cristianos, en la cual se impuso la pena del Talión al crimen de adulterio cometido por la mujer? Pues la ley es cierta, y está inserta en el Cuerpo del Derecho Valenciano. Se hizo en el día 24 de diciembre del año 1446 y en ella se lee, que si la mujer casada huyese de la casa y compañía de su marido por delito de adulterio, u otro que hubiese cometido, fuese permitido a aquel tomar otra para su servicio, y tenerla en su propia casa; prohibiendo a la Justicia que pudiera entrar en ella, escalarla, ni aun siquiera llamar a la puerta, no obstante de hacer los dos vida maridable. Horroriza a la verdad semejante especie. Cotéjela Vm. con la asombrosa concepción del Rey D. Jayme, y vea la inmensa distancia y diferencia que hay de uno a otro caso. Ha de creer Vm. precisamente la extravagancia, la injusticia, la irreligiosidad de este establecimiento foral: crea pues también que D. Jayme el Conquistador fue dichoso fruto del engaño que se usó con su padre el Rey D. Pedro el Católico.

Por conclusión de esta Carta no puedo dejar de trasladar aquí lo que se lee en el referido D. Joseph Ortiz y Sanz (1: Comp. Crón. de la Hist. de Esp. tom. II lib. V cap. XII not. 31), que en pocas palabras comprehende cuanto puede apetecerse en la materia.

En la narración (dice) de la pérdida de España, sus circunstancias y motivos, hay algunas cosas que no contentan a nuestros críticos modernos: pero como las razones que dan son meramente precarias y conjeturales, no nos deben apartar de la autoridad y crédito de los que la escribieron (y dejaron a la posteridad) desde un siglo o poco más después del suceso. Desprecian en particular las cosas tocantes al Conde D. Julián y su hija, la concurrencia de este y D. Opas en la batalla de Covadonga con D. Pelayo, y algunas otras, las cuales se les antojan cuentos, o novelas de cantarcillos árabes, y poesías Romancescas. Fuera mejor que a los Autores nuestros que refieren estas cosas, opusieran otros de igual o más crédito que las nieguen, que no andarse con tanta ligereza negando, y poniendo en duda cosas que la antigüedad tiene como sagradas y dignas del mayor respeto. Para negarlas sin temeridad, es necesario dar razones y documentos innegables, o estar mal con su juicio y estimación propia; pues negada una de ellas, se sigue haber de negar otras muchas que se deducen de aquellas, y luego irse empeñando más y más hasta haber de decir absurdos, y aun falsedades manifiestas.”

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 13 de octubre de 1798.


CARTA VIII.

Mi amigo y Señor. Tratándose en la Crónica de la conquista de Valencia (1: Cap. CI Part. II. f. 75 b.) se leen los preliminares del ajuste y convenio para la rendición, y entrega de esta Ciudad; y después (2: Desde el referido cap. CI hasta el CXI.) se cuentan los pasajes ocurridos en el negocio, y los conciertos que el Rey D. Jayme hizo con Raiz Abnalmalet sobrino, y enviado al efecto de Zaen Rey de Valencia, reducidos a que este Monarca, y los Moros rindiesen la Ciudad al Rey D. Jayme, el cual les concedió cinco días a efecto de que se aprestasen para la salida, y pudiesen ir a vivir donde quisiesen, con toda la ropa que pudiesen llevar, dándoles al mismo tiempo la correspondiente seguridad para que no fuesen molestados en la salida y camino hasta Cullera, que fue el Lugar que eligieron. Y prosigue la Crónica refiriendo que hechos estos convenios envió mensaje el Rey D. Jayme a Raiz Abnalmalet, a fin de que dispusiese que en la Torre llamada del Temple se tremolase la Bandera de los Cristianos, para que llegase a noticia de todos, y suspendiesen las hostilidades: que verificado así, y vista por el Rey la señal, se apeó de su caballo, y mirando al Oriente lloró, y besó la tierra, dando tiernas gracias a Dios por tan señalada victoria y plausible conquista: que salieron los Moros hombres y mujeres hasta en número de cincuenta mil: y que inmediatamente hizo su entrada en la Ciudad.

Esto es lo único que se lee en la referida Crónica acerca de la entrega de Valencia, y de los Capítulos que precedieron a este suceso: pero en realidad no pasaron las cosas en el modo que se pintan, respecto de que medió otro convenio antes que el Rey D. Jayme entrase triunfante en la Metrópoli del Reyno de Valencia. Este silencio convence sino la absoluta falsedad, a lo menos la supresión del hecho más notable que ocurrió entonces, y que como propio no podía ignorar el Rey D. Jayme. Se representa imposible que este Monarca afirmase su entrada en la Ciudad sin contar primero el nuevo tratado, ajuste y convenio que celebró con el Moro Zaen, y que dejase imperfecta su Historia, y lo que es más que faltase a la verdad intrínseca de ella. El que escribió la Crónica no tuvo noticia de este pasaje, y así lo dejó al silencio. Si hubiera sido su verdadero Autor el Rey D. Jayme, no tendría yo ahora necesidad de contárselo a Vm. lo que procuraré hacer con verdad, apoyada en auténticos testimonios que ciertamente no pueden engañar, y están libres de la jurisdicción de las dudas.

Después que el Rey Zaen acompañado de sus Caballeros sacó los Moros de la Ciudad de Valencia, y se alojó en los campos que hay entre ella y Ruzafa, para emprender su viaje a Cullera, pasó a verse con el Rey D. Jayme que tenía sus Reales en el expresado Lugar. Juntos estos dos Monarcas en aquel sitio el día 28 de septiembre del año 1238 hicieron un nuevo acomodamiento y tratado. Quedó convenido que el Rey D. Jayme hubiese de conceder a los Mahometanos veinte días para que acabasen de desocupar la tierra: que si algunos quisiesen quedarse en el término de la Ciudad de Valencia pudieran hacerlo libremente, con tal que antes se ajustasen, y compusiesen con los dueños de los campos: que el Rey D. Jayme concediese treguas a Zaen, duraderas por siete años, obligándose a no moverle guerra en todo este tiempo ni en Cullera ni en Denia: y que el Rey Zaen se obligase, como efectivamente se obligó, a entregar al Rey D. Jayme dentro de aquellos veinte días todos los Castillos, y Villas que tenía y poseía del río Júcar acá, exceptuados y reservados los de Denia y Cullera. Este tratado y convenio se redujo a escritura pública, que fue otorgada en el mismo día 28 de septiembre de 1238 en el referido Lugar de Ruzafa, y asedio de Valencia, la cual existe en el Archivo Real de Barcelona (1: En el V Armario General del Reyno de Valencia, saco Z n. 400.). Allí la vio el Maestro Fr. Francisco Diago, como lo dice en los Anales del Reyno de Valencia (1: Lib. VII cap. XXV.), donde la pone a la letra en latín que es como está escrita, y traducida en Castellano que es como la copiaré en este lugar, así para completar la conquista de Valencia, como para que conozca Vm. que un suceso tan señalado, importante y memorable, no es posible que lo omitiese el Rey D. Jayme. El tal instrumento está concebido en los términos siguientes.

Nosotros D. Jayme por la gracia de Dios Rey de Aragón y del Reyno de Mallorca, Conde de Barcelona y de Urgel, y Señor de Mompeller, prometemos a Vos el Rey Zaen, nieto del Rey Lobo, y hijo de Modofe, que todos los Moros, así hombres como mujeres, que quisieren salir de Valencia, vayan salvos y seguros con sus armas, y con toda su hacienda mueble que quisieren llevarse consigo en nuestra fe, y en nuestro guiaje, con que estén fuera de la Ciudad dentro de veinte días, contándoles desde este adelante sin interpolación alguna. Más adelante queremos y concedemos que todos los Moros que quisieren quedarse en el término de Valencia, se queden salvos y seguros en nuestra fe, componiéndose con los Señores que tuvieren las heredades. Y también os aseguramos, y damos firmes treguas por nosotros, y por todos nuestros vasallos, que de aquí a siete años no haremos daño, mal, o guerra, ni por mar, ni por tierra, ni permitiremos que se haga contra Denia, ni contra Cullera, ni en sus términos: y que si alguno por ventura de nuestros vasallos y hombres lo hiciere, haremos que se enmiende por entero según la cuantidad del daño. Y para que se atienda a todo esto con firmeza, y se cumpla y guarde, lo juramos nosotros en propia persona, y hacemos que lo juren nuestro tío el Infante de Aragón D. Hernando, y nuestro deudo D. Nuño Sanz, D. Pedro Cornel, Mayordomo de Aragón, D. Pedro Fernández de Açagra, D. García Romeo, D. Rodrigo de Liçana, D. Artal de Luna, D. Berenguer de Entença y D. Guillem de Entença, D. Acorella, D. Assalido de Gudal, D. Sancho Aznárez, D. Blasco Maça, D. Rogero Conde de Pallas, D. Guillem de Moncada, Ramón Berenguer de Ager, D. Guillem de Cervellón, D. Berenguer de Eril, D. Ramón Guillem de Odena, D. Pedro de Queral, y Guillem de San Vicente. Y nosotros D. Pedro por la gracia de Dios Arzobispo de Narbona, y D. Pedro Arzobispo de Tarragona, y nosotros los Obispos de Barcelona D. Berenguer, de Zaragoza D. Bernardo, de Huesca D. Vidal, de Tarazona D. García, de Segorbe Don Ximeno, de Tortosa D. Ponce, y de Vique D. Bernardo, prometemos que haremos se atienda a todo esto, y atenderemos a ello cuanto fuere en nosotros, y pudiéremos en buena fe. Y yo el Rey Zaen sobredicho prometo a Vos D. Jayme por la gracia de Dios Rey de Aragón, que os entregaré, y daré dentro de dichos veinte días todos los Castillos y Villas que hay, y tengo de esta parte de Júcar, quitados y reservados los dos Castillos de Denia y Cullera. Dada en Ruzafa en el cerco de Valencia en cuatro de las Kalendas de octubre, de la era mil y doscientas y setenta y seis.”

Sin duda dirá Vm. que es muy largo este pasaje. Conózcolo así, y convengo en ello; pero como es tan rara la noticia que sólo la he encontrado en Diago, y por otra parte importa tanto para lo que es el asunto, me ha parecido ponerlo a la letra. Vamos ahora a lo que verdaderamente nos interesa. Es mucha cosa que en la Crónica se calle un particular de tanto bulto, y se cuenten muchas especies de poquísima consecuencia que ninguna falta pueden hacer para la historia. En efecto parece que se buscaban exquisitamente expresiones y frases para referir los ajustes y convenios que precedieron a la rendición de Valencia. Hasta en el capítulo último de esta conquista, se pone el día y año en que se verificaron aquellas cosas. Léese: “Y para que sepan todos cuándo fue ganada Valencia, lo fue víspera de San Miguel del año 1239” ¿Qué consecuencias no inferirá Vm. de tales antecedentes? ¿Qué evidencias no resultan de este silencio, supresión, y falta de verdad? Ya que la ocasión lo trae quiero insinuar a Vm. dos cosas notables que se escriben en el referido capítulo. La una sobre el año en que fue ganada la Ciudad: la otra acerca del día en que el Monarca Conquistador entró triunfante en ella. La verdad de estos dos particulares la tengo puesta en claro en la Historia del Derecho Valenciano, que tal vez verá luego la luz pública; y entre tanto que llega este caso diré a Vm. que la Conquista de Valencia ciertamente se verificó en el año 1238 y que la expresión de 1239 que se nota en la Crónica está equivocada en la impresión, o lo más cierto que se puso contando los años desde la Encarnación del Señor, no desde su nacimiento. Esta especie es de fácil expedición; pero por lo que hace al día en que el Rey D. Jayme hizo su entrada en la Ciudad, la cosa está rodeada de muchísimas dificultades; y no puede ser que diga todo lo que se me ofrece en la materia en una Carta, en que sólo por incidencia trato del asunto. Ya se publicará aquella Historia, y entonces se impondrá Vm. perfectamente en este particular.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 21 de octubre de 1798.


CARTA IX.


Mi amigo y Señor. ¡Que sea tan vivo el genio de Vm. y tan poca su paciencia que ni aun quiera esperar a que se publique la Historia del Derecho Valenciano, para asegurarse del día en que el Rey D. Jayme entró triunfante en Valencia! Para mí tanto monta decirlo en aquella pequeña pieza, como en esta Carta. Verdad es que allí venía propiamente al caso, y aquí parecerá una especie pegada, y fuera del intento; pero supuesto que Vm. lo quiere así, sufra y aguante la pesadez, y sírvase leer lo que se sigue.

Han sido gravísimas las dudas que han ocurrido, y no se han examinado ni aclarado en el discurso de algunos siglos, sobre fijar el día en que fue entrada la Ciudad de Valencia. Unos quieren que fuese el 28 de septiembre, otros señalan el 9 de octubre. Yo toqué de paso esta especie en otra parte (1: En la pág. 3 de una Disertación que se publicó en Valencia año 1789 cuyo título dice así: “Disertación sobre la justicia y utilidad de una ley que declare a favor del Real Fisco la pertenencia de bienes de Realengo, situados en el Reyno de Valencia que se destinan a manos muertas a quienes falta la habilitación del Príncipe.”); ahora es preciso tratarla radicalmente, bien que será a costa de alguna repetición, y de extenderme más de lo regular.

Que el Rey D. Jayme no sea el verdadero Escritor de la Crónica que se le atribuye, no degrada a esta excelente obra del mérito a que es acreedora, ni deben dejarse de creer los acontecimientos que en ella se refieren (a excepción de los que una juiciosa Crítica niega en estas Cartas), por ser un monumento antiquísimo digno de la mayor fe y crédito. En ella pues se afirma que el Rey D. Jayme entró en la Ciudad de Valencia el día 28 de septiembre del año 1238 (1: Cap. CXV Part. II. f. 79 b.). Lo mismo dicen Ramón Muntaner Autor coetáneo (2: En su Cron. cap. IX. ), Gerónimo Zurita (3: An. lib. III. cap. XXXIII. ), Pedro Antonio Beuter (4: Cron. Gen. de Esp. lib. II. cap. XL.), el Maestro Fr. Francisco Diago (5: An. de Val. lib. VII cap. XXVI.), Gaspar Escolano (6: Hist. de Val. lib. III cap. VI n. 8.), D. Bernardino Gómez Miedes (7: Hist. del Rey D. Jayme lib. XI cap. XX.),

y otros muchos. Diago afirma que en su tiempo se conservaba una lápida en la torre de la Iglesia de San Martín, que mandó grabar Pedro Colomines cuando se conquistó Valencia, la cual decía así: ANNO DOMINI MCCXXX OCTAVO FO PRESA VALENCIA LA VESPRA DE SEN MIQUEL PER EL SEÑOR REY EN JACME REI DE ARAGO.
En la referida Crónica se lee (8: Cap. CI. CII. CIII. CVI. CVIII. CX. P. II. f. 75 b. y siguientes.), que quince días antes de la víspera de San Miguel, que era
el trece de septiembre, movió tratados de paz el Rey Zaen de Valencia, a cuyo fin envió a los Reales del Conquistador a un Moro llamado Alí Albata, y después a su sobrino Raiz Abnalmalet, el cual concluyó el asunto en 20 del propio septiembre, en que quedaron hechos los conciertos, y capitulada la rendición y entrega de la Ciudad. Pidió Abnalmalet diez días de término para desocuparla; pero resistiéndolo el Rey D. Jayme, se convinieron en que al quinto empezasen a salir los Moros, los cuales no esperaron a que se concluyese el plazo, pues en el día 23 ya estaban en disposición de marchar. Así que atendida la serie de estos sucesos, viene perfectamente bien que el Rey vencedor hiciese su entrada en Valencia la víspera de San Miguel 28 de septiembre.

En este día ya había desocupado la Ciudad el Rey Moro Zaen, pues consta que se hallaba en Ruzafa por la última convención y asiento. He dado a Vm. esta escritura a la letra en mi última Carta, y así no es justo que ocupe inútilmente el tiempo en repetirla. Sólo diré que con este sólido fundamento no es de extrañar que el M. Diago afirme, que concluido este acto, y en el mismo día 28 de septiembre hizo el Rey D. Jayme su entrada en la Ciudad de Valencia.

Esto supuesto ¿podrá ser que un Príncipe que con tan vivas ansias deseaba ganar esta Metrópoli, se hubiera mantenido en inacción, y sin entrar en ella desde 28 de septiembre hasta 9 de octubre? Si iba limitando los términos al Moro Raiz Abnalmalet para que los de su secta comenzasen a salir de la Ciudad; si al día siguiente del primer convenio, que fue el 24 ya mandó que se enarbolase el pendón de los Cristianos en su más alta torre; ¿será creíble

que sin causa, sin ocupación, sin embarazo, y sin impedimento alguno, retardase doce días el feliz momento que tanto deseaba de entrar triunfante en ella? ¿Mas cómo puede ser cierto este suceso si lo desmienten muchos documentos antiquísimos, y aun las mismas leyes de Valencia? Al principio de la edición de los Fueros del año 1482 se lee lo siguiente: “En lany de nostre Senyor mil docens trenta huit, nou dies a la entrada de octubre, pres lo Senyor en Jacme per la gracia de deu Rey Darago la ciutat de Valencia.”
El mismo epígrafe se puso en la impresión de los privilegios del año 1515 el que se halla repetido en la de los Fueros que se hizo en el de 1548. En las Cortes que celebró el Rey D. Fernando en la Villa de Monzón a 20 de julio de 1510 se estableció un Fuero (1: Es el XXXIX de los de este Príncipe, colocado en los Extravantes (extravagantes) del Reyno, fol. 47 b.

) que dice de esta manera: “E per lo semblant, en la festa ques fa la nit de sent Dyonis en la ciutat de Valencia, en memoria de la gloriosa conquesta que en semblant nit feu lo alt Rey en Jaume de la dita ciutat de poder de sarrahins enemichs de la santa fe catholica, no puguen desprende en la dita festa de bens del general mes de mil sous. Plau al Senyor Rey.”
En el Archivo de las casas Consistoriales de esta Ciudad, y en su libro manual se halla una deliberación de su Consejo general de 3 de octubre de 1338 en que se mandó, que en el día 9 del mismo se hiciese una solemne procesión, y repartiesen algunas limosnas entre los Conventos y pobres, por cumplirse en dicho día cien años que el Rey D. Jayme había ganado a Valencia. Y por último los Valencianos siempre han solemnizado la Conquista de esta Ciudad el día 9 de octubre, y en el mismo se han hecho las Fiestas centenarias por el espacio de cinco siglos.

A primer vista parece imposible la conciliación de unos hechos que se nos representan absolutamente contrarios; pero creo poderles hermanar, distinguiendo la entrada material de la formal que hizo el Monarca Conquistador en la Ciudad de Valencia, fijando aquella en 28 de septiembre, y esta en 9 de octubre. En las observaciones a la Historia del Padre Juan de Mariana (1: Tom. IV § I pág. 412.) se afirma, que purificadas las Mezquitas de Valencia, se convirtieron en casas de Dios para la asistencia de los Conquistadores, cuyos actos religiosos se terminaron en 9 de octubre según antigua tradición, y que este día le solemnizó la posteridad desde que se cumplió el primer Siglo. Pedro Antonio Beuter (1: En su Cron. lib. II cap. XL.) se extiende más sobre el particular, cuyo pasaje, aunque largo, conviene poner a la letra, y dice así.

Entendió luego después el Rey en las Iglesias que se habían de edificar de nuevo, o bendecir, expiando las Mezquitas do se hiciera la Zalá. Primero se bendijo una que estaba cerca de la que fue Iglesia mayor: consagrándola a honra del glorioso Señor San Jeorge el Arzobispo de Tarragona: y fueron a ella, con gran procesión de la Iglesia mayor, sábado día de San Dionisio, habiendo primero dicho la Misa de este Santo en la Seo, y por tanto como el apellido de Aragón es San Jeorge, y aquella procesión se hizo en aquel año día del discípulo de San Pablo (San Dionisio, que envió su discípulo San Eugenio a Toledo, do fue el primer Arzobispo, y otros discípulos a otras partes de España) fue determinado que para siempre se hiciese semejante procesión a la Iglesia de San Jeorge el día de San Dionisio, como hasta hoy se hace, reconociendo a Dios que de sus manos tenemos esta tierra para servirle y alabarle en ella, con todos sus Santos, de todo corazón, y de todas fuerzas trabajando en agradarle. Hasta el día de hoy se hace con mucha solemnidad y alegría, cantando y sonando todos los instrumentos de música que haber y traer se pueden.”

Este suceso prueba dos cosas: la primera que entonces ya había entrado el Rey D. Jayme en Valencia, porque de otra suerte no pudiera haberse hecho aquella solemnísima procesión, a que debió preceder de necesidad la expiación de las dos Mezquitas: y la segunda que todos los lugares donde se lee que fue tomada la Ciudad el día 9 de octubre, deben entenderse por lo respectivo a los actos de Religión, no por lo que hace a la entrada material. Sobre que no es dudable que esta se verificó en 28 de septiembre, no puede encontrarse otra inteligencia que más aclare el asunto.

Y para que nada reste a Vm. que saber en la materia, voy a desvanecer un escrúpulo, y aparente dificultad. En un papel que salió al público en Valencia día 25 de julio de 1791 hablando de D. Ramón Buesa Comendador de Montalvan en la Orden de Santiago, se afirma que presenció la entrega de esta ciudad que hizo Zaen al Rey D. Jayme, y que entró en ella el día VII de los Idus de octubre (es el 9) de 1238 y no la víspera de San Miguel como notaban algunos. Nada importaría esto si para su comprobación no se añadiese la cláusula siguiente: “Real registro Donationum Valentiae, que empieza era 1275 año 1237 en adelante, a la foxa 50 pág. 2 del año 1238 se lee: Anno Domini 1238 die Martis ante festum Sancti Michaelis Kalendas Octobris habuit dominum Rex Civitatem Valentiae per placitum. Y en la foxa siguiente: Die sabbato VII Idus Octobris intravimus in Civit. Valentiae.”

Desde luego que leí estas expresiones dudé de su certeza, por ser contrarias a la realidad de los hechos, por el modo de su extensión, y por otras señas que no podían equivocar el concepto. Procuré ver el registro que se cita, pero no se ha podido encontrar en los Archivos de la Ciudad de Valencia.
Lo cierto es que con la noticia de esta inquisición mía, y con el justo recelo de que iba a poner en claro que la especie era enteramente equivocada, el mismo Autor se retractó de ella en otro papel público que tiene la fecha de 30 del propio julio; en cuya conclusión se lee: “Errata. En el Diario num. 25 pág. 98 lin. 7 donde dice: Y no la víspera, hasta el punto final de la oración, omítase.” Con esto he dicho a Vm. todo el asunto.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 26 de octubre de 1798.

CARTA X.

Mi amigo y Señor. Léese en la Crónica (1: Part. III cap. XLVI hasta el LI fol. 89 b. y sig.): que el Rey D. Jayme acompañado de los Caballeros del Reyno, y de otras gentes, se fue a la Villa de Xátiva a ponerla sitio, sentando sus Reales a la orilla del río que la baña: que después de algunos sucesos, y pasado un mes, le dijeron que el Infante D. Alonso de Castilla había tomado a Enguera, lo que le causó admiración por ser casado con su hija: que para averiguar este suceso pasó allá, y supo que era cierto, con cuyo motivo procuró conquistar aquel Pueblo, lo que por entonces no pudo lograr, sin embargo de los esfuerzos que hizo al intento: que después de unos quince días, el Infante D. Alonso por medio de mensajeros, pidió vistas o hablas, que al fin tuvieron su efecto, asistiendo a ellas la Reyna Doña Violante: que el Rey D. Jayme preguntó al Infante el motivo de haber solicitado estas vistas: que por él respondieron el Maestre de Ucles y D. Diego de Vizcaya, diciendo que el Infante de Castilla era casado con su hija, y que creía habérsele dado una porción de tierra, y que se le debía entregar la Villa de Xátiva, ofrecida por medio de Ovieco García, que fue el que intervino en los conciertos del casamiento: y finalmente que tomado acuerdo, respondieron Rey y Reyna, que si bien era cierto que su hija estaba casada con el Infante D. Alonso, no lo era que por medio de Ovieco García, ni otra persona, le hubiesen ofrecido dar ni entregar la Villa de Xátiva.

Esto es lo que se lee en los referidos Comentarios, y esto es puntualmente contrario a la realidad de los sucesos. Al tiempo a que se refieren estas cosas, Doña Violante, hija de los Reyes de Aragón, no era casada con D. Alonso Infante de Castilla, que después siendo Rey fue llamado el Sabio. Esta materia pide de justicia que se aclaren unas especies de tanta consideración. Dos veces puso sitio el Rey D. Jayme a la Villa de Xátiva, ahora Ciudad de San Felipe. La una en el año 1240 y la otra en el de 1244 en que fue tomada. El Maestro Diago lo afirma así, fundado en unas razones tales que fuerzan al entendimiento para su creencia, y no viene al caso repetirlas en este lugar. Sólo añadiré, que hallándose el Rey D. Jayme en este sitio hizo donación a Dios, a la gloriosa Virgen María, y a San Vicente de Valencia (que es el Monasterio que en el día se llama San Vicente de la Roqueta) del Castillo y Villa de Quart, y de una Alquería nombrada Ladea (ahora Lugar de Aldaya) su fecha en el sitio de Xátiva, año de la Natividad de nuestro Señor 1244. He visto, y examinado varias veces esta Escritura auténtica, y actualmente la tengo en mi poder. Pero debo decir a Vm. que advierto en su fecha un error de primer orden. Dice así: “Datum in obsidione Xativae, decimo septimo Idus Januarii, anno Nativitatis Domini milessimo ducentessimo quadragessimo quarto.” Aquella expresión décimo séptimo Idus, es imaginaria, respecto de que no hay tal día en el año, cuando el mayor número que se puede poner a los Idus es el octavo. Si acaso en lugar de los Idus quiere substituirse Kalendas, se incurrirá en otro defecto mayor, porque el décimo séptimo Kalendas Januarii, corresponde al día 16 de diciembre de 1243. Sea de esto lo que se quiera, la verdad es que ni en diciembre de 1243 ni en enero de 1244 estaba el Rey D. Jayme en el asedio y sitio de Xátiva, cuando consta de la Historia que por el mes de abril de este último año, acompañado de los Caballeros de la Orden de San Juan, pasó a ponerse sobre la referida Villa de Xátiva. Será equivocada, como efectivamente lo es la noticia del día; pero al mismo tiempo cierto que estas cosas sucedieron en el citado año 1244. Concluida la digresión, diré que según estos antecedentes no puede dudarse que las vistas de los Reyes D. Jayme y Doña Violante con el Infante D. Alonso, se verificaron en el citado año 1244. Verdad es que Gerónimo Zurita las colocó en el de 1248 y que del mismo dictamen fue el marqués de Mondeja en las memorias del Rey D. Alonso el Sabio; pero también lo es que estos dos eruditos no acertaron en el particular, desviándose de lo que con tanto fundamento escribió el referido Maestro Diago. En las notas a la Historia del Padre Juan de Mariana (1: Lib. XIII cap. VII pág. 37 not. IV.) se hace una juiciosa crítica sobre este asunto, y se convence en términos de evidencia que el sitio de la Villa de Xátiva se verificó en el mismo año de su toma que fue el de 1244. Síguese de aquí que este suceso de las vistas, y razonamiento entre aquellos Príncipes fue en el mismo año, sin quedar arbitrio para discurrir de otra manera.

En él ciertamente no era casada la Infanta Doña Violante de Aragón con el Infante Don Alonso de Castilla. Este matrimonio no tuvo efecto hasta algunos años después. El Rey Don Jayme casó con Doña Violante de Ungria en 8 de septiembre de 1235. Así que su hija Doña Violante, lo más pronto que pudo nacer fue a fines de julio de 1236 y debiendo tener doce años de edad para el matrimonio, es imposible que le contrajese hasta fines del de 1248 o principios del de 1249. Después de esto concurre que el Sumo Pontífice Inocencio IV en un Breve, su data León de Francia a 25 de enero de 1249 dispensó el impedimento de afinidad que mediaba entre aquellos Príncipes para que válidamente pudiesen contraer su matrimonio.

De estos ciertos e indubitables antecedentes es inevitable consecuencia que en el citado año 1244 ni eran casados ni podían serlo los referidos Doña Violante, y D. Alonso. Entonces sólo tenía aquella ocho años: luego no era casada al tiempo de las referidas vistas como falsamente se halla escrito en la Crónica, de que se quiere hacer autor al Rey D. Jayme. Si esta noticia la hubiera dejado a la posteridad otro cualquiera escritor, sería defecto de la Historia, y merecería algún disimulo; pero puestas las palabras de la certeza del casamiento por la pluma de D. Jayme, es una cosa que convence la suposición. ¿Será creíble que así equivocase este Príncipe las especies, y tan abiertamente faltase a la verdad? Ninguno mejor que él sabía y podía decir los años que entonces tenía su hija Doña Violante, y cuándo casó con el Infante D. Alonso: y así como no puede creerse que fuese suya una equivocación, una suposición, una falsedad de hecho propio que no podía ignorar; así también se convence que estas cosas las refirió otro que mezclando y confundiendo las especies, adelantó estos sucesos cuatro años por lo menos.

Aún hay más en el asunto. No sólo faltó a la verdad el Autor de la Crónica en esta parte, sino que ya anteriormente dejó estampada otra mayor falsedad (1: Part. II cap. LXXII f. 68 b.). Hácese mérito en ella de una exhortación, arenga, o razonamiento que el Rey D. Jayme hizo a los Caballeros que estaban en el Castillo del Puig con el designio de conquistar a Valencia. Si no pongo a la letra las palabras que entonces profirió este Monarca, no podré dar al argumento todo el valor, y alma que necesita para convencer. Vertidas aquellas expresiones en la lengua Castellana son del tenor siguiente. “Varones, bien conocemos y creemos que vosotros, y todos los que habitan en España sabéis la grande merced que nuestro Señor nos hizo en nuestra juventud sobre la conquista de Mallorca, y de las otras Islas, y de la de Tortosa, y demás hacia esta parte, y que os habéis juntado aquí para servir a Dios y a Nos. Ahora esta noche nos habló Fr. Pedro de Lleyda, y nos dixo que la mayor parte de vosotros os queréis ir si Nos nos vamos, y nos maravillamos de ello, cuando nuestra marcha entendíamos ser de provecho vuestro, y de nuestra conquista: mas pues entendemos que os pesa nuestra idea (levantándose entonces en pie, y con una especie de entusiasmo prosiguió) Nos prometemos aquí a Dios, y al Altar que es de su Madre, que no pasaremos de Teruel, ni del río de Tortosa hasta que Valencia sea nuestra: y para que entendáis mi voluntad de quedar aquí, y de conquistar este Reyno para servicio de Dios, enviamos por la Reyna nuestra mujer, y por nuestra hija que ahora es Reyna de Castilla, a fin de que estén en este Lugar.”

La tal arenga la hizo el Rey por el mes de enero de 1238 en cuyo tiempo sólo podía tener Doña Violante a lo más año y medio, y de consiguiente no podía ser a la sazón Reyna de Castilla, cuando no casó con el Príncipe D. Alonso hasta fines de 1248 o principios de 1249. A este argumento ciertamente no puede hallarse satisfacción alguna.

No se contentó el Autor de la Crónica con la falsedad de que en el año 1238 era ya casada Doña Violante, sino que añadiendo error a error, la hizo a la sazón Reyna de Castilla. El Rey San Fernando murió en 30 de mayo de 1252 por cuyo fallecimiento sucedió en la Corona el Príncipe D. Alonso, que fue el que después casó con Doña Violante: luego hasta aquel año no fue este Príncipe Rey de Castilla; y así tampoco pudo ser Reyna la referida Doña Violante en el de 1238 aun cuando entonces fuese ya casada.

Acaso dirá Vm. que la expresión que ahora es Reyna de Castilla se puso cuando se escribía la Crónica, y que habiéndose verificado algunos años después, pudo muy bien ser entonces casada, y ya Reyna de Castilla.
El caso es que esta especie tiene relación precisa, y determinadamente al año 1238 respecto de que está inserta en el razonamiento que hizo el Rey Don Jayme; de suerte que en aquel acto, y en aquel tiempo afirmó que su hija Doña Violante era a la sazón Reyna de Castilla. No puede darse asunto más expedito y claro, y que demuestre tan patentemente este clásico error de la Historia. No quiero detener a Vm. en hacer otras reflexiones sobre el particular, porque todas sobran a vista de estas evidencias.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 31 de octubre de 1798.



CARTA XI.


Mi amigo y Señor. Voy a manifestar otra debilidad del juicio del que escribió estos Comentarios, y a convencer con esta razón que ciertamente no fue su Autor el Rey D. Jayme a quien se atribuyen. Tratándose en ellos (1: Cap. CXXVII Part. III fol. 108 b.) de la proximidad de una acción que tenía premeditada este Príncipe, se leen las cláusulas que se siguen, más ajustadas en la versión, aunque hecha sustancialmente, que las que puso Pedro Antonio Beuter en su Crónica (2: Lib. II cap. I.). “Llamamos a Fr. Arnaldo de Segarra, que era Religioso Dominico, y le diximos que queríamos confesarnos con él, y nos respondió que dixésemos. Y Nos le diximos que no teníamos otro pecado contra Dios sino de Doña Berenguela tan solamente, y creíamos estar con ella sin pecar, así como el hombre debe vivir con su mujer, y él ya sabía que teníamos ánimo de conquistar a Murcia, y todo aquel Reyno, y aquel servicio que hacíamos en la tal conquista, y en volver Cristianos a los Moros, que nos valdría, y que este pecado no nos causaría daño en el día de la batalla, y que de él le pedíamos penitencia; y él nos dijo que pecado mortal era cosa muy grave y mala; pero que si teníamos propósito de apartarnos de él, que nos perdonaría, y Nos le respondimos que con aquella fe entrábamos en la batalla que saldríamos de pecado mortal, de un modo, o de otro serviríamos tanto a Dios en aquel día y en aquella conquista, que nos perdonaría, porque a ninguno teníamos mala voluntad: y él titubeaba, y vacilaba: y entonces le diximos que nos diese su bendición, que a Dios ofrecíamos hacerlo.”

No puede darse suceso más extravagante, ni más fuera de propósito, ni menos conducente al asunto. Con decir (aunque ninguna falta hacía este pasaje a la Historia) que el Rey D. Jayme quiso confesarse para estar bien dispuesto en el trance de la próxima batalla, ciertamente estaba dicho todo; pero contar menudamente las palabras de la confesión, y las respuestas del Ministro del Sacramento, es una cosa que por ningún término lleva camino; y mucho menos que un Príncipe del carácter del Rey D. Jayme sacase a plaza la debilidad, y flaqueza de Doña Berenguela y la suya, contando y publicando el trato ilícito que con ella mantenía. Acordémonos que en otra parte (1: Cap. C Part. III fol. 75 b.) se previno que en estos Comentarios no se hablaría de nimiedades, y cosas de poca monta, sino de aquellas solamente que fuesen grandes, y dignas de saberse. Si una confesión tan ridícula, si una puerilidad despreciable, si una detracción criminosa, si un degradar de su honor y estimación a una Dama principal, son asuntos grandes, y dignos de que se perpetúen en la memoria de los hombres, sólo podrán decirlo aquellos a quienes naturaleza haya escaseado la perfección de su juicio.

D. Gaspar Escolano nota en esta Crónica la omisión de sucesos particularísimos y grandes acaecidos al Rey D. Jayme, y procura disculparla, con que este se habría propuesto dejarnos unos Comentarios de sus conquistas, y hechos de armas. Esta vergonzosa confesión ¿será acaso un suceso de aquellos que sirvan para probar la grandeza de las conquistas, y nobles proezas de las armas del Rey D. Jayme? ¿Ni aun siquiera indirectamente viene al caso para acreditar su heroico valor? ¿No es un pasaje que debía estar condenado a perpetuo silencio? ¿No es una puerilidad, una fruslería, una cosa de ninguna importancia? ¿No nace de estos antecedentes un irresistible argumento de que otra pluma que la del Rey D. Jayme escribió lo que este Monarca hubiera procurado ocultar, e impedir que llegase a noticia de todo el mundo?

Lo más particular y gracioso es que por la Crónica no sabemos si el P. Arnaldo de Segarra absolvió al Rey D. Jayme de su pecado, ni si cargado con él fue a pelear con los Moros. Todo se lee en ella menos aquello que de alguna manera podía ser interesante; pero no hace falta para el conocimiento de la Historia, porque en la que escribió el P. Pedro Marsilio Autor coetáneo, refiere que el Confesor Fr. Arnaldo de Segarra se portó con tal integridad, que absolutamente negó la absolución a este Príncipe; el cual viéndose en tal aflicción y desconsuelo, le suplicó que ya que no podía absolverle, a lo menos le diera su santa bendición. Hízolo así, y rompiéndosele de dolor y compasión las entrañas, rogó a Dios con lastimosas y fervorosas lágrimas, le librase de los peligros que le amenazaban en tan arriesgada empresa.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 7 de noviembre de 1798.


CARTA XII.


Mi amigo y Señor. La curiosidad de Vm. quiere saber quién fue aquella Doña Berenguela que dio motivo a la ridícula y vergonzosa confesión del Rey D. Jayme, de que he tratado en mi última Carta: y deseando obedecer sus preceptos, paso a decir lo que entiendo en el asunto.

Dos Damas de este mismo nombre atrajeron con sus gracias el sensible corazón del Monarca Conquistador. La una era Doña Berenguela Fernández, nobilísima Dama Aragonesa, de la cual hubo un hijo llamado D. Pedro Fernández, a quien dio la Baronía de Híjar en el Reyno de Aragón, y de quien desciende una de las más ilustres Casas de España: y la otra se denominaba Doña Berenguela Alonso, hija del Infante de Castilla D. Alonso, Señor de Molina. Que la primera hubiese sido Dama del Rey D. Jayme, nadie lo ha dudado hasta ahora; pero por lo que hace a la segunda, lo niega constantemente D. Juan de Ferreras (1: Año 1266 n. 6.). Hablando Miedes de las vistas de Alcaraz, dice lo siguiente (2: En su Hist. lib. XVII cap. V.): “Y así fue que el Rey D. Alonso, y la Reyna

Doña Violante con sus hijos los Príncipes de Castilla, vinieron a Alcaraz, donde traxo consigo la Reyna por su Dama a Doña Berenguela, hija de D. Alonso Señor de Molina y Mesa, moza hermosísima, y de muy suave y gracioso rostro, con otras mil perfecciones de su persona. El Rey que la vio, se enamoró extrañamente de ella, y ofreciéndole que por el tiempo se casaría con ella, pues era viudo, tuvo por algunos años conversación con ella: de lo cual no hay mucho que maravillarse, porque de tan continua, tan próspera y venturosa guerra, súbitamente concurriese el poderoso y valiente Marte con la hermosa, y fecunda Vénus.” El P. Pedro Abarca (1: En los An. del Reyno de Arag. tom. I cap. VI n. 3) se explicó en estos términos: “Ni parece que él estuvo menos alegre (habla del Rey D. Jayme), porque aí estaba con la Reyna de Castilla, Doña Berenguela Alfonso, hija del Infante D. Alfonso, y prima del Castellano: la cual pareció bien a D. Jayme, que a los cincuenta y ocho años de su edad, y casi de sus guerras, no tenía aún fríos los espíritus de la costumbre: ni esta Princesa estuvo tan arisca que se resistiese a pasarse con él a sus Reynos, rendida a la suave fuerza de verse amada de aquel a quien todos veneraban: ambos vivían como marido y mujer, acomodándose el Rey a su Teulugia de un medio casamiento, o floxo matrimonio.” En efecto, en los referidos Comentarios (2: Cap. CXXXIII part. III. fol. 109 b.) se cuenta, que llegado a Alcaraz el Rey D. Jayme, encontró a la Reyna de Castilla, a sus hijas, y a Doña Berenguela.

Examinemos ahora las razones que toma Don Juan de Ferreras por fundamento de su opinión. Dice que el Rey D. Jayme hacía algún tiempo que tenía una comunicación ilícita con una Señora parienta suya, y que deseando casarse con ella, pidió al Sumo Pontífice disolviese el matrimonio que tenía contraído con Doña Teresa Gil de Vidaure, a quien había sobrevenido una enfermedad contagiosa de lepra; y prosigue: “Algunos dicen que la Señora con quien trataba casarse era Doña Berenguela Alonso, hija del Infante D. Alonso de Molina, hermano de San Fernando, y tío del Rey de Castilla: a mí no se me hace creíble que viviendo su padre y su primo el Rey D. Alonso de Castilla, habían de permitir que la tuviese el Rey D. Jayme por Dama; además que el Pontífice dice que era parienta del Rey D. Jayme, y el parentesco de Doña Berenguela Alonso es muy largo.” Y en otra parte añade (1: Año 1276 n. 14.): “Otras Damas tuvo, de quienes no tuvo sucesión; entre las cuales cuentan algunos a Doña Berenguela Alonso, hija del Infante de Castilla D. Alonso de Molina, cuya falsedad dejamos convencida, y podíamos probar más latamente.”

En lo que hace a la primera razón diré, que en aquellos tiempos se miraban con muy poca escrupulosidad estas materias, aunque tan interesantes. Doña Violante, hija del Rey D. Jayme, siendo de menos edad que la permitida para contraer matrimonio, se desposó con el Príncipe D. Alonso de Castilla. Este, después de los desposorios, conoció carnalmente a algunas Señoras que tenían parentesco con Doña Violante en tercero y cuarto grado de consanguinidad; con cuyo motivo se acudió al Papa Inocencio IV por la dispensa del caso, a fin de que pudiesen contraer matrimonio los referidos Príncipe y Doña Violante. En efecto el Sumo Pontífice se sirvió conceder esta gracia, expidiendo el correspondiente Breve en 25 de enero de 1249. Este pasaje prueba con evidencia que entonces se miraban con poca atención unos asuntos tan delicados: y puesto que el Rey Don Jayme supo disimular estas amistades y llanezas, no sólo en una parienta suya sino en muchas; no es de extrañar que los Castellanos se hiciesen desentendidos, respeto de los amores del mismo D. Jayme, y de Doña Berenguela; mayormente habiendo ofrecido ligarse con esta, mediante el sagrado, e indisoluble vínculo del matrimonio, y cuando, como dice Abarca, Doña Berenguela, dejada Castilla, se pasó con el Rey D. Jayme a sus Estados.

La otra razón ciertamente no excluye el concepto de que el Rey D. Jayme hubiese tenido criminosa correspondencia con Doña Berenguela Alonso, si a lo más que esta no fue la Dama parienta suya con quien pretendía casarse; y aun en esta parte no carece el asunto de gravísimas dificultades. Es cosa cierta que D. Jayme estaba en octavo grado de consanguinidad con Doña Berenguela, y que este no estaba prohibido después del Concilio Lateranense III celebrado en tiempo de Inocencio III pero también lo es que por otra parte estaban estos dos amantes en tercer grado de afinidad, respecto de que el Rey D. Jayme fue casado con Doña Leonor de Castilla, que era hermana de Doña Berenguela, y esta abuela de dicha Doña Berenguela Alonso de quien se trata. Mientras no se presenten otros fundamentos sólidos, de que hace alarde y no especifica Ferreras, será preciso confesar esta ilícita amistad.

Como quiera que todo esto se considere, siempre queda en pie la duda, sobre cuál de las dos Berenguelas fue la que dio motivo a la confesión del Monarca Conquistador. Yo entiendo que habló en ella de Doña Berenguela Fernández, y no de Doña Berenguela Alonso; y la prueba la deduzco de antecedentes que no pueden engañarnos, porque está fundada en unos ciertos e indubitables pasajes de la Historia. Inmediatamente a aquella ridícula confesión salió el Rey D. Jayme con su ejército, contra los Moros que iban a socorrer a la Ciudad de Murcia. Ordenó las tropas según su pericia militar: exhortó a sus hijos y soldados: y dada la señal de acometer se acabó la batalla en sus principios, porque embistiendo los Infantes de Aragón, que iban en la vanguardia, a los Moros, al primer choque los pusieron en vergonzosa huida, dejando en poder de los vencedores el importante socorro que pretendían introducir en la Ciudad. De allí pasó el Rey con todo su ejército a la Villa de Alcantarilla, donde tuvo un gran Consejo de Guerra, en el cual todos los Vocales fueron de dictamen de que se pusiese sitio, y tomase el Castillo de Alfama; pero este Monarca lo resistió con varias razones propias de su gran talento, y entre ellas con la de que todos sabían que tenía aplazadas vistas en Alcaraz con el Rey de Castilla, y que sólo faltaban siete días para el señalado a este efecto. Se aprobó unánimemente su determinación. Pasóse desde luego a la Ciudad de Orihuela, y desde ella a Alcaraz a verse con el Rey de Castilla su yerno, como lo tenían convenido ambos Monarcas.

Allí fue donde por la primera vez vio, conoció y trató a Doña Berenguela Alonso, y donde de vencedor de los Moros, pasó a ser esclavo de su beldad. Esto sucedió pocos días después de aquella extraña y ridícula confesión: luego no puede ser que su pecado de ilícita amistad, tuviese respecto a una mujer que a la sazón aún no había visto, conocido ni tratado. Síguese de aquí que fue Doña Berenguela Fernández, y no Doña Berenguela Alonso, la que dio materia a la falta que el Rey D. Jayme manifestó en aquella confesión a Fr. Arnaldo de Segarra.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 11 de noviembre de 1798.


CARTA XIII.

Mi amigo y Señor. Tratándose en la Crónica de las cosas del Conde de Ampurias, se leen las cláusulas siguientes, vertidas sustancialmente en lengua Castellana (1: Cap. LXVI Part. IV fol. 132 b.): “Visto pues que él se metía en nuestro poder, como queda dicho, lo que bastaba para cumplir nuestra voluntad, levantamos el sitio, y nos entramos en Gerona, donde hicimos muchas demandas al Conde. Él se presentó ante Nos con Don Pedro de Berga, y nos suplicaron que convocásemos Cortes para Lérida, donde concurriesen Catalanes y Aragoneses, y que entonces respondería a estas demandas, y haría todo lo que le pediríamos, y que aquellas Cortes podrían ser del caso para apaciguar a Cataluña y Aragón. Y Nos oída la súplica se la otorgamos, y les dijimos que lo haríamos de manera que concurriese a ellas el Infante D. Pedro nuestro hijo, y convocamos las Cortes para la fiesta de Todos Santos. Y Nos estando en Gerona tuvimos nueva de que Don Fernando primogénito del Rey de Castilla, y nieto nuestro era muerto. Y recibimos aquella noticia con grande sentimiento. Y después pensamos ir a la Corte que habíamos convocado para Lérida, a la cual fuimos, y nuestro hijo el Infante D. Pedro.” Este pasaje comprende y embebe en sí inverosimilitudes, imposibilidades y falsedades en la Historia. Es preciso pues recurrir a ella, para que de esta suerte pueda percibir Vm. con menos dificultad los fundamentos en que apoyo tan absolutas proposiciones.

Ausente el Rey D. Alonso de Castilla de los Reynos de Granada, pareció a su Rey Mahomat Alhamir Aboadic, que era ocasión oportuna para recobrar lo que en Andalucía habían perdido los Mahometanos. A este efecto se confederó en Aben-Juzef Rey de Marruecos, el cual pasó a España con sus tropas, y unidos estos dos Príncipes tomaron las medidas del caso para lograr la empresa proyectada; determinando que Aben-Juzef pasase con sus gentes a Córdoba, y Alhamir con las suyas a Jaén. No trataré de la victoria que consiguió de los Cristianos Aben-Juzef, y voy a decir lo que pasó en el ejército que mandaba el Rey Alhamir. Este había entrado en el Reyno de Jaén, devastando, talándolo todo, y llevándose muchos cautivos, hasta ponerse a vista de Martos; con cuya noticia el Infante D. Sancho Arzobispo de Toledo, e hijo del Rey D. Jayme, convocó los Concejos de Madrid, Talavera, Alcalá, Guadalaxara, Huete y Cuenca, para salir con el de Toledo a la frontera. Llegó a Martos con sus tropas, pero falto de experiencia de las cosas de la guerra, y despreciando los cuerdos pareceres de los que le aconsejaban que esperase a D. Lope Díaz, que con lucida y escogida gente iba en sus alcances; arrebatadamente buscó, y acometió a los enemigos, los cuales muy en breve lo desbarataron, e hicieron prisiónero, despojándole de las armas, y de las vestiduras Pontificales. Los Generales de los Reyes de Marruecos y Granada, disputaban con indecible calor sobre quién había de llevarse este tan distinguido y noble prisiónero, de suerte que estaban ya para llegar a las manos. En este estado, uno de los Oficiales más atendido y venerado entre ellos, llamado Aben Atar, dirimió la duda, y terminó la contienda quitando la vida al Infante; cortándole la cabeza y la mano derecha, diciendo: No es justo que sobre la cabeza de este perro haya contienda entre Caballeros tan principales. Estas desgraciadas batalla y muerte sucedieron el día 21 de octubre del año 1275.

Al mismo tiempo que el Infante Arzobispo hacía las prevenciones de gente para la defensa, procuraba hacerlas también el Infante Don Fernando, el cual con la que pudo reclutar, salió de Burgos para la Frontera, haciendo las jornadas con bastante lentitud para que pudieran írsele agregando los Infantes, y Ricos Hombres con la suya. En el camino supo la infeliz y desgraciada muerte del Infante Arzobispo; con cuya noticia aceleró sus jornadas, y determinó esperarlos en Ciudad Real. Llegó a ella, y del cansancio del camino, y del sentimiento de aquella desgracia, le sobrevino una enfermedad que prontamente le quitó la vida.

Sé que el Padre Mariana, copiando a Zurita, dice que el Infante D. Fernando murió por el mes de agosto del citado año 1275 pero también sé que esta es una equivocación que debe enmendarse, respecto de que es constante en la Historia este suceso en el modo que lo he referido, e indubitable que su muerte se verificó después de la del Infante Arzobispo de Toledo. Al fin de esta Carta haré una reflexión más terminante, que seguramente convencerá la certeza del concepto.

Sentados estos ciertos hechos históricos, síguese decir que está a la vista la falsedad de los que se cuentan en los Comentarios que se atribuyen al Rey D. Jayme. Cuando pasaron estas cosas se hallaba en Gerona, de donde salió para celebrar las Cortes en Lérida antes del día de Todos Santos, pues consta que entonces ya estaba en ella. Así que es cosa precisa que le llegase la noticia de aquel infausto suceso el día 29 de octubre lo más tarde. No sabemos a punto fijo en el que murió su nieto el Infante D. Fernando; pero sí debe creerse que si no fue después, a lo menos fue en el propio día; de suerte que no puede ser verdad que entendiese la noticia de su infausta suerte estando en Gerona, y antes de pasar a Lérida. Del cansancio del camino, y del pesar de la muerte del Arzobispo de Toledo enfermó el Infante D. Fernando; y así aun cuando hubiese sido brevísima la dolencia, e inmediata su muerte, era preciso que pasasen algunos días, desde el 21 de octubre en que falleció el Arzobispo, hasta que supo su desgracia. Estas distancias son muy largas para que los sucesos se comunicasen por instantes. Contadas las leguas que hay desde Martos al camino que seguía Don Fernando; desde él a Ciudad Real, y desde esta a Gerona; y atendiendo por fin a la duración de su enfermedad, es físicamente imposible que sea cierto lo que se lee en la referida Crónica.

Más es, que el Rey D. Jayme amaba tiernamente a su hijo el Infante D. Sancho Arzobispo de Toledo, como lo convencen varios pasajes que cuentan las historias de aquellos tiempos. Y en estos términos ¿no es una cosa rara, y que se representa imposible de creer que no hiciese mérito alguno de la muerte de un hijo tan querido, y mostrase tanto sentimiento por la de su nieto el Infante D. Fernando? ¿No admira que jamás se hable de una desgracia tan grande, ni se tome en boca al tal Arzobispo? Primero se verificó la muerte de este que la de D. Fernando, la cual fue ocasionada de aquella. Si supo pues el Rey Don Jayme la de su nieto D. Fernando, precisamente había de tener la noticia de la de su hijo el Arzobispo.

Tan profundo silencio en esta parte prueba bien, que otra pluma cuyo Autor no conocía los sentimientos del dulce amor paterno, y tal como el que el Rey D. Jayme tenía, y manifestaba a su hijo D. Sancho, fue la que inconsideradamente, y sin estar instruida en la certeza de los hechos, extendió sin conocimiento la Crónica en nombre de este Príncipe.

Añado por conclusión de este artículo, que con hacer contar al Rey D. Jayme que estando en Gerona para pasar a celebrar Cortes a Lérida, le llegó la noticia de la muerte de su nieto D. Fernando, se convence en términos de

evidencia, que esta no se verificó por el mes de agosto, como equivocadamente dijeron Zurita y Mariana; así como no puede darse asenso a que se retardase por más de dos meses esta triste e infausta nueva.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 15 de noviembre de 1798.


CARTA XIV.

Mi amigo y Señor. Para dar toda su fuerza y valor al argumento de esta Carta, es cosa precisa poner íntegro el capítulo último de la Crónica, que trasladado a la lengua Castellana dice así: “Y después de algunos días, como tuviésemos ánimo de ir a Poblet, y de servir allí a la Madre de Dios, y partidos de Alzira nos hallásemos en Valencia, nos creció la enfermedad, y plugo a nuestro Señor que no verificásemos el referido viaje que queríamos hacer. Y aquí en Valencia en el año 1276 a 27 días del mes de julio, el noble D. Jayme por la gracia de Dios Rey de Aragón, de Mallorca y de Valencia, Conde de Barcelona y de Urgel, y Señor de Mompeller, pasó de esta vida, cujus anima per misericordiam Dei sine fine requiescat in pace.”

Este capítulo ciertamente no lo escribió el Rey D. Jayme, así como tampoco fue obra suya el Prólogo que precede a la Crónica. Bien está, que creciese la enfermedad al Rey estando en Valencia; ¿pero acaso se infiere de esto que no fue la voluntad de Dios que verificase el proyectado viaje a Poblet? Esto lo dijo viviendo, y así no pudo afirmar que su muerte cortó absolutamente sus deseos. ¿Qué imposibilidad se encuentra en que pudiese recobrar la salud, a lo menos para tomar el viaje, y acaso para llegar al destino? En el mismo capítulo se lee que algunos días antes se hallaba enfermo, y sin embargo tenía ánimo de cumplir su voluntad: y así como esta dolencia no le sirvió de impedimento para pasar a Valencia, así de la suerte mesma el crecimiento de la enfermedad pudo no imposibilitarle el viaje a Poblet, por la mejoría, o por el absoluto recobro de su salud. Mientras vivimos siempre nos halaga y lisonjea la esperanza de poder vivir más tiempo, pero es imposible que podamos decir con verdad que efectivamente hemos muerto. Este último caso es el que se halla escrito en nombre del Rey D. Jayme, cuando se le hace decir que no fue la voluntad divina que hiciese el referido viaje. Esto no pudo asegurarse hasta después de su fallecimiento. Muerto no podía hablar: vivo no pudo decirlo: luego tampoco puede creerse que esta especie la escribiese el Rey D. Jayme.

Lo mismo diré por lo que respecta a la segunda parte del expresado capítulo último. En seguida de haberse contado lo del viaje a Poblet, se lee que aquí en Valencia falleció el citado Rey D. Jayme el día 27 de julio del año 1276. Esto sin duda se notó después del fallecimiento del expresado Monarca, porque antes aún vivía: así que no pudo escribirlo él mismo, porque lo habría de haber hecho después de muerto: luego es imposible que sean parto suyo semejantes expresiones. Tal vez se pretenderá quitar la fuerza

y eficacia a este argumento, trayendo a colación el caso de Moyses muy semejante al nuestro. Este Profeta fue sin duda alguna Autor del Pentateuco, y de consiguiente de su libro quinto, que es el Deuteronomio, en cuyos últimos ocho versos se leen su muerte, y otros sucesos posteriores a ella, sin que por esto se ponga duda ni deje de creerse que fue el verdadero Autor de este sagrado libro. Procuraré manifestar a Vm. las razones que me animan para establecer la más notable diferencia entre uno y otro suceso.

La Sinagoga, la Iglesia, y el uniforme sentir de los Escritores sagrados, están por la certeza de que el Profeta Moyses fue sin duda alguna el Autor del Deuteronomio: y respecto a la Crónica del Rey D. Jayme, unos le hacen Escritor de ella, otros lo dudan, y otros lo niegan constantemente.

Para salvar el inconveniente de que el mismo Moyses escribiese su muerte, dicen algunos que esto fue añadido por Josué, o por Esdras, que después del Cautiverio de Babilonia reconoció, y arregló los libros sagrados. Asegúresenos quién fue el que añadió la muerte del Rey D. Jayme en su Crónica, y entonces confesaremos que no corre la disparidad. Yo entiendo

que el mismo que puso este aditamento, fue el verdadero Autor de los Comentarios.

Josepho dice que estando ya Moyses en los últimos trances de su vida, por revelación particular escribió las circunstancias de su muerte, a fin de impedir que los Judíos preocupados de la veneración en que lo tenían, publicasen que Dios le había trasladado al cielo, y le diesen un culto que les estaba prohibido. Si supiésemos con certeza que el Rey D. Jayme tuvo revelación para que escribiese su muerte, y si la noticia de este suceso tuviese algún respeto al culto y a la Religión, en tal caso diríamos que aquel Monarca dejó a la posteridad este monumento; pero mientras no nos conste su certeza, tendrá Vm. sobrado tiempo para discurrir la inmensa distancia que hay desde el Rey D. Jayme de Aragón, hasta el sagrado Profeta Moyses.

Resta tratar del Prólogo que va por frente de la Crónica, o Comentarios. Es una pequeña pieza, pero a la verdad docta, y puesta con mucha elegancia. Empieza por la sólida doctrina de que la fe no aprovecha sino va acompañada y hermanada de las buenas obras. Cuenta este Monarca las misericordias que desde su nacimiento debió a la divina bondad. Confiesa sus defectos y culpas, y que los castigos que sufrió por ellas, fueron semejantes a los que los padres dan a sus hijos a quienes aman con ternura. Acuerda la sabia doctrina de que todas las cosas terrenas son transitorias y perecederas, y que sólo dura, y no se acaba el amor de Dios. Asegura que sacrifica gustoso su voluntad a la divina, con el recuerdo de las infinitas gracias y mercedes con que le favoreció el cielo en su juventud, y con especialidad al fin de su vida. Y después de exornar esta obra con mucho primor y juicio, dice que para noticia y comprobación de cuanto había insinuado, dejaba a los venideros la Historia de los sucesos de su vida.

Es regular que este Prólogo se escribiese después de concluida la Crónica. Esta es la regla que comúnmente se observa en semejantes trabajos, y que en este caso tiene particular lugar por las expresiones que en él se leen relativas al fin de la vida de este Monarca. Cuando se hallaba en Alzira, se despidió de su hijo D. Pedro, y se vistió el hábito del Císter, se encontraba tan desazonado y decaído de ánimo, que le faltaron las fuerzas para hablar, de suerte que hubo de socorrérsele, y auxiliársele con cierta confección y bebida. Crecióle luego después la dolencia en tanto grado, que para trasladarle a Valencia fue preciso ponerle en una litera. Llegó a la Ciudad, y con rápidos progresos fue aumentándose el accidente, hasta que al fin le quitó la vida. En este estado ¿será creíble que se hallase en disposición para componer un Prólogo tan elegante, para recopilar su vida, para tener en la memoria tantos textos de los libros sagrados, para aplicarlos a los pasajes de aquella con la mayor propiedad, para recomendar a los venideros la Historia de su vida y gloriosas hazañas? El mismo concepto formo de este Prólogo, que del capítulo último de la Crónica, y de toda su extensión.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 23 de noviembre de 1798.


CARTA XV.

Mi amigo y Señor. Hasta aquí he fundado mi modo de pensar en los anacronismos, errores, falsedades y otros defectos que se notan en esta Crónica o Comentarios: ahora quiero convencer la solidez de mi proposición por otro distinto término.

En aquella Historia se leen muchísimas especies inútiles, pueriles, y de ninguna monta e importancia; y al mismo tiempo se callan los sucesos más particulares, asombrosos y memorables, acaecidos en la vida de este Monarca, y que de ninguna suerte hubieran quedado sepultados en perpetuo olvido, si como se supone, hubiera sido su verdadero escritor.

En su cap. C. P. II f. 75 b. se encuentran estas expresiones, trasladadas substancialmente al Castellano: “Y como este libro es de tal calidad, que uno no ha de hablar de cosas de poca monta, dejaremos de contar muchas que entonces sucedieron, y queremos hablar de las mayores para que el libro no crezca mucho; pero queremos tocar y hacer mérito de las que fueron grandes y buenas.” Esta misma prevención se repite en otros varios lugares, sobre cuyo particular, el Historiador de Valencia Gaspar Escolano (1: Tom. II lib. IX cap. XXX, n. 7.), forma un argumento que a primer vista pudiera incomodarnos algún tanto. Tratando del portentoso milagro de los Corporales llamados de Daroca, se explicó así: “Y aunque el Rey. D. Jayme no la toca en los libros que hizo de la conquista del Reyno, no ha de dar cuidado de la verdad a nadie, pues ni escribió de la Aparición de S. Jorge en la batalla del Puche de Enesa, ni de cómo se pasó San Raymundo desde Mallorca a Barcelona por el mar embarcado sobre su manto, con ser todos estos casos campaniles y averiguados. Porque como el Rey atendía no á mas que a dexar unos substanciales Comentarios de sus conquistas, y hechos de armas, pasó de largo por cosas tan notables como aquellas, remitiéndolas a la voz de la fama, que no las dejó morir.” Sin embargo de esta apología y defensa diré, que si es cierto que en la Crónica se leen muchísimas fruslerías y puerilidades, y al mismo tiempo se omiten otros tantos acontecimientos grandes y notables, y cuya noticia hace conocida falta para inteligencia de la Historia; será preciso confesar que no la escribió el Rey D. Jayme el Conquistador.

Dirá Vm. que en todo caso probará esto que no se extendieron los Comentarios según las prevenciones que en ellos se hicieron; pero de ninguna suerte que no fuese aquel Monarca su verdadero Historiador. Las reglas de callar lo inútil, y contar lo grande que se establece en la referida Crónica, son conformes a los preceptos, y leyes que deben guardar y observar todos aquellos que dedican sus talentos a estas loables ocupaciones. De donde es que aunque en los tales Comentarios no se leyese aquella advertencia de lo que se callaría y diría, el Autor que los compuso debió precisamente omitir lo uno, y referir lo otro. Esto que es indubitable, hablando en términos comunes, se representa mucho más cierto contraído al asunto particular sobre que voy discurriendo. No puede ser que el Rey D. Jayme dejase correr su pluma en referir especies inútiles, y no la emplease en contar sucesos grandes y asombrosos, precisamente necesarios para el conocimiento de los que pasaron en tiempos tan remotos. Al fin de esta Carta haré algunas reflexiones que aclaren más la especie, y ahora notaré varios pasajes de poquísima importancia que se leen en la expresada Crónica, y son los que se siguen.

En el cap. VIII P. I f. 4 sin venir al caso, ni hacer a la Historia, se degrada de su honor al Rey D. Pedro el Católico, padre de D. Jayme, y pone en boca de este un delito de incontinencia de aquel, tan criminoso, que se conceptuó acreedor a la pérdida de su vida, y a la de la batalla que le dio el Conde Simón Monforte, sobre el Castillo de Maurel.
Tratándose en el cap. X P. I f. 4 b. de cuando fue jurado el Rey D. Jayme en las Cortes de Lérida, se señala el lugar donde se solemnizó este acto en los términos que siguen: “E el lloch hon nos stauem lla dochs era alli hon nos tenia al braç lo Arquebisbe Nesparech, qui era del llinatge de la Barcha, e era nostre parent sus al palau volt, qui ara es, e llauors era de fust a la finestra hon ara es la cuyna, per hon dona hom a menjar a aquells qui menjen en lo palau.”

Voy a hablar a Vm. de otra puerilidad del Autor de esta Crónica. Estaba el Rey D. Jayme como preso en la Ciudad de Zaragoza, y proyectando su libertad pensó el medio que se escribe en el cap. XXIII P. I f. 9 que por lo que hace al asunto dice así: “E sobre aquesta raho anam nos en a la Regina, e dixemli: be conexem e veem lo dan, e la onta que vos y nos prenem: e jatsia que nos siam infant nos ne vengarem sin voleu vos. E dixemli, en esta casa ha vna trapa, e haurem dos cordes, e seurem vos en vna taula, e auallar vos hem de aqui en jus: e emuiarem la nuyt que aço deurem fer per don Artal Dalago :::: e ella respos nos, sapiats que en taula, ne ab corda no deuallaria be aqui per nula res del mon: e preguila molt, e ella non volgue fer. E despuix aço pacificam la cosa, e nou volguem fer per amor de ella.”

En el cap. XXXI P. I f. 12 b. se habla de un consejo que tuvo el Rey D. Jayme, y como si fuese la cosa más interesante para la Historia, saberse el sitio donde había de celebrarse, se dijo: “Fem cridar consell, que vinguessen en aquell corral, qui es dauant les cases nostres: e aquelles damunt Arago.”

Estando en Lérida el referido Monarca llegó la Condesa de Urgel llamada Naurembiatt, a implorar su protección y pedirle justicia, contra D. Guerau de Cabrera por los daños y perjuicios que la causaba en su estado: y en contar este pasaje, las contestaciones de las partes, y los hechos que ocurrieron con este motivo, se emplean diez capítulos, desde el XXXIV hasta el XLIV P. I f. 14 y siguientes.

Con muy poca diferencia se observa lo mismo en los cap. XLVI P. I f. 19 hasta el LIII. Trátase en ellos de las Cortes que el Rey Don Jayme tuvo en Barcelona cuando pensaba, y proyectaba la conquista del Reyno de Mallorca. Allí están escritos los razonamientos y ofrecimientos de los Ricos hombres, de las Ciudades, y de los Obispos, que en substancia todos dijeron una misma cosa: allí encontrará Vm. a Simeón, a Moyses, a Elías, y a S. Pedro: allí leerá varios textos de la sagrada Escritura: allí notará que todo esto es cosa muy santa, pero muy impertinente para lo que es la Historia: y allí por último admirará que se empleen tantos capítulos para contar lo que estaba dicho en poquísimas palabras.

En el cap. VII p. II f. 45 b. se trata del viaje que el Rey D. Jayme hizo a Tudela para verse con el Rey D. Sancho de Navarra, y queriéndose explicar el lugar donde se tuvieron las vistas, se lee: “e ma per ma nos ab ell pujam nos en per vns scalons, e trobam els setis adouats en vna claustreta que era de la Capella sua.”

Estaba el Rey D. Jayme en los Reales del Puig, y partiéndose a Borriana a fin de acopiar comestibles para los soldados de su ejército, sucedió un caso que sin duda tuvo el Autor de la Crónica por tan portentoso y memorable, que le escribió en el cap. LX p. II f. 63 en estos términos:

E fom a Borriana, e quant vench quen volguem lleuar la host vna horoneta hauia feyt lo niu prop de la scudella del tendal, e manam que no lleuassen la tenda tro que ella sen fos anada ab sos fills, pus en nostra fe era venguda.”

En el cap. LXXVIII de la misma p. II. f. 70 b. se cuenta otro suceso muy parecido al de la golondrina, que se refiere así: “E sobre aço nos partim dells, e dauant lo castell Dalmenara a vista daquells qui hauien parlat ab nos, qui eren en la costa presem vna grua axi com nos voliem ques preses alta, e be presa. E nos fom dels primers corredors que hanch hi foren, e no lexam occiure la grua, ans la tolguem als falcons: e faem lus pexer en gallina, e emuiam la grua tota viua a aquells dos qui nos hauiem parlat nostre plet.”

Rendido el Castillo de Almenara al Rey Don Jayme, envió este a Borriana por la Reyna su mujer, cuyo pasaje se lee en el cap. LXXXI P. II f. 71 b. en los términos siguientes: “E ella quant li vench lo missatge hauia adobat son menjar, e dix que quant hagues menjat que hi vendria: e aço era en temps de quaresma. E dixeren los cauallers, lo Rey vos mana que vingats, que ell ha apparellat de menjar, e que mills e pus alegrament menjarets lla ab ell que no faria aqui. E ella quant ho oy lexa son menjar, e speram la tro que vench: e exi a la costa del peu del Castell, e nos e ella molt alegrament entram dins lo Castell, e ab gran alegria menjam.”

El Rey D. Jayme estaba sobre Valencia para conquistarla de los Moros, y quince días antes del de San Miguel de septiembre de 1238 su Rey Zaen empezó a mover tratados sobre su entrega. En contar la Crónica los mensajes, las expresiones, las palabras, y otras cosas impertinentes y de ninguna consideración que mediaron en el particular, ocupa desde el cap. CI P. II f. 75 b. hasta el CX.

Pasó el Rey D. Jayme a Mompeller, y se apeó en casa de su Bayle Narbran, a quien tenían mala voluntad los de aquel Consulado, en términos que habían determinado derribarle sus casas; cuyo pensamiento se pinta de esta manera en el cap. VI p. III f. 81. “E hauien feyt vn buyco, e vna peixa que hauien ferrada al cap primer, e anelles que hauia de ça, e de lla, hon se tinguessen les cordes ab que derrocassen les cases de Narbran, e de tot altre qui ab ell se volgues tenir.”

En el cap. XCI p. III. f. 100 b. se trata de un consejo en que el referido Monarca solicitaba socorros para ayudar al de Castilla en la guerra de Murcia con los Moros. Levantóse uno de los concurrentes que no era de los principales, y contó una historia, cuento o novela, que como si fuera la cosa más interesante no tuvo inconveniente el Autor de la Crónica para continuarla en estos términos: “E lleuas en peus vn menoret, e dix: per tal

que major anegament, e major confort ne haja el Rey, e vosaltres direus vna visio que vn frare vee nostre: e aquell frare era de Nauarra, e dix que ell vee vn hom ab vestiment blanch mentre ell jahia dormint, e nomenal per son nom. E ell dix li si dormia, e ell feu se lo senyal de la creu, e hach paor, e demanal: qui es tu qui mas despertat? E dix yo so angel de nostre senyor, e dich te que aquest embarch qui es vengut entre els Sarrahins, e els Chrestians en terra Despanya, crees per cert que vn Rey ho ha tot a restaurar, e a defendre aquest mal que no vinga en Spanya. E demanal aquest frare qui era de Nauarra, qual Rey sera aquell? e ell respos, aquell Rey Darago, qui ha nom Jacme. E deya aquest frare, que aquell qui la visio hauia vista lin hauia dit en penitencia, que per cert queu hauia vist. E pesa molt al frare quant no li dix que el Rey de Nauarra era. E per ço deuets vos conortar al Rey, e vosaltres quant nostre Rey restaurara tan gran mal, e defendra que no puixca venir. E dich vos aço per conortar.”

Léese en el cap. CXXVII p. III. f. 108 b. una especie absolutamente despreciable, ridícula, y de ninguna consecuencia. Es la extraña confesión que el Rey D. Jayme hizo con el Padre Arnaldo de Segarra, en que sacó a pública plaza los deslices de Doña Berenguela Dama nobilísima, hiriéndola en lo más vivo de su estimación y honor, y siendo este un pasaje pegado a la Historia que ninguna falta hacía en ella.

Vea Vm. un prontuario de algunas de las especies ridículas, despreciables y pueriles que se leen en la Crónica, o Comentarios del Rey D. Jayme; y sírvase cotejarlas con los sucesos que voy a contar, de los cuales ningún mérito se hizo en aquel escrito.

En los tales Comentarios nada se dice relativo a San Pedro Nolasco, y lo más particular es que ni aun se encuentra este nombre en parte alguna de ellos; siendo así que fue el autor y móvil de las célebres conquistas del Rey D. Jayme.

En el cap. LXXVIII p. I f. 32 se lee, que ganada la Isla de Mallorca entró el Conquistador en su Capital, y prendió al Rey Moro, a quien dejó con buena guardia: que habiendo pasado a la Almudena se le rindieron los Moros: y que para seguridad le entregaron en fianza el hijo de aquel Monarca. ¿Pero qué se hizo de aquel padre y de este hijo? Si Vm. quiere saberlo lo habrá de buscar en las Historias.

El Rey D. Jayme fue casado con Doña Teresa Gil de Vidaure; pero de este asunto no se hace mérito alguno en la referida Crónica, siendo sus consecuencias las más interesantes.

Si los Autores no nos hubiesen conservado la memoria de aquel memorable caso de haber mandado el Rey D. Jayme cortar parte de la lengua al Obispo de Gerona D. Berenguer de Castellbisbal, aún ignoraríamos un suceso de tanta consideración. El acontecimiento fue asombroso y cierto; las consecuencias sensibles y raras: pero falso el motivo a que comúnmente se atribuye esta desacordada acción de aquel Monarca.

En cuanto a su matrimonio con Doña Leonor de Castilla, y demás sucesos que siguieron a este enlace, sólo se lee en la Crónica que Don Jayme casó con la expresada Doña Leonor: que se había separado de ella por mandato del Sumo Pontífice: y que el hijo de este matrimonio había sido jurado sucesor en la Corona. Pero nada se dice relativo al por qué, cómo ni cuándo se declaró nulo aquel matrimonio: ni se insinúan las razones por qué se estimó legítimo un hijo incestuoso: ni cuenta el tiempo en que fue jurado sucesor: ni el motivo por qué no sucedió en la Corona: ni los acontecimientos de este Príncipe: ni cuál fue su fortuna y término: ni finalmente los sucesos de la desgraciada Reyna Doña Leonor.

Quisiera yo preguntar al que escribió estos Comentarios, la razón que pudo moverle para no referir en ellos los dos prodigiosos milagros que sucedieron, cuando el ejército Christiano estaba alojado en el Castillo del Puig, con el objeto de conquistar a Valencia. Allí se dejó ver el invicto Mártir San Jorge peleando por los nuestros; y allí fue hallado el preciosísimo tesoro de la Imagen de nuestra Señora llamada del Puig.

Ya que he tratado de estos dos milagrosos portentos, corresponde colocar en este lugar el de los Corporales de Daroca, que sucedió en el año 1239 en la Villa de Luchente, Valle de Albayda del Reyno de Valencia, cerca del Castillo del Chio. La historia es peregrina, y digna de que se conserve en la memoria de los hombres.

En el año 1269 estaba S. Raymundo de Peñafort en Mallorca, y por justos motivos determinó dejar al Rey D. Jayme, y pasarse a Barcelona. No encontró barco en que quisiesen recibirle. Entonces tendió el manto sobre las aguas, y navegando en él, llegó felizmente al puerto. ¿No merecía este portento estar escrito con letras de oro? ¿No era acreedor a que se le diera un distinguido lugar en esta Crónica?
¿Qué silencio tan profundo no se admira en cuanto a la fundación de la esclarecida Orden Militar de nuestra Señora de las Mercedes, en que hizo el principal papel el invictísimo Rey D. Jayme? Este acontecimiento fue uno de los más asombrosos que ocurrieron en la vida del referido Monarca.

Tampoco se lee en la Crónica especie alguna que pueda tener relación ni enlace con el pleito entre los padres del Rey D. Jayme, que lo fueron D. Pedro de Aragón y Doña María de Mompeller, sobre la nulidad de su matrimonio. Ciertamente no debía haberse abandonado al olvido un suceso tan notable.

En el cap. XXV p. I f. 9 b. se dice que Zeit Abuzeyt era Rey de Valencia; y después en el VI p. II f. 45 le vemos entre los Ricos-hombres en compañía del Rey D. Jayme. ¿Cómo es que la conquista de Valencia se dirigió contra Zaen que efectivamente era su Rey? ¿Cuándo dejó de serlo Zeyt Abuzeyt? ¿Qué papel hacía este Príncipe en la Corte del Rey D. Jayme? ¿Por qué le cortejaba y seguía entre sus Caballeros? Estos y otros muchísimos particulares que hacen al intento, los hemos de buscar en los Historiadores, porque la Crónica está muda en esta parte.

Basten estas especies, entre otras muchísimas que pudiera acopiar, para lo que es el asunto del día. En estos ciertos supuestos ¿será creíble que el Rey D. Jayme, que se propuso omitir lo inútil, y escribir únicamente sus heroicas hazañas y hechos memorables, emplease tantos capítulos en dar asilo a las golondrinas, en ir a caza de grullas, en cuentos y novelas de apariciones, en degradar del honor al Rey su padre y a una nobilísima Dama, en sacar a plaza a Simeón, a Moyses, a Elías, a San Pedro, y en referir menuda, pesada y prolijamente otras muchísimas nimiedades? ¿No se representa una cosa muy natural, que en lugar de estas ridículas especies hubiera contado los portentos de San Pedro Nolasco, los milagros del Puig, el de San Raymundo de Peñafort, el de los Corporales de Daroca, el casamiento de Doña Teresa Gil de Vidaure, la cortada de la lengua del Obispo de Gerona, el matrimonio de Doña Leonor de Castilla y sus consecuencias, los sucesos de su hijo el Príncipe D. Alonso, lo de la prisión, y fin del Rey e Infante de Mallorca, lo del pleito de su padre D. Pedro con su madre Doña María, lo del Rey Zeyt Abuzeyt, la fundación de la Orden de nuestra Señora de las Mercedes?
No puedo vencer mi entendimiento a la credulidad de que el Rey D. Jayme se hubiese dedicado a la extensión de los referidos Comentarios, porque tengo por cosa imposible que su talento callase lo útil, lo grande, lo necesario, y contase lo pueril, lo inútil, lo despreciable.
Repito en este lugar lo que tengo dicho en otra parte. Sé bien el aprecio que en todos tiempos ha merecido esta Crónica de los hombres más sabios de la Nación: que es un monumento preciosísimo: y que se celebra particularmente por la sencillez y naturalidad con que se refieren los sucesos. Todo esto es certísimo, y lo confieso así de buena fe, qualquiera que haya sido su verdadero Autor; pero el caso es que yo no pretendo criticarla, sino únicamente convencer que no la escribió el expresado Rey Don Jayme. A este fin he manifestado lo que respectivamente se dice, y se calla en ella contraído al argumento, sin otra extensión. Lo demás no es de mi cuenta, ni viene al caso, ni quiero mezclarme ni introducirme por término alguno en semejantes especies.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 27 de noviembre de 1798.


CARTA XVI.

Mi amigo y Señor. Trasladaré el capítulo de la última Carta de Vm. sobre que ha de recaer mi contestación: así no equivocaré las especies, y me explicaré con toda la claridad que deseo.
“Me hace mucha fuerza el argumento que Vm. forma, sobre callarse en la Crónica lo particular y grande, y escribirse lo inútil y despreciable. Todo lo pinta Vm. muy bien; pero permítame que le diga que ha usado demasiado del laconismo por lo que respecta a los sucesos maravillosos de que no se hace mérito alguno en los Comentarios. Yo quisiera deber a Vm. tuviese la bondad de extender todas estas especies, porque si bien arman de pronto, no puedo penetrar la conexión y enlace que tengan con la Historia del Rey Don Jayme, para inferir la precisión y necesidad de haberse explicado en ella. Hágame Vm. este favor, y en cambio le prometo no molestarle más con otras preguntas.”

Yo no tendría inconveniente en complacer a Vm. si no retrajese mi voluntad la consideración de que esto es propiamente salirnos del asunto principal, y de que si por desgracia llegan estas Cartas a las manos de algún crítico riguroso, no querrá este perdonar la inquieta curiosidad de Vm. en inquirir, ni tampoco mi excesiva condescendencia, en caso de prestarme a satisfacerla. Por otra parte considero que los acontecimientos de que Vm. quiere ser informado con extensión, se encuentran en los Escritores en quienes pueden leerse, bien que algunas especies son tan difíciles de percibirse y entenderse, que precisamente necesitan de ilustraciones. Esto no obstante, como intereso tanto en servir a Vm. no me negaré a cumplir sus deseos, con tal que me ofrezca rebatir los tiros con que intente herirme la crítica, la cual no en todas las ocasiones es tan moderada como debiera serlo. Acepto la seria promesa de Vm. acerca de no hacerme en lo sucesivo otras preguntas concernientes a la Crónica o Comentarios del Rey D. Jayme. Sea enhorabuena así, pues de otra suerte, y según veo el prurito de preguntar que reyna en Vm. mezclaríamos, y amontonaríamos una multitud de especies tan inconexas, que al fin no nos entenderíamos ni acordaríamos del asunto principal.

Esto supuesto, procuraré contar los pasajes de la Historia que tengan relación con los deseos de Vm. según lo que conciba y tenga por más probable y conforme a las leyes de una juiciosa crítica. Ya he dicho en otra parte que yo no tengo facultades para inventar hechos: todos están escritos, y debemos darles el crédito que merezcan, según la antigüedad de los Escritores, y el concepto que se han adquirido por su veracidad. La dificultad está en interponer el juicio con acierto, y esto es lo único que procuraré hacer, aunque con la justa desconfianza de que mis limitadas luces y corto talento puedan rayar tan alto. Por lo demás no insistiré en las especies, ni formaré nuevos argumentos que convenzan no ser el Rey D. Jayme el verdadero Escritor de la referida Crónica, sino que diré las cosas con la sencillez y claridad que alcance, y Vm. inferirá las consecuencias que le dicte su juicioso modo de pensar.

Empiezo pues por el suceso del glorioso San Pedro Nolasco. Este Santo varón fue sin duda alguna el Autor y móvil de las célebres y grandes conquistas que justamente dieron al Rey D. Jayme el glorioso renombre de Conquistador. Voy a extender una prueba convincente de esta verdad.

Abrahán Bzovio (1: Tom. XIII Supl. An. XIII nn. 9 y 11. ), se explica así: “Fue San Pedro Nolasco amantísimo de la caridad desde su puericia. Movido principalmente de sus persuasiones el Rey D. Jayme emprendió la guerra contra los Moros que ocupaban la Ciudad de Valencia.”

Con mayor claridad, y con más fuerza y energía se lee lo mismo en el Breviario Romano (2: Lec. III Noct. II.): “San Pedro Nolasco (dice) ilustre en el don de Profecía, predixo muchas cosas futuras, entre las cuales la que más se celebra es que el Rey D. Jayme pusiera sitio a la Ciudad de Valencia ocupada por los Moros, con la seguridad que le dio antes el Santo de la victoria.”

Esta verdad se acreditó en el Proceso de su Canonización. Léese en él:
“Que estando haciendo segunda redención en Valencia año 1228 su compañero Fr. Bernardo de Corvera, viéndole cierto día salir de la oración sobre manera alegre y risueño, novedad extraña en la seria circunspección del Santo, le obligó a preguntarle la causa, y el Santo le satisfizo diciendo: Que el Señor le había consolado sobre manera en manifestarle, como pasados diez años cabales, Valencia sería de Católicos, en donde su Divina Magestad plantaría un crecido plantel de Santos de que tocaría a su Religión mucha parte, y que después por su tiempo quedaría libre toda España del yugo Mahometano.”

Cuando estos auténticos e irrefragables testimonios no convenciesen absolutamente el intento, alegaría yo en su comprobación una carta escrita por el Rey D. Jayme desde los Reales de Mallorca al Patriarca San Pedro Nolasco, remitiéndosela en una Nave que despachó a este determinado fin. El tal documento se halla en el Archivo del Convento de nuestra Señora de las Mercedes de la Ciudad de Barcelona, escrito en lengua Lemosina, que traducido en la Castellana dice de esta manera: “Reverendo Padre. Como siendo Dios servido hemos puesto asedio a Mallorca, siendo vos tan poderoso para con nuestro Señor que os envió la Virgen Santa por vuestras oraciones: las tendréis de continuo para que los Sarracenos se nos rindan, y nos quite presto todo embarazo para que les ponga sitio. Más por tanto son buenas vuestras oraciones, a fin de que paren todos en nuestras manos; pues se han puesto en armas por haber hecho una mina en el muro los Christianos. Percibiéronlo los Sarracenos, porque vieron el resplandor de las luces que había dentro una noche, y conocieron que aquí hacían caba subterránea o mina, para derribar las murallas: pusieron mano a cabar de dentro la Ciudad en frente de aquella tronera, agujero, o respiradero que

habían visto, hasta que encontraron con la mina de los Christianos: de suerte que aquí hubo gran batalla entre los Christianos y Sarracenos, hasta que los Aragoneses hubieron de alejarse, y dejar el sitio. Pero aquí sucedió lo que me habíais dicho, que Dios estaba de nuestra parte. Y pues Dios tendrá misericordia de nosotros, así como lo habemos entendido de vos: os firmo la verdad, y me entrego todo en manos de la Virgen María, que no levantaré de aquí el asedio de Mallorca que no le canten a Dios en ella las alabanzas; y de esto tengo hecho juramento. Vos que podéis tanto con el cielo, alcanzadme gracia contra los Sarracenos: y yo me acordaré de vos, y de vuestra Religión. En los Reales de Aragón a 8 de septiembre de 1229. De la Religión de la Virgen XI.”

Tiene Vm. compendiadas las pruebas que justifican el hecho de haber sido San Pedro Nolasco el autor y móvil de las gloriosas conquistas del Rey D. Jayme. Omito varias reflexiones que nacen de aquellos documentos, porque Vm. sabrá percibirlas, y darles el valor que se merecen, mejor que yo acertaré a explicarlas: y paso a decir lo que se me ofrece acerca de la prisión del Rey, e Infante de Mallorca.

Entró triunfante el Rey D. Jayme en la Capital de aquel fertilísimo Reyno en el día último del año 1229 o 1230 sobre que escriben con variedad los Historiadores, bien que en la sustancia todos dicen una misma cosa, porque los que fijan esta época en 1229 cuentan los años desde las Calendas de enero, y los que la ponen en 1230 desde la Natividad de nuestro Señor Jesuchristo; pero no puedo convenirme con Pedro Antonio Beuter, que fiado en lo que dejó escrito Ramón Muntaner, señaló este suceso en el año 1228 respecto de que convencen de errado este concepto los constantes pasajes de la Historia que todos se trastornarían y alterarían, si fuera cierto que Mallorca se ganó en el expresado año 1228.

Entró pues como digo triunfante en la Ciudad el Monarca Conquistador, que acompañado de D. Nuño, buscó y encontró en una casa a su Rey Retabohihe. Desde luego el Moro se levantó en pie, y le hizo el debido acatamiento, a cuya rendida acción correspondió el Rey D. Jayme con la mayor humanidad, asegurándole y prometiéndole que no perdería la vida. Dexóle con buena guardia, y pasó a la Almudena, que inmediatamente se le entregó, y sus Moros le dieron por fianza de su seguridad, al Príncipe (este título le da Dameto) hijo del vencido Monarca, que a la sazón tenía trece años de edad.

Tengo por certísimo este suceso, porque le cuentan así los Escritores más antiguos e inmediatos a aquellos tiempos, que llevan conocida preferencia a los Modernos, y con especialidad cuando estos no alegan razones que hagan desmerecer la fe de los primeros. Así que tengo por especie fabulosa, la de que el Rey D. Jayme cuando encontró al Moro le tomó por la barba, como se supone lo había jurado, según lo escriben algunos: así como tampoco creo que le mandase echar a sus pies, y que le cortasen la cabeza, como lo dicen otros.

La verdad es que el Rey de Mallorca quedó preso en la Ciudad, y que el Infante su hijo fue entregado al Conquistador para fianza y seguridad. Falta ahora averiguar cuál fue la suerte de aquel Rey, y de este Infante.

En cuanto al Rey nada se encuentra escrito en las Historias, y todo para y queda en conjeturas. Lo más probable es, que lleno de melancólicos pensamientos, y afligido con la amarga memoria de haber perdido su Estado y Corona, a poco tiempo acabó su triste y miserable vida.

En lo que respecta al Infante ya encontramos mayores luces. Llevóselo el Rey D. Jayme; se convirtió e hizo Christiano; y se le puso por nombre Jayme. Casólo el Rey con una doncella principal que se llamaba Doña Eva, hija de D. Martín Roldán, y nieta de D. Roldán, del linaje de Alagón. Fue Señor de Gotor, y de la Baronía de Illueca. De este matrimonio tuvo a D. Blasco de Gotor, que fue padre de D. Miguel Pérez de Gotor.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 2 de diciembre de 1798.


CARTA XVII.


Mi amigo y Señor. Voy a contar a Vm. la historia del Rey Moro de Valencia, llamado por unos Zeyt Abuzeyt, y por otros Zeyt Avozecrit.

La primer noticia de este Príncipe la encuentro en la célebre batalla de las Navas de Tolosa, que ganaron los Christianos contra los Moros el día 16 de julio del año 1212. En ella peleó Zeyt Abuzeyt con el mayor valor y esfuerzo, al lado de su hermano el soberbio Mahomad Miramamolin. Si hemos de creer al Rey D. Alonso, se componía el ejército del Pagano de ciento ochenta y cinco mil de a caballo, y de innumerable infantería; y si al Arzobispo D. Rodrigo, murieron como doscientos mil Moros, y no pasaron de treinta los Christianos: añadiendo, que sin embargo de tanta mortandad no se encontró rastro de sangre en el campo; con cuyo motivo, y el de otras prodigiosas maravillas que refieren los Historiadores, se tuvo por milagrosa esta victoria. Viendo Zeyt Abuzeyt la pérdida de la batalla, y el destrozo y fuga de los Moros, aconsejó a su hermano Mahomat Miramamolin que huyese, y se pusiese en salvo. Hízolo así, y despreciado de los suyos por una pérdida tan exorbitante y notable, lleno de rubor y vergüenza, se pasó a África, donde no mejoró su infausta y desgraciada suerte.

Al separarse los dos hermanos, encargó Mahomad Miramamolin a Zeyt Abuzeyt, que le guardase el Reyno de Valencia; pero este lejos de respetar sus órdenes, se alzó con él, y tomó el nombre de Rey. Para asegurarse en este nuevo Estado, creyó le convenía mostrarse acérrimo zelador de la Secta Mahometana, y perseguidor de los Christianos, llegando a tanto su fanatismo en esta parte, que obligó al Arzobispo de Florencia San Antonino, a darle el epíteto de Christianorum maximus persecutor. Supo que dos Religiosos del Orden que fundó el Seráfico Padre San Francisco, el uno Sacerdote llamado Fray Juan, y el otro de obediencia por nombre Fray Pedro, predicaban en la Ciudad, y con bastante fruto: llamólos, les puso en una estrecha cárcel, les hizo varios ofrecimientos para que negasen la fe de Christo, y no dejó cosa que no intentase para atraerles a la falsa Secta de Mahoma. Ellos con la más viva fe se resistieron constantes a tan fuertes baterías, y tuvieron valor para profetizarle que al fin se bautizaría, moriría Christiano, y daría de mano a la perversa ley Mahometana. Indignado entonces Zeyt Abuzeyt, mandó degollarles en la plaza pública, y así consiguieron la corona del Martirio. Pedro Antonio Beuter equivocó la serie de los tiempos, y colocó este caso algunos años después de sucedido. Sé que algunos no le dan crédito; pero como no es inverosímil, y lo cuentan muchísimos Historiadores, y entre ellos los más cercanos a aquel antiguo tiempo, no sé por qué se haya de cebar la crítica en unos asuntos a que precisamente debe darse asenso, según las leyes que gobiernan semejantes materias.

Proyectó el Rey D. Jayme hacer una entrada en el Reyno de Valencia. A este fin tomó las convenientes disposiciones, hizo llamamiento de gentes para Teruel, y acopió comestibles para tres semanas mediante la liberalidad de Don Pasqual Muñoz, que continuando la fineza y amor con que había servido al Rey D. Pedro, supo sacar del empeño a su hijo el Rey D. Jayme. Al día señalado sólo acudieron D. Blasco de Alagón, D. Artal de Luna, y D. Attho de Fosses; y viendo que con tan poca gente era arriesgada, y aun temeraria la empresa, y que se exponía su Real Persona, determinó sobreseer por entonces en el empeño. Noticioso el Rey Zeyt Abuzeyt de este temible proyecto, acudió al Rey D. Jayme, y logró de su bondad que le concediese treguas, obligándose a darle la quinta parte de las rentas de los Reynos de Valencia y Murcia. Concluido este tratado salió el Rey D. Jayme de Teruel; y entrando por Aragón, a la segunda jornada cerca de Calamocha, encontró a D. Pedro Ahones que venía con cincuenta, o sesenta caballeros, y supo de él que era con el ánimo de entrar en el Reyno de Valencia, y hacer daño a los Moros que le habitaban. Contóle entonces el Monarca las treguas que había concedido a Zeyt Abuzeyt, y le manifestó con razones eficaces que sería romperlas abiertamente, si permitía semejante desacordada acción; y mezclando los ruegos con los preceptos y amenazas, le mandó que no pasase adelante, y abandonase el proyecto. Don Pedro Ahones se resistió tenazmente con el socolor de los gastos que tenía hechos para la expedición, faltando al respeto y veneración debidos a la soberanía de su Rey y Señor natural. La cosa pasó muy adelante hasta llegar a las armas. Escapóse Ahones de las manos de D. Jayme, pero siguiéndole este, y los suyos, al fin pagó con la vida su insolencia y atrevimiento. Este suceso pasó ciertamente en el año 1224 aunque no falta quien lo coloque en el siguiente 1225.

Hallo escrito que el Rey Zeyt Abuzeyt fue poco a poco detestando el Mahometismo, y ladeándose a la religión Católica, y que esto fue motivo para que se disgustasen sus vasallos, y llamasen al Señor y Caudillo de Denia, por nombre Zaen, que pretendía tener derecho al Reyno de Valencia, como hijo de Modofe, y nieto del Rey Lobo: y no falta un Autor antiquísimo que cuente la caída de este Monarca, atribuyéndola principalmente a que supieron sus vasallos que con mucho secreto había enviado Embajadores al Sumo Pontífice, y al Rey Don Jayme, insinuándoles su ánimo, y determinada voluntad de abrazar la ley de Christo. Como quiera que ello sea, lo cierto es, que abandonando el Reyno de Valencia partió para Calatayud, donde a la sazón estaba el Monarca Conquistador; de cuyas vistas resultó una convención que hicieron ambos Reyes en 20 de abril de 1229. El concierto fue, que de todos los Castillos y Villas que Zeyt Abuzeyt recobrase del Reyno de Valencia, pertenecientes a la Conquista de Aragón, diese al Rey D. Jayme la cuarta parte, poniendo todas las Fuerzas y Lugares que ganase en poder de Caballeros Aragoneses: y que los que conquistase el Rey Don Jayme, quedasen y fuesen de su Señorío. Zeyt Abuzeyt ofreció en rehenes seis Castillos muy importantes; a saber es, Peñíscola, Morella, Culla, Alpuente, Xérica y Segorbe: y el Rey D. Jayme le dio su fe y palabra Real contra cualquiera que le hiciese guerra para desposeerle del Reyno, ofreciendo en seguridad de su promesa poner en tercería de dos Caballeros Aragoneses, los Castillos de Ademuz y Castielfabí, que se habían conquistado en tiempo del Rey D. Pedro su padre. Esta convención la hizo Zeyt Abuzeyt no sólo por sí, y como Rey de Valencia, sino también en nombre de su hijo Zeyt Abahomad, que debía sucederle en la Corona. Desde entonces empezó Zeyt Abuzeyt a emplearse en la conquista de algunos Castillos, y en hacer guerra a sus contrarios con el favor del Rey, de D. Pedro Fernández de Azagra Señor de Albarracín, de D. Blasco de Alagón, y de otros Caballeros.

Supo Zeyt Abuzeyt que el Rey D. Jayme proyectaba la conquista del Reyno de Valencia, e inmediatamente partió para Teruel, donde entonces se hallaba este Monarca, y le rogó, animó, y persuadió a que se arrojase a tan grande empresa. Acordóse el Rey D. Jayme que se había reservado parte de las rentas de Valencia en caso de ganarse a Zaen, y se la perdonó a Zeyt Abuzeyt en 30 de enero de 1232 recibiéndose de ello la correspondiente Escritura.

Convirtióse al fin a la santa fe Católica el Rey Moro Zeyt Abuzeyt en el año 1235 según opinión de algunos. Instruyóle en las cosas necesarias para recibir el Sacramento del Bautismo el Obispo Segobricense D. Guillem, y estando ya dispuesta la materia, fue bautizado, y se le puso el nombre de Vicente. Este suceso procuró ocultarse por entonces para que no llegase de pronto a noticia de los Moros, con el fin de que su conversión no fuese causa de que se hiciesen todos del bando de su competidor Zaen. Después casó este Príncipe con una nobilísima Dama Aragonesa natural de la Ciudad de Zaragoza, llamada Doña Dominga López.

Permítame Vm. una breve digresión sobre dos especies equivocadas por Pedro Antonio Beuter, y Gaspar Escolano. Quieren estos que la referida conversión fuese efecto del milagro de la Cruz de Caravaca, suponiendo que Zeyt Abuzeyt, Rey de Murcia a la sazón, se había hallado presente cuando se obró este asombroso portento. Yo pienso de otra manera, fundado en la serie y cuenta de los tiempos. Es verdad que Zeyt Abuzeyt era Rey de Murcia en el año 1225 pero al mismo tiempo lo es que el milagro sucedió antes del de 1200 luego no pudo dar causa ni ser motivo para la conversión de aquel Monarca.

No sólo erró Beuter en esta parte sino también en dar a Zeyt Abuzeyt el apellido de Bellvis, después que se convirtió a nuestra santa fe Católica, y en afirmar que tuvo principio en sus lindos y hermosos ojos. Esta es una equivocación de primer orden. Hasta Beuter ningún Escritor hace mérito de semejante especie, ni se encuentra instrumento alguno en que se dé a aquel Príncipe el apellido de Bellvis. Por lo contrario, no falta quien diga que uno de los hijos del referido Zeyt Abuzeyt se llamó Don Fernando Pérez; lo que arguye que lo de Bellvis es un pensamiento que no tiene proporción ni mérito para ser creído.

Vuelvo a tratar del asunto. Determinado el Rey D. Jayme a emprender con fortaleza la conquista de la Ciudad de Valencia, quiso tomar primero el Castillo de Enesa muy del caso para el intento. Entendido del proyecto el

Rey Zaen, mandó demolerle, cuyo suceso no hizo decaer de ánimo a aquel Monarca, el cual dispuso que se volviese a levantar, y se encaminó a Teruel, donde encontró a Zeyt Abuzeyt que le esperaba. En 28 de mayo de 1236 ratificaron estos Monarcas los tratados que habían hecho en Calatayud en 1229 añadiendo algunas particularidades que no merecen explicarse, a excepción de la de que acordándose el Rey D. Jayme que anteriormente había concedido a Zeyt Abuzeyt los Castillos de Ricla y Magallón en el Reyno de Aragón, confirmó esta gracia para él y para uno de sus hijos aquel que eligiese.

Estos son los sucesos de Zeyt Abuzeyt que tienen relación y enlace con la Crónica, o Comentarios del Rey D. Jayme; pero dado este paso, y puesto ya en ello, seguiré esta Carta contando a Vm. otros pasajes ocurridos hasta su muerte.

Después que Zeyt Abuzeyt recibió las aguas del Santo Bautismo, se portó como buen Christiano, y verdadero hijo de la Iglesia Católica. Hizo a D. Guillem y su Obispado Segobricense una generosa donación de diferentes Pueblos y Castillos muy preciosos. Cuando este Monarca otorgó la Escritura de Población de la Villa de Villahermosa en el año 1242 previno que si alguno de los nuevos pobladores y sus sucesores, muriese sin recibir los Sacramentos de la Penitencia y Comunión por su negligencia o culpa, perdiesen los herederos la cuarta parte de la herencia. Y finalmente procuró con todas sus fuerzas, y con la mayor eficacia y calor que sus dos hijos Zeyt Abahomad, o Abayahia, y Zeyt Edriz, y dos nietos que tenía, abrazasen nuestra santa ley, lo que consiguió por lo que hace a estos dos, y por lo que respecta a uno de aquellos, que parece fue Zeyt Edriz. Lleno este Monarca de gozo por tan gloriosa conquista, dio cuenta del suceso al Sumo Pontífice Urbano IV y le suplicó quisiese rogar a Dios por la perseverancia de todos, y tomar sus personas y bienes bajo su protección y amparo. El Santo Padre oyó benignamente la súplica, y la despachó con el mayor júbilo y alegría, concediendo al Rey Zeyt Abuzeyt todo cuanto le pedía, a cuyo fin expidió una Bula en 10 de abril de 1263 llena de satisfacciones. Fuera molestia ponerla íntegra en este lugar; pero trasladaré algunas de sus cláusulas según la versión que hallo en el Autor que la copia. “Urbano Obispo Siervo de los Siervos de Dios, al carísimo hijo en Christo Vicente quondam ilustre Rey de Valencia, salud y Apostólica bendición. Las cartas que poco ha nos envió vuestra devoción, miramos de buena gana, y las leímos con diligencia: y de la dichosa conversión vuestra, y de vuestro hijo, y dos nietos que allí hallamos escrita, tuvimos llena alegría nosotros y nuestros hermanos, y por ella concebimos gozo grande en grande manera, rindiendo desde luego devotos júbilos de regocijo, y humildes hacimientos de gracias al unigénito hijo de Dios nuestro Señor Jesuchristo, y al Padre de las lumbres.”
Sigue confortando a Zeyt Abuzeyt, dándole reglas para radicarse y conservarse en la fe Católica con su hijo y nietos, y después de otras cláusulas las más instructivas, Christianas y santas, prosigue de esta manera: “Sea también con vosotros y con vuestra casa y posteridad la gracia y paz de nuestro Padre Dios, y de nuestro Señor Jesuchristo, y dése priesa en provecho vuestro su bendición, para que se os otorgue pasar felizmente por los bienes temporales a los eternos, y permanezca por los siglos vuestra descendencia. Y veis aquí más adelante que conforme a vuestra humilde petición, extendiendo la autoridad Apostólica en patrocinio vuestro y de vuestro hijo, y nietos, recibimos vuestra persona y las suyas con todos los bienes que de presente poseéis justamente bajo de nuestra protección y de la dicha Silla Apostólica, y os adargamos con el patrocinio del presente escrito.”

Con presencia de estos antecedentes no sé cómo poder avenirme con la opinión de Gerónimo Zurita, en cuanto afirma que Zeyt Abuzeyt después de su conversión, conservaba aún las costumbres de su Secta, viviendo muy profanamente y con diversas mujeres, de suerte que por grandes instancias que sobre ello hizo el Obispo D. Sancho Ahones se le proporcionó el casamiento con Doña Dominga López. Este suceso tiene respecto al tiempo inmediato a la conversión, y al mismo se refiere la donación que hizo al Obispo Segobricense. Por otra parte se representa difícil de creer que luego e inmediatamente a haber recibido las aguas del Bautismo, se amortiguase y apagase el ardiente fervor, con que había apetecido y deseado tan alta fortuna. Puede que alguna inclinación pasajera, muy distante de mezclarse con la Secta Mahometana, hubiese dado motivo a lo que escribió Zurita.

Tengo por lo más probable que Zeyt Abuzeyt murió de la avanzada edad de ochenta años, poco más o menos. Fundo este concepto, en que en el de 1212 ya era valiente soldado, pues como tal peleó en la célebre batalla de las Navas; y en que en el de 1263 el Papa Urbano IV le dirigió la expresada Bula. En esta parte no acertó Gaspar Escolano afirmando que su muerte sucedió en el año 1247 o 1248 el cual añade que fue Autor de la Historia de los Animales, que se encontraba entre las obras del Médico Moro Avicena; y que había tradición de haberse enterrado en un sepulcro que estaba en el Claustro de la Iglesia de San Jayme de Ucles de Valencia. Debo decir a Vm. que este Templo se renovó pocos años hace, mudándose enteramente su figura. No existe el sepulcro que refiere Escolano, pero se encuentra uno de piedra muy pequeño y movedizo, en que están grabadas unas armas que por maltratadas no pueden distinguirse ni conocerse de quién sean. Está arrimado a la primer capilla de la mano derecha entrando en la Iglesia, y dentro de él se descubre una porción de huesos. Otros Escritores dicen que el referido Zeyt Abuzeyt está enterrado en el Convento de San Francisco de esta ciudad, en un sepulcro que se halla junto a la puerta que sale de la Iglesia al claustro. Nada aseguro sobre estos particulares, y Vm. podrá formar el juicio que le parezca.

Ya he dicho que Zeyt Abuzeyt, en el tiempo que siguió la Secta Mahometana, sólo tuvo dos hijos y dos nietos, cuya descendencia creo que se acabó; por lo menos no he encontrado Autor que haga mención de ella. Del matrimonio con Doña Dominga López nació Doña Alda Fernández. Esta Señora casó con Don Blasco Ximénez, hijo de D. Ximén Pérez de Tarazona, el cual heredando a este adquirió el Estado de Arenós. Después sucedió Doña Alda Fernández en muchos Pueblos que fueron del Rey su padre, y con el tiempo los poseyeron los dos hijos que tuvo de dicho D. Blasco Ximénez, llamados el uno D. Ximén Pérez de Arenós, y el otro D. Gonzalo Ximénez de Arenós.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 7 de diciembre de 1798.


CARTA XVIII.

Mi amigo y Señor. Convenía a los vasallos del Rey D. Jayme el Conquistador, que la sucesión del Reyno se perpetuase en su casa y familia; y así le rogaron, con repetidas instancias, que eligiese mujer digna de ocupar el trono. Convino en ello, y cayó la suerte sobre Doña Leonor, hija del Rey D. Alonso VIII de Castilla, hermana de la Reyna Doña Berenguela, y tía del Rey San Fernando. Ajustadas las bodas, la Reyna Doña Berenguela, San Fernando y Doña Beatriz su mujer, acompañados de la Grandeza de Castilla, llevaron a Doña Leonor hasta Ágreda, donde salió a recibirla el Rey D. Jayme con los Obispos de Zaragoza y Huesca, los Maestres del Temple y San Juan, y otros muchos Señores; y allí se celebró el matrimonio a los 7 de febrero de 1221. El fruto de este enlace fue el Príncipe D. Alonso, que no se sabe con certeza el año en que nació, pero se tiene por bastantemente probable que fue en el de 1225 o en el siguiente.

Por aquel tiempo ya era notorio en Palacio y en todo el Reyno, el desafecto, por no decir aborrecimiento, que el Rey D. Jayme mostraba a la Reyna Doña Leonor, ahora naciese de natural fastidio que le causase la compañía de una mujer a quien conoció en los primeros años de su edad, en que apenas podía ejercer las funciones de marido; ahora fuese porque cansado ya de sus halagos quisiese tener mayor libertad, ladeándose a otros gustos. Como quiera que ello sea, la verdad es que determinó separarse de la Reyna, tomando por pretexto el parentesco en tercer grado de consanguinidad, por ser ambos bisnietos del Emperador D. Alonso. Si el Rey no estuviese fastidiado de Doña Leonor, tal vez hubiera tentado el medio de solicitar la dispensación de la Silla Apostólica para un matrimonio de Reyes, continuado por algunos años, y confirmado con un hijo destinado para la Corona: aunque el Santo Padre era inexorable en estas materias.

Determinado ya el Rey a llevar adelante su proyecto, en el día 7 de diciembre de 1225 otorgó una Escritura, por la cual se obligó a poner algunas Villas y Castillos en poder de varios Caballeros, para que los entregasen a la Reyna Doña Leonor, en el caso de declararse nulo su matrimonio, a fin de que los disfrutase durante su vida, pero con la obligación de restituírsele verificado su fallecimiento. Desde este tiempo se separó el Rey de la compañía de su mujer, y empezó a dirigir sus instancias para que el Sumo Pontífice declarase nulo el referido casamiento.

A proporción que el Rey D. Jayme miraba con el mayor desafecto a la Reyna Doña Leonor, le arrastraba todos sus cariños el Príncipe D. Alonso su hijo. Así es que dispuso Cortes en la Ciudad de Daroca, donde se celebraron a 6 de febrero del año 1228 con el fin de que fuese jurado sucesor del Reyno, lo que efectivamente se cumplió, y autorizándose de ello la Escritura del caso, de la cual resulta que los Obispos de Huesca, Tarazona y Elna, el Infante D. Fernando, los Nobles y Ricos hombres, y los Procuradores de las Ciudades y Villas del Reyno, desde el Segre hasta Ariza, prestaron juramento de fidelidad y homenaje al Príncipe D. Alonso, reconociéndolo por sucesor en la Corona después de la muerte del Rey su padre.

No cesaba este de continuar en Roma la solicitud sobre la declaración de nulidad de su matrimonio. En efecto, el Sumo Pontífice Honorio III acordó algunas providencias en el asunto, pero no fueron decisivas ni terminantes. Ascendió al trono Pontificio Gregorio IX en 21 de marzo de 1227 y envió por su Legado a España a Juan de Abreville Obispo Sabiniense, con cuyo motivo le nombró Juez de esta causa, por medio de un Breve de 7 de febrero de 1229 con el encargo de que procediese a la disolución del matrimonio, si encontraba que los contrayentes estaban dentro de los grados prohibidos en el Concilio general Lateranense. Estos Monarcas otorgaron respectivas Escrituras en 16 y 20 de marzo siguiente, ofreciendo estar y pasar por lo que declarase el referido Legado. Armado este con tales seguridades, y considerando lo arduo del negocio, no quiso fiarse de sólo su juicio, y así convocó Concilio para Tarazona, que se celebró en 29 del inmediato abril, a fin de que con las luces de los Arzobispos de Toledo, Tarragona, y otros que concurrieron, pudiera procederse con mayor seguridad, y autorizarse un acto tan solemne con el decoro que correspondía. Junto el Concilio, compareció el Rey D. Jayme, y entrando en él, hizo un razonamiento que pone a la letra Zurita (1: en sus índices latinos pág. 107), para no equivocar las palabras, según afirma; y lo mismo ejecutaré yo por el propio motivo, y porque su lectura interesa mucho para lo que es el asunto. Dice así:

Vobis domine Legate, et omnibus Archiepiscopis, et Episcopis, et aliis ecclesiasticis personis qui hic assistunt, necnon et nobilibus, et popularibus innotescat, quod nos carissimæ uxori nostræ Alienor per ecclesiam conjuncti fuimus: et credidimus nos eidem legitime fuisse conjunctos: et ex ea suscepimus carissimum filium nostrum dominum Alfonsum: quem nos arbitrantes legitimum, heredem, et successorem Regni nostri iam pridem constituimus: et á vassallis, et nobilibus regni nostri eidem fecimus jurari, et assecurari regnum nostrum. Nunc autem coram vobis constituti, et nescientes quid super nostra coniunctione decernere proponatis, in præsentia vestra, et omnium assistentium, quod de supradicto filio nostro, sicut prædictum est, fecimus, confirmamus: Et si legitimatione aliquatenus indigere videatur, nos auctoritate, et potestate regia legitimamus, ad omnia, ad quæ legitimari potest auctoritate regia: et heredem, et successorem regni nostri constituimus: et declaramus: et præcipimus, quod sicut ei juratum est regnum, tamquam verus heres, post nos ab omnibus vasallis nostris, et á toto regno in dominum recipiatur: et regem. Petimus quoque á vobis, et supplicamus domine Legate, et ab omnibus Archiepiscopis, et Episcopis, qui hic præsentes sunt: ut hoc factum nostrum litterarum vestrarum testimonio roboretis. Nos igitur, inquit Legatus, ad instantiam prædicti Regis, præsentibus annotari fecimus: in testimonium veritatis. Hæc autem acta sunt præsentibus domino R. Toletano Archiepiscopo, domino S. Archiepiscopo Tarraconensi, et venerabilibus patribus Burgeñ.

Calagurritaneñ. Segovieñs. Seguntineñ. Oxomeñ. Ilerdensi, Osceñ. Tirasoneñ. et Baioneñ. Episcopis. Apud Tirazonam III K. Maii. Anno Domini MCCXXIX.”

Oído este razonamiento por los del Concilio se procedió a la sentencia que pone a la letra el Arcediano Dormer (1: Disc. var. impr. de Zarag. an. 1683 pág. 64.), y está concebida en éstos términos: “Definitive pronuntiamus inter dictum
J. Illustrem Regem Arag. et Dominam Al. Illustrem Reginam, quia consanguinei sunt in tertio grado matrimonium non tenere: inter eosdem divortii sententiam pronuntiantes.” Esto es lo que pertenece a la declaración de la nulidad del matrimonio: lo demás de la sentencia está reducido a señalar y adjudicar a la Reyna diferentes bienes que no es del caso especificar ahora.

Estas ciertas noticias harán conocer a Vm. el error de algunos que creen que en aquella sentencia, al mismo tiempo que se estimó nulo el matrimonio de D. Jayme y Doña Leonor, se declaró también la legitimidad de su hijo el Príncipe D. Alonso. Sobre este particular ni una sola palabra se lee en ella; por manera que el tenerse y reputarse legítimo D. Alonso, nace precisamente de lo que el Rey D. Jayme expuso en el Concilio, y cuyo razonamiento he puesto a la letra para vencer esta dificultad. A que añado que en 6 de marzo de 1232 el expresado Rey D. Jayme, usando de su autoridad Real, legitimó otra vez a su hijo Don Alonso: lo que ciertamente no hubiera ejecutado, si en aquella sentencia estuviese ya declarada su legitimación.

Pronunciada esta sentencia, el Rey D. Jayme marchó para Tarragona, y la Reyna Doña Leonor partió a Castilla, llevando consigo al Príncipe D. Alonso, a quien enseñó sus virtudes y buenas costumbres, para hacer compañía a su hermana Doña Berenguela, y consolarse recíprocamente ambas en sus aflicciones, trabajos y desamparo. Quedó con algunos Pueblos que tenía en Aragón por sus arras y parte de dote, y se llevó muchas preseas de paños ricos, oro, plata y pedrería. Pedro Antonio Beuter (1: en su Cron. lib. II cap. XXI.) afirma que D. Blasco de Alagón salió al camino, y quitó a la Reyna los cofres en que llevaba el tesoro pasándose en seguida a los Moros, cuyo hecho había sido muy sensible al Rey D. Jayme; pero Abarca, tratando de este Monarca (2: Cap. II n. 15 al fin.) dice:
“Pero todo esto ha parecido sueño a los Escritores más dispiertos.”
Y D. Juan de Ferreras (3: Synops. Hist. de Esp. año 1229 n. 3.) se explica así: “Sin que pongamos los inverisímiles atrevimientos que algunos escriben contra esta Señora.”

Se tiene por constante que esta virtuosa y desgraciada Reyna, se retiró al Monasterio de las Huelgas de Burgos que fue fundación suya, y que allí murió y fue enterrada, lo que habría sucedido en el año 1253. Añadiendo algunos que con este motivo su hijo el Príncipe Don Alonso lo dotó con buenas y copiosas rentas.

Resta que diga a Vm. cuál fue la suerte de este Príncipe. Su padre el Rey D. Jayme trocó sus afectos, y dejó de mirarle con buen semblante, acaso por la adhesión que tenía a su madre Doña Leonor y a las cosas de Castilla, o tal vez por otros varios motivos que no nos incumbe averiguar. La verdad es que hubo diferentes altercaciones entre padre e hijo; y que para desagraviar a este, y a los Ricos hombres de Aragón, quejosos de que siendo jurado sucesor se le había quitado el Reyno de Valencia, y dádoselo al Infante D. Jayme, determinó aquel Monarca unir ambos Reynos, y hacer donación del de Valencia al Príncipe D. Alonso para después de sus días, y así lo ejecutó en el año 1258 absolviendo a los Ricos-hombres, Caballeros, Alcaydes, Ciudades y Villas del Reyno, del juramento que tenían prestado.

Este Príncipe D. Alonso casó con Doña Costanza, hija primogénita de
D. Gastón de Moncada, Vizconde de Bearne, hijo de aquel Don Guillem de Moncada que acabó sus días en la conquista del Reyno de Mallorca. Hay discordia entre los Escritores acerca del año en que se verificó este matrimonio. Unos quieren que fuese el de 1260 y otros le anticipan cuatro años por lo menos, con los cuales estoy de acuerdo, fundado en una razón que ciertamente convence. Con motivo de socorrer este Príncipe a su suegro el Vizconde de Bearne en la guerra que tenía con Esquibado, otorgó su testamento en la Ciudad de Huesca a 8 de agosto del año 1256 en el cual dispuso entre otras cosas, que si muriese en aquella jornada, se entregase a su mujer Doña Costanza su dote, y todo lo que se le debiese; y que el Rey su padre la volviese honradamente a Bearne: luego es cosa certísima que en el referido año era ya efectivamente casado.

Murió este Príncipe en el de 1260 y fue enterrado en el Monasterio de Beruela del Orden del Císter, siendo así que en el referido testamento mandó que su cuerpo fuese sepultado en el Convento de Padres Dominicos de la Ciudad de Huesca. Esto dio motivo a que sus ejecutores testamentarios, acudiesen con recurso a la Santidad de Alexandro IV el cual expidió dos Bulas en Anania a 18 de junio del año sexto de su Pontificado, dirigidas la una al Obispo de Zaragoza, y la otra al Abad de Beruela, en que mandó que se restituyese el cuerpo del Príncipe D. Alonso al Convento de Predicadores de Huesca: y lo mismo dispuso Urbano IV en otras dos Bulas, despachadas en 28 de enero del primer año de haber ascendido a la Suprema Dignidad.

Sin embargo de las más exquisitas diligencias que ha practicado mi curiosidad, no he podido averiguar si aquellas Bulas tuvieron efecto, y se cumplieron religiosamente; pero sí que en la Metropolitana Iglesia de esta Ciudad, y Capilla de Santiago que está a espaldas de su Altar mayor, se encontraba un sepulcro de piedra, cuyo epitafio, traducido de la lengua Latina en la Castellana, decía de esta manera: “Aquí yace D. Alonso hijo único del Rey Don Jayme el primero, y de su primera mujer la Reyna Doña Leonor. El cual siendo arrebatado de la muerte en verdes años, entregó su cuerpo a este sepulcro, y envió su alma al cielo.” Ahora con motivo de la renovación de este Templo se ha borrado el epitafio, lucido el sepulcro, y distinguido con las armas de Aragón. Está en la referida Capilla, a la parte de la Epístola embebido en la pared.

Querer que luego inmediatamente al fallecimiento de este Príncipe fuese colocado su cuerpo en la Catedral de Valencia, es un pensamiento descaminado, como opuesto diametralmente al contexto de las expresadas Bulas. Al mismo tiempo es indubitablemente cierto, que seguido su fallecimiento fue enterrado en el referido Monasterio de Beruela. Por otra parte no consta que desde allí fuese trasladado al Convento de Predicadores de Huesca, como lo mandaban aquellas Bulas. En esta perplejidad tengo por lo más probable que el Rey D. Jayme cortó aquella cuestión y desavenencia, mandando traer el cadáver de su hijo, y colocarle en esta Catedral de Valencia, en el referido sepulcro: bien que esto no pudo suceder hasta algunos años después, respecto de que en el de 1262 se puso la primera piedra de la suntuosa fábrica de esta Iglesia Mayor.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 13 de diciembre de 1798.


CARTA XIX.

Mi amigo y Señor. Las Historias de Doña Teresa Gil de Vidaure, y del Obispo de Gerona Fr. Berenguer de Castellbisbal, tienen entre sí cierta relación y enlace. Contaré a Vm. en esta Carta la de Doña Teresa, y reservaré para la siguiente la del Obispo Fr. Berenguer.

Los Historiadores no son de un mismo dictamen, acerca de si Doña Teresa Gil de Vidaure fue efectivamente legítima mujer del Rey D. Jayme el Conquistador. Pesadas las razones de ambos pareceres, me inclino a la certeza del matrimonio entre este Príncipe y aquella Señora, cuyo modo de pensar deduzco de unos hechos tan calificados, que de ninguna manera dan campo para que pueda equivocarse el concepto.

Odorico Raynaldo (1: Continuador de los Anales Eclesiásticos de Baronio, año 1266.) refiere la instancia que el Rey D. Jayme hizo a la Santidad de Clemente IV en solicitud de que disolviese el matrimonio que tenía contraído con Doña Teresa Gil de Vidaure, alegando al intento el especioso pretexto de haber sobrevenido a esta la contagiosa enfermedad de lepra: que el Santo Padre se horrorizó de lo descaminado del pensamiento y pretensión: que la denegó absoluta y constantemente: y que sobre el particular escribió al referido Monarca una Carta, su fecha en Perusia a 17 de febrero del año primero de su Pontificado, que corresponde al de 1266. Este es un documento admirable, y creyendo que Vm. se complacerá en leerlo, me ha parecido copiarlo en este lugar, en la misma lengua Latina en que está escrito. Dice pues de esta manera:

Quos Deus conjunxit Dei Vicarius quomodo separet? Absit a nobis hoc scelus ut Leges Domini violemus, ut hominibus placeamus, Creatorem, et Redemptorem hominum offendamus. Quod si inter te et ipsam matrimonium nullum esset, istam quam super inducere tibi placuit, aut in uxorem, aut in pellicem elegisti: si uxorem habere volebas quam spuriam confitebis, et hanc in tua gloria ponere maculam minime verebaris, nunquam credere debuisti quod ad tui culminis tam vile tam ignobile præcipitium impenderemus suffragium dispensando? Quod si tibi concubinatum ipsius elegeras, nec colorem habuit, nec saporem regia postulatio: cum sperare non debeas auctorem fieri turpitudinis Jesu Christi Vicarium omnia turpia detestantem. Si quæris forsitan, quid tibi faciendum incumbat, cum sine corporis tui periculo primæ cohabitare non possis, satis est in promptu responsio: sustine manum Domini: quam fortuitus casus induxit culpæ non imputes patientis. An credis si omnes Reginæ per mundi climata constitutæ, leprosæ fierent, daremus Regibus ob hanc causam licentiam cum aliis mulieribus contrahendi? Scias pro certo, quod omnes et singuli paterentur repulsam, etsi domus regia nulla prole superstite in radice prorsus arescerent, et in ramis.”

Lo demás que sigue en la Carta está reducido a ilustrar al Rey D. Jayme con buenos consejos e instrucciones, cuyos particulares como menos interesantes, no he tenido por conveniente trasladarlos. A vista de estos antecedentes ¿podrá dudarse, con racional fundamento, de la certeza del matrimonio del Rey D. Jayme y de Doña Teresa Gil de Vidaure? ¿Puede haber mayor prueba de la verdad en todos los negocios, sean de la calidad que se quieran, que la propia confesión de la parte interesada? Si no estaba casado aquel Monarca con la Doña Teresa ¿cómo había de pedir a Clemente IV que disolviese un matrimonio puramente imaginario, aéreo, que no hubo, no se contrajo, no existía? No me detengo ahora en acopiar razones para hacer ver la justicia con que el Santo Padre se negó a la instancia; y voy a dar otra prueba de que en efecto fue cierto el expresado matrimonio.

El Rey D. Jayme otorgó su último y solemne testamento en la Ciudad de Mompeller, a los 26 de agosto del año 1272 en el cual, después de extender varios legados y otras disposiciones, pasó a hacer el nombramiento de herederos en esta forma. A D. Pedro su hijo primogénito, le instituyó en el Reyno de Aragón, en el de Valencia, en Rivagorza, en Pallárs, en la Vall de Arán, en el Condado de Barcelona, en el Señorío de Urgel, y en otros bienes. A D. Jayme su hijo segundogénito, en el Reyno de Mallorca, Islas de Menorca e Iviza, Condados de Rosellón, Cerdaña y Confléntes, en todos los feudos que los Condes de Fox y de Ampurias y otros tenían en aquellas partes, y en Colliure, Mompeller, y otras propiedades. A su hija Doña Violante Reyna de Castilla, en la recámara, y otras cosas que le dio al tiempo de su matrimonio. A sus nietos, hijos de D. Felipe Rey de Francia, y de Doña Isabel su hija, en la recámara, y otros bienes de que les hizo donación cuando casaron. A los hijos de Doña Costanza hija suya y del Infante D. Manuel, en la recámara y otros efectos que le dio para su matrimonio.
A Don Jayme su hijo y de Doña Teresa Gil de Vidaure, en los Castillos y Villas de Xérica, del Toro, de Esllida, de Ebo, de Ahin, de Suera, de Fanzara, de Planes, de Trabadell y de Almudayna; expresando que todos estos Castillos y Villas las daba y dejaba al expresado D. Jayme, por herencia y derecho de institución. Y finalmente a D. Pedro también su hijo y de dicha Doña Teresa, en los Castillos y Villas de Ayerbe, de Luesa, de Abuero, de Liso, de Artaso, de Castellón, de Siest, de Boreta, de Azner, de Cabraye y de Benimiena; añadiendo igual expresión de que todas estas propiedades se las daba por derecho de institución.

Después de estas disposiciones previno, que si dicho D. Jayme su hijo y de la expresada Doña Teresa, y sus hijos y descendientes varones legítimos por recta linea masculina, faltasen sin ellos igualmente cualificados, todos los expresados bienes pasasen a D. Pedro su hermano hijo suyo, y de la enunciada Doña Teresa, y a sus hijos y descendientes varones. Igual substitución hizo por lo respectivo a los bienes en que había heredado al citado D. Pedro, queriendo que sucediesen en ellos el expresado Don Jayme y sus descendientes varones. Y después de excluir expresamente de la sucesión a las hembras, previno que en el caso de faltar la descendencia masculina de los expresados Don Jayme y D. Pedro sus hijos y de Doña Teresa, perteneciesen todos los bienes en que les había instituido, a su hijo primogénito D. Pedro, y a sus hijos y descendientes varones.

Y pasando a disponer de los bienes que en calidad de Mayorazgos había dejado a sus hijos primogénito, y segundogénito D. Pedro y D. Jayme, les substituyó recíprocamente; y a falta de sus lineas quiso que en todas sus herencias, Reynos y Señoríos sucediesen D. Jayme su hijo y descendientes varones, y acabada esta linea su hermano D. Pedro hijo igualmente de Doña Teresa Gil de Vidaure, y los varones que descendiesen de él. Y para en el caso de fenecer todas las expresadas líneas cualificadas, llamó a los hijos y descendientes varones de Doña Violante su hija Reyna de Castilla; en su defecto a los de Doña Costanza también su hija; a falta de estos a los de Doña Isabel Reyna de Francia; y después de todos al pariente más cercano.

Por conclusión de este extracto pondré una cláusula que se escribió en el citado testamento: “Mandamos que nuestros hijos y herederos, guarden las donaciones que hicimos a D. Fernán Sancho y a D. Pedro Fernández, hijos nuestros naturales, según que en los instrumentos de las donaciones se contiene.”

Dirá Vm. que tiene por ociosa la pesada extensión de unos particulares, que al parecer no pueden servir para calificar la certeza del casamiento del Rey D. Jayme, y Doña Teresa Gil de Vidaure: y yo responderé que sin aquella prolija relación, no podría darse alma al irresistible argumento que ella nos presenta.

Entró triunfante el Rey D. Jayme en la Ciudad de Valencia el día 28 de septiembre del año 1238 y luego (quiero decir, a fines del mismo, o principios del siguiente 1239) estableció varias leyes o fueros, con que se gobernasen aquella Metrópoli y su Reyno. En ellos se halla prevenida la obligación en los padres de instituir precisamente herederos a sus hijos y descendientes legítimos, sin arbitrio para nombrar a otros, si no es a falta de aquellos. El Rey D. Jayme como promulgador de estas leyes, las debió guardar, y en efecto las observó religiosamente en su citado testamento.
Sin ofenderlas y traspasarlas, no pudo haber nombrado herederos a Don Jayme y D. Pedro sus hijos y de dicha Doña Teresa Gil de Vidaure, si hubieran sido naturales: luego fueron legítimos, y de consiguiente lo fue también aquel matrimonio. Esta razón convence absolutamente.

Considere Vm. la substitución en los Reynos de Aragón, Valencia, Mallorca y Estados agregados que, por expresa voluntad del Rey D. Jayme, habían de recaer en su caso y lugar en los hijos y descendientes varones de la citada Doña Teresa; y reflexione si les hubiera dado este llamamiento, a no ser nacidos y procreados de legítimo matrimonio. Todo el testamento está respirando legitimidad en los llamados y sucesores, que habían de poseer los preciosísimos bienes comprehendidos en las instituciones. Y en esta inteligencia ¿creeremos que el Rey D. Jayme llamase a los hijos de Doña Teresa, si estas raíces fuesen infectas con la nota de espuriedad, o naturalidad? ¿Será posible que aquel Monarca substituyese a dos hijos naturales, para la sucesión de las Coronas de Aragón, Valencia, Mallorca, y otros riquísimos Estados, anteponiéndoles a otros varones descendientes suyos, a quienes no podía disputarse la legitimidad, cuando por todas sus venas corría la más pura e ilustre sangre Real? A sus descendientes varones, hijos de los Reyes de Castilla y Francia y del Infante D. Manuel, no dio vocación ni llamamiento, hasta fenecidas las lineas que formaron los hijos de Doña Teresa. Es menester cerrar los ojos a estas evidencias, y hacerse sordos a las voces de la razón, para no confesar la certeza de aquel matrimonio.

Es verdad que en ninguna parte del referido testamento se advierte, que el Rey D. Jayme diga que la expresada Doña Teresa fue su legítima mujer; pero también lo es que en el citado documento, no se encuentra especie alguna relativa a que había sido casado con Doña Violante de Ungria, y que de este matrimonio habían sido procreados sus hijos D. Pedro el primogénito, y D. Jayme su hermano: y no obstante este profundo silencio, nadie ha dudado hasta ahora, ni de la legitimidad de estos Infantes, ni de la certeza del matrimonio de Doña Violante.

Vea Vm. como no ha sido por demás epilogar en parte el referido testamento, cuyo compendio facilita otras muchas razones que omito extender, porque ellas mismas se están insinuando. Y antes de pasar a otras especies, no puedo dejar de notar, que hablando el Rey de D. Fernán Sancho y de D. Pedro Fernández, dijo que eran sus fijos naturales, cuya expresión no se advierte cuando trata de D. Jayme y D. Pedro sus hijos, y de dicha Doña Teresa.

Si yo escribiese esta Carta a otro sujeto menos instruido, me detendría en hacer ver la altura a que llega la fuerza de la locución y modo de hablar discretivo; pero dirigiéndola a Vm. basta insinuar la especie para ser entendida.

He puesto en términos de evidencia, que Doña Teresa Gil de Vidaure fue efectiva y realmente legítima mujer del Rey D. Jayme el Conquistador.
¿Pero en qué tiempo se verificó aquel enlace y matrimonio? Esta es una especie envuelta en muchísimas dudas, dificultosísimas de aclarar. Unos afirman que fue el primero de los que contrajo el referido Monarca: otros dicen que el segundo: y otros quieren que el tercero. Entre tan encontrados pareceres estoy por el último, y me afirmo en que la expresada Doña Teresa no casó con el Rey D. Jayme, hasta después de la muerte de su segunda mujer la Reyna Doña Violante de Ungria.

Pedro Antonio Beuter (a quien han seguido algunos indiscretamente) fue el primero que escribió, que cuando casó el Rey D. Jayme con Doña Leonor de Castilla, pasó a Roma Doña Teresa Gil de Vidaure, a pedir justicia al Sumo Pontífice contra aquel Monarca, solicitando en su instancia dos declaraciones: una la de la legitimidad de su matrimonio con el Rey
D. Jayme, de quien tenía ya dos hijos: y otra, la de la nulidad del que este había contraído con Doña Leonor de Castilla. Al fin asegura que, después de haberse seguido el pleito en la Corte Romana sobre estos dos particulares, acordó sentencia el Santo Padre, en que declaró la nulidad del casamiento del Rey D. Jayme, y la Reyna Doña Leonor; enviando a España a Juan Obispo de Santa Sabina, para verificar y llevar a efecto la separación de aquellos dos Monarcas: y en cuanto al de dicha Doña Teresa, determinó no haber lugar a la demanda, por no haberla justificado en debida forma; pero con la obligación de alimentar el Rey a Doña Teresa, de heredar a sus hijos, y de llamarles legítimos, puesto que ella los había concebido con la esperanza del casamiento. Sigue Beuter amontonando otras especies por el mismo término, de igual jaez, y enteramente ridículas y despreciables.

Esta historieta ni aun siquiera tiene apariencias de verdad. El Rey D. Jayme casó con Doña Leonor de Castilla en una edad tan tierna, que estuvo algún tiempo sin poder dar muestras ni señales de marido, como se lee en la Crónica que se le atribuye, y en los Historiadores, tratando de esta materia. Ahora pues ¿cómo pudo ser que antes de este tiempo, hubiese ya contraído matrimonio con Doña Teresa Gil de Vidaure, y tenido de ella dos hijos?
Si fuésemos tan dóciles e indulgentes que diésemos crédito a este anticipado casamiento, nos veríamos en la precisión de confesar, que el Rey D. Jayme se ligó a Doña Teresa Gil de Vidaure con este sagrado vínculo, a los diez años de su edad, con cortísima diferencia.

Del matrimonio con Doña Leonor de Castilla, tuvo aquel Monarca al Príncipe D. Alonso, que fue jurado sucesor en la Corona, y en este concepto fue tratado hasta su muerte, sin que nadie dudase de su primogenitura. En el epitafio que se leía en su sepulcro, colocado en la Capilla de Santiago de la Iglesia mayor de Valencia, estaba escrito: “Aquí yace D. Alonso hijo único del Rey D. Jayme el Primero, y de su primera mujer la Reyna Doña Leonor.”
En el testamento del expresado D. Jayme de 26 de agosto de 1272 se dice que nombró, con la especialidad de hijo primogénito á el Infante D. Pedro, que lo fue de su mujer Doña Violante de Ungria. Todos estos hechos ciertos y constantes, prueban concluyentemente, lo uno que el Rey D. Jayme no celebró su primer matrimonio con Doña Teresa Gil de Vidaure, y lo otro que en aquel tiempo no tuvo hijos algunos en ella.

Igualmente erró Pedro Antonio Beuter en contar y afirmar el recurso que la Doña Teresa hizo al Sumo Pontífice. Me explico así, porque siendo imposible de toda imposibilidad que fuese cierto su matrimonio con el Rey D. Jayme; así también lo es que acudiese al Santo Padre a pedir la declaración de su valididad y subsistencia. De estos antecedentes se sigue por una inevitable ilación, que también es supuesta y fingida la sentencia que se dice dictada en este negocio, de que hace mérito el referido Beuter. Ella misma presenta el más auténtico testimonio de la suposición, por la particularidad que se nota, de haberse mandado al Rey que llamase legítimos a los hijos que había tenido de Doña Teresa, puesto que esta los había concebido con la esperanza del matrimonio. No puede darse pensamiento más raro y extravagante. La Santa Sede acuerda sus determinaciones, nivelándolas con la justicia, y fundándolas en las disposiciones de derecho; pero nunca arbitrariamente y contra el tenor de las leyes. Esta es la primera vez que se ha oído, que los hijos sean legítimos por sola la esperanza de casarse los padres. Que el matrimonio ya celebrado habilite y legitime a los hijos habidos hasta entonces, ya lo entiendo; pero lo demás lo tengo por un conocido delirio.

Doña Teresa Gil de Vidaure no acudió a Roma a pedir declaración de la nulidad del casamiento de Doña Leonor de Castilla. Esta acción fue propia del Rey D. Jayme su marido, como Vm. lo habrá leído en mi anterior Carta, y en la sentencia que traslado en ella verá Vm. que ni se nombra, ni se hace mérito alguno de la expresada Doña Teresa.

Manifestado ya que Beuter se equivocó, conocidamente en esta parte, y que el Rey Don Jayme no celebró su primer matrimonio con la referida Doña Teresa, sino con Doña Leonor de Castilla, paso a discurrir sobre el segundo.

A proporción que a fuerza de un continuado estudio comienzo a entender algunos pasajes de la Historia, me confirmo más y más en la desconfianza con que deben leerse sus Autores. Hablo en general, y exceptúo de esta regla a algunos que, o por coetáneos, o por los testimonios que alegan, o porque usan de una fina, juiciosa y moderada crítica, se hacen acreedores al asenso. Sean ejemplo de este modo de pensar, y sin salir de la materia, el referido Pedro Antonio Beuter, y el Padre Pedro Abarca, el cual después de referir que el Obispo D. Bernardino Gómez Miedes reprobó la opinión de Beuter, añade que siguió otra igualmente despreciable, explicándose en estos términos (1: Lib. XIX cap. V n. 14.): “Por estas razones el Obispo Miedes impugnó esa improbable opinión; pero desagradado también de la sólida y constante de Gerónimo Zurita, que cuenta por tercero el casamiento de Doña Teresa, tomó una opinión media haciéndolo segundo; y dice (con otros muchos que le han seguido) que aquellos hijos nacieron entre los dos matrimonios públicos del Rey con las Infantas Doña Leonor de Castilla, y Doña Violante de Ungria: para lo cual, y para la tragedia del Obispo de Gerona alegan Bulas y Cartas que se guardan en el Monasterio Benefaciano.”

No fiándome de las expresiones de Abarca, he recurrido al original, quiero decir, a Miedes. Había leído algunas veces su Historia del Rey D. Jayme, y ahora lo he repetido con más reflexión y cuidado, para asegurarme de su concepto y opinión. En solos cuatro lugares trata de las cosas de Doña Teresa Gil de Vidaure (1: En el lib. V cap. X. En el lib. X cap. IV. En el lib. XIII cap. XIX. XX. XXI y en el lib. XIX cap. XVII.), y en ninguno de ellos encuentro comprobada la referencia de Abarca, ni las Bulas y Cartas que supone, ni las Cortes de que trata más adelante. Lo más particular es que tampoco hallo que el Rey D. Jayme celebrase su segundo matrimonio con Doña Teresa Gil de Vidaure, si a lo más que tuvo dos hijos de ella, entre el de Doña Leonor y el de Doña Violante. Puede que la cortedad de mi vista no me haya permitido leer, lo que la perspicaz de Abarca encontró escrito en el Obispo Miedes. En este supuesto, y en el de las solidísimas razones que expende el referido Abarca, demostrativas de la falsedad del segundo matrimonio de D. Jayme con Doña Teresa, voy a tratar del tercero.

Casó el Rey D. Jayme con Doña Violante de Ungria en 8 de septiembre del año 1235. Vivió esta Señora muy querida del Rey su marido casi hasta los fines de su matrimonio. Otorgó su último testamento en la Ciudad de Huesca a los 12 de octubre de 1253. Algunos suponen que murió en el mismo año; pero Zurita le alarga la vida algunos más. Yo entiendo que falleció en el de 1254 o a principios del de 1255. En este último año se gobernaba el Rey
D. Jayme por la voluntad de Doña Teresa, y se conoce que la amaba tiernamente, cuando estando en Zaragoza el día 9 de mayo del citado año 1255 la hizo una donación del Castillo y Villa de Xérica, con todas sus Alquerías, términos y rentas, para que la heredase el hijo, o hija que tuviere en ella. De este documento infiero tres cosas muy notables y particulares. Primera: que en el expresado año 1255 aún no tenía el citado Rey D. Jayme hijo alguno de la Doña Teresa. Segunda: que en los últimos tercios de su matrimonio con Doña Violante ya miraba con buenos ojos a aquella.
Tercera: que por este tiempo, o poco después, celebró su matrimonio con la enunciada Doña Teresa Gil. No es justo que ocupe el tiempo en individualizar las razones de estas consecuencias por demostrables y claras, y cuando hablo de unos asuntos obscurísimos y difíciles de poner en claro. Con razón dijo D. Juan de Ferreras (1: Synops. an. 1266 n. 6): “De la primera petición y Carta se infiere la certeza que el Rey se casó verdaderamente aunque en secreto, con Doña Teresa Vidaure después de la muerte de la Reyna Doña Violante, si bien el año de este casamiento no se ha podido averiguar por haber sido secreto.”

No me detengo en examinar la certeza de las determinaciones y sentencias que se suponen haber recaído sobre este matrimonio, de que hablan confusamente los Historiadores, porque es un asunto inapeable, y porque hace muy poco a nuestro intento; y sólo diré que esta Señora experimentó la inconstancia de su marido, que cansado ya de sus caricias, las procuró encontrar en otros brazos, y acaso (como dicen algunos) en los de Doña Berenguela Alonso, de quien he tratado en la Carta duodécima. Sea de ello lo que se quiera, lo cierto es que esta nobilísima Reyna, hermosa en perfecciones del cuerpo, y hermosísima en las del alma, supo retirarse con tiempo, y vivir y morir con notables muestras de Santidad.

Hallábase el Rey D. Jayme en la Ciudad de Lérida, y en el día 1 de abril del año 1260 hizo donación a su hijo el Infante D. Jayme, a su madre Doña Teresa Gil de Vidaure, y a sus descendientes, de muchos bienes y entre ellos de la Zaydia de Valencia, con todas sus pertenencias. La Doña Teresa cedió desde luego esta propiedad para Monasterio de Monjas del Císter, con el título de nuestra Señora de Gracia Dei. Verificada ya la fundación, el Rey D. Jayme en 1 de noviembre de 1265 concedió a su Abadesa y Monjas la gracia, de que pudiesen recibir rentas y bienes de Caballeros y Eclesiásticos, y también de poderles comprar de ellos. Después fue recibido este Monasterio en la Orden del Císter, e incorporado en ella, respecto de que hasta entonces sólo había tenido el nombre de tal. La referida Doña Teresa se retiró a esta casa, unos dicen que antes, otros que después de la muerte de su marido. Fue ilustre en todas las virtudes, y especialmente en las de penitencia, obediencia y humildad, en tanto grado que en vida la llamaron Santa, y después de muerta la veneraron como bienaventurada. Su cuerpo se enterró en la Iglesia del referido Monasterio donde se conserva entero, y está colocado en la Capilla mayor, y en la misma, y la de Santa Catalina Mártir, fueron sepultados su hijo D. Jayme y sus descendientes.

Aún no he concluido esta Carta. Es mucho lo que pudiera añadir para ilustrar la Historia de Doña Teresa Gil de Vidaure; pero me ceñiré a contar a Vm. una fatal desgracia de esta Señora, y al mismo tiempo un asombroso milagro de San Pedro Nolasco, que tiene íntimo enlace con aquel suceso, y que también se calló en la referida Crónica.

Ferrer de San Martín fue el primer Obispo que tuvo la Iglesia de Valencia, después de la gloriosa conquista de 28 de septiembre del año 1238. En el de 1243 fue al Concilio que se celebró en Tarragona, y le cautivaron los Moros, y llevaron a la Ciudad de Argel. Por sus virtudes, bellas costumbres y amables prendas, era muy querido y estimado del Monarca Conquistador, el cual con el objeto de lograr su libertad, mandó a San Pedro Nolasco que pasase a África a redimir cautivos, previniéndole que el primero que rescatase, fuese el expresado Ferrer de San Martín. Executólo así; pero no habiendo bastado al efecto los auxilios y dinero que le dio el Rey, hubo de quedarse en rehenes, enviando a su compañero el Beato Pedro Amerio con el Obispo, y 180 cautivos. Mucho celebró D. Jayme este suceso; pero fue pasajera su alegría, pues pocos días después falleció el Obispo a causa de su avanzadísima edad, y de los muchos trabajos que había padecido. En un MS. de que hace mérito Gaspar Escolano, se dice que murió en el año 1241 lo que es absolutamente falso, cuando el Concilio de Tarragona no se celebró hasta el de 1243. También están equivocadas las memorias de la Iglesia Catedral de Valencia, en cuanto afirman que en 1242 le cautivaron y mataron los Moros, puesto que falleció en esta Ciudad, después de haberle redimido San Pedro Nolasco.
Esta anticipada muerte hizo que hubiese bastante descuido en remitir caudales a Argel, para recobrar a este Santo. Hallábase un día en su playa, y vio desembarcar a Doña Teresa Gil de Vidaure, a un hermano suyo y algunos criados, a quienes habían cautivado los Moros al regresar de Roma; y la aconsejó que no manifestase quién era, para poder con más facilidad tratar y conseguir su rescate, lo que efectivamente se logró, entregando al Arraez del Baxel el precio en que se convinieron.

Quiso la suerte que uno de los criados de la comitiva, infiel, traidor y mal intencionado, descubriese la verdad, añadiendo que la Dama lo era del Rey de Aragón con quien había de casar, y que el Padre Redentor la conocía perfectamente. Como sierpe pisada se enfurece el Bárbaro con la noticia, y echando veneno y fuego por los ojos, arroja en tierra a San Pedro Nolasco, ultrájale con palabras, mesa su venerable barba, y llevado de la cólera tiene valor para poner sus inmundos y sucios pies, en aquella limpia, pura y santa boca. Júntanse muchos Moros; se enteran del caso; dan la razón al Arraez; declaran por execrable delito la piedad del Santo; se lo entregan para que lo mande azotar a su arbitrio; y encerrado en un corral, los impíos verdugos dejaron su cuerpo hecho una llaga.

La Doña Teresa, considerando el deplorable estado de su infeliz suerte, pensó en el medio de lograr su libertad. Valióse al efecto de dos codiciosos Judíos, que auxiliados de dos Moros, y con la esperanza de una riquísima recompensa, la sacaron una noche de Argel; y puesta en un barco llegó felizmente a España. Esta fuga precisamente había de pagarla San Pedro Nolasco, por suponérsele autor de la trama. Fueron indecibles los tormentos que padeció con este motivo, hasta que llegó el Beato Pedro Amerio con el dinero del empeño del Santo. Al fin averiguada la verdad, y que este no había tenido parte en la fuga de Doña Teresa, le pusieron en libertad.

Pero el Arraez, sentido de la burla, y sin aplacar su enojo contra el Santo, determinó quitarle la vida. A este fin dispuso que se le pusiera en un barco con solos dos Moros, acompañado de otro en que fuesen cuatro; y que engolfándose en alta mar, y quitando del barco del Santo los remos y vela, y saltando los dos Moros en el otro, se volviesen a Argel. Así se ejecutó, y quedó San Pedro Nolasco en medio de las aguas del Mediterráneo, sin esperanza alguna de poderse salvar, ni de remedio humano; pero su grande fe desvaneció todos los riesgos, y confiando en la altísima Providencia, se puso en cruz en medio del barco, y haciendo de su capa vela, en brevísimo tiempo se halló a la vista del Convento de nuestra Señora del Puig. Quedaron todos admirados y pasmados al ver tan asombroso portento, y esparcida inmediatamente la noticia, llegó a oídos del Rey D. Jayme, que no cabía en sí de gozo y alegría, por tener tan buen amigo y consejero. Escriben algunos que entonces fue cuando por la primera vez, le fió las cosas de su conciencia.
Muy largo es este pasaje, pero muy interesante para convencer, que no lo hubiera omitido el Rey D. Jayme, a ser el verdadero escritor de la Crónica que se le atribuye.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 20 de diciembre de 1798.


CARTA XX.

Mi amigo y Señor. Cumpliendo lo ofrecido en mi anterior Carta, referiré en esta la abominable y sacrílega acción del Rey D. Jayme, en cortar parte de la lengua al Obispo de Gerona Fr. Berenguer de Castellbisbal. El hecho fue de los más notables, y aunque ha dejado feas y tristes memorias a la posteridad, que deslucen en sumo grado las loables prendas de tan famoso Príncipe; nos ha conservado al mismo tiempo un verdadero ejemplo de christiandad, de religión, de un sincero arrepentimiento, y de la más sumisa y respetuosa veneración a las insinuaciones de la Silla Apostólica. En otra parte (1: Real Maestrazgo de Montesa, tom. I lib. I cap. II.) traté de esta especie por incidencia y casualmente: ahora contaré el suceso con extensión y con verdad, disipando enteramente las dudas, a que ha dado motivo la falta de cuidado, aplicación y diligencia de algunos Escritores. Repito aquí lo que tengo dicho en otros lugares; esto es, que no tengo poder para inventar hechos: y así no deberá extrañar Vm. que refiera los que he leído en las Historias, sin que por ello pueda capitulárseme de copiante.
(faltan las páginas 182 y 183 en el pdf de google books, pero el texto ocr está online. En archive.org he encontrado el pdf con estas 2 páginas, mal escaneadas, pero legibles, con las que comparo y edito el texto)

El Rey D. Jayme el Conquistador tuvo por conveniente desterrar de sus Reynos a su Confesor Fr. Berenguer de Castellbisbal, Religioso de la Orden de Predicadores, por sospechas de que le había sido traidor, de haber revelado cosas comunicadas en el fuero de la Penitencia, y de haberse levantado contra su persona. Estando este Religioso en el destierro, alcanzó el Obispado de Gerona, con cuya promoción, arrebatado aquel Monarca de la ira, lo hizo prender y cortar parte de la lengua. En estos propios términos escribió el suceso aquel Príncipe al Sumo Pontífice Inocencio IV como lo convence su carta de contestación, fecha en León de Francia, a los 22 de junio de 1246 (1: Trae esta Epístola Odorico Raynaldo, An. Ecles. t. XIII año 1246 n. 44.). Su tenor vertido al Castellano es como se sigue.

Inocencio Obispo Siervo de los Siervos de Dios, al Rey de Aragón espíritu de más sano consejo. Recibidas y leídas tus letras ocupó nuestro ánimo un grandísimo asombro, por la enormidad del delito que ellas expresan. Pues afirmaste que nuestro Venerable hermano Berenguer Obispo de Gerona, antes que lo fuese, había alcanzado tanta autoridad en tu Corte, que era tenido como el más honrado entre los mayores, pero que después, como tú añades, siendo traidor contra ti, tuvo osadía de revelar cosas que tú le habías descubierto en el fuero de la Penitencia, y también había armado contra ti otras muchas y graves máquinas, por lo cual le mandaste saliese luego de tu Reyno: y habiendo alcanzado allí la Dignidad Episcopal, tú encendido con el calor de la ira, le hiciste prender, y con mandato sacrílego, quitarle parte de la lengua. Así nos pedías que mandásemos salir de tu Reyno a dicho Obispo, y que a ti y a los partícipes en consejo, ayuda o ejecución, se diese la absolución de tan gran delito.”

No es del caso que traslade lo demás de la carta, porque lo referido basta al intento, y porque está reducido a confirmar aquellos antecedentes; y sólo añadiré, que al fin exhorta el Santo Padre a este Príncipe delincuente, al arrepentimiento de la acción, y a que conformándose con los saludables, buenos y sanos consejos que le daría su Penitenciario Fr. Desiderio a quien enviaba al efecto, procurase satisfacer a Dios y a la Iglesia, por el sacrílego delito de aquella sangrienta ejecución.

Hicieron en el Rey D. Jayme tanta mella y sensación aquellas insinuaciones del Santo Padre, que desde luego se rindió, confesó su culpa, y con las más vivas señas de arrepentimiento, se sometió al juicio de la Iglesia, detestó lo hecho, ofreció la enmienda, y sujetóse a la Penitencia que se le impusiese. Así lo declaró en una Escritura pública que otorgó en la Ciudad de Valencia, a los 5 de agosto de 1246 y así lo expresó en sus letras que con la misma fecha dirigió al Sumo Pontífice.

Gozosísimo este por aquella docilidad del Monarca, por su verdadero y sincero arrepentimiento, y por la seria promesa de la enmienda, le contestó en otras de 22 de septiembre del propio año, llenándole de exhortaciones y consuelos, y enviándole al Obispo Camerinense, y a Fr. Desiderio del Orden de Menores su Penitenciario, para que le concediesen la absolución.

Estos Legados del Sumo Pontífice fueron los portadores de las expresadas letras Apostólicas; y por el mes de octubre del expresado año, llegaron a la Ciudad de Lérida, donde a la sazón se hallaba el Rey D. Jayme, el cual antes de ser absuelto, y en el día 17 del propio mes, estando en el Convento de Religiosos de San Francisco, y a presencia de aquellos Comisarios, de varios Prelados y de muchísimos concurrentes, perdonó con todo su corazón al desgraciado Obispo de Gerona, de que se recibió la correspondiente Escritura. A esto fue consecuente que se procediese a la absolución de las censuras, sobre cuyo particular se autorizó instrumento público, que dice de esta manera.

Sepan todos que Nos Felipe Obispo Camerinense, y Fr. Desiderio de la Orden de los Menores, Penitenciario del Señor Papa. Por la autoridad que tenemos del mismo, sobre la absolución de Vos Jayme Rey de Aragón de la excomunión en que incurristeis, por razón de la ofensa cometida contra la persona del Obispo de Gerona, mandamos en virtud del juramento que habéis prestado, que en adelante no echéis, ni hagáis echar temerariamente por otro, manos violentas a Clérigos, o personas Religiosas, exceptuados los casos permitidos por el derecho. Y aceptamos la satisfacción que ofrecéis espontáneamente por la dicha ofensa. Conviene a saber, que el Monasterio de Benifazá de la Orden Cisterciense, por Vos felizmente comenzado, lo acabéis, dotándolo y edificándolo de tal manera, que no pudiendo al presente mantener más de veinte y dos Monges, pueda cómodamente sustentar cuarenta; y que gastéis trescientos marcos de plata, en la Iglesia de aquel Monasterio, y que al Hospital de San Vicente de Valencia, también por Vos comenzado, lo dotéis de tales posesiones, que tenga anualmente los réditos de seiscientos marcos de plata; y que establezcáis de vuestros réditos un Sacerdote que perpetuamente sirva, y celebre en la Iglesia de Gerona. Dada en Lérida, año del Señor 1246 a 13 de las Calendas de noviembre.”

Vea Vm. en compendio la trágica Historia del Obispo de Gerona; y véala Vm. autorizada con unos testimonios de tal calidad que absolutamente convencen su certeza. La Carta de Inocencio IV de 22 de junio de 1246 no puede engañarnos; ni tampoco los demás documentos que he notado, respecto de estar sacados del Proceso original de la reconciliación del Rey Don Jayme, que se halla en el Archivo Real de Barcelona.

Muy juicioso y experimentado fue aquel que dijo, que no hay cosa alguna tan indubitablemente cierta, que no pueda ponerse a cuestión, si no con justicia, a lo menos con razones aparentes. Dígolo porque sin embargo de tales evidencias, no faltan Autores que duden de la realidad de este memorable suceso. Dicen que no lo refieren algunos, que debían haberlo hecho, tratando de propósito de las cosas de Fr. Berenguer de Castellbisbal: que Abarca afirma, que Gerónimo Zurita se avergonzó de haber escrito esta Historia en la primera edición de sus Anales, y que por lo mismo la pasó en silencio en la segunda, y en sus índices, como fabulosa y destituida de pruebas: que el Padre Juan de Mariana, después de haber referido este acontecimiento, deja su creencia al juicio de los lectores: y añaden otros semejantes argumentos, que son enteramente despreciables. Cuando consta la certeza de un hecho, están prohibidas las conjeturas y presunciones: y siendo indubitable la triste suerte de aquel desgraciado Obispo, no hay para que pierda el tiempo en un particular tan expedito y claro. Tal vez estos Autores carecieron de noticias seguras para contar el pasaje, y tal vez desconfiaron de las que hallaron escritas. Al fin, este es un argumento puramente negativo, cuya débil eficacia queda desvanecida con aquellas evidencias.

Síguese ahora averiguar el tiempo en que sucedió esta tragedia, y cuál fue el motivo que impelió al Rey D. Jayme a tan sacrílega y sangrienta ejecución.

Varían los Escritores en el año de este triste suceso, queriendo que tenga cierta relación con los amores del Rey D. Jayme y Doña Teresa Gil de Vidaure; y así, unos le ponen en el de 1219 otros en el de 1229 otros en el de 1234 y otros en el de 1255. Esta cuenta ciertamente está errada, de que es forzosa consecuencia la equivocación de todos, respecto de que aquel atentado no tiene enlace alguno con los tales amores. Tenga Vm. presente las exposiciones de la Carta anterior, en cuanto puedan servir para ilustrar esta, y entienda que aquel memorable suceso acaeció en el año 1246 que fue en el que el referido Monarca acudió al Santo Padre, confesando su pecado, y pidiendo humildemente su absolución; en el que aquel Príncipe de la Iglesia le escribió la carta que he copiado, su fecha 22 de junio del propio año; y en el que el Obispo Camerinense, y Fr. Desiderio le absolvieron de las censuras. Añado a estas solidísimas razones, la particular de que el referido Monarca cometió el atentado contra Fr. Berenguer de Castellbisbal, siendo Obispo de Gerona, a cuya Dignidad ascendió en 6 de enero del año de 1246 y murió en el de 1253 luego es cosa precisa que en aquel hubiese sucedido esta dolorosa tragedia.

Pedro Antonio Beuter y otros muchísimos Escritores, dan por constante que el Rey D. Jayme mandó cortar la lengua al Obispo de Gerona, creído de que este había revelado, lo que en el secreto de la confesión le había manifestado, sobre la obligación que tenía contraída con la expresada Doña Teresa Gil de Vidaure. Este modo de pensar ciertamente está destituido de sólidos fundamentos, como lo convencen las reflexiones siguientes.

Después de la muerte de la Reyna Doña Violante, empezó el Rey a tratar como a su propia mujer a dicha Doña Teresa. De allí a algún tiempo tomó indecible incremento su trato ilícito con Doña Berenguela Alonso, y esta depravada amistad estimuló al referido Monarca a que acudiese a la Santidad de Clemente IV a pedir se declarase nulo el matrimonio que con aquella tenía contraído, por haberle sobrevenido la contagiosa enfermedad de lepra; y de aquí tuvo origen el pleito que la Doña Teresa instó contra aquel Príncipe. Este pensamiento es conforme a la cronología, y a varios pasajes de la Historia. Siendo pues esto cierto, y que estas cosas sucedieron después del año 1266 es cosa clarísima, que el insulto del Obispo de Gerona no pudo ser originado de haber revelado el secreto de una confesión, hecha por los años de 1246 cuando se supone relativa a un pleito que no se suscitó hasta veinte años después.

El Sumo Pontífice, en la citada carta de 22 de junio de 1246 sólo reprehendió al Rey Don Jayme, la sacrílega acción de haber mandado cortar la lengua al Obispo de Gerona, pero sin nombrar a Doña Teresa Gil de Vidaure, ni hacer mérito alguno de ella.

Por otra parte, nada expresó de la obligación anterior que con esta tenía contraída el referido Monarca, ni declaró nulo el matrimonio de este con Doña Violante de Ungria: lo que seguramente hubiera ejecutado, a ser cierta la delación de que se quiere hacer reo a Fr. Berenguer de Castellbisbal.

Y por último, es imposible de creer, que el Santo Padre hubiese tenido la debilidad de disimular en un asunto tan interesante; especialmente si es cierto que tuvo el mayor influjo para que el Rey D. Jayme casase con la referida Doña Violante, pues aunque pudo entonces ignorar el impedimento, sabido ya por el Obispo de Gerona, no puede ser que se desentendiese del particular, y permitiese que aquel Príncipe hiciese vida maridable con la expresada Doña Violante, que no era su legítima mujer.

Si no fue pues originada la sacrílega acción del Rey D. Jayme, de haber revelado el Obispo de Gerona el secreto de la confesión, acerca de las cosas de Doña Teresa Gil de Vidaure, ¿cuál pudo ser el motivo que encendió su ira para tan cruel y sangriento atentado? Diré a Vm. en poquísimas palabras mi modo de pensar en el asunto. El Rey D. Jayme había premeditado la distribución de su Corona, sobre que guardó el más profundo secreto, con el justo temor y recelo de las disensiones entre sus hijos, y perjuicios que podían originarse. Había confiado esta especie, en el fuero de la Penitencia, a su Confesor Fr. Berenguer de Castellbisbal. El Príncipe D. Alonso se retiró a Calatayud antes del año 1246 en que se publicó el secreto. Creído el Rey de que su Confesor había declarado estas especies al Príncipe, desfogó su enojo contra él. Esto es lo más conforme a la cronología; esto dice bien con la referida Carta del Sumo Pontífice Inocencio IV de 22 de junio de 1246 esto se hermana con lo que se lee en las Historias: esto es al fin lo que tengo por más verosímil y probable.

Conozco que esta Carta está puesta con más confusión que las otras. No ha podido ser otra cosa, por la obscuridad y confusión de los sucesos que en ella se refieren. Claro era el agudísimo y sutilísimo Scévola, y sin embargo sus resoluciones son difíciles de entender por la profundidad de los asuntos sobre que recaen. Daré a Vm. algunas falsedades y anacronismos de los AA. que escribieron la trágica Historia de Fr. Berenguer de Castellbisbal, y por esta cuenta se conocerá la dificultad de la empresa.

Bernardino Gómez Miedes, Abrahán Bzovio, Fr. Alonso Fernández, y el Padre Juan de Mariana afirman, que para obtener el Rey Don Jayme el perdón y absolución del Sumo Pontífice, envió por su Embajador a Fr. Andrés de Albalat, Obispo de Valencia, en lo cual cometieron estos Escritores el más claro anacronismo. Entonces era Obispo de esta Diócesis Don Arnaldo de Peralta, cuya dignidad conservó hasta fines del año 1248 en que fue promovido a la Silla de Zaragoza, y este acaecimiento dio motivo a que en su lugar fuese elegido el referido Fr. Andrés de Albalat: luego este no pudo pasar a la Corte Romana en el año 1246 como enviado por el Monarca Conquistador, respecto de que a la sazón aún no era Obispo de Valencia.

Los expresados Abrahán Bzovio y Fr. Alonso Fernández escribieron, que Fr. Desiderio Penitenciario del Papa, y que como Legado suyo, juntamente con el Obispo Camerinense, absolvió al Rey D. Jayme, era Religioso del Orden de Predicadores; siendo así que lo era de los Menores, como se lee en las letras de Inocencio IV de 22 de septiembre de 1246 y en la sentencia de reconciliación y absolución, que principia de esta manera: “Sepan todos, que Nos Felipe Obispo Camerinense, y Fr. Desiderio del Orden de los Menores.”

Las primeras conquistas que hicieron las armas del Rey D. Jayme en el Reyno de Valencia, fueron las de los Pueblos de Ares y Morella, en el año 1232. Mariana dice, que una de las penitencias que se impusieron a aquel Monarca, cuando se le absolvió de su culpa, fue que acabase a sus expensas de edificar el Monasterio Benifaciano, que con advocación de nuestra Señora en los montes de Tortosa veinte años antes de esto luego que se tomó el

Pueblo de Morella, estaba comenzado.” Según estas expresiones de Mariana, se empezó la fábrica de aquel Convento en el año 1226 y de consiguiente seis antes que se ganase Morella, y en tiempo que aquel término, y aun todo el Reyno, estaban tiranizados por los Moros.

Pedro Antonio Beuter asegura, que la desacordada acción de mandar el Rey D. Jayme cortar la lengua al Obispo de Gerona, se verificó en el año 1227 y que se le dio la penitencia de que fundase un Monasterio en el término de Morella, en un pequeño Lugar llamado Benifazá. Vea Vm. tres errores clásicos de este Escritor. El uno en fijar el triste suceso del Obispo de Gerona en el año 1227 cuando indubitablemente pasaron estas cosas en el de 1246. El otro en afirmar que entonces se mandó la fundación del referido Monasterio, siendo así que hasta cinco años después no conquistó el Rey D. Jayme aquella tierra. Y el otro en suponer expedito este negocio, cuando aquel Monarca no hizo donación del terreno para la fundación del Monasterio, hasta 22 de noviembre de 1233.

Como de estas cosas pudiera poner a la vista otras muchísimas igualmente demostrables de los anacronismos, falsedades y contrariedades de los AA. Estas especies hacen, sino imposible, a lo menos dificultosísimo averiguar los hechos de aquellos apartados tiempos, que pudieran servir para poner en claro la verdad.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 7 de enero de 1799.

CARTA XXI.

Mi amigo y Señor. El Rey D. Alonso de Aragón, por casar con Doña Sancha Infanta de Castilla, faltó a los conciertos que tenía hechos con el Emperador Manuel, a quien había pedido una hija suya en matrimonio. Llegó esta Señora a Mompeller, y considerándose burlada por el Rey D. Alonso, se vio en la dura precisión de tomar por marido a D. Guillermo, dueño y Señor de aquel Estado. De este matrimonio nació Doña María; y del que contrajeron el Rey D. Alonso y Doña Sancha, fue procreado el Príncipe D. Pedro.

La expresada Reyna Doña Sancha vivía sumamente inquieta, con el escrúpulo de haber sido causa de que la hija del Emperador Manuel, no hubiese casado con el citado D. Alonso; y así pensó resarcir el daño, y restituir como de justicia a la hija, lo que la Casa de Aragón había quitado a la madre. Animada de estos nobles pensamientos, dispuso las cosas con tal habilidad, arte y maña, que vencidos muchos inconvenientes, y desvanecidos algunos ventajosos partidos, logró que su hijo D. Pedro, Rey entonces de Aragón por la muerte de su padre, casase con Doña María Señora de Mompeller, hija de los citados D. Guillermo, y de la del Emperador Manuel. A estos sucesos hace relación el pasaje que se lee en la Crónica, o Comentarios, que aunque extendido con alguna confusión, debe entenderse en estos términos.

Doña María Señora de Mompeller, era una Dama de tan excelentes prendas del alma, que ninguna la aventajó en aquellos tiempos; pero la naturaleza la escaseó bastantemente las perfecciones del cuerpo. Al mismo tiempo no era ya virgen cuando casó con el Rey D. Pedro, por haber sido casada antes con el Conde de Comenge. Burlado (digámoslo así) el referido Monarca con las faltas de hermosura, e integridad de su mujer, proyectó separarse de ella, valiéndose al efecto del medio de acudir a la Santidad de Inocencio III para que declarase en justicia la nulidad de su matrimonio.

El Príncipe de la Iglesia cometió esta causa al Obispo de Pamplona, y a Pedro de Castelnou, y a Rodolfo, monjes de Fuentrida, (Fuenfrida) que a la sazón eran Legados de la Sede Apostólica. Por haber pasado el primero a Roma por negocios suyos y de su Iglesia, y por el fallecimiento de los últimos, nombró en su lugar el Santo Padre al Obispo de Narbona Abad del Císter, y a dos Obispos, que eran Legados Apostólicos: y últimamente a instancia de la Reyna Doña María, pasó el conocimiento del pleito a Roma, donde fue sentenciado en los términos que luego explicaré.

Dos fueron las razones de que principalmente se armó el Rey D. Pedro para fundar su instancia. La primera, que cuando contrajo matrimonio con la citada Doña María de Mompeller, estaba esta casada con el Conde de Comenge, del cual había tenido dos hijas llamadas, la una Matilde, y la otra Petrona. La segunda, que era pariente de dicha Doña María por afinidad, respecto de haber tratado con una Dama que lo era de esta por consanguinidad.

Defendióse Doña María de Mompeller alegando, que si bien había sido casada de hecho con el referido Conde de Comenge, pero que no celebró el matrimonio con plena libertad, sino forzada por su padre: que era parienta en grado prohibido del expresado Conde: y que entonces tenía este dos mujeres vivas; la una Guillelma hija de Arnaldo de la Barca, y la otra Beatriz hija del Conde de Bigorra.

Llevado el pleito a Roma, se examinó cuidadosa, detenida y prolijamente en público Consistorio, y de común parecer de los Cardenales, el Santo Padre Inocencio III acordó sentencia en 19 de enero de 1213 en la cual dio por libre a la Reyna Doña María, de la demanda del Rey D. Pedro, sobre la nulidad de su matrimonio.

Al mismo tiempo de publicarse esta sentencia, el referido Sumo Pontífice dirigió letras al Rey D. Pedro, amonestándole, rogándole y aconsejándole, que para descargo de su conciencia, recibiese benignamente a la Reyna su mujer, y que la tratase como tal, mayormente siendo ella tan virtuosa y buena, y habiéndole hecho el Señor el beneficio de concederle un hijo; pero recelando que se desentendiese de estas santas insinuaciones, cometió a los Obispos de Carcasona, Aviñón y Orange, la ejecución de todo, con prevención de que le compeliesen a su cumplimiento con Eclesiásticas censuras, y sin darle lugar al remedio de la apelación.

Los fundamentos de esta decisión Pontificia están reducidos, a que el Conde de Comenge, y la Reyna Doña María, eran parientes dentro de tercero y cuarto grado de consanguinidad y afinidad: y a que primero había sido casado aquel, con la hija del Conde de Bigorra, de la cual no resultaba haber sido apartado por juicio de la Iglesia.

Con esto ciertamente estaba concluido el asunto; pero me precisan a continuarle dos faltas mías, de que me delato; la una de comisión, y la otra de omisión.

En la Carta quinta dije, que el Sumo Pontífice había comisionado a los Obispos de Aviñón y Cartagena, para la ejecución de aquella sentencia. Equivoqué la especie, y en lugar de Carcasona escribí Cartagena.
Dos disculpas pudiera alegar para salvar esta falta. La una, que esto fue yerro de Imprenta: la otra, que el Padre Pedro Abarca, hablando de este particular, puso también Cartagena, o por no faltar en un ápice a la verdad, escribió Cartageda. Lo cierto es, que si yo, como escarmentado, no me hubiera fiado de lo que se lee en los Autores, sino acudido a las fuentes a beber las aguas puras y cristalinas, como debía haberlo hecho, no tendría ahora necesidad de dar esta satisfacción.

Tampoco noté en la referida Carta, que uno de los Obispos comisionados lo había sido el de Orange. Este es un pecado de omisión, en que igualmente cayeron el referido Abarca, y Gerónimo Zurita. En esta parte me remito a la misma satisfacción que ellos darían, si se les hiciera cargo de este silencio. Ya que he nombrado a Gerónimo Zurita, no quiero omitir una equivocación suya, que debe enmendarse. Dice, que por muerte del Obispo de Pamplona, de Pedro de Castelnou y de Rodolfo, primeros Comisionados para el conocimiento de la referida causa, fueron nombrados los segundos. Esto no es así, pues Inocencio III en la citada sentencia de 19 de enero de 1213 no dice que hubiese fallecido el referido Obispo de Pamplona, sino que no podía seguir su cometido, por haber pasado a la Corte Romana.

Concluiré esta Carta notando dos ligeras equivocaciones que advierto, en el Padre Juan de Mariana. Afirma este célebre Historiador, que la referida sentencia fue dada por los Comisarios nombrados sobre esta diferencia: y ya ha visto Vm. que quien la pronunció fue el Sumo Pontífice Inocencio III.
En este particular no puede ofrecerse duda alguna, porque así está escrito en aquella sentencia copiada por Zurita en sus Índices latinos. También dice aquel Escritor, que la Reyna Doña María se hallaba en Roma esperando la sentencia de su pleito, cuando llegó la nueva de la muerte del Rey D. Pedro. Vea Vm. aquí un claro anacronismo. La sentencia se pronunció en 19 de enero de 1213 el Rey D. Pedro murió en 14 de septiembre del propio año: luego no puede ser que esta infausta noticia, llegase antes de haberse sentenciado el pleito.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 14 de enero de 1799.


CARTA XXII.

Mi amigo y Señor. En esta Carta y las tres que seguirán, contaré a Vm. algunos milagrosos portentos que se admiraron en la vida del Rey D. Jayme, y que ciertamente no se hubieran omitido en la Crónica, si hubiera sido su verdadero Escritor.

Y antes de proceder a su extensión, quiero decir a Vm. que en asunto a la creencia de Milagros, observo dos partidos enteramente contrarios. El uno el de los incrédulos: y el otro el de aquellos que dan asenso a todas las cosas, armados de buena fe, de Religión y de piedad. Los dos extremos son viciosos, y tanto se peca siguiendo lo primero, como lo segundo. Aquellos hacen alarde de no creer otros prodigios que los que se encuentran escritos en los libros Sagrados, teniendo todos los demás por fábulas, cuentos y novelas: estos se prestan fácilmente a la credulidad de todo lo que pertenece a Milagros. Yo no soy, ni quiero ser, absolutamente incrédulo; ni tan dócil ni fácil que pase por todo. Creo todos los sucesos milagrosos que están justificados con testimonios irrefragables, que no son capaces de engañar al entendimiento: y detesto todos aquellos a quienes faltan estas necesarias y precisas circunstancias. El caso es que a las veces pueden engañarnos con facilidad las apariencias; pero un juicio reflexô y fino, es capaz de superar semejantes dificultades, si se sabe usar oportunamente de una crítica juiciosa, christiana y santa.

A vista de estas exposiciones pensará Vm. sin duda, que en la narración de los Milagros que voy a hacer, me extenderé y entretendré en las pruebas de su certeza. No es este mi ánimo y estoy muy distante de mezclarme en semejantes especies. Lea Vm. las historias que refieren aquellos acontecimientos, y, con presencia de las prevenciones que dejo hechas forme el juicio que tenga por más acertado. Hablo así y me explico en estos términos, porque para el asunto del día, es indiferente que sean ciertos o fingidos los referidos portentos, pues basta que se juzgasen y tuviesen por tales en el tiempo de la vida del Monarca Conquistador. Entonces este y todos creyeron firmemente su certeza, que para el caso es lo mismo que si en realidad hubiesen sido unos asombrosos Milagros.

El gloriosísimo San Pedro Nolasco tuvo el pensamiento de retirarse a la soledad; pero antes quiso consultarlo con Dios, para lograr el acierto. Estando en oración a la media noche del día 1 de agosto del año 1218 la Madre de Dios y nuestra María Santísima, con su corporal presencia se dejó ver de este bienaventurado, y le mandó que en lugar de retirarse al desierto, fundase una nueva Religión, en que ejerciese su caridad, redimiendo cautivos, vistiendo el primero de todos la insignia o Hábito blanco, y que se denominase Orden de nuestra Señora de la Misericordia, o de la Merced de Cautivos. Confundido el Santo con tan celestial favor, fue inmediatamente a contarlo al Rey D. Jayme, y a su Confesor San Raymundo de Peñafort, y estos le aseguraron que habían tenido igual visión, y que la Reyna de los cielos les había mandado, que fomentasen y llevasen a efecto aquella fundación.

Siguióse a esto que el día 10 del propio agosto, fueron todos a la Iglesia de Santa Eulalia de Barcelona, en la cual celebró Misa su Obispo Berenguer, y predicó de la gloriosa descension de María Santísima y de este prodigioso suceso el referido San Raymundo de Peñafort: el cual habiendo bajado del púlpito, entregó al Rey D. Jayme la insignia blanca o Toga Militar, para que la vistiese a San Pedro Nolasco, lo que se ejecutó en esta forma.

El Rey y el Obispo Berenguer tomaron el Escapulario por la parte anterior, y San Raymundo por la posterior; y así todos tres le pusieron a San Pedro Nolasco, para que se verificase que los tres Estados concurrieron a esta solemnidad: San Raymundo como Canónigo, por el Clerical: el Obispo Berenguer, por el Pontifical: y el Rey D. Jayme, por el Real y Secular.
Este fue el principal autor como se lo manifestó al Papa Honorio III en carta, su fecha 13 del citado agosto del año 1218 dándole cuenta de este suceso, y expresando que aunque concurrieron al acto el Obispo y S. Raymundo, pero que él fue el principal fundador, según lo manifiestan estas expresiones:
“Qui principaliter, et hunc fundavimus Ordinem.”

Después el Rey D. Jayme encargó a San Raymundo de Peñafort, que solicitase del Sumo Pontífice la aprobación de esta Sagrada Milicia. Hallándose pues San Raymundo en Roma, escribió a San Pedro Nolasco lo que se sigue: “Cuando yo pedía la aprobación de la esclarecida Religión de la Virgen Santísima, llegaron a los oídos de su Santidad, mi venerado Padre, tus hechos en esta redención, y pasmado de tan grande acontecimiento, y casi atónito, no acertaba con las palabras, sino que bañado en lágrimas prorrumpió de esta manera: ¡Oh admirable Religión, que está ilustrada con tan grande fundadora! ¡Oh fundación digna de las alabanzas del mundo entero, de que fue Autora la Madre del Salvador! ¡Oh varón abrasado en caridad, que solicitándolo con ardor, inclina a los cielos, y tiene coloquios con la Madre de Dios! ¡Oh dignas obras que aun no teniendo estado de perfección, son alabadas por Dios, y esta alabanza es anunciada por María! Lo que abiertamente está fundado por el cielo con qué palabras podré confirmarlo! Calle la lengua, y el cielo señale ::::”

Baste este resumen por lo que hace a la fundación de la esclarecida Orden Militar de nuestra Señora de las Mercedes; y siguiendo el discurso diré, que aunque este milagro de primer orden es certísimo, y tanto que fueron testigos de él un San Pedro Nolasco, un San Raymundo de Peñafort, un Rey D. Jayme el Conquistador, con todo se ofrece una gravísima dificultad acerca del año en que se obró el portento. Son varios los libros en que se trata del asunto, y aún no ha llegado el día de disiparse enteramente las tinieblas que por tantos siglos han obscurecido la verdad. Rafael Volaterrano y Pedro Mateo ponen la fundación de esta Sagrada Milicia, y de consiguiente el portentoso milagro en el año 1212. El P. Fr. Salvador Pons en el de 1215.
El P. Tamburino en el de 1217. El P. Fr. Pedro Medina en el de 1221. El P. Fr. Francisco Diago, y otros que le han seguido, en el de 1223. Monseñor Francisco Peña Auditor de Rota, en el de 1225. El P. Fr. Antonio Lorea en el de 1228. Los PP. Fr. Sebastián Castelleti, y Fr. Miguel Llot en el de 1230.
El P. Fr. Pedro Mártir Felini de Cremona, y Fr. Alonso Muñoz en el de 1234. Gerónimo Bardo Florentino en el de 1236. Y Tomás Gerson, y el Dr. Christoval Suárez en el de 1266. Además de esto juega principalmente en el asunto una inscripción esculpida en una piedra, colocada en el arco o pasadizo del Convento a la Iglesia de nuestra Señora de las Mercedes de la Ciudad de Barcelona. Trata de ella el eruditísimo D. Juan de Masdeu en su célebre Historia crítica de España (1: Tom. IX cap. II de inscripciones Eclesiásticas. Art. I de Iglesias y Monasterios § VIII. Siglo XIII.); pero no falta quien diga, que el ejemplar que presenta en su obra está viciado, y que en lugar del año 1212 que en él se figura, debe leerse el de 1218 alegando al intento las resultas de los procesos que sobre el particular se formaron en Barcelona, los años 1721 y 1765 y las declaraciones de los Jueces que intervinieron en ellos.

He dado a Vm. en globo todas estas noticias, para que conozca que el tal particular no puede tratarse en esta Carta; así porque, blando en puridad, no viene al intento, como porque esta materia pide de justicia extensión mayor, que interrumpiría la correspondencia. No crea Vm. que me despido de explicar mi sentir en asunto tan escabroso y delicado: pienso hacerlo en una Disertación que tengo ya principiada, y aun puesto parte del título en estos términos: “Disertación en que se fija la fundación de la Real, Militar y esclarecida Religión de nuestra Señora de las Mercedes, en el día 10 de agosto del año ::::”

Debo advertir a Vm. dos cosas. La primera que en contar este milagro y fundación, he seguido una de aquellas muchas opiniones en el modo que la refieren algunos Escritores; pero sin salir garante por ella, hasta que se publique la referida Disertación, en la cual decidiré definitivamente: y la segunda que he extendido estos maravillosos sucesos con todas sus circunstancias, para que se entienda que su omisión en la Crónica fue defecto del que la escribió, no del Rey D. Jayme el Conquistador.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 23 de enero de 1799.


CARTA XXIII.

Mi amigo y Señor. Ganó el Rey D. Jayme el Castillo del Puig en el año 1237 con el fin de que le sirviese de Plaza de Armas para la conquista del Reyno de Valencia. Reedificóse en parte esta fortaleza que había demolido el Rey Moro Zaen; y nombrando D. Jayme por Gobernador de ella a su tío D. Bernardo Guillem de Entenza, se volvió a Zaragoza. Molestaba tanto al Moro el ejército Christiano con sus salidas y correrías, que Zaen Rey de Valencia determinó acometer a los Christianos, que creía desprevenidos, para darles un asalto y desalojarles del Castillo. Tuvo noticia de este intento el referido D. Bernardo Guillem de Entenza: comunicóla a sus Oficiales y Soldados, que al todo componían 2000 infantes, cien caballos ligeros, y cien hombres de armas: pasóse la noche, víspera de la proyectada expedición, en disponer las cosas para la defensa: recibieron a Dios Sacramentado: determinaron embestir antes de ser acometidos: llegó el ejército Mahometano, compuesto de cuarenta mil infantes y seiscientos caballos, con igual número de jinetes escogidos: trabóse la batalla con igual coraje de ambas partes: al principio fue muy dudosa la fortuna, y luego se declaró a favor de los Moros: los Christianos se vieron precisados a buscar el refugio del Castillo: al subir a él oyeron voces que decían, a ellos que huyen: con esto cobraron nuevos alientos, se rehicieron y volvieron a la pelea con tan feliz suceso, que derrotaron el ejército Mahometano, y siguieron su alcance legua y media; esto es, hasta el río Seco de Vinalesa, conocido al presente por el Barranco de Carraxete.

Este triunfo se creyó milagroso por haberse dejado ver en el aire el invicto Mártir San Jorge, que montado en un caballo blanco, y mostrando un terrible aspecto, peleó por los Christianos, y dejó cubierto de infinitos cadáveres de Moros aquel campo de batalla. Sucedió este prodigio en los últimos días del mes de agosto del año 1237 y en los inmediatos se admiró otro igualmente memorable.

Las centinelas del Castillo observaban que por las noches, especialmente de los Sábados, bajaban por el aire algunas luces o siete estrellas, que se escondían en el montecillo que estaba en frente el Castillo. Llegó la noticia de esta extraña novedad al referido D. Bernardo Guillem de Entenza, y habiéndola comunicado a S. Pedro Nolasco, que se hallaba en la fortaleza, dijo este a todos los Caballeros que se encontraban presentes: “¿Qué os admiráis de esta novedad? Para mí no lo es, pues estas luces son muy semejantes a otras, que ha algunos años estando en Barcelona merecieron ver mis ojos, sin poder atinar sus misterios. Estas luces son lenguas del cielo, que nos indican está escondido en aquel montecillo algún celestial precioso tesoro: cavad la tierra donde se esconden aquellas estrellas, y veréis las maravillas y grandezas divinas.”

Esto sucedió un Sábado por la noche; y el Domingo por la mañana salieron procesionalmente los del Castillo en compañía de San Pedro Nolasco, y se dirigieron al sitio donde se escondían las estrellas. Cavaron allí, y encontraron ruinas de un Edificio antiquísimo, y a uno de los golpes se oyó sonido de bronce: siguieron en la excavación, y descubrieron paredes de un Templo. Profundizaron más, y vieron una campana grande. La levantaron, y debajo de ella encontraron una hermosísima imagen de María Santísima. Los Sacerdotes, los Caballeros, y los Soldados la subieron en procesión al Castillo, en cuya Capilla la colocaron por entonces.

Bastan al intento estas sucintas noticias sacadas de la Historia de la Virgen del Puig, que escribió el Padre Fray Francisco Martínez del Real y Militar Orden de nuestra Señora de la Merced, e imprimió en Valencia año 1760.
En ella encontrará Vm. muchísimas particularidades que acompañaron a estos maravillosos acontecimientos, y bastantes motivos para que el ingenio pueda lucir, e interponer el juicio en unos asuntos tan críticos y delicados.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia I. de febrero de 1799.


CARTA XXIV.

Mi amigo y Señor. Movido el Rey D. Jayme de precisas y urgentes causas, determinó pasar a la Ciudad de Mompeller; y a efecto de dejar el orden conveniente en las cosas del Reyno, puso su gobierno a cargo de D. Ximén Pérez de Tarazona, e hizo General de las Armas a D. Berenguer de Entenza. No era este deudo del Monarca, ni de la familia de D. Guillem de Entenza que murió en el Castillo del Puig, sino nieto del Moro Alafe de Entenza que convirtiéndose a la Santa Fe Católica, sirvió a los Reyes de Aragón con fidelidad, zelo y constancia. Este viaje no le verificó el Rey hasta mediados del mes de mayo de 1239 ni se restituyó a Valencia hasta entrado noviembre del propio año.

Luego después que el Monarca Conquistador se embarcó para Mompeller, salió a correr las tierras de los Moros el referido General D. Berenguer de Entenza, acompañado de cinco capitanes que lo fueron D. Fernán Sánchez de Ayerve, D. Pedro de Luna, D. Pedro Ximénez Carroz, D. Ramón de Cardona y D. Guillem Aguilón. Después de varias empresas y memorables conquistas que se debieron al valor de estos esforzados capitanes, y de sus aguerridas tropas, determinaron ganar un Castillo llamado del Chio que creyeron muy importante para la seguridad de sus personas, para retirarse a él, si la ocasión lo pidiese, y para poder hacer sus incursiones con menor riesgo en las tierras de los Mahometanos.

Este Castillo del Chio está situado en la Valle de Albayda, muy cerca de un Pueblo llamado Luchente. Se halla rodeado de montes, y en la cumbre de uno de ellos se encuentra un llano bastantemente capaz, que tenía por nombre el Puig del Codol,


Este Castillo del Chio está situado en la Valle de Albayda, muy cerca de un Pueblo llamado Luchente. Se halla rodeado de montes, y en la cumbre de uno de ellos se encuentra un llano bastantemente capaz, que tenía por nombre el Puig del Codol, donde estaba alojado el ejército Christiano con el fin de combatir y ganar el expresado Castillo. El sitio era muy aparente al intento, y su bella disposición presentaba las mayores ventajas para tomar con facilidad tan importante fortaleza.

Aunque era muy corto el número de los Christianos puesto que no pasaban de mil Soldados los que componían el ejército; con todo, creyendo los capitanes que su valor supliría por muchos, determinaron combatir el Castillo. Entendidos los Moros del proyecto dieron aviso sin tardanza a todos los de los contornos, llamándolos en su ayuda. Alborotóse la comarca, y, en brevísimo tiempo se juntaron veinte mil hombres de pelea. Los nuestros tenían puesta toda su confianza en los socorros del cielo, y así acudieron a él implorando la protección y amparo del Todo Poderoso. Dispusieron que se erigiese un Altar sobre un pequeño peñasco que es el que se llamaba Codol, y que en él celebrase Misa el Cura de la Parroquial Iglesia de San Christoval de la Ciudad de Daroca, que se hallaba en el ejército y tenía por nombre Mateo Martínez. Los Soldados asistieron con la mayor devoción a este Santo Sacrificio. El Sacerdote sumió la hostia, y estando para dar a los seis capitanes otras tantas formas que a este fin había consagrado, dejó de hacerlo porque en aquel crítico momento se tocó al arma con el mayor alboroto, estruendo y gritería. Levántanse con precipitación los Oficiales: ordenan el ejército con presteza: bajan a recibir a los Moros que trepaban por la cuesta: cierran con ellos, los desbaratan y los vencen con grande mortandad.

El Sacerdote aturdido y turbado con tan impensada novedad no acordó sumir las seis sagradas hostias, y las envolvió en los Corporales; y escondió entre unas matas y palmitos, a corta distancia del Altar donde había celebrado la Misa, cubriéndolos con piedras con la mayor veneración y respeto que le fue posible. Concluida la batalla quisieron los capitanes recibir el Sagrado Cuerpo de Christo. El Sacerdote sacó los Corporales del lugar donde los había escondido, y los llevó al Altar en que había celebrado: púsolos en él: desenvolviólos para consolar a aquellos Christianos y valerosos capitanes, dándoles al Señor: y encontró las seis sagradas hostias pegadas a los Corporales, y tan rociadas y llenas de sangre como si fueran pedazos de carne bañada de ella. Pasmáronse todos al ver tan asombroso portento: adoraron con el mayor respeto, veneración y ternura al Rey de los Reyes: derramaron mares de lágrimas de alegría: y prorrumpieron en voces, júbilos y alabanzas del Señor que les había consolado y regalado con tan estupendo prodigio.

Como los Moros observasen que los Christianos estaban quietos y recogidos, creyendo que esto naciese de miedo, determinaron probar fortuna segunda vez, acometiéndolos de nuevo. Viendo los Christianos los movimientos de un proyecto que no esperaban, previnieron al Sacerdote que desde un alto lugar mostrase los Corporales al ejército, y se arrojaron como leones sobre la Morisma, y con tanto valor, denuedo y confianza en el Dios de las Batallas que mataron innumerables Mahometanos: hicieron muchísimos prisioneros: consiguieron una completísima victoria: y por último ganaron y entraron en el importante Castillo del Chio.

Sosegada algún tanto esta confusión de cosas, formaron consejo los capitanes sobre el destino que debería darse a tan precioso tesoro. Dividiéronse en varios pareceres, respecto de que cada uno le codiciaba para su Patria; pero al fin se convinieron en que se colocasen los Corporales en una hermosa arquita: que esta se pusiese sobre una mula mansa y joven que jamás hubiese andado por tierra de Christianos: y que siguiéndola todos sin guiarla alguno fuese esta prenda celestial de aquella tierra donde parase. Ejecutóse así: partió la mula llevando sobre sí aquel divino tesoro: sucedieron muchísimas maravillas en sus tránsitos: finalmente llegó a la Ciudad de Daroca, y entrando en la Iglesia del Hospital de San Marcos, se arrodilló en medio de ella, e inmediatamente reventó.

Daré fin a esta narración con decir, que habiéndose borrado de la memoria el lugar fijo y cierto donde estuvieron escondidos los Corporales, le descubrió una nueva maravilla. Era dueña del Lugar de Luchente Dona María de Vidaure, Señora muy Christiana y devota, que continuamente suspiraba por este descubrimiento. Dispuso que se hicieran varias rogativas, y al fin alcanzó del Señor que un viernes 7 de julio de 1335 al medio día, estando el cielo sereno y claro se dejase ver en aquel Santo Monte una Cruz muy grande, y tanto que se conceptuó podría tener cien varas de alta, y sus brazos cincuenta de largaria siendo tan hermosa y brillante, que las luces que de sí despedía, obscurecían los rayos del Sol. Esta divina señal que se hizo patente a la vista de todo el Valle de Albayda, descubrió el sitio en que estuvo depositado y guardado tan rico tesoro. Allí se construyó una Hermita dedicada a San Cosme y San Damián, que ha permanecido hasta nuestros días, en que en su lugar se ha levantado una magnífica Iglesia con el título de María Santísima de la Consolación, a expensas de Gabriel Serra, Comerciante Catalán.

Esta es la peregrina Historia de los Sagrados Corporales de Daroca. Vm. conocerá bien, que aunque el epílogo está concebido con mucha brevedad y sencillez, comprende la resolución de varios puntos históricos, en que los Escritores no han caminado de acuerdo. Este era un amenísimo campo en que podía brillar el ingenio, respecto de presentarse en él el examen de muchísimas cuestiones que se han pasado por alto en el compendio; pero como todo esto no hace al caso, ni dice bien con el objeto de esta Carta, no me es permitido detenerme en tales especulaciones. Sólo diré que no es cierto que este memorable suceso fuese la causa primaria y motriz para que el Papa Urbano IV instituyese la solemnísina festividad del Corpus, como Vm. quiso persuadirme en nuestras últimas conversaciones. Sirvió en parte, y contribuyó para que el Santo Padre se determinase a una acción de las más grandes; pero mediaron al mismo tiempo otros varios poderosos influjos que movieron su ánimo para la expedición de la Bula.
Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia a 12 de febrero de 1799.


CARTA XXV.


Mi amigo y Señor. Para disponer el Rey Don Jayme la jornada que quería hacer a la tierra Santa en el año 1269 pasó a Mallorca con el fin de recoger socorros, y rogó encarecidamente a San Raymundo de Peñafort quisiese acompañarle, así para que cuidase de las cosas de su conciencia, como para convertir Moros y Judíos a nuestra Santa Fe Católica. Convino el Santo en ello, pero con la precisa condición de que el Rey había de seguir sus consejos, y obedecerle en todo lo perteneciente a la salud de su alma, y consuelo y bien estar de aquellos vasallos. Prometiólo así el Monarca: navegaron los dos juntos: y sin tropiezo alguno llegaron al fin a Mallorca.

San Raymundo, en el corto tiempo que permaneció en la Isla, convirtió muchos infieles: obró varios portentos: y fue admirable ejemplo de virtud y Santidad. Sin embargo de todo esto no pudo lograr que el Rey D. Jayme renunciase a la ilícita correspondencia que mantenía con Doña Berenguela Alonso, de quien he tratado en la Carta XII por más que le reconvino con sus promesas y palabras, y por más que eran continuas sus exhortaciones secretas, y repetidos sus Sermones públicos. Viendo el Santo la indolencia, la dureza, y la terquedad del Monarca le amenazó con que le dejaría y regresaría a Barcelona. Temeroso el Rey de la ejecución de esta amenaza y apercibimiento, dio las convenientes órdenes a los Patrones de las Naves, para que ninguno le recibiese en ellas, con varias penas, y con la de la vida.

Determinado y resuelto el Santo a dejar al Rey y volverse a Barcelona, e ignorando aquella Real Orden; una noche después de Maytines tomó la bendición del Prior del Convento donde moraba, se dirigió con su compañero al Puerto, y encontró que ningún Patrón quería admitirle en su Barco. Pasó al de Soller donde halló la misma suerte y resistencia. Con estos desengaños se dirigió con su compañero a unos peñascos o rocas de aquellas que estaban más metidas en el agua, y volviéndose a él, le dijo: Veréis como el Rey eterno nos provee de muy buen Barco. Quítase la capa; tiéndela en el agua; toma el bordón en la mano; íncale en medio de ella; santíguase; entra, y pónese sobre esta especie de Nave, y llama al compañero para que haga lo mismo. Teme este, y no se atreve a obedecer al Santo, el cual le previno que volviéndose al Convento le encomendase muy de veras al Padre Prior, y a sus hermanos los Religiosos. En esto levantó la mitad de la capa al modo de vela, que aseguró en lo alto del bordón, y soplando un viento suave, sutil y fresco, empezó su navegación. Pasmáronse todos al ver tan milagroso portento, y habiendo llegado su noticia al Rey, admiró la maravilla, y dio de mano a los torpes amores en que se hallaba envuelto.

Siguió el Santo felizmente su viaje hasta llegar a Barcelona, y saltando de la capa en tierra, como si fuera de un Baxel, la tomó y se la puso, estando tan enxuta como si jamás hubiera llegado al agua. Así y con el Bordón en la mano, que había servido de árbol en el Barquichuelo, se dirigió al Convento de su Orden, donde entró sin embargo de estar y mantenerse cerradas sus puertas.

Considere Vm. la admiración que causaría a los de Barcelona un prodigio tan asombroso, complicado con muchísimas maravillosas circunstancias. No es del caso que me detenga en exornar este particular, y ocuparé lo que resta de la Carta, en poner en claro el año en que se verificó este acontecimiento.

Nadie ha puesto duda en la certeza del milagro; pero como el Rey D. Jayme pasó cuatro veces a la Isla de Mallorca, no está averiguado en cuál de ellas se admiró el portento. El Maestro Fray Francisco Diago, y Juan Dameto, son los Escritores que más se extienden en el asunto. Aquel convence absolutamente que esta maravilla no se obró en los tres primeros viajes del Rey D. Jayme, sino en el cuarto que hizo en el año 1269 y este pone algunas dudas acerca de la certeza de esta época. La cosa ciertamente tiene sus dificultades; pero veré si puedo conseguir ponerla en claro. A este fin recapitularé lo que dejaron escrito aquellos dos Autores, sin cuyos antecedentes me será imposible poder explicar el concepto. Vm. sabe bien en qué consiste ser plagiario, y así estoy seguro de que no me capitulará por esta parte.

El Rey D. Jayme hizo su primer viaje a Mallorca cuando pasó a su conquista, lo que se verificó en el año 1229 en cuyo tiempo ciertamente no sucedió este milagro. Cuando el Monarca fue a aquella Isla acompañado de San Raymundo de Peñafort, ya se intitulaba Rey de Mallorca. Mal pudo llevar a el Santo a aquel Reyno para que convirtiese Judíos y Moros, siendo así que entonces aún no era de su dominio. Al tiempo de llegar el Rey y San Raymundo a la Isla, fueron recibidos de los principales sujetos de ella que celebraron con indecible alegría el feliz arribo de este Siervo del Señor: y a la sazón, quiero decir, en el citado año 1229 no había en la expresada Isla Christiano alguno, pues todos eran Moros; y el agasajo con que se hizo el recibimiento se redujo a resistencia, a amenazas, a armas, a flechas. Llegado el Santo a Mallorca se fue a aposentar al Convento de Dominicos, que no le hubo en ella hasta algunos años después de su conquista. El motivo que tuvo San Raymundo para dejar al Rey D. Jayme y tomar su viaje a Barcelona, fue no haber podido lograr de este que se apartase de la criminal amistad de Doña Berenguela Alonso, a quien no conoció hasta muchísimos años después de la toma de Mallorca, habiéndola tratado por la primera vez en las vistas de Alcaraz. Es pues cosa averiguada que aquel milagro no aconteció en el tiempo de la conquista del Reyno de Mallorca: así como también lo es que Pedro Antonio Beuter erró en este particular, afirmando que el Santo se desavino con el Rey D. Jayme, porque despreciando sus consejos no quiso admitir la paz y conciertos que le ofrecía el de Mallorca; y que con este motivo lo dejó, y regresó a Barcelona, haciendo Bajel de su manto.

La segunda jornada la verificó el Rey D. Jayme en el año 1231 por haber tenido noticia de que el de Túnez pretendía invadir aquel Reyno. Entonces San Raymundo de Peñafort estaba en Roma, donde se mantuvo hasta abril de 1235 en que volvió a la Ciudad de Barcelona: luego no puede ser cierto que en el año 1231 hiciese el viaje a Mallorca en compañía del Rey D. Jayme. Por la propia razón de la ausencia de S. Raymundo de los Reynos de España en el año 1232 no fue posible que acompañase al Rey D. Jayme en el viaje que en este año hizo a la referida Isla de Mallorca.

Según estos ciertos, e indubitables sucesos, será preciso creer que aquel portentoso acontecimiento se admiró en la cuarta jornada del Rey D. Jayme del año 1269. Este concepto correría sin el menor tropiezo, si Juan Dameto no extendiese sobre el particular unas reflexiones tan oportunas que a primer vista hacen suspender el juicio.

Este historiador dejó escrito, en fe de lo que dijeron Pedro Antonio Beuter y Gerónimo Zurita, que el Rey D. Jayme salió de Barcelona para Mallorca a últimos del mes de julio de 1269 y regresó a aquella Ciudad el día 1 de agosto siguiente; de cuyos antecedentes infiere que para tan corto tiempo no hubiera llevado consigo a la amiga, y con especialidad cuando entonces estaba muy reconocido, habiendo dedicado a Dios el último tercio de su vida: y que parecía imposible de creer la predicación y conversión de Infieles en tan limitados y cortos días atribuida a San Raymundo de Peñafort. Sin embargo de estas reflexiones, y otras que extiende el expresado Dameto, estoy por la opinión de que aquella maravilla aconteció en este cuarto viaje.

No fue tan breve la detención del Rey Don Jayme en la Isla de Mallorca, como la pinta Dameto. Pedro Antonio Beuter, a quien recurre para la noticia, es muy poco papel en el asunto, así porque habla de propio concepto y sin referencia alguna, como por las equivocaciones que continuamente se le están notando, de que tengo dadas algunas convincentes pruebas en estas Cartas. Gerónimo Zurita es venerado por un historiador de muchísimo mérito; pero el caso es que yo no encuentro en sus escritos las especies que le atribuye Dameto. Sólo leo en ellos que a principios de junio estaba el Rey en Calatayud, dando orden a las cosas para la conquista de la tierra Santa: que pasó al Monasterio de Huerta a verse con su hija la Reyna de Castilla: que después se embarcó para la Isla de Mallorca: y que regresó a Barcelona el día primero de agosto. No dice Zurita que pasase allá a últimos de julio; antes, según el modo con que se explica, debe entenderse que esto sucedió a fines del mes de junio. No era compatible el empeño y calor con que este Monarca había tomado aquella conquista, con el espacio y sosiego de dilatar hasta fines de julio su viaje a Mallorca a recoger socorros y Buques para la navegación.

Con esto queda desarmado el principal argumento de que se vale Dameto. Pero concedamos que el Rey D. Jayme hubiera permanecido en Mallorca un tiempo muy limitado. En él pudo coger el más sabroso y abundante fruto la predicación de San Raymundo de Peñafort. Este Siervo del Señor obraba milagrosamente: y en estas circunstancias, en un solo momento pudo manifestarse la Divina omnipotencia en infinitos asombros y prodigios.

En lo que respecta a Doña Berenguela Alonso, que era la amiga del Rey
D. Jayme, diré, que sólo quien no conozca las fuerzas de una violenta pasión, a quien común e inconsideradamente se le da el nombre de amor, podrá argüir en los términos que lo hace Dameto. Por un momento de disfrutar dos amantes sus torpes delicias, darán cuanto poseen, y preferirán este pasajero gusto a todas las satisfacciones a que deben aspirar los hombres juiciosos y sensatos. Siendo esto certísimo, no sé por qué se haya de exceptuar de esta común regla al Rey Don Jayme, pretendiendo representarle como cuerdo a tiempo que estaba atado con las duras y pesadas cadenas de su torpe y loco amor.
Dameto duda de la continuación de este trato ilícito, cuando el Rey D. Jayme reconocido y arrepentido de los excesos de su vida anterior, dedicó al Señor el resto de la que le quedaba. Diga lo que quiera Dameto, y hablen los Escritores como se les antoje, la verdad es que el Rey D. Jayme estaba casado con Doña Teresa Gil de Vidaure, y que ni entonces, ni algunos años antes hacía vida maridable con ella. Si este exceso y falta de cumplimiento de las más precisas y estrechas obligaciones de un marido, es compatible con las reflexiones de aquellos Autores, podrá discurrirlo Vm. mientras yo digo: que aun cuando hubiese sido brevísima la permanencia del Rey Don

Jayme en la Isla de Mallorca, esto no se opone a que antes de emprender el viaje le creyese de más larga duración, y que en este concepto llevase en su compañía a San Raymundo de Peñafort, y a Doña Berenguela Alonso. Iba alla a recoger socorros y Naves para la expedición de la tierra Santa; cuyos particulares estaban sujetos a las muchísimas novedades, contingencias y dilaciones que se dejan considerar.
Últimamente diré a Vm. que Juan Dameto tiene por cierto el milagro de haber pasado San Raymundo de Peñafort desde Mallorca a Barcelona sirviéndole de Baxel su manto: que este prodigio no sucedió en las tres primeras jornadas que el Rey D. Jayme hizo a aquella Isla: que no queda otro recurso que fijar el portento en el año 1269 en que se verificó el cuarto viaje: y que las reflexiones, las conjeturas, y los argumentos de Dameto deben ceder a estas evidencias.
Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia 2 de marzo de 1799.


CARTA XXVI.

Mi amigo y Señor. Ya finalmente llegó el término de nuestra correspondencia, pues concluye con esta Carta, la cual había reservado para poner en claro quién fue el verdadero Autor de la Crónica, supuesto que no puede conceptuarse producción del Rey D. Jayme. En la Carta primera me lisonjeé con esta esperanza, creído de que los conocimientos que adquiriría en la extensión de las siguientes, me ilustrarían en términos que pudiera discurrir con algún acierto; pero me salieron erradas las cuentas, por no haber sido posible encontrar nuevas luces que aclarasen este particular.
El caso es que yo sólo ofrecí a Vm. demostrar que no fue el Rey D. Jayme el Escritor de la Crónica, lo que creo haber desempeñado completamente; pero no me obligué a señalar la pluma que se dedicó a la composición de tan grande obra. Esto no obstante diré a Vm. con muchísima brevedad lo que tengo por más verosímil y probable en este obscurísimo asunto.

Atribuyo la referida Crónica al Padre Pedro Marsilio. Este insigne varón fue de nación Catalán, Religioso de la Real Orden de Predicadores, Catedrático, insigne Teólogo, doctísimo en la inteligencia de las Divinas Escrituras, y exacto y célebre Historiador. El Rey D. Jayme II de Aragón le nombró por uno de sus Coronistas, y le mandó que escribiese en lengua Latina la vida, victorias, y sucesos grandes y maravillosos de su abuelo el Rey D. Jayme I. ejecutólo así, y concluida la obra tuvo el honor de presentársela en el año 1313. Quetif y Echart en su Biblioteca Dominicana, teniendo a la vista la referida historia se explicaron en estos términos: “Quod autem non agendis modo, sed scribendis etiam, discutiendisque rebus idoneum rex intelligeret, eidem injunxit ut avi sui Jacobi I. Regis Aragonum victoriosi dicti res præclare gestas describeret, quod et ille pro voto Regis et jussu perfecit. Scripsit itaque: Commentarium de gestis Regis Aragonum Jacobi I. libris quatuor, ac Jacobo II prioris nepoti nuncupavit, ac obtulit anno 1313.”

Tiene Vm. esta historia del Rey D. Jayme, que propiamente es la misma que se intitula Crónica o Comentarios; las dos se dividen en cuatro partes, y ambas convienen en la substancia, discrepando solamente en algunas poquísimas especies, y estas de cortísima monta e importancia.
Quetif y Echart hacen mérito de algunas de ellas, y yo hubiera disfrutado con oportunidad las diferencias de una y otra obra, si la suerte hubiera querido que llegase a mis manos la del Padre Pedro Marsilio, la cual no he podido conseguir a pesar de las más activas diligencias que he practicado al efecto.

Supuesta pues la uniformidad de estas dos historias, síguese averiguar cuál de ellas es la que debe tenerse y reputarse por original. Yo creo que debe darse esta primacía a la del Padre Pedro Marsilio, y de consiguiente que de ella se sacó la referida Crónica o Comentarios. Repito lo que dije en mi citada Carta primera, que por lo que hace al particular extendí en estos términos: “El Rey D. Jayme dejó diferentes apuntaciones, borradores, memorias, o notas de varios sucesos de su vida, y alguna pluma curiosa fue coordinándolas, extendiéndolas, y acomodándolas a su arbitrio, aprovechando acaso algunas especies de la historia de este Príncipe que escribió el Padre Pedro Marsilio.” Es cosa certísima que esta historia fue anterior a la composición de la Crónica o Comentarios. Consta que el Rey D. Jayme II mandó al citado Padre Marsilio que la escribiese. Aquí otro pasaje de aquella Carta: “Si el Rey D. Jayme escribió la Crónica que da motivo a la disputa, ¿cómo pudo ser que su nieto D. Jayme II encargase este mismo trabajo al Padre Pedro Marsilio? Este floreció por aquellos mismos tiempos, pues consta que entregó la obra al Rey en el año 1313. Entonces ciertamente no se tenía noticia alguna de la tal Crónica o Comentarios.
De otra suerte, ¿a qué efecto había de mandarse escribir lo que ya estaba escrito? ¿Podría acaso ser más recomendable la verdad de los hechos que contase un Historiador particular que la de los que como propios hubiese referido el Rey D. Jayme?”

Pero el caso es que estando demostrado en estas Cartas que el Rey
D. Jayme no fue ciertamente el compositor de la Crónica, no hay necesidad de esforzar el asunto con otras razones, cesando por lo mismo la duda sobre cuál de las dos Historias fue la primera y original. Don Nicolás Antonio quiere que la del Padre Marsilio fuese precisamente una traducción de la Crónica. Quetif y Echart dicen que no fue traducción, sino una obra original. Don Nicolás Antonio no presenta testimonio alguno que califique de seguro su concepto. Creído sin duda de que la Crónica fue parto del Rey D. Jayme, y de que la historia de Marsilio se trabajó después de muerto aquel, pensó que esta sería traducción.

Repito que si yo hubiera logrado tener a la vista la historia del Padre Pedro Marsilio, tal vez hubiera acertado con la verdad. Admita Vm. mis buenos deseos de encontrarla, y de emplearme en todo lo que sea de su obsequio y servicio; rogándole encarecidamente quiera disimular los muchísimos errores y desaciertos que habrá notado en estas Cartas.

Dios guarde a Vm. muchos años. Valencia 16 de marzo de 1799.

//

https://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/historia-de-la-conquista-de-mallorca-cronicas-ineditas–0/html/ff387be6-82b1-11df-acc7-002185ce6064_39.html#I_4_
//

El mordisco catalán a Aragón, Ricart Garcia Moya,

El mordisco catalán a Aragón, Ricart Garcia Moya,

Leo en el diario catalán Levante: «Obstinarse en que una comunidad tiene una lengua propia es absurdo», frase dicha por el baturro Ángel López García, Codirector de la Biblioteca Lingüística Catalana y autor de ‘Repensar España desde sus lenguas’. Dada la publicidad que le ofrece el diario catalán, podemos deducir qué filigranas ideará el viejo enredante zaragozano para agradar al Régimen, y lo hace con reflexiones típicas del que presume de imparcial inocencia:

«Ni el español es la ‘lengua nacional’, como puedan serlo el francés o el italiano en sus respectivos países» (López García: Repensar España desde sus lenguas, 2020)

¡Vaya! El francés o italiano son lenguas nacionales, pero no el español. Es raro. Cuando un catalanazi habla con un vasconazi emplea la lengua vehicular de España, el español. En fin, dejamos a López García y sus ideícas para chistes de baturros. De los idiomas, por seguir el tema, se preocupó Pascual Madoz, navarro que estudió en Zaragoza y, en 1833, coordinaba en Barcelona diversas publicaciones y asumía la dirección del periódico ‘El Catalán’. Aparte de su trayectoria política de gobernador de Barcelona, jefe de fuerzas del valle de Arán, hijo adoptivo de Barcelona…, se le recuerda por el Diccionario geográfico-estadístico-histórico’, conocido popularmente como Dicc. Madoz, la obra más completa sobre España y sus costumbres, producciones, folclore, patrimonio artístico, economía, cultura, etc. El diccionario también recogía referencias a idiomas, hablas y dialectos, incluidos los aragoneses; es decir, de los antepasados del citado lingüista Angel López García de Zaragoza; aunque quizá haya olvidado su origen, al estar danzando por la Universidad de Valencia desde hace 40 años.

Leo en el diario catalán Levante: «Obstinarse en que una comunidad tiene una lengua propia es absurdo», frase dicha por el baturro Angel López García, Codirector de la Biblioteca Lingüística Catalana y autor de ‘Repensar España desde sus lenguas’.

La documentación es la que puede ayudarnos a disipar la niebla generada por estos personajes. Así, a mediados del XIX, en el turolense Aguaviva usaban un dialecto particular:

«un lenguaje tan particular, que no es usado por los vecinos de los pueblos de su entorno: consiste en una miscelánea del castellanovalenciano, y catalán, que solo ellos entienden, si bien es cierto que cuando salen del pueblo, o hablan con forasteros se sirven de la lengua española.» (Diccionario Madoz: I, año 1845, p.128)

Aquí comprobamos la realidad de tres idiomas: castellano, valenciano y catalán, además del dialecto de Aguaviva (‘Aiguaiva’, en el aragonés local), que actualmente ha sido masticado y digerido por el insaciable expansionismo catalán. El idioma aragonés, fragmentado en mil hablas en el 1850, tuvo su etapa de difusión y se filtraba hasta en textos latinos como el Liber Regum (h.1195). Fue lengua de prestigio en el ms. Vidal Mayor (del 1247 al 1280), escrito en aragonés con el beneplácito de Jaime I; «Nos, don Iavmes, por la g[rat]ia de Dius rey d’Aragon et de Malliorgas et de Ualentia, conde de Barcalona» (Vidal Mayor, h. 1250). En 1250, para Jaime I, existían los reinos de Aragón, Valencia y Mallorca; pero nada que se llamara CataluñaCorona CatalanaGran CataluñaPaíses Catalanes y demás ridículas fantasías que, impunemente, enseñan a los niños los colaboracionistas por Aragón, Valencia y Mallorca.

Texto en aragonés del Vidal Mayor : «Nos, don Iavmes, por la g[rat]ia de Dius rey d’Aragon et de Malliorgas et de Ualentia, conde de Barcalona» (Ms. Vidal Mayor, siglo XIII, Fundación Getty, California). No existía Cataluña hacia el año 1250, pero si Aragón, Mallorca y Valencia.
Texto en aragonés del Vidal Mayor : «Nos, don Iavmes, por la g[rat]ia de Dius rey d’Aragon et de Malliorgas et de Ualentia, conde de Barcalona» (Ms. Vidal Mayor, siglo XIII, Fundación Getty, California). No existía Cataluña hacia el año 1250, pero si Aragón, Mallorca y Valencia.

Bajo el franquismo, ante la indolencia de la sociedad, los fascistas catalanes comenzaron a idear nombres como ‘Marca de Ponent’ o ‘Cataluña aragonesa’ para sus nuevos territorios. Al final, en la Barcelona del 1970, cuatro caníbales catalanazis acordaron que el territorio robado a Aragón se llamaría ‘Franja de Ponent de Catalunya’. No hallaron denominación más anodina. Era la táctica despersonalizadora aplicada a los antaño prestigiosos Reinos de Valencia y Mallorca, degradados a ‘País’ e «Illes». En Alemania, bajo el nazismo, la primera medida para convertir en inhumanos a los prisioneros era darles un número y prohibir nombres y apellidos. Después era más fácil la eliminación de esas ‘cosas’ sin nombre.

Iba a escribir un artículo documentado y extenso sobre el saqueo de Aragón, no sólo idiomático, por parte de Cataluña, pero no vale la pena; es inútil y nadie los lee. Lo cierto es que en 1845 constataba Madoz que el dialecto de Aguaviva sólo lo entendían los del pueblo, aunque no tenían problemas en usar el español como lengua vehicular, ese español al que el zaragozano López niega la condición de ‘lengua nacional’. En febrero del 2021, tras la acción del catalanismo, estoy convencido de que en Aguaviva se entienden en catalán con los turistas sardaneros que acuden a visitar las nuevas colonias de la Franja del Poniente. Sinceramente, no tengo ganas de recordar a tiasnurias como Carmen Junyent y otras monjas cojoneras del idioma, que lloran y patalean por la defensa de cualquier dialecto o lengua del mundo (no el español y valenciano, por supuesto) como los 400 dialectos de Nigeria, o los de Australia y Siberia. En Aguaviva supongo que quedará alguien que hable el dialecto que sólo los del pueblo dominaban, hecho que me recuerda el alboroto de filólogos de todas las ganaderías en la defensa del tehuelche de la Patagonia argentina. La única hablante nativa falleció en 2019, pero se ha convertido en un dialecto en proceso de recuperación a bombo y platillo en el país de los psicólogos.

Aquí, en una España donde faltan médicos y medios para combatir el Covid, nos sobra el repugnante colesterol social de cientos de miles de asesores, maestros, periodistas, políticos, comisarios, inmersores y demás parásitos cuya única misión es catalanizar Aragón, Valencia y Mallorca. Cuando pase el tiempo nadie entenderá esta locura. Aquí gobiernan matarifes idiomáticos, y no se limitan a laminar dialectos aragoneses, sino que progresivamente destruyen y prohíben los idiomas valenciano y español. Lamentablemente, en pueblos como Aguaviva, esta labor la facilitan emigrantes que regresan catalanizados de Cataluña e intentan demostrar superioridad hablando la lengua que no es de «las bestias», que diría Torra, sino la de la Gran Cataluña. Hoy no tenemos un Madoz, sólo textos inmersores que enseñan que en la «Franja, el País y las Islas» se habla catalán y somos catalanes.

DE EXEQUIIS SEPULTURA ET INFIRMITATE REGIS JOANNIS SECUNDI

DE EXEQUIIS
SEPULTURA ET INFIRMITATE REGIS JOANNIS SECUNDI. LIBER FOELICITER
INCIPIT.

En aquest Registre per manament del Senyor Rey es
transcrita la obra novament composta e acabada de la malaltia
exequies e sepultura del Illustrissimo Senyor don Joan per la
gratia de Deu Rey de Arago de Navarra de Sicilia de
Valentia de Mallorques de Sardenya e de Corçaga
Comte de Barcelona Duch de Athenes e de Neopatria Comte de Rossello e
de Cerdanya E encara Marques de Oristany e Comte de Gociano de
memoria immortal E per ques monstre tots temps lo dit manament del
Senyor Rey segueix se la lettra Real hon
aquell es contengut sots la forma seguent (1).

Don
Ferrando per la gracia de Deu Rey de Castella de Arago
de Leo de Sicilia de Toledo de Valentia de Portugal de Galicia de
Mallorques de Sivilla de Sardenya de Cordova de Corçega
de Murcia de Jaén dels Algarbes de Algezira de Gibraltar Comte de
Barcelona Senyor de Viscaya e de Molina Duch de Athenas e de
Neopatria Comte de Rossello e de Cerdanya Marques de Oristany e Comte
de Gociano. Al amat e feel scriva nostre e tenit les
claus de nostre Archiu Real de Barcelona En Pere
Miquel Carbonell
salut e dileccio. Per quant som
certifficats que stant lo Illmo. Senyor Rey
don Joan
de memoria inmortal pare nostre colendissimo en
la agonia de la mort e sens sperança
de vida vos fos molt instat e solicitat en cercar en lo
dit nostre Archiu ordinacions o scriptures qui
parlassen e faessen mencio de sepultures e exequies
dels gloriosos Reys de Arago predecessors nostres per ço
que seguint se lo cas sens treball ne
altres informacions tals exequies be et honorablement ab les
serimonies e circunstancies necessaries e acostumades se
poguesen
(mlllor) millor fer.

(1) Refiérese a
esta carta el autor en su Crónica, fól. 248 v., y a la obra, en
conjunto, de las exequias del Rey don Juan, en su memorial n 49,
fóleo 103, con estas palabras:

Fuerunt nonnulli qui mea
tempestate pleraque de huius Regis Joannis Exequiis scriptitarunt
(quippe qui diem clausit extremum apud Episcopale palatium
Barcinonae
die martis decimonono mensis Januarii anno Christi
MCCCC septuagesimo nono). Sed non ita largiflue et regio jussu ut
ipse Regius Archivarius qui non modo ab ore Regiorum Secretariorum
Physicorum que et executorum ultimae voluntatis eiusdem domini Regis
sed etiam a me ipso qui illis affui ea omnia didici et in quodam ex
regestis memorati domini Regis Joannis pretitulato Regiarum
Sepulturarum gradatim ac vernacula lingua et per Capitula
scribenda curavi ubi vita et mores huius mansueti et optimi Regis
describuntur quos qui scire voluerit huiusmodi scripta mea legat et
perlegat.

E vos axi com ho haveu acostumat ab
summa diligencia o cerquas e nunque ses
trobat en lo dit archiu continuar com en les
ordinacions de la nostra Real Casa no fassa mencio de
tals sepultures sino tan solament de luminaries quis
fan en sepultures de nostre Sant Pare de fills de Reys
prelats e daltres persones lexant aquestes coses
a la discrecio dels manumessors de la Majestat Real als
quals e nosaltres se pertany ordenar semblants sepultures. E
considerant por vos tan grant treball de cerquar
no haver fet fruyt vos com aquell qui tots temps penssau
investigau e treballau que los actes e coses nostres qui
son en aqueix Archiu e encara les altres qui
rahonablement se deuen recondir e esser stiguen
en son orde degut e en tal modo que com nos o los
qui vendran apres volrem o volran
sceber aquelles axi promptament com es mester se
pusquen
trobar e haver de continent que lo dit
Senyor Rey pare nostre passa desta vida per fer
servey a nos e lo treball ja per vos sostengut
no romangues axi perdut deliberas pendre altre mayor
treball en aquest fet posant en memorial axi com a ystorial
totes les coses punt per punt quis son seguides e fetes no
solament en la sepultura e exequies del dit Rey pare nostre e
senyor mas encare aquelles quis son subseguides e fetes
en la sua malaltia commençant
vos a descriure aquests actes del principi de la sua malaltia
fins al dia de son obit e apres immediadament
hystoriant e scrivint totes les exequies e actes quis
seguiren del dit Senyor Rey pare nostre fins aquell
derrer quel leixaren los seus marmessors
en lo nostre Monastir de Poblet hon ses
leixat e lo seu cors Real e los
altres dels altres gloriosos Reys de Arago predecessors
nostres reposen les quals coses totes e sengles segons som
informats vos haveu conpostes e ordenades en un libre
per capitols per ço
que pus facilment e sens treball se pusquen
trobar. E com tals coses no deguen ne puguen star en
altre millor loch que en lo dit nostre Real Archiu
on les grans antiquitats ordinacions privilegis constitucions e
altres actes dels gloriosos Reys de Arago e comtes de
Barchinona
predecessors nostres se troben e reputant esser
digna cosa que sien entre aquells collocats e
recondits. Per tant ab tenor dels presents vos
pregam encarregam e manam que si lo dit libre de les
predites coses no es acabat per nostre servey entengau en
aquabar aquell posant hi totes les dites coses per causa dels
dites malaltia e exequies fetes e subseguides punct per punct
e ab tot son conpliment e veritat com de vos se
spera. E acabada que sia la obre del dit libre
aquella en algun registre del dit nostre Archiu de ma vostra
volem sia transcripta e continuada manant a vos e a
vostres successors lo registre hon sera la dita obra
continuada sia per vos be guardat e no donasseu
copia a persona del mon de la dita obra per maior stima
e reverencia de aquella sens espressa licencia e
manament nostre e de nostres sucessors ne traurela del dit
Archiu e divulgar car nons semble que tals coses
se deguen axi scampar. Dada en Barchinona
a XIII de setembre any de la nativitat de nostre Senyor Mil
CCCCLXXVIIII.
Yo el Rey.
Dominus Rex mandavit michi
Gaspari Darinyo.
P.

PROLECH.

Quant
son loables e de molta commendacio dignes les ordinations
fetes per los Illustrissimos e molt gloriosos Reys
de Arago
de tot lo regiment e orde de viure de llur
Casa Real nos poria dir ne scriure los
quals en les dites llurs ordinations nos troba
de sepultures de Reys haver hi feta mentio. E creu
se
que aquelles han volgut ometre per no esser
interpretats curiosos e cayguts en alguna arrogantia e
pompa lexants aquestes tals sepultares e exequies reals
a la providentia e ordinatio de llurs hereus e
successors y dels qui tenen lo govern per
la Maiestat Real en los Regnes ciutats e terres
de llurs senyories. E com per la gran molestia treball
e sollicitud en la qual yo Pere Miquel Carbonell
Scriva de manament del Senyor Rey e tenint les claus
del Archiu Real de Barcelona so stat constituit
per alguns dies ans que passas desta vida aquell
glorios Rey de Arago de memoria inmortal don Joan pare
del invictissimo Senyor don Ferrando per la gratia
de Deu Rey de Castella e de Arago huy beneventuradament
regnant. E apres decontinent que lo dit Senyor
Rey hague finit sos derrers dies cercant yo
e investigant continuament de tals sepultures Reals sis
trobara en lo dit Real Archiu algun record per
quant si troben diverses antiquitats ordinations e
scriptures qui fan gran servey no solament a la
Maiestat Real e a tots e sengles vassalls e subdits
de aquella mas encara a tot lo univerç
no contrastant yo dubtas per lo que he dit no
trobar hi de tals sepultures mentio jatsia cregues que
no podia esser que per algu dels Archivers passats que son
stats homens fidelissimos e molt oculats
entre los quals es stat fidelissimo bell
scriptor e de bon renom e fama En Jacme Gartia
predecessor meu no si hagues fet de aquesta materia algun
memorial. E axi yo dit Scriva e Archiver
del Senyor Rey stava molt aturat que no podia
dar complida raho si en lo dit Archiu Real se
trobara
tal record. En tant que fet tot lo discus
a mi possible en cercar en lo dit Archiu Real memorials
scriptures e ordinations de la Casa Real quin
fessen alguna mentio no he trobat sino en les
ordinations de la dita casa del Senyor Rey fer mentio
de luminaries quis han a fer a sepultures de nostre
Sant Pare e de Reys parents e de la sanc de nostre Rey
e Senyor e de primogenits e fills llurs e de Bisbes e altres e
encara de algunes commemorations per animes feels
defunctes mas no de luminaries de ells mateixos quant
moren Reys de Arago ne molt menys de llurs
sepultures. E per tant considerat aquest tan gran treball per
mi sostengut no haver fet fruyt ha convengut
adonchs pendre per mi altre maior treball per lo
qual a perpetual momoria sien redigides en scrits
totes les coses qui son necessaries fer en les sepultures
Reals e de aquelles sia dada complida raho
a tots los qui en esdevenidor de sepultures de Reys
ordenar lo carrech tendran. Per ço
yo dit Scriva e Archiver qui a ull he vist les
serimonies de la sepultura del dit Senyor Rey a ab
summa diligentia discus de temps e treball he entes en
mettre en orde aquelles e tot lo proces de la malaltia
contra voluntat dels qui en aquest temps tenien lo gobern
en la casa del Consell de la Ciutat de Barcelona que
may volgueren permettre fos a mi communicat un
memorial que de sepultures de Reys fet tenien e per relatio
del metge e manumissors del dit Senyor Rey don Joan e
per la gran instancia e pregaries de moltes persones de gran renom e
fama e specialment del Reverendissimo pare en Christ e
Senyor En Joan de Margarit per la gracia de Deus Bisbe
de Gyrona ultimadament Canceller del dit Illmo.
Senyor Rey don Joan
he delliberat a laor e gloria
de nostre Senyor Deu e de la Sacratissima verge Sancta
Maria mare sua e de la suprema cort celestial e per fer
ne servey a la Maiestat Real continuar e descriure no
solament les serimonies de la dita sepultura e les altres qui
si son subseguides de les quals alguns han scrit e fet
memorial mas encara aquelles qui son fetes e
subseguides en la malaltia del dit Senyor Rey de les quals no
sce algu sia quin haia scrit sino
yo totes de punct en punct e per llur orde e
iornades en e per la forma e manera contenguda
en los capitols seguents (1).
(1) Omitimos en este
lugar la reproducción del índice que el autor dejó sin referencia
a las páginas del manuscrito, esperando ponerlo en limpio más
adelante; y preferimos colocarlo al final, para poder así referirnos
a la paginación general de este volumen.

Capitol primer que
tracta com lo Senyor Rey parti de Barcelona per anar a cassar
vers los castells e viles de Citges de Vilanova
de la Gealtruu
e de Cubelles e de Vilafranca de
Penedes
. E com lo primer dia ana a dormir a la Vila de
Sant Boy.
Consyderant lo dit Sermo.
Senyor Rey don Joan
trobant se ja en provecta edad
ço es de
LXXXIII anys e mig e VIIII dies com nasques a XXIX del
mes de juny del any de la nativitat de nostre Senyor Mil CCCXCV (1) e
desijant per alguns dies reposar e appartarse de
negocis fins a les prop vinents festes de Nadal e hagut
consell de metges e de altres persones a sa Majestat molt
familiars criades e acceptes que per conservacio de la sua
sanitat dellibera anar cassar e pendre
pler vers los castells e viles de Ciges
de la Vilanova de Cubelles de la Jultruu e de
Vilafranca de Penedes. E axi dijous que comptavem X
dies del mes de setembre (1) del any de la nativitat de nostre Senyor
MCCCCLXXVIII oida missa matinal e dinat que fo
prenent solaç
en la sua cambra del Palau Episcopal de la dita ciutat
de Barcelona hon stava posentat ab sos
criats e familiars com axi ho tenia acostumat mettentse
a dormir no despulat mas vestit sobre una cadira. Car
apres dinar qui vol dormir e reposar es mes sanitat
e millor no posarse en lit mas reposar o dormir no mol
mas poch com lo dit Senyor Rey faea sobre
una cadira o litera o banc. E dormit e reposat hague e
confabulat ab los seus criats e familiars de coses plasents e
virtuoses com ho tenia axi acostumat apres del dinar
ans ques mettes a dormir e apres axi
que dormit hague en lo dit dia circa la una hora apres
mig jorn parti del dit palau Episcopal e ana sopar e dormir a
la vila de Sent Boy de Lobregat en la qual vila troba
ja tots los falcones e munteros de la sua
Real Casa quil speraven per darli solaç
en cassar axi com la prefata Real Majestat
havia ordenat.

N. del E. (1) Como el Cronista Carbonell no
llegó a dar la última mano a esta obra, de la que tan solo dejó
puestos en limpio de su puño los seis primeros folios, no es de
admirar quedase aun en ella alguna equivocación involuntaria, fácil
de desvanecer, pero que no corrigió ni hemos corregido, por no
faltar a la exactitud del borrador autógrafo que publicamos.
D.
Juan I. de Aragón el Grande
, de quien aquí se trata, fue
indudablemente el hijo segundo y primero del Infante de
Castilla D. Fernando de Antequera
y de Doña Leonor de
Alburquerque
, llamada la rica hembra, que le dio a luz muchos
años antes de que su esposo, a falta de la línea de D. Martin,
fuese declarado Rey de Aragón por los compromisarios
reunidos en el castillo de Caspe el dia 23 de junio de 1412.

Cenía D. Juan la corona de Navarra por su enlace con doña
Blanca
, (hja) hija y sucesora de Carlos el noble de
aquel reino, cuando murió su padre Don Fernando I de
Aragón
en Igualada el día 2 de abril de 1416, en
cuyos estados sucedió inmediatamente el primogénito
D. Alfonso el Sabio, quien, según el mismo Carbonell, al fól. 223
de sus Chroniques de Espanya, contaba entonces unos 15 años de edad,
es decir, que había nacido según su opinión en el año 1400 con
esta diferencia. A pesar (Apesar) de esto y de reconocer el
cronista en D. Alfonso la calidad de primogénito y primer
sucesor
del padre en Aragón, refiere en este capítulo el
nacimiento de D. Juan, hermano segundo al día 29 de
junio de 1395, y partiendo de esta primera equivocación, incurre
necesariamente en la de dar 84 y medio años con 9 días de
edad al rey D. Juan II de Aragón, cuando murió en el palacio
episcopal de Barcelona el 19 de enero del de 1479, sin reparar el
anacronismo en que incurre por separarse de la opinión general
comprobada de haber nacido este monarca de Navarra y Aragón
en Medina del Campo el día 29 de junio de 1398, según lo que
es evidente, que cuando D. Juan II falleció en Barcelona en
19 de enero de 1479, contaba tan solo 80 y medio años y 20 días
de edad, y es admirable que en ella se hallase aun este monarca con
vigor bastante para recorrer montes y perseguir liebres y javalíes
en lo más riguroso de la estación de invierno, como refiere el
cronista.
N. del E. (1) En este capítulo y en el siguiente
padeció la pluma del Cronista un desliz, poniendo setembre en
vez de deembre, como lo evidencia el mismo testo y lo
salvó ya en el 3.°

Capitol II qui tracta de la retgla
que tenia lo Senyor Rey en son viure e com ana a cassar
al Prat.

E venint lendema que era divendres e
comptavem XI del prop dit mes de setembre del any MCCCCLXXVIII levat
que fou del lit per lo mati a les V hores com
axi acustumas en tal hora per cascun dia levar
se
del lit e dinar a les VIII o VIIII hores e sopar a les
VI e apres circa les X hores de nit se metia al
lit tenint tots temps tal regle en son viure.
Oida que hac la missa circa les VI hores se parti
de la dita vila de Sant Boy e tira la via del Prat hon
cassa e axi cassant sen ana a dinar a la
vila de Gava. E de continent que hague reposat en son
lit
apres del dinar cavalcant ab tota la sua
gent falconers e muntaria sen torna la via del
Prat hon pres solaç
cassant e apres en la nit sen ana a sopar e
dormir a Castell de feels.

Capitol III qui tracta com
lo Senyor Rey fou detengut de puagre en la vila de
Citges.

E apres venint lo dissapte que
comptavem XII del dit mes de setembre any MCCCCLXXVIII lo dit
Senyor Rey de gran mati axi com havia acustumat
hoi la missa en la Esglesia de nostra Dona del dit
Castell de feels e oida decontinent cavalca
ab la dita sua gent e anant per lo cami de
Garraf venc a la vila de Ciges hon
se dina e trobant se
anuya
t e fatigat per lo mal cami e montanyes de Garraf lo
comença a pendre en los
peus la puagre que acustumava haver donantli molta
dolor ab alguna poca de febre e destrempament que li
sobrevengueren per causa dels quals accidents al cors Real
sobrevenguts lo dit Senyor Rey tot lo
dit dia de dissapte e lo prop seguent digmenge
stech reposant en son lit dins la dita vila e
castell de Ciges.

Capitol IIII qui tracta com lo
Senyor Rey
se atura en la Vilanova de la
Gealtruu
e com ana a correr una lebra vers lo
castell de Cubelles.

E lo seguent dilluns que comptavem
XIIII del prop dit mes e any per lo mati oida que hague
lo Senyor Rey missa en la vila de Ciges trobant
se ja millor de sos accidents (accideuts) jatsia
faes molt gran fret e gran vent volgue cavalcar e anar
sen
com de fet ana a la vila de la Vilanova de la
Gealtruu
en la qual vila stech assats reposadament
tot lo dit dia e nit seguent. E sobrevenint
laltre dia que era dimarts e comptavem XV del prop dit
mes e any lo Senyor Rey levat que fo decontinent
hoi devotament missa es dina raonablement e mes se
a dormir. E dormit que hach munta a cavall ab
tota la gent de la sua Real Casa qui en companya de la
sua Real Majestat se
trobava
e ana correr una lebra al castell
de Cubelles
. E quant fo hora tarda aquell mateix
dia sen torna a sopar e dormir a la predita vila de la
Vilanova en la qual molt reposadament sopa e dormi aquella
nit.

Capitol V qui tracta com lo Senyor Rey
mata lo porch salvatge en lo terme del castell
de Calafell hon lo dit Senyor pres gran fret
e sen torna molt mal delitos a la Vilanova.

E
no resmenys
en lo seguent dia de dimecres que
comptavem XVI dies del dit mes de deembre any dit MCCCCLXXVIII
lo Senyor Rey se leva per lo mati axi com
havia acustumat e oida missa cavalca e anassen
a dinar al castell de Calafell en lo terme del qual
castell li tenien ja concertat hun porch salvatge lo
qual porch lo Senyor Rey ab gran jocunditat
mata lo dit dia. E per quant en aquell dia fahia gran
fret e molt vent e molt nuvol e plugos lo dit Senyor Rey se
refreda
es consuma molt. E sentint se axi
mal sa e poch delitos parti aquest dia del dit
loch hon havia mort lo dit porch e
tornasen a la vilanova de Cubelles. E junct
que fo a la dita Vilanova sopa aquella nit ab poch
delit per ço com nos trobava be per dita rao e
aximateix per quant li havia sobrevengut mal de caxal
e haver sopat lo dit Senyor Rey se mes en lo seu
lit Real ab poch delit e dormi
molt poch aquella nit.

Capitol VI qui tracta
del mal temps que la Majestat Real hague en lo bosch
del castell de Canyelles hon li tenien concertat un
porch salvatge e com li fou forzat de
retraures en lo dit castell.

Apres
seguint se lo dijous que comptavem XVII del prop dit
mes e any fou reportat al Senyor Rey com li tenien
concertat un gran porch salvatge en lo bosch de
Canyelles. E scebut aço de continent
lo Senyor Rey se leva del lit monstrant
haver bona convalescentia no obstant aquell dia faes
gran fret molt nuvolat lo temps e insupportable
vent mana li apperellassen de maniar al castell de
Canyelles
e que li tenguessen la missa presta e la
mula per ço
que de continent oida la missa pogues cavalcar.
E vestit que fo apoch instant hoi la missa. E
oida que hac aquela decontinent cavalca
e feu lo cami del bosch de Canyelles per anar
trobar
lo dit porch. E esser junct lo
dit Senyor Rey en lo dit bosch troba los
Munteros los quals li digueren com lo dit porch
que tenien concertat se era algun tant desviat per lo bosch
e que fos plasent a la su excellentia no pendre
anuig volerse algun poch detenir que prestament
ells tornarien trobar lo porch que ja li anaven en rastre. E
lo bon prhom de Rey no podent mes sostenir
la aspredat del dia ne lo gran vent e
insuportable fret que fahia un fort gran accident lo
pres que mal son grat descavalca e aqui abrigat lo
tengueren una stona quasi per mort tant era lo
fret que tenia. E tornant algun tant recrear puja a cavall e lexant
lo dit porch e concert seu ana a retraure al dit
castell de Canyelles lo qual es de mossen Franci
Terre
cavaller de Tarragona. En lo qual castell
decontinent hi fo arribat troba un gran foch que
li fou apperellat per recrear lo cors
Real
hon stech hun quart de hora per
scalfarse que may se poch be scalfar.
E stant axi prop del dit foch se dina e
manja poch per causa del mal appetit que tenia e
nunqua si be lo foch era gran pogue scalfar
tant com havia mester ans monstrava que lo fret
li crexia. E per ço
li covengue mettres en lo lit per reposar empero
aquell despres dinar no dormir poch ni molt tant stava
fret e lassat.

Capitol VII qui tracta com lo
Senyor Rey
axi indispost com era sen
vingue
a Vilafranca de Penedes hon vench en
punct de morir.

Poch apres stant
axi lo dit Senyor Rey fret y lassat
sesforça
a cavalcar e no contrestant la sea indispositio
e la gran tempeste de vent e de fret que fahia axi
a cavall tot be cubert e entocat sen vengue
aquell despres dinar a la vila de Vilafrancha de Penades
circa les dues hores e descavalca a casa den Terre
de la dita vila. E com hagues gran fret lo dit Senyor se
mes
ab una cadira devant una xemenea que es en
la sala de la dita casa en la qual havia gran foch e no podent
se prou scalfar per lo gran fret que aquell dia venint
del dit castell de Canyelles a Vilafrancha sera mes en
la persona de la prefata Real Majestat e no podent lo
dit Senyor Rey
supportar la gran dolor tenia per causa de la
puagra quil havia repres en los peus e maiorment
per la gran devotio que tenia a nostra Dona per quant lo
prop seguent dia era la festa quis appella la
sperança de la dita nostra Dona no volgue sopar mas
feu collatio de un troçet
de pa e feta que hac la collatio decontinent se
mes
en lo Real lit hon no pogue
dormir sino poch per occasio de la gran dolor
quil constranya axi per la puagra dels
peus com per la molta dolor de la sua barra que tenia
com encara per lo molt fluix de ventre qui li dona salt a
causa de la gran fredor que com dit es rebuda havia de ques
segui que lo dit Senxor Rey aquella nit vench
en punct de morir.

Capitol VIII qui tracta del
mal de la barra del Senyor Rey stant en la vila
de Vilafranca de Penedes hon se feu venir de Barcelona
mestre Gabriel Miro acompanyat de un cyrurgich.

En
lo seguent dia del divendres que comptavem XVIII del dit mes e
any lo dit Senyor Rey no podent comportar lo
gran dolor que tenia en la barra stant axi en la
dita vila de Vilafranca de Penades malalt tremes a
Barcelona per fer venir a sa Majestat lo magnifich
mestre Gabriel Miro mestre en arts e en medecina
ciutada de Barcelona metge del dit Senyor Rey acompanyat de un bon
cyrurgich de la dita ciutat lo qual mestre Miro per
manament de la Real Majestat molt cuytadament ab lo
dit cirurgich de Barcelona vengue a la dita vila de
Vilafrancha e axi los dits phisich e
cyrurgich li miraren la barra e veents al parer
llur dintre aquella una esquerda de os del hun
caxal lo dit cyrurgia present lo dit
physich ab unes tanalles petites de
barber tant leuger e delicadament com poch li
arrenca la dita esquerda de os e no pas lo caxal
axi com volen dir alguns. E stant axi en aquesta
forma agreujat lo Senyor Rey la sua Real
Majestat
certament passa tot aquell dia e nit molt gran perill de
morir per causa dels quals accidents lo dit Senyor Rey hague
aturar en la dita vila de Vilafrancha per tot lo
dit divendres e per tots los dissapte e digmenge
immediadament apres
seguents.

Capitol IX qui tracta com lo Senyor
Rey
parti de Vilafranca de Penedes e sen torna a Barcelona
ja millorat.

E venint lo dilluns que comptavem XXI del
dit mes de deembre any dit lo Senyor Rey trobantse
millor se vesti e levat que fonch del lit
decontinent hoi
missa devotament con fos festa del glorios apostol
Sant Thomas e dita que fou la missa cavalca e
vench sen a dinar a la vila de Sent Sadorni la
qual posseix vuy lo noble mossen Jordi
de Heredia
criat seu e tot aquest dia e nit seguent reposa la
prefata Majestat del Senyor Rey en casa del dit
mossen Jordi de Heredia situada dins la dita vila de
Sant Sadorni. E lendema que era dimarts e
comptavem XXII del prop dit mes e any hoida per lo Senyor
Rey
la missa sa Majestat parti de la dita vila de Sant
Sadorni
e vench se a dinar a la vila de Martorell
hon reposa tot lo present dia e nit. E lendema
que era dimecres e comptavem XXIII del dit mes de deembre
oida per lo dit Senyor Rey la missa sa Altesa
parti de la dita vila de Martorell e vench se a dinar a la
vila de Sant Andreu de la barcha hon se feu la
barba e dinat vench sen a sopar e dormir en la present ciutat
de Barcelona hon hague en aquella nit e seguent dia una poca
dolor de puagra en los peus e dura li fort
poch.

Capitol X
qui tracta del vellar e oir
matines que feu lo Senyor Rey en la vigilia
de Nadal e lo cavalcar que feu per la
ciutat.

Trobant se dispost pera cavalcar lo Senyor
Rey
si cavalca apres en los dies de la
vigilia e festes de Nadal per la ciutat de
Barcelona
. E per quant ell era molt devot de la Sacratissima
tots temps verge madona Sancta Maria mare de Deu en la
dita vigilia de Nadal nos volgue mettre
en lo lit ne reposar ans com aquell qui
era tot humil e devot dels misteris de la Nativitat del beneyt
Jesus e de la sua intemerada e beneyta mare sua
madona Sancta Maria se feu dir per los
capellans e xandres en la sala maior del dit palau
episcopal començant circa
les X hores ans de la mija nit de la dita vigilia
les matines de Nadal ab algunes cansons honestes
e portants alegria de tal nativitat del fill de Deu. E axi
lo Senyor Rey en reverentia de Deu e de la sua
beneyta mare volgue en la dita sala star e
devotament tota aquella nit fins que sobrevengue lo
dia. E apres vengut lo dia de Nadal feu
celebrar en la sala mateixa del dit palau molt devotament e ab
alegria les tres misses les quals ell attentament e ab
devotio axi com havia acostumat oir volgue.
E oides aquelles per sa Majestat se dina de
continent
e dinat que fou cavalca e venguesen
circa les VIIII hores a la Esglesia hon
lesperaven de la dita ciutat. E arribat que fo en
la Esglesia començaren
lo offici lo qual no gosaren començar
fins ell hi fo vengut e stant en la
Esglesia monstra la sua Real cara qui
solia esser tots temps fresca e colorada molt esblanqueida
e alterada que apparia laguessen dessoterrat. En
tant que per voler fer ell mes de poder en la septima edat sua
appelleda en lati decrepitudo e no planyent
la sua persona posar a pluja e a vent e a temps molt fort e
destrempat per anar axi com dit es a cassar e
apres vellar e no dormir axi com havia acustumat
e tenint encara el en si algunes reliquies de la
predita malaltia dona del cap al lit en lo dit
palau Episcopal hon acustumaba tenir la habitacio sua
hon continuament stech malalt fins que passa desta
vida
en e per la forma seguent. (1) (1) VII sunt etates.
Prima est infantia a die nativitatis usque ad VII annum.
Deinde usque XIIII est pueritia. Item a XIIII ad XXV annum est
adulescentia. Preterea ab ipso XXV anno usque ad XL annum
vocatur juventus. Insuper ab ipso XL anno usque aunum ….
virilis vocatur … Postmodum ab ultimo
anno ipsius virilis etatis usque LXX annum vocatur senectus.
Et complecta ipsa senectutis etate qui est VI etas
vocatur alia etas que est VII decrepitudo ubi et
amplius non speratur nisi labor et dolor.

Capitol XI qui
tracta del principi de la malaltia del Senyor Rey apres
que fou recruat.

Lo principi de la
malaltia del recruar que feu lo Senyor Rey
tornat que fou del cassar en Barcelona fou
dimarts en lo introit de la nit e comptavem V del mes
de janer del any MCCCCLXXVIIII e clamas molt
aquella nit lo dit Senyor Rey de la reuma que
tenia ab tos e dormi molt poch aquesta nit e fou
li gran ajuda aquella nit lo bon regiment qui li
dona
lo dit mestre Gabriel Miro qui appellat
per la Illustre dona Beatriu infanta de Arago
e de Sicilia
muller relicta del Illustre
Infant don Enrich (1) de Arago e de Sicilia
Mestre de Sent Hyago mare del Infant don Enrich
duch de Sogorb e Comte de Empories e aximateix
appellat per tot lo sacre Consell Real
feu a la dita Infanta e Consell aquella nit
relatio que lo Senyor Rey tenia gran reuma e tos los
quals accidents segons dix al parer seu no
venien de bon rael.

(Nota: Sent
Hyago : Santiago : Sant Hyago, Tiago, Jaume, Jacme, Jaime, Jacob,
Jacobus, etc …)
(1)
Memoria tiene quod die veneris tertia mensis julii anno a nativitate
Domini MCCCCLXXX… Illmus. dominus
Infans
Henricus

Comes
Emporiarum

intravit Regium Archivum Barcinone pro videndo illum cum nunquam
vidisset.

Capitol XII
qui tracta de la indispositio del Senyor Rey e
de la relatio feta al consell Real per mestre Miro.

E
venint lo seguent dia de dimecres que comptavem VI de
janer any dit la gran tos persevera en la Majestat Real
e fou prostrat lo appetit de manjar
e lo Senyor Rey feu dues cambres. Es ver
que V dies ja abans del dit dimarts qui es principi de aquesta
malaltia lo dit Senyor Rey hague molt fluix de ventre en tant
que en una nit e meytat dun dia dels dits V dies feu
VIII cambres. E aquest flux declinava a una specia
de malaltia appellada en lati lianteria lo
qual fluix fon per bon regiment corregit del esser del
qual Senyor Rey fou feta relatio a la dita
Illustre Infanta e Consell Real per lo
dit mestre Miro lo dit dia de dimecres dient com
ell nos altava molt de aquest proces que tenia la malaltia del
Senyor Rey.

Capitol XIII qui tracta del proces
(delproces todo junto) de la dita malaltia.

Quant
vench lo dijous que comptavem VII del dit mes de janer
sobrevengue a la Majestal Real apres mig
dia febre ab fret precedent e durali la febre XIIII
hores. En tant que lo dit mestre Gabriel Miro
feu relatio a la dita Illustre Infanta e
Consell Real que certament lo Senyor Rey se
encruscava.

Capitol XIIII qui tracta del proces
mateix e del pronostich de aquell.

En semblant manera
sobrevengue en lo divendres que comptavem VIII del dit
mes de janer al Senyor Rey la dita febre perseverant hi
tots temps tos ab alguna difficultat de arrancar
aquella tos e foren ordenats axarops e let
convenients a la dita malaltia e en aquest dia fouli
administrat un crestyli per quant lo dit Senyor Rey
era molt dur de ventre e no podia exir a cambra e pres
que hac lo dit crestili feu dues
cambres
. E visitat lo Senyor Rey per lo dit mestre
Miro
en aquest dia lo dit mestre Miro faent
relacio a la dit Illustre Infanta e al Consell
Real
dix en presentia de tots que consyderada
la febre e la multitud de la materia fleumatica
congregada en los pits del Senyor Rey la qual
debitament no podia expellir e encara considerada la
decrepitud del Senyor Rey e altres particularitats de
la dita malaltia ell certament pronosticava e judicava esser la
Majestat Real en molt gran perill de morir de aquesta tal
malaltia.

Capitol XV qui tracta del proces mateix de
la dita malaltia.

Dissapte apres seguent que
comptavem VIIII de janer any dit en lo Senyor Rey se
monstra
la febre pus fort ab la tos e noy
hague
hora del dia que romangues quiti. Era aquesta
febre pudrida appellada quottidiana
entremesclada de que lo dit dia per lo dit
mestre Miro fou feta a la dita Senyora Infanta e
Consell Real semblant relatio de la prop dita stant
en la opinio de star en gran perill de morir la prefata
Majestat Real.

Capitol XVI qui tracta com
mestre Miro demana que li fossen associats los
millors metges quis trobassen per quant lo Senyor
Rey
stava en gran perill de morir e de la collatio
ques tenc per raho de aquest tant gran perill.

Venint lo digmenge que comptavem X de janer
any dit MCCCCLXXIX considerat lo perill en que stava lo
Senyor Rey
per causa de la sua malaltia que de dia en dia
anava pijorant instant e requerint ho lo dit mestre
Gabriel Miro
fou convocat en lo dit palau Episcopal
en presentia de la dita Senyora Infanta lo Consell
Real
ab los magnifichs Consellers de
Barcelona
e diputats del General de Cathalunya e
molts daltres notables e generoses persones. E aqui fou
feta relatio per lo dit mestre Miro denunciant esser
gran perill de mort molt evident en lo cors Real e per ço
lo dit mestre Miro supplica de continent la dita
Infanta e tot lo dit Consell que li fossen
applicats e convocats en aquesta malaltia tots los
millors metges quis trobassen axi dins la dita
ciutat de Barcelona com fora la dita ciutat. E de continent
los dits Consellers de Barcelona se proferiren de fer
tot ço e
quant la prefata Majestat hagues mester en
medecines e metges e de vellar e tenir a prop la
prefata Majestat ab alguns prohomens
ciutadans de la dita ciutat. E de fet a instancia dels dits
Consellers de Barcelona en la nit del dit digmenge vengueren
a la cambra hon reposava lo dit Senyor Rey molts
metges de la dita ciutat per visitar la Real Majestat e
consellar en lordenar de les medicines e
regiment del dit Senyor Rey. E aqui aquella nit fou
tenguda gran collatio per lo dit mestre Miro ab
los dits metges e hagut entre ells consell foren proseguits e
dats alguns remedis a la Majestat Real segons ja
eran stats ordenats per lo dit mestre Miro e no
resmenys
tots los dits metges foren concordables
e no discrepants en lo pronostich dessus dit ço
es de morir lo Senyor Rey de aquesta malaltia loant
los remeys en aço
ja applicats e applicant ni altres. E los dits
Consellers acompanyats cascu de dos prohomens ciutadans
vellaren cascuna nit lo dit Senyor Rey
fins lo dia que passa desta vida partints entre
ells lo dit vellar e acompanyar com dit es un Conseller
ab dos ciutadans prohomens.

Capitol XVII qui
tracta de la denuntiatio feta al Senyor Rey per mestre
Miro
que faes tot orde de Christia e de la resposta que
feu lo Senyor Rey e com se confessa.

Apropinquantse axi lo Senyor Rey a
la mort quant vench al dilluns prop seguent que
comptavem XI del dit mes de janer lo dit mestre Miro
supplica la Majestat del Senyor Rey que attesa la sua
infirmitat e senectut e la pratica e obligatio
dels metges qui es de persuadir e conduir los patients
apres dues vegades que han visitat aquells en confessar
e rebre los altres sacraments de Sancta Mare Esglesia
altrament llur visitatio deu cessar per ço
que nostre Senyor Deu sia venerat e temut e lo patient
qui axi primer recorrara a Deu aconseguesca
de anima e de cors curatio fos merce sua de
confessar e reebre tots los altres sacraments de
la Esglesia que a bon christia se pertany. Car lo
misericordios nostre Senyor Deu qui es metge sobre tots los
metges li restituira la sanitat dient li que per aço
la sua Altesa non prengues alteratio e que li
perdonas
. E feta la dita denuntiatio decontinent lo
Senyor Rey
respos que prenia pler en totes les
dites paraules per quant procehien de bon çel e amor e
de bon vassall e proisme e si lo contrari hagues
fet ho reputara a desservey. E axi no divertintse
en altres coses mana que molt prest anas algun
uxer al Monastir de Framenors de la present ciutat
de Barcelona
e que li fes venir lo predit Reverend
mestre March Berga qui es gran mestre en
theologia e home molt honest virtuos e de gran scientia
e de fet lo dit dia mateix lo dit Senyer Rey
se feu venir lo dit mestre Reverent e confessas
ab ell molt devotament e per lonch spay que
stech en la confessio.

Capitol XVIII qui tracta
del pronostich de la dita malaltia e del combregar del Senyor
Rey e com es canonge de Barcelona e de Valentia.

E seguintse lo dimars que comptavem XII del dit mes e
any tots los dits metges ensemps ab dos metges
jueus molt scients e pratichs en medecina
los quals demanats per los dit Consell Real als
dits Consellers de Barcelona vengueren a carrech
e instantia de la dita ciutat foren ajustats en
la cambra hon lo Senyor Rey reposava e en
presentia de la dita Senyora Infanta e Consell Real
digueren e feren relatio que tots
concordablement perseveraven en lo dit pronostich e
aqui en un mateix instant continuaren llurs receptes e
medicaments. E axi en lo mateix dia lo dit
Senyor Rey dellibera reebre lo cors
precios de Jesu-Christ e per ço
decontinent li fou apportat per lo
venerable honest e devot prevere
beneficiat en la Seu de Barcelona mossen Bernat
Planas
acompanyat lo dit precios cors de
Jesu-Christ de una solemne e honorable processo de tots los
venerables canonges de la dita Seu per quant lo
dit Senyor Rey era canonge de la dita Seu com
per privilegi apostolical lo qui es Rey de
Arago
e Comte de Barcelona es canonge de la
dita Seu e encara de la Seu de Valencia e reeb
la portio canonical de canonge. E noresmenys
acompanyat de molts venerables beneficiats de la dita Seu.
E arribada que fou la dita processo en la cambra hon
lo Senyor Rey reposava hon hi eren presents los
Illustres nets del dit Senyor Rey e la dita Illustre
Senyora Infanta e tot lo dit consell Real e lo
dit reverend mestre March Berga confessor del dit Senyor Rey
e mestre Jacme Rois e frare Pere Gilbert mongos
de Poblet loctinents del Elmoyner del Senyor Rey
com tots temps lo abbat de Poblet del orde de
Cistells sia Almoyner e lo abbat de
Sanctes Creus capella maior del Sermo. Rey de
Arago
qualsevol que sia. E axi mateix hi foren
presents mestre Joan Marques del orde de Sant
Domingo
mestre Gabriel dez Clapers canonge e domer
de la dita Seu mestres en theologia de molt honesta
vida e de gran scientia e fama. E axi mateix hi foren presents
los honorables Consellers de la dita ciutat de Barcelona e
moltes altres reverendes nobles magnifiqus e notables
persones lo dit mossen Planas demana si lo dit Senyor
Rey era dispost en reebre lo cors
precios de nostre Senyor Jesu-Christ e respost que per causa
de la gran idispositio
que tenia lo dit Senyor Rey en los
pits e la gran tos la sua Real Majestat deliveraba
solament adorar lo dit precios cors de Jesu-Crist. E
axi de continent en presentia dels dessus
dits lo dit Senyor Rey axi com a bon christia
adora aquell ab gran reverentia e lagremes en
tant que ans del adorament dix lo dit Senyor Rey
e proferi de la sua boca tantes orations e paraules de
gran devotio que no era algu en la dita cambra per dur cor que
tangues que no ploras e hagues pietat de tant
excellent Majestat e virtuos e bon Rey e Senyor.

Capitol XIX qui tracta del dia quels canonges
de la Seu portaren lo vel de nostra Dona al Senyor Rey (1).

N. del E. (1) Todavía se custodia esta sagrada reliquia en la
sacristía de la Catedral de Barcelona.

Apres venint lo
dimecres que comptavem XIII del dit mes de janer e lo dijous que
comptavem XIIII del dit mes tots los dits metges congregats en la
dita cambra Real en presentia de la Senyora Infanta e del
Consell Real digueren e faeren la relatio semblant a la
prop dita stants e perseverants en lo dit pronostich. E en lo
dit dia de dijous lo dit Senyor Rey demana li fessen aportar
lo vel de la Sacratissima e tots temps verge madona
Sancta Maria mare de Deu de la qual ell era molt devot en tant
que decontinent fou denuntiat als canonges de la
Seu de Barcelona e tots ells ab solemne processo e acompanyats de
molt gran nombre de beneficiats de la dita Seu vengueren en
la cambra hon reposava la Magestat Real e aqui
li monstraren lo vel de nostra Dona lo qual vel ans de
besar aquell lo dit Senyor Rey proferi e dix moltes devotes e santes
paraules plorant e suspirant e ab tanta de devotio que tots
los circunstants provocava a plorar e a pregar lo
beneyt Jesus Salvador nostre per lo dit Senyor Rey en
tant que no era sino un gran trencament de cor veure una tanta Real
Majestat
axi vivament e devota parlar plorar e suspirar.

Capitol XX qui tracta de la denuntiatio feta al
Senyor Rey que fes testament e ordenas de les
coses temporals pus era ja passat per les spirituals.

E
tornada que sen fo la dita processo ab lo dit vel a la
Seu decontinent sens divertirse en altres coses la dita
Senyora Infanta mestre March Berga confessor del Senyor Rey e lo
noble mossen Rodrigo de Rebolledo Camerlench maior
del dit Senyor Rey e algunes altres persones del Consell Real qui
alli se trobaven presents supplicaren la Majestat
Real
que attes havia reebut los sagraments
de la confessio e de la Eucaristia e recorregut a Deu e
a nostra Dona e attesa la sua indispositio restava ara
disposar e ordenar de sos regnes terres bens e
senyories car axi faent ho satisffera al
orde que cascun bon christia deu (den) tenir quant Deu
lo visita ço
es primer provehir a la anima e apres al cors e
a les coses temporals e en aquesta manera fora loat e beneyt
lo creador quil havia format e aconseguira pus
prest sanitat en la anima e en lo cors. E
dites aquestes paraules lo Senyor Rey respos que ja en
dies passats pensant morir e no volent ho sperar al derrer
punct havia ordenat en poder de mossen Joan de
Coloma
secretari seu la sua ultima voluntat e
testament empero per quant li occorrien algunes
coses ordenar mes avant per salut de la sua anima e utilitat de tot
lo poble que Deu li habia commanat e pus a
quescu es licit testar e fer son testament
e codicils e aquells mudar fer e abolir una e moltes
vegades fins al pas de la mort per ço
ell havia delliberat per descarrech de sa
conscientia loar e approvar dit son testament e fer de
nou alguns codicills qui satisfaessen totes e
sengles coses per sa Majestat omeses posar e fer scriure en lo dit
testament e de fet feu tres o quatrc codicils en poder del dit mossen
Coloma en los quals entre les altres coses ha disposat que alguns
bens de la Esglesia dels quals lo dit Senyor Rey sera planit
fossen tots restituits e feu vot aqui en presentia dels
dessus dits que si nostre Senyor Deu li tornava la sanitat may
pus levaria un pel a la Esglesia car daqui
avant volia e ordenava que les coses qui eran de Cesar fossen
de Cesar e les coses que eran de Deu fossen de Deu. E
no resmenys lo dit Senyor Rey en los dits codicills
regonegue tots sos criats familiars e servidors manant
los fosen consignats de sos bens CXX
millia florins
. E ab dits codicills commana
aquells com a bons e fidelissimos servidors al dessus
dit Illmo. fill seu Rey de Castella.

Capitol
XXI qui tracta del proces de la dita malaltia.

E lo
divendres seguent que comptavem XV del dit mes de janer los dits
metges faeren semblant relatio al dit Consell Real del qual era cap
la dita Senyora Infanta stants e perseverants en lo pronostich dessus
scrit.

Capitol XXII qui tracta de la conclusio feta
entre los metges que lo Senyor Rey havia a morir e en
breu temps.

Quant vench en lo dissapte seguent hora ja molt
tarda e de nit que comptavem XYl del dit mes de janer los dits metges
tengueren collatio molt strela en lo dit palau Episcopal e faeren
entre ells conclusio que en lo dit Senyor Rey apparien molls senyals
de mort e per ço era de
pronosticar que necessariament havia morir e en breu temps. E axi
decontinent aquella nit per los dits metges fou denuntiat al Consell
Real.

Capitol XXIII qui tracta de la relatio feta al
Consell Real per los metges que fos denuntiat al
Senyor Rey que ell havia a morir en breu e que reebes
lo sacrament de la extrema unctio. E com per aquesta
vegada no li gosaren parlar sino de la extrema unctio.
E de la resposta feta per la Real Magestat.

Seguint
se lo digmenge que comptavem XVII del dit mes de janer
lo dit Senyor Rey persevera en la dita sua malaltia ab
la apparitio dels dits signes e evident demonstratio e
per ço los dits metges que aquell dia de digmenge
circa les VIII hores ans de la mija nit foren
congregats en lo dit palau Episcopal hon tengueren
llur colatio conclogueren entre ells en
presentia del dit Consell Real que pus a nostre
Senyor Deu era plasent de appellar al seu regne
en breu lo Senyor Rey li fos denuntiat per salut de la
sua anima tot lo seu esser dient li clarament que
reebes lo sagrament de la extrema unctio e ques
affarras ab la sacratissima passio de Jesu
Christ com ell fos mortal e no podia campar de aquesta
malaltia la qual realment era malaltia natural e no altra segons tots
concordes digueren. E llavors tots los del dit Consell
Real stigueren molt trists e torbats e romangueren
en gran pensament si fora be fet ne rahonable portarli
tal missatgeria ni qui fora lo missatger de aquella. E
axi conclogueren que ab debites
circunstancies li fos parlat sol de la extrema unccio dientli
si sa Majestat com fos manester fora contenta li fos
administrada aquella confortant e mettentlo en bona sperança.
E feta la dita conclusio circa les VIIII hores de la dita nit
decontinent stants en gir e entorn
del lit Real hon reposava lo Senyor Rey la dita
Senyora Infanta e los Illustres nets del Senyor Rey e quasi
tots los del consell Real e hun conseller de la dita
ciutat que acompanyat de dos ciutadans prohomens hi vellaba
lo dit Reverend mestre March Berga confessor del Senyor
Rey acompanyat dels Reverends ja dessus dits mestre Jacme
Rois
e mestre Joan Marques denuntia al Senyor Rey
com era de molta virtut e efficatia lo sagrament de la
extrema unccio dientli ab moltes debites
pertinents e apropiades rahons e ab les circunstanties
necessaries si li fora plasent reebre lo dit
sagrament. E lo Senyor Rey axi com a bo e catholich
christia respos decontinent molt virilment e ab
constant animo que tal sacrament a ell playa
molt reebre e pregava a ell qui aquell li havia denuntiat
que quant conegues fos hora ley faes venir car
per axo ell no sespantava de la mort car scebia
be que communa cosa es morir e per ço
tota la sua confiança
era en Deu *o qual supplicava humilment li alargas
la vida per be a fer o hon volgues que axi
prest moris li donas clara conexença de
la mort e de les sues faltes e defalliments
conformantse en tot e per tot sempre ab la voluntat de Deu. E
axi passada la mija nit lo dit Senyor Rey ab molta attentio
e devotio reebe lo dit sant sacrament de la
extrema unccio responent ell mateix sens instructor a
totes les coses necessaries de aquest sacrament e per cascuna
vegada que lo nom de Jesus era anomenat lo dit
Senyor Rey ab lo polzo de la sua ma dreta
faea lo senyal de la creu e aquell reverentment besava
en tant que haver fet ell aquest senyal de la creu e besat per
moltes vegades defallint li la virtud que ja nos
podia acostar sino ab gran treball lo polço
a la boca encara lo dit Senyor Rey per la gran devotio
que tenia de besar e adorar la creu quant hoya nomenar
lo sant nom de Jesus se perforçava
de inclinar lo cap
per ferli honor e reverentia. E axi mirants e
attenents tots los circunstants aquesta forma de
receptio del dit sacrament de extrema unccio
tant devotament e catholica feta per la Majestat Real
tots de un acort digueren e conegueren que lo
dit Senyor Rey
tenia tota la sua pensa en Deu
convertida hon monstrava certament haver avorrit
totes les coses vanes e transitories de aquesta vida mundana e esser
en stat de gratia.

Capitol XXIIII qui tracta de
la conclusio feta altra vegada per los metges que lo Senyor
Rey
no podia molt viure e que per algu del consell Real aço
li fos revelat per que millor se preparas a ben
morir.

Com vengue lo diluns seguent que
comptavem XVIII del dit mes de janer any dessus dit
consyderants los dits metges en lo dit palau
Episcopal congregats que en lo dit Senyor Rey eran
tants senyals qui necessariament denuntiaven mort al
Senyor Rey de la qual per los dits senyals ells veen
clarament que sa Majestat no podia campar de aquesta
malaltia e staven admirats com tant se differia la mort
per star lo Senyor Rey ja havia dos dies axi mal
e en tal punct e fora tota sperança.
E per ço
haguda primer collatio de aquestes coses entre los dits
metges fou conclos que clarament ab debites
circunstanties fos revelat per algu del consell Real al
Senyor Rey que los metges lo daven per mort e
que non tenien sperança
alguna e aço hagues per cert persuadint lo a ben morir
e tenir la sua pensa tota en Deu e avorrir totes
cogitations si algunes lo dit Senyor Rey tenia en les
coses mundanes.

Capitol XXV qui tracta de la conclusio feta en
lo consell Real qui faera la ambaxada al Senyor
Rey que havia prest morir e del ambaxador en aço
elet.

E feta la dita conclusio dels dits metges
decontinent fou congregat e celebrat en lo dit palau
Episcopal tot lo consell Real
sobre lo qui seria aquell qui tal nova aportara
a la Majestat Real e com molt haguessen parlat fou
entre ells conclos nemine discrepante que de la dita
nova fos lo missatger e embaxador al Senyor Rey lo
molt magnifich mossen Joan Pages cavaller doctor e
vicicanceller del dit Senyor Rey lo qual
decontinent manifestas la dita nova al Senyor Rey
en presentia del Reverend mestre March Berga
confessor del dit Senyor Rey e en presentia dels altres
qui eran del dit consell Real.

Capitol
XXVI qui tracta de la acceptatio de la dita ambaxada e com
aquella fou feta al Senyor
Rey ab clara denuntiatio que havia en breu morir de aquella
malaltia.

E lo dit Vicicanceller tement no
agreviar tanta Majestat e quasi volent recusar tal
empresa e ambaxada sobre de prechs e per quant era stat
axi delliberat en lo dit consell Real
pres en si mateix gran sforç
en mettre en executio tal ambaxada confiant de la
gratia del Sperit Sant quil illuminaria
en explicar ab debites circunstanties les coses
contengudes en les instruccions verbalment per lo consell
Real
a ell fetes de denuntiar al Senyor Rey com ell
havia a morir de la dita malaltia e en breu temps que per
ventura no visquera un dia. E axi aquest dia de dilluns
en presentia del dit consell Real lo dit
Vicicanceller explica al dit Senyor Rey ab
moltes debites circunstancies la dita ambaxada dient li entre
les altres coses (se lee ceses). «Senyor del queus he
a dir
e explicar en presentia de aquests Illustres
reverends nobles espectables e magnifichs Senyors vos
ne deman
perdo car a mi es forçat desenganar
V. M. axi com oireu. A nostre Senyor Deu plau appellar
vos a la gloria de paradis e traureus de aquesta
miseria mundana com los metges al consell Real e a mi
ho hajen axi divulgat no trobants
medecina alguna vos pusca valer ne ajudar
sino la misericordia de nostre Senyor Deu quius vol collocar
en lo seu Sant Regne e han volgut Senyor yous ho
digues axi clar e distinctament per ço
que vos Senyor postposant totes cogitations e pensaments sin
teniu
en les coses transitories de aquest mon e no havent
sperança
en la vida del cors vos aferreu ab la
sacratissima passio de aquell Senyor Jesu-Christ ver
Deu e ver home queus ha tant carament comprats
ab la sua preciosissima sanch car
merits vostres ne altres nous poden portar a paradis
sino tantsolament los merits de la sacratissima
passio sua. E vos Senyor preneu aquesta mort ab
molta patientia e ab esforç
com a bon christia faent graties a Deu com vos
ha fet viure tant longament en vostres terres e Regnes
en les quals lexau glorios e bon fill Rey Senyor e
successor e fentli aximateix moltes graties
com vos ha dat spay de reebre tots los
sacraments de Sancta mare Esglesia e haver conexença
de vos mateix que (qne) no es poca gratia. »

Capitol
XXVII qui tracta de la singular e catholica resposta
que feu la Majestat del Senyor Rey com li fou
explicat que havia en breu morir e del replicat que li fou
fet e com hi satisfeu la Real Majestat.

E
explicada la dita ambaxada de la mort decontinent lo
dit Senyor Rey ab gran sforç
e animo constant respos e dix que certament ja
ell conexia que de aquella sua malaltia havia de
morir e axi que pus nostre Senyor Deu ho havia axi
disposat que ell no havia a dir altra cosa sino fiat voluntas tua
e conformarse en tot e per tot ab la voluntat divina reputant
a gran fidelitat esser li feta tal denuntiatio de la mort la
qual ell prenia ab molta pacientia e tenia gran fe e confiança
en lo Senyor beneyt quel havia creat que pus
axi havia ordenat de ell no mes viure en aquest mon lo
collocaria en bon loch per merits de la sua
sacratissima passio e nol puniria segons los
peccats
e demerits seus innumerables. Mas
usaria vers ell de la sua acustumada clementia
e pietat axi com fins açi
havia usat. E aquesta ambaxada de morir en breu fou al dit Senyor Rey
tant accepta que per aquella non pres alteratio
alguna ans la dita resposta feu axi com es dit ab
tant sforç constant e viu animo que mes dir nos
poria
. Dient encara mes avant al dil Vicicanceller que de
tal ambaxada ne denuntiatio no li volgues demanar perdo
car a gran servey e complacentia ley
reputava e que ell dit Vicicanceller no dubtas en aquest
transpas de la mort la sua Majestat spantar se
per quant tota la sua pensa era en Deu e tenia ferma
confiança
en ell e en la sua sacratissima mare advocada
dels peccadors que maligne sperit algu no haguera
poder sobre ell ne sobre la sua anima la qual ell
commanava a son Senyor e Redemptor. E lavors lo
dit Vicicanceller replicant dix molt humilment e ab
gemechs senglots e veu piadosa. «Ha Real
Majestat e mon bon Senyor bon dia ha vengut a vostra
gran Senyoria com teniu tanta constantia e bon proposit en
morir e voler lo que Deu vol placia aldemenys a
V. R. Majestat de pregar nostre Senyor Deu per mi. » Al qual
Vicicanceller lo dit christianissimo e bon Rey
e Senyor nostre ab gran sforç e molt piadosament
respos e dix. «O vos Vicicanceller
los vostres loables e bons serveys ja preguen Deu per
vos.»

Capitol XXVIII qui tracta del acte e
contemplatio molt singular que feu lo Senyor Rey
tenint abrassat lo Crucifix plorant e suspirant.

E
acabat lo dit rahonament lo
dit Senyor Rey monstra esser cansat e dix al dit
Vicicanceller e als altres aqui circunstants que ell
los pregava lo lexassen un poch reposar
per quant ell volia assajar si poguera dormir. E axi
lo
Senyor Rey stech que no parla per spay de
una hora e mija en tant que fou vist a tots los
circunstants que dormia. E pasat lo dit spay
del dit repos lo dit Senyor Rey sens altres paraules
precedents demana la creu gran stant sobre laltar qui
era bastit assats prop lo lit hon
reposava lo dit Senyor Rey en la qual creu era la
imatge e figura del Crucifix e aquella ab gran devotio
e plorant ell besa e les mes apres entre los seus pits
e brassos continuament orant e demanant a nostre Senyor Deu venia
de sos peccats ab molts grans suspirs
gemechs e lagremes e ab tanta devotio e manera
que nos poria dir ne scriure. E certament fou
aquest acte o manera de orar tant piados e de tanta devotio e
contrictio que no era algu per poch o gran que
fos en la cambra hon lo dit Senyor Rey jahia
malalt que no sanglotejas e ploras. Axi que fou
necessari dir al dit Senyor Rey que lexas la dita creu
e reposas per algun spay car apres com hora fora
la tornara cobrar. E de fet lo Senyor Rey se leixa del
orar e feu tornar la creu en son loch.

Capitol
XXVIIII qui tracta del manament fet per la Majestat Real
a son Secretari que scrivis una epistola
axi com lo Senyor Rey li diguera.

Subseguides
axi catholicament e piadosa les dites coses decontinent
lo dit Senyor Rey demana mossen Joan de Coloma
secretari seu al qual mana que aqui de continent en presentia
sua scrivis una epistola la qual la sua
Altesa volia fos tremesa decontinent al
Illustrissimo don Ferrando fill seu Rey de Castella e
primogenit de Arago. E decontinent lo dit mossen
Coloma
pres la ploma e scrivi la dita
epistola en lengua castellana axi
com lo Senyor Rey li deya e ordenava de mot a mot.
Aço
fou cosa de gran maravella et Dei donum que stant axi
lo dit Senyor Rey vexat e prop lo terme dels
seus derrers dies se recordas en tanta manera del dit Illmo.
Rey don Ferrando
fill seu ordonant e faent scriure
axi catholicament e be tot lo que li volia dir
en presentia. Aquesta epistola fora stada
molt pus piadosa e millor ordenada si lo dit Senyor Rey
fos stat constituit en major dispositio e
convalescentia la qual epistola axi ordenada per
lo dit Senyor Rey es del tenor seguent (1).
N. del
E. (1) Esta carta la recibió su hijo D. Fernando en el lugar de
Cassares del Reino de Castilla, y en el mismo después
de breves días la noticia de la muerte de su Padre.
Veáse la 2.a
coluna del fól. 249 de las Chroniques de Espanya del
mismo autor, en cuyo lugar copia también esta carta en castellano,
poniendo en seguida una exortacion a los Reyes, Príncipes y
Señores de vivir bien.

Epistola en vulgar castella
tremesa per la Majestat del Senyor Rey al Illustrissimo
don Ferrando Rey de Castella e primogenit de Arago
fill seu
en la qual li dona la paternal benedictio:

Serenissimo Rey nuestro muy caro e muy amado
fijo. Pues a la divina Majestat es plaçiente
que en nuestros dias no vos veamos que era la cosa despues de la
salvation de la anima por nos mas desseada por
aquesta carta que sera como postrero comiate entendemos
fazer el officio de padre a quien nuestro Senyor
por su infinida bondat ha dado fijo tan
obedientissimo e de tanta virtut y excellentia.
Recebido havemos por special dono de quien tene
el poder los sanctos sacramentos de la Esglesya e fecho
todos ordenes de christiano no con aquella contriccion e
arrepentimiento que deviamos por ser tan grandes las offensas
que fecho le havemos e tan poco el reconocimiento de tantas e
tan senyaladas gratias como de su omnipotontia
havemos recebido mas segund ha podido alcançar
la fragilitat nuestra confiamos empero en la summa
clementia suya que por aquel derramamiento de sangre que por
nosotros peccadores fizo en el arbol de la vera
cruz
haura misericordia deste su siervo que es
tierra e figura de sus manos e no querra con el entrar en
juizio pues es cosa cierta que ante tal juez ninguno
justificar se puede. Fijo ya podeis consyderar en el
puncto en que stamos que ni regnos ni subditos
ni potentias algunas humanas por grandes que sian
ayudar ni valer nos pueden salvo aquel Creador e Redemptor del mundo
en cuyas manos stamos y es este passo tal que
querriamos haver seydo uno de los mas infimos hombres
de nuestros regnos e senyorios. Recordat vos
pues que quando a el sera plaziente haveys de
venir a esto mesmo e que vos dolra lo que en offensa
de nuestro Senyor fecho haureys de dolor tal que en
sanidat cogitar no se dexa y assi mesmo
del bien que habreys podido fazer e no haureys
fecho. Vengaus en la mente de quanta grandeza
son los regnos e senyorios en que soys e haveys
de ser inmediato lugarteniente suyo e que quanto son mayores
mayor e mas strecho sera el cuanto que dellos le
haveys a dar. No vos enganye el mundo
como faze a los mas que en qualquiere edat sean
siempre piensan haver tiempo a emendar sus faltas.
Levat siempre ante los ojos el temor de Dios e passen
vos alguna vez en el dia por la memoria los tan grandes dones e
gratias que fecho vos ha por que conosciendo le
soys grato vos faga fazer su sancta
voluntat. La justicia sobre todas cosas sea el spejo de
vuestre corazon faziendo la sin exception
de personas. La defension de la fe catholica y de la
Iglesya Sancta de continuo se vos represiente
los regnos e subditos conservat en paz y en
justicia sin injuria del proximo evitando quanto al
mundo podays todas guerras y discensiones
e no vos olvideys la humildat que es cosa acceptissima
a nuestro Senyor que por sola aquella la gloriosissima Virgen
Maria merecio ser madre suya. E por no divertir nos
(entretenernos) mas en las cosas del mundo con la presente vos
damos nuestra paternal benediccion supplicando a
la immensa potentia que de su mano sanctissima
vos bendiga e la benediccion suya e nuestra sean siempre con
vos por que como buen Rey e catholico principe
rijays e governeys los Regnos e tierras a vos
encommendados de manera que rendays buena razon a
nuestro Senyor de los talentos que vos ha dado e vuestros dias sean
fechos luengos sobre la faz de la tierra a su sancto
servitio e veays fijos de vuestros fijos
fasta la tercera e quarta generation e
adveniendo el termino por el statuido vos colloque
en su sancto Regno al qual plega levarnos
por su sancta misericordia. A nuestro Secretario havemos
encommendado vos diga cierta cosa en fe de su officio e
por la crianza que del havemos fecho sea le
dada entera fe. E guardeos nuestro Senyor como tiene el poder.
Dada en Barcelona a XVIII de janero Mil
CCCCLXXIX (1).
N. del E. (1) Aunque el autor tacha en su
manuscrito la traducción que hizo de esta carta al
vulgar catalan y dice en una nota: nos ha parecido conveniente copiarla, para que de su
comparación con el original se deduzca el profundo conocimiento que
tenía de ambos idiomas, en una época en que el castellano era bien
poco conocido en Cataluña.

«Serenissimo Rey
nostre molt char e molt amat fill. Pus a la divina
Majestat es plasent que ara en nostres derrers dies nous
vejam com aço
fos cosa apres la salvatio de la anima per nos mes
desijada. Per aquesta epistola que sera lo
derrer comiat que prenem de vos entenem per offici de pare al
qual nostre Senyor Deu per sa infinida bondat ha
dat fill tant obedientissimo com sou vos e de tanta
virtut e excellentia dotat notificam vos com havem reebut
per special gratia de nostre Creador e Senyor quin
te lo poder los sants sacraments de Sancta mare
Esglesia. Axi que havem fet tot orde de christia
no empero ab aquella contriccio e dolor de
cor
que deviem per esser tan grans les offenses que
contra la Majestat divina perpetrat havem e la conexença
tan poca de tantes e tant assenyalades graties
les quals de la sua omnipotentia havem reebut
mas ab aquella major humilitat e devotio
que la fragilitat nostra nos ha companyat confiam
empero en la sua
gran clementia e tenint tota la sperança de nostra
salvatio fundada en la sua sacratissima passio
axi que per aquell scampament de sanch que ha
fet en larbre de la Vera Creu per nosaltres peccadors
haura misericordia de nos minimo servent de la
sua divinal Majestat qui som terra e figura de
ses mans e no volra entrar ab nos en iuy
com sia cosa certa que devant tant e tan poderos juy
algu qualsevulla sia justificar nos pot. Vos
fill meu molt char ja podeu consyderar en lo
punct en que nos ara stam que ne regnes
ne subdits ne potenties algunes humanes
per grans que sien ajudar e valer nons poden sino
tantsolament aquell
Creador e Redemptor del mon en les mans del qual tots stam (no
hay punto o no se ve
) E no sens gran dolor de
cor
referim com aquest transpas de la mort es tal que
volguerem e estimarem esser stats hu dels
mes inferiors e subdits homens dels nostres regnes e
senyories per quant non haguerem dar ne
retre tan gran compte a Deu com havem. Recordam vos
Rey e fill nostre molt char recordam vos que
quant a Deu sera plasent vos haveu a venir en aço
mateix e no sabeu quant ne a hon ne com e
llavors vos dolra tot ço
e quant en offensa de nostre Senyor Deu fet haureu de
tal manera que en sanitat dir e cogitar nos poria
e aximateix del be que haguereu pogut fer e no haureu
fet. Vinguen vos donchs Rey e fill
nostre molt char aquestes coses totes a la pensa e
encara sovint vullau recordar de quanta grandesa son los
regnes
e senyories en que sou
ara constituit e sou inmediat loctinent de Deu e que
quant son majors major e mes stret sera lo compte que
de aquells li haureu a donar nous engan lo mon
com fa a molts homens qui en en qualsevol edat sien
tots temps pensen haver temps en smenar llurs faltes
mas teniu tots temps devant vostres ulls lo temor
de Deu que es principi e saviesa e passen vos algunes de vegades
lo dia per la memoria los tan grans dons e
graties que lo Senyor beneyt e Creador del mon
fetes vos ha car havent vos conexença
de aquests dons e graties li sereu agradable e molt
accepte eus fara fer tots temps la sua voluntat.
La justitia sobre totes coses sia lo miral
e figura del vostre cor faent aquella sens acceptio
de persones e nous oblit per res la defensio de
la fe catholica e de la Esglesia militant e
continuament amau los regnes terres e subdits vostres e
teniu e conservau tots aquells en pau concordia e
justitia sens injuria del proisme exhortant
vos que avorriau tant quant vos sera possible totes guerres e
dissentions e nous oblideu per res la humilitat
la qual es molt accepta a nostre Senyor Deu car per
aquesta sola la sacratissima e tots temps verge madona Sancta
Maria advocada nostra e de tots los peccadors
meresque esser mare de Deu. E per no divertirnos mes
avant en les coses del mon ab tenor de la present vos donam
nostra paternal benedictio supplicant lo
Senyor e Rey dels Reys que de sa ma sanctissima
vos beneesca e la benedictio sua e nostra sien
tots temps ab vos e sobre vos a fi que com a bon Rey e
catholich princep e Senyor pugau regir e
governar tots los regnes e terres que teniu per Deu en
commanda en tal forma que de aquests bens de fortuna pugau
dar bona rao e compte a nostre Senyor Deu. Los
vostres dies sien fets lonchs ab beneventurança
sobre la faç
de la terra e al seu sant servey e queus vejau
fills de vostres fills fins en la terça
e quarta generatio e quant vendra a vos lo terme
de la mort lo qual Deu vos ha ja constituit li placia
dar vos esforç
contra les temptations del dimoni e fer tot orde de
christia collocant la vostra anima en lo seu
eternal regne lo qual a nos peccador per
merits de la sua sacratissima passio nos vulla
dar e no punir nos segons nostres peccats com
ell no vulla la mort del peccador mas ques
convertesca e visca. A nostre Secretari havem commenat
queus diga certa cosa en fe de son offici e per
lo nudriment que dell havem fet sia li
donada plenissima fe e crehença.
Dada en Barcelona a XVIII de janer del any de la
nativitat de nostre Senyor Deu MCCCCLXXIX > (1)

N del E.
(1) En el Memoriale n. 49 fól. 500 v., donde pone una copia de esta
carta en castellano, añade Carbonell la siguiente
nota. « Aquesta letra yo Pere Miquel Carbonell
he esplanada e traduida en lengua cathalana
affeginthi alguns mots qui certament segons los
qui si son trobats com lo S. Rey la mana fer son
procedents e encara altres de mes ponderositat e devotio de la
Majestat Real qui ha finat sos derrers
dies tan gloriosament que nos creu que may Rey
de Arago
passas desta vida millor. E aço
he fet per quant desliber mettre aquella en la obra que
fas de tots los actes quis son seguits en la
malaltia e mort del dit S. Rey e encara en la sepultura la
qual li es stada feta tant solemnement e piadosa com may
sia stada fete a Rey. Cuius anima in pace
requiescat. >

Ordinatio Regis Petri III.

Vide
in regesto Gratiarum MCCCLXXVI folio LXIX ordinationem
quam facit dominus Rex pro sepulturis eius et aliorum
Regum Aragonum ita quod eorum corpora per Abbatem
et Monachos Monasterii Populeti sepeliri habeant
in dicto Monasterio ubi quamplurimorum Regum Aragonum
corpora requiescunt mandantes vassallis et subditis
dictorum Regnorum ut non jurent dictos Reges in initio
eorum novi dominii donec suam in dicto Monasterio sepulturam
elegerint modo et forma in dicta ordinatione expressatis que
ordinatio hic inseratur (1).
N. del E. (1) Realizando los deseos
del Cronista de insertar en este lugar la ordenacion que aquí
se cita, la copiamos a continuación tal cual se halla registrada al
fól. 61 del registro n. 930, del Archivo general de la Corona de
Aragón.

In Dei eterni nomine universis pateat evidenter.
Quod Nos Petrus Dei gratia Rex Aragonum etc. Exemplo Sanctorum
patrum nostri videlicet primi parentis et Abraee Issach
que et Jacob qui in catalago
fidelium antiquorum vita et meritis prepollentes propriam elegerunt
sepulturam certum locum inducimur eligere in quo nostrum et
cunctorum Regum Aragonum futurorum peracto curso vite huius
corpora tumulentur. Sane inter cetera Monasteria et loca
Religiosa
nostri domini que devotis affectibus amplexamur ad
monasterium Populeti ordinis Cisterciensis
veluti sancte religionis decore conspicuum status nobilitate
prepollens venustate decorum et a nostris fundatum progenitoribus et
amplis dotatum beneficiis ac gratiis et privilegiis comunitum et in
quo plurium ex nostris predecessoribus Regibus
Aragonum
corpora conquiescunt gerimus intime devocionis
affectum. Et ideo volentes Monasterium ipsum sepulturis nostri
et successorum nostrorum Regum Aragonum insigniri ex certa
scientia motu proprio et dicte devotionis instinctu nostram et
dictorum successorum nostrorum in dicto Monasterio elegimus
sepulturam corpusque nostrum cum migraverit ab hac luce
et nunc pro tunc eidem Monasterio sepeliendum inibi
concedimus atque damus. Statuentes ordinantes ac volentes omnino quod
in dicto Monasterio et non alibi sit et habeat esse sepulcrum
nostrum et omnium predictorum successorum nostrorum Regum Aragonum
nostrumque et eorum corpora per abbatem et Monachos
dicti Monasterii sepeliantur et sepeliri habeant
in eo solemnitate et honorificencia quibus decet. Exortantes etiam in
Domino et admonentes sub paterne benediccionis obtentu
inclitum et magnificum Infantem Johannem carissimum
primogenitum ac in Regnis et terris nostris
universalem successorem et omnes alios nostros post eum
suecessores Reges Aragonum quod eleccionem ordinacionem et
statutum nostra huiusmodi tenaciter observantes et prosequentes in
hiis voluntatem nostram corpus nostrum cum sublatum fuerit ab hac
luce in dicto Monasterio tumulari faciant et in illo suam
utique eligant sepulturam adjicientes quod si extra
dictum Monasterium ubicumque nos mori contigerit corpus
seu ossa nostra cum carnibus fuerint destituta
(destitnta) ad ipsum Monasterium transportentur.
Nos enim dictos nostros successores et eorum quemlibet successive ad
predicta huius nostri rescripti serie in hiis vim legis seu
incomutabilis voluntatis ultime obtinere volumus astringimus
quantumcumque possumus et efficaciter obligamus abbatem etiam et
conventum dicti Monasterii specialem inde concessionem
irrevocabiliter facientes. Et ut predicta maioris firmitatis robore
fulciantur vovemus domino nostro Jhesu-Christo et beatissime virgini
Marie eius matri sub cuius invocatione dictum Monasterium fundatum
est ac etiam juramus per dominum Deum et eius sancta quatuor
evangelia nostris manibus tacta quod eleccionem donacionem
ordinacionem et statutum nostra huiusmodi et alia supradicta et
infrascripta tenebimus et observabimus tenerique et observari
faciemus quantum in nobis fuerit inconcusse et ea non revocabimus nec
alias contrafaciemus jure aliquo sive causa imponentes nobis legem
qua predicta mutare vel ab eis recedere nobis non liceat ullo modo.
Et ulterius mandamus firmiter et expresse universis et singulis
vassallis et subditis nostris cuiuscumque status et conditionis
existant presentibus et futuris eosque affectuose rogamus quod
nostris in hiis adherentes affectibus illos qui nobis in Regali
successerint dignitate in eorum Reges et dominos non jurent
donec suam in dicto Monasterio sepulturam elegerint modo et forma
superius expressatis vel aliis quibus melius et firmius valeat
ordinari hec quidem disponimus volumus et precepimus fieri quibusvis
ordinacionibus juribus statutis et provisionibus aliisque hiis
contrariis seu adversantibus quas et que tollimus et revocamus ac
locum non habere decernimus quo ad ista obsistentibus nullo modo. In
cuius rei testimonium presentem cartam fieri et sigillo bulle nostre
plumbee impendenti jussimus comuniri. Data Barchinone
secunda die januarii anno a nativitate Domini MCCCLXXVII. Regnique
nostri quadragesimo secundo. Rex Petrus. – Signum Petri Dei gratia
Regis Aragonum Valencie Majorice Sardinie et Corsice
Comitisque Barchinone Rossilionis et Ceritanie.
– Testes sunt. – Luppus Cesarauguste Archiepiscopus Cancellarius. –
Infans Martinus Comes de Xerica et de Luna. –
Johannes Comes Impuriarum milites. – Petrus Comes Urgelli et
Vicecomes Agerensis domicellus. – Petrus Galcerandi de Pinosio miles.
– Dominus Rex mandavit mihi Bartholomeo Sirvent.

Capitol
XXX qui tracta de fer bones obres cascun Princep
Rey Senyor e vassall memorant aquella
egregia
e sancta auctoritat de Hugo de Sancto Victore
sobre la mort.

O com es cosa piadosa qui vol
pensar en contemplar en les catholiques e sanctes
peraules contengudes axi en la dita epistola
Real com encara en los sobrescrits capitols. E
per ço
deurien tots los Reys
princeps e Senyors e tots llurs vassalls
e subdits fer bones obres e star be ad Deu tant com
cascu ha spay de reconsiliar vivint en aquesta
miseria mundana. Prengam donchs e memorem sovint
aquella singular auctoritat de Hugo de Sancto Victore
en lo primer libre qui tracta de anima
dient axi Quid profuit illi inanis gloria: brevis letitia:
mundi pompa: carnis voluptas: falçe
divitie: magna familia: et mala concupiscentia.
Ubi risus?
Ubi jocus? Ubi jactantia? Ubi arrogantia? De
tanta letitia quanta tristitia: post tantam voluptatem
tam gravis miseria: de illa exultatione ceciderunt in magnam ruinam
et magna tormenta. Quicquid illis accidit tibi accidere potest quia
homines homo de humo limus de limo de terra es
et de terra vivis et in terram reverteris quando veniet dies ultima
que subito venit et forsitan hodie erit certum est quia morieris sed
incertum quando aut quomodo vel ubi quia mors ubique te expectat *(la
quoque si sapiens fueris ubique eam expectabis.
E transportades
del lati en romans les dites paraules volen tant dir.

« Que aprofita a aquell quant mor la vana gloria la breu letitia
e goig la pompa del mon los vans delits de la carn les falses
riqueses la gran familia e la mala concupiscentia. Hon
es lo riure hon es lo joch hon es
la jactantia hon es la arrogantia. De tanta
letitia e goig quanta tristitia. Apres tant de
delit e pler quanta miseria. De aquella exaltatio e
alegria son cayguts en gran ruina e grans torments ço
que a aquell es seguit pot seguir a tu per tant com som homens.
Home de la terra lim del lim de terra est e de
terra vius e en la terra tornaras quant vendra lo teu
derrer dia lo qual sobtosament ve e per ventura vuy
sera cert es que morras mas es incert quant e
com e en quin loch car la mort en tot loch te
spera. Tu empero si savi seras en tot loch
aquella speraras.
E per ço
lo dit glorios Rey com aquell qui volenterosament
e ab animo constant sperava la mort quia bene
mori nihil aliud est quam libenter mori
volent tant dir que ben
morir no os altra cosa sino volenterosament morir nos
altera no murmura quant fou desanganat clarament que
havia en breu morir de la dita sua malaltia ans respos
com a bon christia molt piadosament e catholica axi
com dessus en los predits capitols es largament
scrit. E per ço
cascun christia deuria continuament pensar en la mort
axi com faea lo beneventurat Sant
Hieronym
que deya sive comedo sive bibo sive quodcumque
aliud opus facio semper auribus meis insonare videtur illa terribilis
tuba surgite mortui venite ad
juditium
volen tan dir o yo menge o bega o
qualsevol altre obra yo face tots temps es vist sonarme
en les orelles aquella trompa terrible levau vos morts
veniu al juy. Car segons ell mateix diu en lo
seu prolech de la biblia facile omnia contemnit qui
se semper cogitat moriturus
volen tant dir que la
persona qui tots temps cogita en la mort de la qual
algu escusar nos pot facilment tal persona avorreix
totes coses quo res de vanitats ne dalits de aquest mon
no li fan goig. E axi no pora esser que la tal persona
no fassa bones obres e no visca en gracia de Deu e
fassa bona fi axi com ha feta lo dit
Illmo. e glorios Rey e Senyor nostre don Joan
qui tots temps es stat molt huma virtuos e liberal
Senyor e ses conformat en tot e per tot ab la voluntat
de Deu.

Capitol XXXI qui tracta com es de notar e
digne de commendatio la benedictio dada per lo
Senyor Rey
al Illmo. Rey fill seu e de la altra
epistola tremesa per lo Senyor Rey a la Serma.
Senyora Reyna de Sicilia
daça
far filla sua.

Finalment es de notar e de
commendatio digne la benediccio la qual com dit
es en la dita epistola lo dit Senyor Rey don Joan stant
axi en la agonia de la mort com es dit volgue donar al
Illmo. Senyor don Ferrando Rey de Castella fill seu per dar
bon eximpli de simateix al dit Senyor Rey fill
seu e a tots los qui vendran apres ell e
succeiran en los seus Regnes e terres que fassan
semblant e tenguen e serven totes e sengles coses
contengudes en la dita epistola si prosperar longament
en aquest mon e eternalment viure en laltre segle
desigen. E es veritat que scrita la dita epistola
e ordenada per lo dit Senyor Rey com dit es decontinent
per sa Majestat fou manat al dit Secretari seu que
scrivis segons lo dit Senyor Rey ordenara una altra
epistola ab la benediccio paternal e
semblant a la propdita la qual volia fos decontinent
tremesa a la Illma. dona Joana filla sua Reyna
de Sicilia
daça far. E axi es stat
fet. Empero per no replicar una mateixa cosa non so
volgut curar en insertar aquella en lo present libre.

Capitol
XXXII qui tracta de les derreres paraules que dix lo
Senyor Rey ja constituit en la agonia de la mort tenint lo
Crucifix
entre los brassos e de la protestatio
contra lo maligne sperit per esser ferm en la
sancta fe catholica.

E dada conclusio en
fer la preinserta Epistola axi piadosa e ab
totes les circunstancies necessaries e fets alguns codicills
per lo dit Senyor Rey en poder del dit magnifich
Secretari seu mossen Coloma lo qual ja en dies passats
havia reebut lo testament del dit Senyor Rey
quant vench en la hora tarda e molt vespre del
dit dia de dilluns lo dit Senyor Rey sentint se ja prop
de la mort de la qual veya no podia en alguna manera campar
demana que li fos dat lo Crucifix qui stava
sobre laltar segons ja es dessus dit lo qual
decontinent li fou mes entre los brassos
e aqui lachrimajant e molt piadosament e ab gran
devotio e reverentia besava molt sovint los peus
del Crucifix dient. «Senyor ver Deu e ver hom
contemplant yo aquesta imatge tua te clam merce
e misericordia quet placia emparar la mia
anima e collocar aquella en lo loch hon
les altres animes beneventurades reposen.» E entie les
altres pregaries e devotes oracions per ell fetes al Senyor dix
ab devotio la protestatio seguent. «
Senyor Deu Jesu-Christ yo peccador proteste ara
e tots temps e per lo transpas de la mort contra lo
maligne sperit que si per alguna temptatio o illusio
diabolica me desviaba dels articles de la fe
catholica
que no hi consent e ara per llavors hi
dissent
car mon bon proposit tot temps es stat
e es ara de viure e morir en la sancta fe catholica.
E
dich humilment in manus tuas Domine commendo
spiritum meum redimisti me Deus veritatis.
»

Capitol
XXXIII qui tracta del dia del obit del Senyor Rey
e del dol e tristura romasa en la ciutat.

Estant
axi lo Senyor Rey en la agonia de la mort fou li
dat I poch de brou ab una pipa e
era ja quasi hora de la mija nit del dit dia de dilluns
de ques segui que perde la paraula e may
parla pus e stech axi penant en la agonia de la
mort fins al mati seguent que era dimarts e comptavem XVIIII
de janer any dit MCCCCLXXIX e axi tocades les set hores
demati ans de mig jorn del dit dia de dimarts lo
dit Illmo. humanissimo e bon Rey e Senyor nostre
don Joan rete la anima a nostre Senyor Deu de
ques segui decontinent en dit palau Episcopal
e per tota la dita ciutat de Barcelona un tan gran dol
plor e tristor com may sia stat
vist e totes faenes e negocis tancades les portes dels
obradors cessaren per tres dies continuus que no era algu
pogues res fer en la ciutat tant stava tot lo poble
trist e desconsolat. E aquest tancar de portes e cessar de tots
negocis fou fet per ordinatio dels Consellers de
Barcelona
ab veu de publica crida feta per tots los
lochs
acustumats de la dita ciutat.

Capitol
XXXIIII qui tracta com al Protonotari o al Secretari del
Senyor Rey se pertany continuar totes les relations
que acostumen de fer los Metges al Consell Real
dels accidents e indispositio de la Majestat Real fins
lo dia que passa desta vida inclusive.

E per quant es cosa acustumada que en les malalties e
indisposicions Reals los Metges entrevenints en
aquelles fan per cascun dia relatio una e moltes
vegades tant com es necesari al Consell Real en lo
punct
que sta e troben la Majestat Real. E de
cascuna relatio per los dits Metges feta sen
fa
scriptura e acte autentich en poder del
protonotari o del Secretari tenint lo primer
loch en casa del Senyor Rey. E aços
fa per dar complida rao de la malaltia accident e obit
de la Real Majestat axi als Illustrissimos
muller e fills Reys e altres princeps e
Senyors
qui son en grau e parentela de tal Majestat Real
com encara a les ciutats castells viles e lochs criats
familiars domestichs servidors officials e vassalls de
la prefata Real Majestat tota hora e quant se demana
es vol sceber e llavors coneix cascu si
tal Rey princep e Senyor es mort de mort natural
(natura-o) o daltra mort ne si mort catholicament
e com a Christia o no. E per ço
de totes les dites relations fetes axi per lo
dit mestre Miro com per los altres metges a ell associats sen
ha
fets actes certificats per lo dit mossen Joan
de Coloma
Secretari del dit Serenissimo Rey nostre
e Senyor tots per orde e per jornades axi com se pertany
en lo dit Consell Real continuar e scriure ho
requeria per llur honor e descarrech.
Capitol XXXV
qui tracta de les marragues fetes als familiars domestichs
servidors officials e ministres de la casa del Senyor Rey.

Mort lo dit Senyor Rey de continent
los manumissors se digueren al thesorer
mossen Guillem de Peralta e al Scriva de ratio mossen
Pau Rossell que fessen fer per alguns sartres
tantes marragues com fossen mester a ells e a
tots los familiars domestichs servidors officials
e ministres de la casa del dit Senyor Rey. E apres si
los diners gastaven que passat I mes que cascu
hagues portat marragues se prengues per lo luto
tant drap negre com fos manester donant ne a cascu
dels que marragues haurien portat una gramalla ab
son copiron (capiron
según se lee más adelante
).
Es veritat que per quant los diners no han bastat ne lo
Senyor Rey de Castella
fill del dit Senyor Rey don Joan
nos trobava açi
lo dit dia del obit del dit Senyor Rey com fos
en Castella en la ciutat de Trusillo los dits
manumissors no pogueren dar a cascu sino
de les dites marragues. Empero alguns e yo entre
los altres apres I mes que les dites marragues
foren portades sen faeren a llurs despeses gramalles
e capirons de bruneta axi com yom fiu la
mia la qual pagui de mos diners propris per fer
honor al Senyor Rey e a mi mateix car a molta vergonya yo
reputava posar les marragues e no vestirme de luto.
E es veritat que tot lo dit dia de dimarts e la prop
seguent nit lo cors Real del dit Senyor
Rey
molt richament vestit e be acompanyat de
diverses preveres religiosos qui dehien
offici e orations ab multitud de entorxes
alli cremants stigue dins lo dit palau del Bisbe
e en la cambra hon era mort sobre lo seu Real lit.

Capitol XXXVI qui tracta del embalçamar
e aromatizar lo cors del Senyor Rey.

En lo
predit dia se aplega tot lo dit Consell qui
vivint lo dit Senyor Rey se deya Real en lo
dit palau Episcopal per delliberar si los dits
manumissors eran tenguts o no en fer balçemar
lo cors del dit Senyor Rey attesa la ultima
voluntat del dit Senyor Rey qui en sos codicills
havia ordenat e manat que en alguna manera nos
balçemas.
Finalment haguda sobre aço
molta disseptatio fou conclos e delliberat que
lo dit cors Real fos balçemat
attes lo gran discurs de temps ques havia fer
per tenir aquell en la sala del palau Real major e encara per
aportarlo al Monastir de Poblet no contrastant la dita
ultima voluntat com fos impertinent e no profitable ne
poderse tollerar tenir lo dit cors mort tant de
temps sens balçamar.
E axi lo dit cors Real decontinent fon
balçemat en la forma antiga e acustumada fer per los
christians
molt be e sumptuosament.

Capitol XXXVII
qui tracta del ornament fet en lo palau maior
Real
de Barcelona per lo cors e sepultura del Senyor Rey.

En apres lo dit dia mateix de dimarts fou apparellat en la gran
sala del palau maior Real de la predita ciutat un bell cadafal
e sobre lo dit cadafal un noble lit o litera molt be levorat e
bastit de IIII matalafs e cubert tot de I rich cubertor
de drap de ras. E sobre aquest lit o litera fou mes un bell
pavello o alquella blancha pampolat dor
ça e lla a manera de roses lo qual penyava
en lo sostre e occupava tota la redor del dit lit.
E fou la dita gran sala tota empaliada de richa e molt
bella tapiçaria de draps de ras texits dor
e dargent e de seda de diverses colors e de diversos stams
molt fins ço es en
aquesta forma que quiscun costat de la dita sala e alt e baix llahon
es lo sitial Real de fuste que alli es bastit e stava
ja en vida de la prefata Majestat Real e encare
laltre front de la sala hon es pintada una bella e gran
imatge de nostra Dona tot stava molt richament empaliat
com dit es de molts richs draps de ras nous e bells
entre los quals eren los draps dels set goigs e
los draps de la historia de Alexandre molt subtilment
imaginats e figurats de moltes riques e delicades figures e imatges
de homens e de dones de Sants Angels e de Reys e
daltres diverses figures. E mes hi havia molts altres richs
draps de ras e molta altra nova tapiceria que lo
Senyor Rey
mentre vivia per son propri us e servey
havia fets venir de Flandes e de fira de Medina del Campo.
Item en la dita gran sala havia nou altars ço
es dos al enfront hon fo la dita imatge de
nostra Dona e I en laltre front sobre lo dit sitial
Real
e tres en cascun costat de la dita sala los
quals VIIII altars eren aqui novellament edificats per la
celebratio de les misses celebradores per la bona anima del
dit Illmo. bon Rey e Senyor nostre don Joan.

Capitol XXXVIII qui tracta de la processo de la
Seu que vench en la cambra del palau Episcopal
hon stava mort lo cors Real per portarlo a la
gran sala del palau major Real.

E lo prop seguent dia
que era dimecres que comptavem XX del predit mes e any vers les X
hores ans de mig jorn en la sala del dit palau del Bisbe la qual es
devant la petita cambra en la qual mori lo dit Senyor Rey
applegats los Reverends Bisbe de Gerona de
Urgell e de Vich e los Illustres nets del Senyor Rey ço
es don Jaycme de Navarra e
de Foix Infant de Navarra
fill del Illustre don Joan Comte de Foix e Senyor de Bearn e de la
Illma. dona Elionor filla del dit Senyor Rey don Joan la qual
decontinent que lo dit Senyor Rey fou pasat desta vida
se intitula Reyna de Navarra com abans se intitulas Infanta
e princessa de Navarra e la qual no passaran XII dies que mori
ab lo dit titol de Reyna de Navarra. E applegats
axi mateix en lo dit loch don Alfonso fill tantum
natural del dit Sermo. don Ferrando Rey de Arago e de Castella
e don Phelip e don Joan de Arago e de Navarra germans
fills bastards del Illustre princep don
Karles
de gloriosa memora fill maior legitim e
natural del dit Senyor Rey don Joan e de la Illusma.
Senyora Reyna de Navarra dona Blancha
primer muller
del dit Senyor Rey don Joan e don Joan Comte de Rippacorça
fill bastard del Illustre don Alfonso de Arago olim
mestre de Calatrava e ara duch de Vilaformosa e don
Ferrando de Arago
Prior de Catalunya fill bastard del prop
dit Mestre e germa del dit don Joan Comte de Rippacorça lo
noble mossen Requesens dez Soler portant veus de Governador en
lo Principat de Catalunya lo Mestre rational en
lo Principat de Catalunya mossen Andreu de Paguera e
son loctinent mossen Pere Baucells e molts
altres diverses prelats nobles barons cavallers gentils homens
ciutadans burgesos e persones ecclesiastiques e seculars qui
occupaven tot lo dit palau Episcopal sobrevench la gran
processo de la dita Seu ab tot lo Clero e
canonges de aquella ab multitud altra de preveres los
quals cantants grans psalms e a altes veus portants ab
si lo Reverend don Gonsalvo per la gratia de Deu Bisbe
de Anguello
e confessor maior de la Majestat del dit
Senyor Rey don Joan vestit en pontifical ab sa
mitra en lo cap e crossa en la ma
entraren molt solemnement en la cambra dins la qual stava
hajagut lo cors mort del dit Senyor Rey e aqui
fetes llurs absolutions e solemnitats ecclesiastiques
sen tornaren en processo segons en lo prop
seguent capitol es
contengut.

Capitol XXXVIIII qui tracta de la
forma com stava lo cors mort del Senyor Rey
quant lo trague la processo del palau Episcopal portant lo
al palau maior Real e de les persones qui portaven la
litera sobre la qual anava lo dit cors Real.

E exint dita processo de la dita cambra encontinent
fou levat lo cors del Senyor Rey del lit
hon stava e mes sobre una litera de cami
per portar sen aquell ab dita processo la qual litera
era cuberta de un molt rich pali dor e sota
lo cap del dit cors Real foren mesos dos richs
coxins de brocat dor e lo dit Real cors
vestit de una roba larga de vellut carmesi
folrada de marts gibilins e vestit encara de un
jupo de seti carmesi e tenint calçades
unes calces de grana e als peus unes sabates de
vellut argentat o cenros ab guaspes de
vellut negre e tenia en lo cap I bonet negre e
sobre lo bonet una corona Real e en lo coll lo
collar
del duch de Burgunya e en les mans diverses anells
dor e en la dreta ma I ceptre Real e en la ma esquerra
la sua Real spasa e axi sobre la dita litera lo
posaren ab la cara tota descuberta que apparia que fos viu. E
stant axi ajegut lo dit Real cors sobre la dita litera
decontinent seguints e acompanyants dita
processo los dits prelats illustres persones nobles barons
cavallers gentils homens ciutadans burgesos e diverses
altres persones ecclesiastiques e seculars fou la dita
littera presa e portada ab lo dit Real cors
(se lee cars) per los nobles mossen Requesens dez Soler
portant veus de Governador en lo Principat de Catalunya
mossen Rodrigo de Rebolledo camerlench maior del dit
Senyor Rey don Joan don Gomis Suaris de Figueroa
ambaxador del dit Illmo. Rey e Senyor nostre don Ferrando
mossen Berenguer de Requesens majordhom e mossen Ferrando de
Rebolledo trinxant del dit Senyor Rey don Joan e per
los magnifichs mossen Franci Antoni Setanti
regent la vegueria de Barcelena lo dit mossen Andreu de
Paguera
mestre rational del dit Senyor Rey mossen
Gaudarich Pages cavaller fill del magnifich mossen Joan
Pages
cavaller doctor conseller vicicanceller del dit
Senyor Rey e per molts altres cavallers e gentils homens
criats del dit Senyor Rey.
Capitol XXXX qui tracta de
moltes notables persones qui anaven detras e devant la dita
litera Real acompanyant aquella.

E preceint
com dit es la gran processo dels canonges e Clero de la Seu de
Barcelona lo dit Real cors ajagut molt noblement sobre
la dita littera e acompanyat de un grandissimo nombre
de entorxes o siris negres cremants fou tret del
dit palau del Bisbe e aportat per les sobredites
persones e moltes daltres que devant e detras la predita real
litera
plorants e monstrants gran dol anaven entre
los quals eren los ja dits reverends Bisbes de
Gyrona de Vich e de Urgell los Consellers
e Consols de la ciutat de Barcelona
los diputats del
General de Catalunya
los Syndics de les ciutats de
Leyda de Gyrona e de Tortosa mossen Francesch
Burgues
procurador real del regne de Mallorques
mossen Guillem Pujades conservador de Sicilia mossen
Pere Pujades governador del Cap de Lugodor en lo
regne de Sardenya
frare Joan Barutell comanador de
Barcelona del orde de Sant Joan del hospital de Hierusalem
mossen Guillem de Peralta tresorer general del dit
Senyor Rey don Joan e molts altres cavallers e gentils
homens
ciutadans honrats e burgesos e altres seculars e
eccesiastiques
persones.

Cipilol XLI qui tracta
del cami que feu la dita processo fins al palau major Real
hon leixa lo dit
cors Real.

E
partint se la dita processo del dit palau del Bisbe ab lo dit cors
Real
acompanyat axi noblement com dit es ab molt gran serimonia
ana la via de la plaça
de Sant Jacme
ana dret cami per lo carrer dels apothecaris
e vengue a la plaça
de les cols
e de la plaça de les cols passant per la plaza
del Rey
arriba al gran palau Real de la ciutat de
Barcelona hon trobaren lo dit gran palau tot empaliat
de dita tapiceria en mig del qual era lo dit
bell cadafal ja bastit e apparellat ab
son lit e litera segons ja dessus es
largament designat.

Capitol XLII qui
tracta de la comanda feta del dit cors Real quant fou portat
en la gran sala del palau Real e de les processons e
absolutions que per cascun dia li foren fetes e de la
companya dels capellans de la capella Real.

E
decontinent que lo dit cors Real fou portat e possat en
la litera del dit cadafal los canonges de la
dita Seu ab tot lo llur clero faeren
sobre lo dit cors Real
una solemne absolutio e apres la dita processo se
parti
del dit palau e lo dit cors Real qui romangue
sobre la dita litera axi vestit e ornat com dit
es sots special custodia e comanda del dit noble mossen
Rodrigo de Rebolledo camerlench major del dit Senyor
Rey e acompanyat de molts cavallers e gentils homens
officials criats e servidors del dit Senyor Rey e ab
molta luminaria qui aqui cremava cascun dia e
nit continuament tant com lo dit cors stech axi
en la dita gran sala del dit palau major Real. E axi en aquest
dia e en los altres apres continuament seguidors de
hora en hora e de punct en punct se subseguiren e
vengueren dins la dita gran sala Real devant lo dit
cors Real
diverses processons de totes les parroquies e monastirs
uberts axi de homens com de dones de la
dita ciutat ab llurs creus e en la forma que acustumen
anar les processons a sepultures de morts pomposes axi que la
Seu de Barcelona
e cascuna parroquia e cascun
monastir tremetia dues vegades lo dia ço
es una de mati altra despres dinar llur solemne processo al
dit cors Real. E es cert segons yo dit Scriva e
Archiver del Senyor Rey
he vist de mos ulls que tant quant
lo dit cors Real stech en la dita gran sala axi
acompanyat e illuminat de molts siris e ornada e
acompanyada la dita sala en la forma predita se celebraren en
los dits altars qui aqui eren ja apparellats com
dit es en nombre de VIIII ço
es per cascun dia començant de la puncta del dia fins
al mig jorn tantes misses baxes quantes dir se
ni podien que may cessava la celebratio de
aquelles. E aximateix per cascu dels dits dies que
stech lo dit cors Real en la dita sala fou donat
per amor de Deu e en remissio dels peccats del Senyor
Rey a cascun pobre quiy venia demanar almoyna un
pa de dors diners. E segons mossen Franci
Ferrer
criat de la capella del dit Senyor Rey qui tenia carrech
de distribuir lo pa entre los dits pobres ha dit a
mi
dit Carbonell si distribuiren per tots los
X dies que stech lo dit cors Real en dita sala
passats XXX milia pans. E molts mes sen hi foren
distribuits si mes pobres venguts hi fossen car may les
mans del dit mossen Franci Ferrer cessaven de donar
continuament a cascun pobre qui venia al dit palau demanar
almoyna un pa dobler com dit es fins a tant que lo
dit cors Real
fou aportat a la Seu de Barcelona. E
encara per major solemnitat e companya del dit cors Real e
relevatio de penes que passas la anima del dit Senyor
Rey tots los capellans xandres e scholans
de la sua capella Reyal stigueren aqui tots los
dies e nits continuament tant com stech lo dit cors
Real
en la dita gran sala que may lo lexaren
cantants a contrapunct e en aquella forma que
acustumaven cantar en la capella del dit Senyor Rey
quant vivia. E en les nits eren acompanyats los dits capellans
e scholans de alguns frares de cascun orde dels
monastirs de Barcelona per ço
que ab algun repos passassen llurs vigilies
es partissen aquelles entre ells car may
cessaven de dir e celebrar vespres matines e tots los
altres officis ab moltes devotissimes e
innumerables orations pregants tots a nostre Senyor Deu
per la bona anima de llur e nostre glorios Rey e
Senyor. E en aquesta forma stigue axi be e notablement
acompanyat lo dit cors Real en la dita sala per X dies
continuus que començaren
a correr lo dit dia de dimecres que comptavem XX del dit mes
de janer qui era dia de la festa de Sant Sebastia
del any MCCCCLXXIX e finir en lo segon divendres apres
seguent que comptavem XXVIIII del dit mes e any.

Capitol XLIII qui tracta de la delliberatio que
la Illustre Infanta dona Beatriç
de Arago e de Sicilia
e los altres manumissors del
Senyor Rey ab llur consell faeren sobre
la epistola quis havia a fer al Monastir de Poblet
notificant los la mort del Senyor Rey e que tremetessen
mongos per portarsen lo dit cors Real.

Es
veritat que a vint del dit mes e any applegats dins lo
retret
de la casa del Ardiachonat de la dita Seu de
Barcelona
quis te e passa ab lo palau Episcopal de
la dita ciutat hon la dejus scrita Illustre Infanta
tenia sa habitacio la Illustre Infanta dona Beatriç Darago
e de Sicili
a lo bisbe de Gyrona lo porlant veus de
Governador en Catalunya lo Vicicanceller
lo bisbe de Urgell lo bisbe de Vich mestre March
Berga
don Tomas Gomis Suares de Figueroa mossen Berenguer
de Requesens
mestre Jacme Rius lo mestre rational
de Catalunya lo Scriva de ratio mossen Icar mossen
Margarid demanaran mossen Joan de Coloma Secretari del
dit Senyor Rey qui havia rebut en poder seu lo testament e
codicills fets per lo dit Sermo. Rey don Joan e
aço per continuar les
delliberations que volien fer en lo libre apart que te
lo dit mossen Coloma dels actes e delliberations Reals
faents per la manumissoria del dit Senyor Rey. E
per quant nol trobaren e fou sort que yo dit Scriva
e Archiver del Senyor Rey
me trobave en la dita casa del
Ardiachonat sperant lo predit mossen Joan
Pages
Vicicanceller me faeren entrar dins lo
dit retret per continuar algunes delliberations les
quals per le dit mosen Coloma continui e rebi e
apres aquelles doni al dit mossen Coloma de la una de
les quals sorti una epistola quem menaren fes
als venerables e religiosos los elet en abbat
mongos e covent del Monastir de Poblet la qual
epistola es del tenor seguent.

Epistola feta
per lo Consell Real al Monastir de Poblet sobre lo
portar del cors del Senyor Rey al dit Monastir.

Venerables Religiosos. Be creem al reebre de la
present haureu scebut com lo Senyor Rey don Joan nostre Rey
e Senyor
es passat de aquesta vida en laltra e reebuts
per ell los Sacraments de la Esglesia com a feel
catholich
ha ordenat en la derrera voluntat que lo seu
cors
sia portat e collocat en aqueix
Monastir ensemps ab los altres Reys predecessors
seus. E volents nosaltres seguir e complir la voluntat del dit Senyor
es delliberat que per dimarts o dimecres primer vinents per
tot lo dia lo cors del dit Senyor Rey pus
sien fetes les exequies devotament ordenades e acustumades
fer a semblant Rey e Senyor sia portat honorablement
com es acustumat en aqueix Monestir. Per tant vos
pregam e exhortam tant affectuosament com podem queus
placia
elegir deputar e tramettre açi
Mongos de aqueix Monastir persones dispostes e
en tal nombre que lo
cors del dit Senyor sia
honorablement e deguda aqui acompanyat e portat. E aço vos
haurem a molt gran complacentia e ultra quen
fareu servey a nostre Senyor Deu fareu encara honor al dit
Senyor e en aqueix Monastir lo qual per obra dels
gloriosos Reys passats es lo que es. E noy haja
triga. Dada en Barcelona a XX de janer
any MCCCCLXXIX. (1479)

Capitol XLIIII qui tracta del
començament de les
serimonies de la sepultura Real començant
a tractar dels VIII Cavallers e muntaria quant vengueren
cercar lo Senyor Rey si era mort o viu e de la serimonia
que faeren corrents les armes.

E fetes les
dites coses apres en lo dijous que comptavem XXVIII del
mes de janer any dit MCCCCLXXIX a les tres hores apres mig
jorn
stant lo dit Real cors molt honradament e
segons tal cors Real merexia jaent en lo Real
lit
qui stava parat en mig de la gran sala
del dit palau molt acompanyat de diverses prelats
barons nobles homens cavallers e gentils homens e de
tots sos criats officials e servidors entre los
quals foren presents los Illustres don Jayme de Foix
Infant de Navarra don Alfonso Darago fill tantum
natural del Serenissimo Senyor don Ferrando Rey de Arago e de
Castella
qui vuy se troba present en la
villa de Trusillo del Regne de Castella hon li
fou portada la nova de la mort del dit Senyor Rey don Joan
pare seu a XXIV de janer any dit don Phelip de Arago e de
Navarra
e don Joan de Arago e de Navarra fills naturals
tantum del princep don Karles (Carlos, príncipe de Viana)
de gloriosa memoria primogenit de Arago fill legitim e natural
del dit Illmo. Senyor Rey don Joan e de la Illma. Senyora
dona Blancha Reyna de Navarra
. E mes avant si trobaren
presents don Joan de Arago Comte de Rippacorça
fill natural tantum del Ulustre don Alfonso niestre de Calatrava e
duch de Vilaformosa fill natural tantum del dit Senyor Rey
don Joan
don Ferrando de Arago prior de Catalunya e
fill natural tantum del dit mestre e los reverends bisbes
de Gyrona de Vich e de Urgell
e mes avant los nobles
mossen Requesens dez Soler portant veus de Governador en
lo Principat de Catalunya mossen Rodrigo de Rebolledo
Camerlench e mossen Ferrando de Rebolledo trinxant e lo
magnifich
mossen Joan de Coloma Secretari. E aximateix
hi foren presents los reverend noble e magnifichs
deputats e oidors
de comptes del General del Principat de Catalunya absents
empero del
dit loch
los honorables consellers de la insigne ciutat de Barcelona
per quant eren en la casa de la dita ciutat occupats en
ordenar les serimonies e coses que per expeditio de la
dita Real sepultura tocaven fer a la dita ciutat los
quals havien dat lo carrech de ordenar la dita
sepultura exequies e totes altres coses que a la honor de la Real
Majestat
se esguardassen als magnifichs mossen
Bernat Çapila
e mossen Gabriel Turell ciutadans de Barcelona qui
ensemps ab los dits Consellers per la dita raho staven
en la dita casa de la ciutat occupats. E encara stants
aqui presents altres diverses honorables persones homens e dones
en nombre molt gran que no cabien en lo dit palau Real
e lo qual cors Real stava circundat de
moltes brandoneres en les quals cremaven un gran nombre de
ciris isqueren de aquella part del dit palau major Real
la qual es contigua al dit Archiu Real quatre cavallers
cuberts tots de marregues ab sobrevestes
Reals cavalcants sobre quatre grossos e bons cavalls
tots cuberts per lo semblant de marregues ço
es de les orelles per tots los cossors fins als peus e
cascu de aquests cavallers portava en la ma una Real
bandera
estesa en lo cap de una lança
darmes. Lo primer dels dits IIII cavallers era appellat
mossen Francesch Burgues de Sant Climent Senyor de
Viladecans
en Barcelona domiciliat e portava una bandera real
ab les armes de Sicilia e una cota darmes de les
armes mateixes. Lo segon era appellat mossen Ferrando
de Madrano
natural del Regne de Navarra e portava cota
darmes e una bandera Real ab les armes de
Navarra
. Lo terç
era appellat Lois de Alberuela natural del Regne
de Arago
e portava cota darmes de les armes antigues de
Arago
e una bandera Real de Arago dor e flama.
E lo quart era appellat
mossen Miquel de Vivers natural de la vila de Perpinya
e portava una cota darmes e una bandera Real de Arago
dor e flamma. E sapia cascu qui legira
la present obra que en aquest orde de quattre lo que
anava derrer havia mes honor dels altres qui
anaven primers. E derrera aquests quattre cavallers
venien altres quatre cavallers a cavall cascu dels quals
portava un scut Real a reves dich punta amunt la hu
appellat mossen Heredia aragones portava un scut
ab les armes de Arago qui son lo camp de
atzur ab una creu blanca dargent alt en lo
canto del dit scut a la part dreta. Laltre appellat
mossen Miquel de Xaus navarro portava un scut ab
les armes de Navarra laltre appellat Pere Joan de
Sent Climent
ciutada de Barcelona portava altre scut
ab les armes de Sicilia e laltre appellat mossen
Lois Oliver cavaller natural de Barcelona portava un scut
ab les armes de Arago dor e flama. E es veritat que
Sicilia anava primer apres Navarra apres
Arago antich e ultimadament Arago dels
quattre palls de goles. E tota la muntaria
del dit Senyor Rey don Joan ço
es homens e perros o cans vestits tots de marragues
ab llurs butzines e corns staven
en gir e en torn del dit Real cors. E entraren los
dits cavallers ço es los IIII primers ab les
banderes dretes e vogiren per tres vegades la dita littera
Real
e aqui se asseguraren per una stona tots los
de la dita sala stants callants e ab gran
silenci e apres per un rey darmes qui ab
ells era exit ab gran exclamatio demana per tres
vegades a tot hom generalment hon era lo Senyor Rey que
nol veyen en la dita sala axi empaliada ni en
son sitial que era dell. E no fou persona
gran ni poca que fos en la dita sala Real que li
tornas resposta e lo dit Rey darmes pus veya
quo algu no li responia e veent lo dit mossen
Rodrigo de Rebolledo stant com dit es a la part dreta de la
dita littera e no res menys lo dit mossen Lois
de Alberuela ço
es lo rey darmes primer e apres lo dit mossen
Alberuela digueren
cridant ab veu esmrrida (esmarrida) « O mossen
Rodrigo de Rebolledo Ha mossen Rebolledo O Senyor mossen Rebolledo
vos qui sou Camerlench
maior
del Senyor Rey
quines novelles nos direu del Senyor Rey don Joan de
Arago de Navarra e de Sicilia
nostre Senyor que es dell
ahon lo trobarem car nol podem trobar en
lo mon ahon lo haveu lexat que es dell
E llavos lo dit noble mossen Rodrigo de Rebolledo
responent molt plorant e ab veu esmarrida dix.
«Ha cavallers lo Rey vostre Senyor que demanau mort es mort.
» E replicant lo Albaruela dix molt agrement
e plorant « Mort es nou crehem nosaltres com pot esser que
sia mort haveu lo vos vist mort o com dieu axo.
» E lladonchs lo dit mossen Rodrigo de Rebolledo
responent altra vegada plorant dix. «Si a la fe mort es mort
« e mattent les mans sobre lo dit lit Real hon
lo cors del dit Senyor Rey jahia dix
cridant e plorant «Veus cavallers aci vostre Rey qui
jau mort mirau lo be e conexereu que es mort ploraulo
donchs cavallers plorau vostre Senyor lo Rey qui
es mort. »

Capitol XLV qui tracta de les paraules
que digueren los
Cavallers e altres com hagueren certitud de la mort del
Senyor Rey.

E lavors los dits IIII
çavallers
ab lo dit Rey darmes començant
a cridar ab grans crits dients «donchs lo
Rey
es mort nostre Senyor lo Rey es mort » donaren dels
sperons als cavalls ab gran plor e acalant
les banderes derrera e rosseguant aquelles tornaren vogir
lo dit Real cors. E lavors los dits altres IIII
cavallers isqueren ab los scuts cridant e
plorant «donchs lo Rey es mort» e vogint axi
lo cors Real los altres dits IIII cavallers de les
banderes isqueren fora la dita sala en la plaza.
E aquests IIII que romangueren vogint lo dit cors
per tres vegades se aturaren en cascun canto de la dita
Real littera e lansaren los scuts en
terra es lexaren caure dels cavalls sobre los scuts.
E aqui los munteros se acostaren sobre los dits
scuts plorant e cridants e faents udolar
los cans e prenents los scuts donaren
ne
grans cops per terra de que era tan gran pietat e dolor
de cor que tots los qui staven dins la dita sala qui
era tota plena gent ploraven cridaven e faen gran dol
per quant veyen e oien axi piadosament
parlar cridar e plorar com dit es los dits IIII cavallers qui
no solament cridant e plorant proferien les dites paraules mas
encara
ab veu esmerrida e plors sospirs e
sanglots deyen e cridaven a altes veus « mort es lo
Rey
nostre Senyor cavallers mort es lo Rey mort es e axi
vosaltres tots bons vassalls qui açi
sou presents axi homens com dones plorau la mort del
vostre Rey e Senyor natural plorau lo tots o trists
mesquins e que sera de nosaltres que farem a hon irem
trobar tant noble Rey Senyor e Pare clementissimo e
molt valeros. » E en aquest modo plorants cridants
gemegants sanglotejants suspirants e
enderrocants se ades e ara dels cavalls e batent
los scuts en terra com dit es isqueren se defora
la dita sala los dits quattre cavallers acompanyantse
ab los altres quattre cavallers qui alli de fora
los speraven ab plors e crits que paria
que la plassa del Rey sen degues entrar en abis.

Capitol XLVI qui tracta del gran captaniment e dol
que faen los Munteros.

E fetes aquestes
coses decontinent los dits Munteros qui
aqui eren presents començaren
a sonar llurs butzines e corns cridant e
plorant llur Rey e Senyor e axi ab grans
crits e plors seguien aquells los cans o perros qui
agrement ladraven e udolaven que aço
era un gran spant e dolor de cor en tant que totes les
persones qui en la dita sala del dit palau maior staven
axi
homens com dones cridaven e ploraven la mort de aquest
tant glorios Rey e Senyor en tal forma que era cosa de gran
spant plor e dol que mes dir nos poria.

Capitol
XLVII qui tracta de la serimonia dels VIII cavallers e rey
darmes
vers la plaça
del Rey
corrents les armes.

Apres finides
dites serimonies en la dita sala tots los VIII
cavallers a cavall portants devant ells dos herauds o
reys darmes la hu appellat Catalunya e
laltre Laudes rosseguants les banderes cridants
e plorants e seguint los los dits quattre
scuts
e los munteros ab los cans partints
se
de la predita sala sen anaren a la plaça del Rey
qui es devant lo dit palau maior Real e aqui
feren semblants serimonies. E axi discorrents
totes les principals places e carrers de Barcelona tot aquell depres
dinar fins a la nit no feren sino correr les dites
armes o serimonies de la qual cosa tot lo poble de la
ciutat de Barcelona resta tant ploros trist e doloros que
recomptar nos poria car no era algu qui
vees lo dit correr de armes ques pogues
abstenir de plorar e sanglotejar tant se faea
piadosament e ab grans crits e plors.

Capitol XLVIII
qui tracta de la absolutio que faeren los
monjos
de Poblet sobre lo cors del Senyor Rey.

Subseguint se apres lo divendres que
comptavem XXIX del mes de janer any dessus dit
MCCCCLXXVIIII circa les X hores ans de mig jorn del dit
dia de divendres vengueren en la sala predita un gran nombre
de mongos del Monastir de Poblet e de Sanctes-Creus
ab llurs habits blanchs ab una solemne
processo e creu alçada
acompanyada aquesta creu de dos canalobres dargent e en
lo mig de la dita processo venien dos mongos de Poblet
vestits ab dos capes de cor de vellut negre e portants
sengles grossos bordons
dargent en les mans e derrera tots ells venia lo
Abbat
de Sanctes Creus frare Pere Blanch vestit en
pontifical portant en lo cap la sua
mittra e al seu costat anava un diacha que portava
la crossa e un sots diacha qui portava lo
libre
e venguts lo cors Real feren aqui una bella y
solemne absolutio e feta aquella decontinent sen
pujaren
alt al gran sitial hon stava lo
major altar parat e aqui dits mongos comensaren lo
offici
de requiem e lo dit Abbat dix la
missa cantada.

Capitol XLVIIII qui tracta de la
contentio del ordenar de la sepultura seguida e moguda entre
las manumissors del Senyor Rey de una part e los
Consellers de Barcelona
de la part altra e dels
convidadors qui foren ordenats per convidar a la
dita sepultura.

E per que sia memoria en esdevenidor
fas açi
mentio com en lo dit dia del divendres circa les
XII hores del mig dia los honorables Consellers de
Barcelona
appellats ço
es lo cap misser Jacme dez Torrent doctor lo
segon Joan Roig ciutadans lo terç
Guilem Ponçgem
lo quart Jacme Mas notari publich de Barcelona e
lo quint March Texidor apunctador per la
consuetud anticada que pretenen tenir de ordenar en les
Reals sepultures en son stats e son en possessio
ordenaren dotze notables persones qui convidaren tots
los prelats persones illustres barons nobles cavallers
gentils homens ciutadans e altres homens caporals
de la ciutat de Barcelona e nobles e altres dones destat ques
trobaven llavors presents en la dita ciutat de Barcelona per
fer honor a la dita Real sepultura los quals
convidadors foren los seguents.

MILITARS. CIUTADANS.
Mossen Galceran Durall.
Joan Brigit Boscha.
Mossen Baltesar Romeu. Bernat Miquel.

Mossen Miquel de Gualbes. Lois Setanti.
Mossen Bertran
Ramon Çavall. Galceran
Carbo.
Mossen Bernat Turell. Joan Ros maior de dies.

Mossen Joan Barnat Terre. Guillem Oliver.

Es veritat
que lo magnifich misser Joan Pages Vicicanceller
e los altres manumissors del Senyor Rey
pretenents que a ells com a manumissors del dit Senyor
Rey e no a altres pertanya lo carrech del dit
ordenar dissentiren per aço
e protestaren contra los dits Consellers en faeren
levar carta publica per lo dit mossen Joan de
Coloma
Secretari del dit Senyor Rey. Empero no
obstant lo dit dissentiment e protestatio los
dits Consellers de Barcelona proceiren en ordenar la dita
sepultura e fer llurs serimonies axi com per
llurs predecessors Consellers de Barcelona fer es stat
acustumat.
Capitol L qui tracta de les Illustres
egregies nobles e altres persones en nombre quasi infinit quis
trobaren en la sala major lo dia quel cors del
Senyor Rey portaran a la sepultura.

Venint lo
dissapte prop seguent per lo mati que comptavem XXX del
prop dit mes e any aplegades que foren en la dita gran sala
major del dit palau major Real les Illustres persones
seguents.
La Infanta dona Beatris muller relicta
del Illustre quondam Infant don Enrich de Arago e de Sicilia
Maestre de Sant Diego.
Don Jayme Infant de Navarra fill del
quondam egregi don Joan Comte de Foix e de Bigorra e de la
Illustrissima Senyora dona Elionor muller sua la qual dita
dona Elionor de Navarra succeint per mort del Senyor Rey
en lo Regne de Navarra fou jurada Reyna de Navarra
dijous a XXVIII dies del dit mes de janer any MCCCCLXXIX. E
divendres a V dies del mes de febrer apres immediadament
seguent mori la dita Reyna dins la vila ….
(Tudela) en lo dit Regne de Navarra subitament la qual
nostre Senyor Deu haja trobat en bon stament. Ha lexat
aquesta Reyna tres fills mascles e tres filles fembres.
Son los fills lo Infant don Pere Vezcomte de Narbona lo
Cardenal de Foix e Linfant don Jayme les filles son la
Contessa Darmanyach la Duquesa de Bretanya e la Infanta
dona Elionor
donzella.
Don Alfonso Darago fill
natural del predit Illustrissimo Senyor Rey nostre don Ferrando.
Don
Phelip e don Joan Darago e de Navarra germans dessus dits.

Don Joan e don Ferrando de Arago germans dessus dits.
Los
nobles mossen Requesens dez Soler portant veus de Governador en
Catalunya.
Mossen Rodrigo de Rebolledo.
Mossen Ferrando de
Rebolledo dessus dits.
Don Pedro de Castre e de So germa
del Vezcomte de Evol.
Lo noble don Gomis Suaris de
Figueroa embaxador del Senyor Rey de Castella e natural del dit Regne
de Castella. E los Reverends bisbes de Gyrona de Urgell de
Vich e de Anguello e lo abbat de Ripoll ensemps ab
los
dits V Consellers de Barcelona e molts daltres
cavallers e gentils homens e les egregies nobles e magnifiques
dones qui anaren en la processo dejus
nomenades e altres diverses persones homens e dones
ecclesiastiques e seculars e encara persones religioses de
diverses staments conditions e religions en nombre
quasi infinit en tal modo que certament en la dita gran
sala hon stava lo cors del glorios e bon Rey
e Senyor nostre don Joan noy cabien mes persones tant plena de
gent stava.

Capitol LI
qui tracta del rompiment dels segells Reals.

E
axi stants totes les dites persones e sobrevengudes
en la dita sala Real totes les creus e totes les processons
axi de la Seu com de les parroquies e monastirs de homens
de tota la ciutat e acabades les misses qui en dita sala se
celebraven
e venguda ja la hora destinada e ordenada por levar
del dit Real lo cors del dit Senyor Rey e
mettrel en la processo e portar aquell per la ciutat segons es
acustumat en la dita ciutat portar lo Senyor Rey a la
sepultura stant tota la multitud de la dita gent en la
dita sala molt attentament e ab gran silenci per veure
e oir les serimonies e coses seguents llavos
lo dit noble mossen Rodrigo de Rebolledo qui era aqui
present e stava de peus en lo gran cadafal en lo
qual era la littera sobre la qual stava lo cors
mort del dit Senyor Rey don Joan ço
es als peus de la dita littera a la part dreta com a
Camerlench major qui era del dit Senyor Rey
pres en la sua ma lo segell secret del Senyor Rey
e alçant
lo braç
dret denant los peus del Senyor Rey e girant la
cara denant la gent dix per tres vegades ab alta
veu que tots los circunstants entenien lo que
dehia clarament « O cavallers e gentils homens e
vosaltres tots qui sou açi presents veus açi
lo segell del Rey nostre Senyor. Aquest es lo
segell secret del Senyor Rey veus açi
lo segell del Senyor Rey» e començant fortment plorar
dix ab grans planys e suspirs. « Lo Rey nostre
Senyor es mort mort es lo Rey nostre Senyor plorem donchs
tots pus es mort lo Senyor Rey e los seus
segells sien açi
romputs pus lo dit Senyor Rey no sen
pot servir » e prenent en la ma esquerra lo dit
segell e en la ma dreta
un gros martell posa lo dit segell sobre una enclusa
que fou aqui presta e donant grans colps ab dit martell
sobre lo dit segell rompe aquell. E apres
prenent en la ma esquerra los grans segells comuns de Arago
e lo segell de Sicilia e en la ma dreta lo
dit martell ab grans colps rompe aquells fahent
hi semblant serimonia que fou en rompre lo
dit segell secret.

Capitol LII qui tracta del
rompiment dels bastons e vergues Reals.

E fet aço
vengueren decontinent mossen Antoni Pere de
Rochacrespa
Algutzir e tots los uxers del
Senyor Rey laltre Algutzir
mossen Torrent noy pogue esser per causa de malaltia de la
qual era detengut e mes ab aquests hi vengueren tots
los homens de la vergueria quis diuen
escuders del offici de la algutziria del Senyor
Rey e plorants e cridants altes veus romperen
e trancaren llurs bastons e vergues cuberts de
marragues ço
es cascu lo seu basto o verga.

Capitol
LIII qui tracta del orde quant isque la processo del
palau ab los VIII Cavallers qui anaven primers corrents
les armes.

Fetes e subseguides les dites serimonies lo
prop dit dia del dissapte e quasi encontinent la gran
processo qui aqui stava congregada per fer e complir la
solemnitat de la dita sepultura se comença
de moure e fer son cami e volta ques acustuma
fer a sepultures de semblants Reys e Senyors la qual processo
stava ordenada e exia del dit palau major Real
en aquest orde que denant tots e a la avantguarda foren
ordenats los VIII cavallers a cavall que lo
dijous prop passat havien corregut les dites armes. Aquests VIII
cavallers molt esmarrits dolorosos e plorosos anant cridant e

plorant a modo dels corredors qui van devant la
gent darmes per a descobrir selades dels enemichs
si algunes sen hi trobaven anaven en tal modo com he dit
devant tota la gent que anava en dita processo cuberts tots de
marrages ab llurs capirons de marragues vestits
axi com fahia tota laltra gent qui seguia
la dita processo e axi mateix los cavalls dels dits
VIII cavallers eren tots cuberts de marragues fins a les orelles e
portaven en llurs colls les quattre Reals banderes
rosseguantse los quattre Reals scuts que lo prop
dit dia havian corregut revessats e punctes
altes anaven plorant e cridant per la ciutat denunciant al poble que
plorassen llur Rey e Senyor natural lo qual
aquella hora derrera dells portaven a la sepultura.

Capitol LIIII qui tracta de la grandissima
luminaria que anava devant lo cors del Senyor Rey.

Apres de aquests dits VIII Cavallers inmediadament
venia la gran e fort bella luminaria feta a honor de
aquella Real sepultura tant per los manumissors del dit
Senyor Rey quant per la ciutat de Barcelona quant encara per
diversos prelats barons nobles homens e singulars persones
sobre diverses banchs e brandoneres les quals bastaxos
e altres homens apportaven al coll e cascun
brando tenia en si pintades sobrel negre les armes dels
qui aquella luminaria fahien per honor de aquesta Real
sepultura
. E tots los ciris o brandons qui anaven
en la dita sepultura eran grossos cascu de V lliures
en sus e entre tots los ciris de la dita luminaria
qui anava denant lo cors Real passaven lo
nombre
de dos milia e cinccents ciris o
brandons.

Capitol LV qui tracta de les creus qui
anaven devant lo cors Real e de llur orde.

En
apres decontinent derrera la dita luminaria
venien totes les creus les quals eren les seguents.
Primerament anava la gran bella e rica creu de la Seu de Barcelona
la qual per tots los XI dies que stech lo cors del dit
Senyor Rey en la sala major del dit palau major Real stech
nit e dia plantada detras lo cap de la Majestat Real.
Apres venien ab orde totes les altres creus ço
es la creu major de Sancta Maria de la Mar. Item la creu major
de Sancta Maria del Pi. Item la creu de Sant Pere. Item
la creu de Sent Just. Item la creu de Sent Miquel. Item
la creu de Sent Jacme. Item la creu de Sent Cugat. Item
la creu de Sancta Ana. Item la creu de la Merce. Item
les creus del Carme e dels Agustins. Item les creus de
Preicadors e framenors. E cascuna de aquestes
creus qui totes prenien nombre de XIIII creus eren totes
dargent daurat molt riques e de novell obratge
levorades e esmeltades de diversos bells esmaltats
e anaven acompanyades cascuna de dos canalobres dargent
los quals portaven scholans. E cascuna creu en
son orde portava en si bella e gran processo de preveres
e clergues e frares ço
es cascuna parroquia tot lo clero de aquella parroquia
e tots los religiosos tota la religio de cascuna. E en
la fi de cascuna religio e de cascuna parroquia havia
diacha e sotsdiacha e un prevere en lo mig de
aquests diacha e sotsdiacha tots vestits ab llurs
dalmatiques e capes de cor part de vellut negre
obrades de brocat dor part de vellut negre ab alguns
obrages dor part de domas e de seti
brodades dor e dargent e part sens alguna
brodadura molt belles. E es veritat que lo dit orde era
aquest que primer anava tot lo clero de les parroquies apres
anaven los frares de la Merce apres los
del Carme e los Agustins apres preicadors
e framenors plagats.

Capitol LVI qui
tracta dels bordons e encensers anants per mig
de la processo.

E per lo mig de aquesta dita processo
anaven diversos grans bordons los quals diverses
preveres en llurs mans portaven vestits ab capas
de vellut negre e de domas e de seti negre ab
riques fresedures dor los quals anants axi
per lo mig de la dita processo antonaven e ordenaven
los altres preveres e frares religiosos segons havien anar e
segons havien aturar per fer llurs commemorations
e solemnitats a laor de Deu e per la anima del dit
nostre glorios Rey e Senyor. E encara per lo mig de
aquesta processo anaven diversos scholans axi laics
com reglars ab bells ensenses dargent los
quals molt spessament anaven e tornaven denant lo
dit cors Real e aquell encensaven ab molta
reverencia e gest humil.

Capitol LVII qui tracta del
clero de la Seu ab los VI canonges portants bordons.

E
apres daço venia decontinent tot lo
gran clero de la Seu de Barcelona ensemps ab los
canonges e capitol de la dita Seu en nombre copios en mig
del qual clero e canonges anaven sis canonges de la dita Seu vestits
ab sis capes de vellutat negre brocades dor
e cascu dells portava en la ma un gran bordo
dargent e aquests sis tenien carrech de ordenar tot lo
dit clero e canonges e axi ordenants e anants
per mig dells antonaven los psalms e
imnes que cantaven e per lo semblant anaven en mig
de dita precesso dos que portaven dos ensenses dargent
e de lochs en lochs hon spessament se
fahien
les grans e solemnes absolutions ells dits dos
venien devant lo cors Real e aqui ensensaven ab
molta reverentia aquell cors.

Capitol LVIII qui
tracta del Bisbe com anava en lo gremial acompanyat.

E
proseguint aquesta processo venia decontinent e immediadament
lo dit reverend
Senyor En Joan de Margarit per lo gratia de Deu
bisbe de Gyrona e canceller de la prefata
Majestat Real vestit en pontifical ab sa mittre
blancha de domas blanch al cap e venia lo
dit senyor Bisbe en mig de dos canonges de la dita Seu la
hu
diacha e laltre subdiacha. Lo diacha
portava en la ma una crossa dargent molt be
daurada e millor levorada e un altre canonge vestit ab
una capa de vellut negre qui anava en llur companya
e tots quatre plegats qui molt honorablement anaven
portants devants ells un gremial o pali
de vellut brocat dor en lo qual tots se
tenien
cascu tenints en la ma una baga
feta de unes trenes de seda les quals staven
cosides en lo dit pali.

Capitol LVIIII qui
tracta dels xandres capellans e scholans de la capella
del Senyor Rey en quin orde e serimonia anaven denant
lo cors del Senyor Rey.

E derrera
los dits bisbe de Gyrona canonges e clero de la dita
Seu venien immediadament tots los xandres
capellans e scholans de la capella del dit Senyor Rey
los quals anaven tots vestits de gramalles e capirons
de drap negre les quals los manumissors de la prefata
Majestat Real havien a ells dades e axi anants
e cantants a cant dorgue e contrapunct ab
gran melodia e consonantia cantaven los psalms e
officiaven com si fossen en la propria capella del
Senyor Rey. E apres immediadament a les spalles
de aquests xandres venien dos antichs e venerables
canonges de la dita Seu vestits ab llurs capes de fin
drap negre folrades de vays grisos.

Capitol
LX qui tracta de les persones qui portaren lo cors del
Senyor Rey a la sepultura e lorde e ornament de aquell.

E tantost derrera aquests canonges venia lo cors
del dit Senyor Rey don Joan lo qual stava
ordenat en aquesta manera que jahia e reposava dins dues caxes
fetes de fusta de xiprer la una de les quals era
cuberta de drap de grana e aquesta caxa anava dins una
altre caxa de
xiprer cuberta de vellut carmesi e era lo
cors
del Senyor Rey dins la primera caxa tot
embalsamat e vestit de un jupo de seti carmesi e
desobre de una roba de domas negre e tenia calçades
unes calçes
de grana e als peus unes çabates
de drap de vellut e en cascun peu calçat
un spero be daurat e al costat cincta una
spasa ab pom creuera e guaspe be
deurada e sobre tot
aço tenia uns camis vestits e sobre los camis
una dagmatica de domas blanch e ses stoles
e maniple e al cap un bonet negre e sobre lo bonet
una corona dor en la ma dreta un ceptre dor e en
la squerra un pom dor. E aquestes dues caxes ço
es una dins altre eren posades sobre una bella litera
de fust la qual tenia quattre largues canes
de larch a modo de una scala e aquesta cuberta e
tota la dita littera eren cubertes de un drap de grana
e aquestes dues caxes una dins altre qui axi
jahien sobre la dita littera eren cubertes de una mija
tomba e la mija tomba era cuberta de un rich
e molt sumptuos pali de vellut vellutat negre
brocat dor e de novell obratge tot nou e molt
soberch fornit lo pali al entorn de diversos scuts
de armes Reals ço
es de les armes de Arago de Navarra e de Sicilia.
E sobre aquest pali ço
es al cap de aquesta litera havia un coxi brocat dor
e sobre lo coxi una corona Real un ceptre e un
pom dor e sobre la littera stava una
dagmatica Real maniple e stola tot molt
sumptuos e de gran valia e mes hi havia ajaguda la
spasa del Senyor Rey. E sota aquesta Real
littera
anaven dotze homens criats del dit Senyor Rey
tots vestits de drap negre los quals sobre llurs
caps e muscles portaven aquesta Real
littera
. E de part de fora ço es en los costats
e en lo entorn daça
e dalla e al cap e als peus anaven vint e quattre
persones entre cavallers gentils homens e ciutadans honrats de
Barcelona dejus scrits los quals per los
consellers de Barcelona
foren en aço
elegits deputats e ordenats en la forma seguent
ço es que tantost
al cap de la littera anaven a la part dreta les persones quis
seguexen. Primo lo conseller segon de la dita
ciutat. Apres dell
venia mossen Galceran Duran cavaller. Apres de aquest
cavaller venia Lois Setanti ciutada e apres de aquest
venia mossen Bertran Ramon Çavall cavaller e apres
dell venia Joan Ros major de dies ciutada. Apres
daquest venia mossen Miquel de Gualbes cavaller. Apres
dell venia Galceran Durall ciutada. Apres daquest
venia mossen Jacme Fiveller cavaller. E apres dell
venia Jacme Ballester ciutada barbut. E apres
daquest
venia mossen Baltasar Romeu cavaller. E apres
dell
venia Guillem Oliver ciutada. E apres venia lo
conceller ter
ç
de la dita ciutat de Barcelona. De la altra part ço
es a banda sinistra venia tot primer al cap de la littera
mossen Joan Çariera
balle general de Catalunya cavaller. E apres dell venia
Bernat Miquel ciutada. Apres dell venia mossen Bernat
Turell
cavaller. E apres dell venia Romeu Lull
ciutada. Apres venia mossen Joan Bernat Terre cavaller.
Apres dell venia Ramon Marquet ciutada. Apres de
aquest venia Franci Armenter de Sentmenat gentil home. E apres
dell
venia mossen Franci Torrent cavaller. E apres
venia Pere de Coromines ciutada. Apres de aquest venia
Joan Dargentona gentil home. E apres venia Joan
Çapila
ciutada. E a la fi ço
es al cap debaix de la littera par egual del dit
conseller terç
de la dita ciutat venia don Gomes Suaris de Figueroa noble e
natural del Regne de Arago.

Capitol LXI qui
tracta del loch hon anava lo Camerlench major
acompanyant lo cors Real a la sepultura.

Immediadament
tantost derrera aquesta littera e seguents les
prop dites persones les quals anaven vestides de marragues e
ab capirons de marragues vestits sobre llurs
caps e portants aquest Real cors en lorde dessus
expressat en mig de les dues cames de la dita littera
a peu e devant tots los altres vestits de marragues
anava lo noble mossen Rodrigo de Rebolledo com a
Camerlench major e tot trist e ploros com aquell qui
granment amava de cor lo dit nostre bon Rey e Senyor e
stava ab lo cap cubert de un capero de
marragues e tot vestit de marragues.

Capitol
LXII qui tracta dels quatre canonges acompanyants lo cors
Real
a la sepultura.

E apres encontinent e
sens altra mija venien derrera aquest Real cors
dos altres canonges de la dita Seu. E axi per lo ques
dit eran quattre canonges anants vestits de
capes de fin drap negre folrades de vays
los dos tenien dignitats e los altres no e eren
appellats los de les dignitats qui anaven al cap
mossen Lois dez Pla arthiaca major e misser Gabriel
Rovira
arthiaca de la mar e los altres dos qui
anaven denant lo dit cors ço
es als peus eren appellats mestre Antoni Giner e mossen
Joan Comes homens
de molta prestantia e antichs de edat los quals
per quant lo Senyor Rey era canonge de la dita Seu de
Barcelona
axi com es ja antiquat e acustumat
que qui es Rey de Arago e comte de Barcelona es fet
decontinent canonge de la dita Seu acompanyaven en
lorde predit lo cors del molt alt Senyor lo
Senyor Rey don Joan.

Capitol LXIII qui tracta dels
reys darmes e del cavaller qui portava lo elmet
e tallamar e dels uxers e criats e officials del
Senyor Rey acompanyants lo cors Real a la sepultura.

E
no resmeny apres dels dessus dits venien
immediadament tres reys darmes e herauts vestits
de marragues e cascu de aquests ab lo cap cubert
portava vestida sobre la marregua una cota darmes ço
es lo primer una cota darmes de Arago or e flama
laltre una cota darmes de Navarra e laltre una
cota darmes de Sicilia. E derrera aquests reys darmes o
herauds
venia encontinent lo noble don Pedro
Devol de So e de Castre
germa del Vezcomte de Evol a
cavall sobre un bell cavall cuberts lo cavaller e lo
cavall de marragues. Aquest don Pedro portava en lo cap
un elmet (yelmo, helmet, Helm: casco) be
travessat e sobre lo elmet apportava un bell timbre
ricament deurat en lo qual havia una corona Real e
sobre la corona lo ratpinyat qui es divisa dels
Reys de Arago fort be obrat e daurat e
sobre lo muscle squerra portava una lansa per la
qual li penjava per les spalles avall un rich guido
o standart vulgarment appellat tallamar de les
armes reals or e flamma e en lo braç
sinistre apportava un Real scut de
les prop dites armes. E apres daço
venien immediadament quattre uxers darmes
del Senyor Rey vestits de marragues appellats
mossen Pere Goni e mossen Guerau Castello cavallers
Franci Ferrer e Garcia de Losa gentils homens
los quals portaven cascu en lo braç
ço
es mossen Pere Goni hun scut de armes Reals
de Arago
dor e flamma (oriflama, or y flama, oro y
llama
) e mossen Guerau Castillo un scut
Real
de armes de Navarra e aquests dos anaven
primers e los dos altres ço es Franci Ferrer
portava hun scut Real de Arago camp de atzur ab
una creu blancha e Garcia de Losa portava un scut
Real de armes de Sicilia
. Derrera aquests IIII uxers per
anar acompanyats anaren tots los oficials de la cambre
e criats e altres officials del Senyor Rey axi
com son camerlenchs cambres uxers darmes
confessors metges secretaris yo qui
tench les claus del dit Archiu Real de Barcelona e los
altres scrivans de manament e los petitioners
segelladors e los de registre ensemps ab los
spaciers barbers porters e ajudants de cambra
e altres consemblants officials e ministres tots
vestits de marragues e ab los caps cuberts de
marragues.

Capitol LXIIII qui tracta de les
Illustres persones e dels tres Consellers de Barcelona qui
anaven devant aquelles a la Real sepultura car los
dos altres Consellers ajudaven portar com dit es lo cors
del Senyor Rey a la sepultura.

Apres dels
dessus anomenats immediadament venien tres
Consellers
de la dita ciutat de Barcelona ço es lo
cap e lo quart e lo quint ja dessus per llurs
noms appellats tots vestits de marragues e de llurs
capirons cuberts los caps e devant los dits tres
consellers anaven dos verguers dels Consellers de Barcelona. E
anaven per lo semblant vestits e cuberts de marragues
ells e les vergues dargent daurades que portaven. E
aquests tres Consellers ab los dits dos verguers quasi
com asistents e ministres anaven devant les persones Illustres
e de la prosapia Real quis seguexen los
dessus dits Illustres
don Jayme de Navarra e de Foix don Alfonso Darago e de Castella don
Phelip e don Joan Darago e de Navarra germans la Illustre Infanta
dona Beatriz de Arago e de Sicilia muller relicta del Illustre
quondam Infant don Enrich de Arago e de Sicilia Mestre de Sent
Diego
e mare del Illustre infant don Enrich duch de
Segorbe
e Comte de Empories. E venia la dita Senyora
Infanta en mig del dit Infant de Navarra e del dit don Joan de
Arago e de Navarra qui la portaven sota les exelles e
encara venien en aquesta companya los dessus dits
Illustres don Joan de Arago Comte de Rippagorça
e son germa don Ferrando de Arago prior de Catalunya. E totes
aquestes Reals persones sens misture de altres
persones venien plegades. E a les spalles de la dita
Illustre Infanta quasi com a dona assistent e
ministrant a la dita Infanta venia la noble dona Isabel de
Avellaneda mare del Reverendissimo don Diego de Avellaneda per la
gratia de Deu bisbe de Mallorques e lo magnifich
coper del Illustrissimo Senyor Rey de Castella e de Arago
ara beneventuradament regnant appellat mossen
Guillem Sanchiz cavaller del regne de Arago e
procurador de Tarraga Terraça
e Sabadell per la Illustrissima Senyora Reyna.

Capitol
LXV qui tracta del orde com anaven los Archabishe de
Sacer Bisbes Governador Diputats e altres persones
acompanyants lo cors Real a la Real sepultura.

E
apres al detras de les dites Illustres e daltres
persones acompanyants lo cors Real a la Real sepultura
decontinent venien les persones seguents ço es
lo reverend Archabisbe de Sasser en altra manera
appellat lo dega Sos lo noble
mossen Requesens de Soler portant veus de Governador
en lo Principat de Catalunya lo deputat
ecclesiastich appellat mossen Pere Joan de Lobera
lo noble mossen Guerau Alamany de Cervello e un ciutada
de Barcelona (fa a sceber lo nom) elet en prohom
per los Consellers de la dita ciutat E apres venien los
reverends bisbes de Urgell e de Vich lo veguer de
Barcelona appellat Franci Antoni Setanti lo noble
don Mattheu de Montcada diputat e un altre ciutada de
Barcelona (fa sceber lo nom) elet en prohom
com laltre dessus dit. E apres de aquests venien
los reverends Gonsalvo bisbe de Anguello frare Ponç
Andreu de
ç
Vilar
abbat de Ripoll lo noble mossen Ferrando
de Rebolledo
Franci Ramis diputat ciutada de Barcelona e
un altre ciutada per prohom elegit per los dits
Consellers ab los dos altres dos dessus dits.
Capitol
LXVI qui tracta del orde com anaven lo Balle de
Barcelona Consols Mostaçaf
e altres anants a la
mescle e acompanyants lo dit cors Real.

Apres
venien tres o quattre altres cinquenes en les quals
anaven ordenats lo Balle de Barcelona appellat Bernat
Joan de Marimon
ciutada los Consols de la Lotge de
Barcelona appellats Joan Ros fill den Ramon Ros
ciutada e Joan Prats mercader e lo Mostaçaf de la dita
ciutat Pere Guillem Çafabregues mercader e altres persones
caporals de la dita ciutat. Dels alcaldes no sen fa mentio
per quant no tenen loch sino del cavaller com es dejus
scrit. E finalment venien a la mescle tots los
officials
e homens de la casa del Senyor Rey e
aximateix los homens de les cases de la ciutat e del
portantveus de Governador en lo dit Principat de
Catalunya
e altres diverses persones vestits e vestides tots e
totes de marragues ab llurs capirons de dites
marragues vestits en llurs caps. Dels alcaldes no
sen fa
mentio com dit es per quant mossen Miquel de
Gualbes
qui era hu dels dits alcaldes com a
cavaller era ordenat portas lo dit cors Real e
axi del altre alcalde appellat Joan Bruch
mercader no sen feu mentio e ana ab los altres
prop dits a la mescle car com dit es alcaldes en tal
serimonia e graduatio no tenen loch.

Capitol
LXVII qui tracta de les egregies nobles e magnifiques dones
com anaven acompanyants lo cors Real.

E apres
de tots aquests prop dits venien vint parells de homens
vestils de marragues ab llurs capirons de dites
marragues en llurs caps los quals acompanyaven
les egregies nobles e magnifiques dones seguents anants pas a pas e
de dos en dos denant les dites dones les quals venien per tal
orde ço es
primerament les egregies dona Antonia de Torrelles comtessa de
Iscle
dona Joana vescomtessa de Rochaberti e dona …. de
Alago e de Pinos vescomtessa de Illa e de Canet. Apres
venien les nobles dona Joana de Armendaris muller
quondam del noble mossen Bertran Darmendaris filla dels nobles
don Francesch Galceran de Pinos e dona Beatriu muller
relicta de aquell dona Eufrasina de Montcada muller del
predit noble don Mattheu de Montcada e la muller del
vicicanceller mossen Joan Pages cavaller e doctor en
leys. Apres venien la noble dona Brianda mare
del dit don Phelip de Arago e la muller del dit noble
mossen Ferrando de Rebolledo la muller del tresorer del dit
Senyor Rey appellat Guillem de Peralta la nora
del dit vicicanceller. E apres se subseguien
moltes honrades Senyores dones e donzelles de la predita
Infanta e de les dites comtessa e vescomtesses
en gran nombre totes cubertes axi unes com altres de les dites
fembres de marragues una part e altra part de drap
negre
mantells e albernies e portaven totes en los
caps de llurs persones vells negres soguints lo
cors Real
e tota la processo.

Capitol LXVIII qui
tracta per quals carrers e lochs passa la processo venint
sen
a la Seu.

Es veritat que la dita processo feu
lo cami e volta seguent ço
es exint del dessus dit palau major Real devalla
a la plassa del Rey e daqui en fora passant denant
la Cort del Veguer devalla a la plaça
del blat
e tirant tot dret per la Boria a vall sen
ana
a la Capella den Marcus entrant per lo carrer
de Montcada
vench al Born e entrant a la Esglesia
de Santa Maria de la mar per lo portal qui es sobre lo
fossar
major la dita processo ana fins denant laltar
major de la dita Esglesia e apres passant per lo mig
del cor de la dita Esglesia sen isque per lo portal
dels bastaxos lo qual es sobre lo fossar de la
font qui alli es. E passant denant la carniceria que es aqui
sen ana als Cambis vells e exint devant la
carniceria del carre ample dita processo e los qui
portaven lo cors Real seguint aquella tiraren carrer ample
a munt fins denant lo Regomir. E apres
entrant per lo carrer del Regomir tiraren carrer a
munt
fins denant la casa de la present Ciutat de
Barcelona
e passant dret cami avant vench a la plassa
de Sant Jacme
e anant tot dret per lo carrer del Bisbe
passant denant la casa de la Diputacio vench
fins denant lo palau del bisbe e passant entre la
Capella de les Verges e la casa del Arthiaca major
de la dita Seu vench la dita processo fins en la
dita Seu. E entrant per lo portal major de la dita Seu
e passant per mig del cor vench fins a les schales
de Santa Eulalia.
Capitol LXVIIII qui tracta del
cadafal ab la litera e del tuguri o
capell ardent.

E arribada la dita processo en la dita
Seu aqui sobre les schales de Sancta Eulalia havia ja
bastit un rich cadafal sobre lo qual
stava una bella littera e tot lo dit cadafal e
tota la littera e encara los banchs o strados
qui entorn li staven e totes les scales del dit cadafal
foren cubertes de drap de molada negre e sobre aquest gran
cadafal fonc pujat lo cors del Senyor Rey e mes
sobre aquella Real littera que aqui stava apparellada.
Sobre los quals cadafal e littera fou fet un Real
e molt noble tuguri appellat en nostra lengua
catalana
capell ardent e aquest capell ardent sobre
lo qual cremaven sus de siscents siris
sehia sobre quattre molt alts pilars de fusta fets a
manera de quattre colones totes negres. E a cuatre
catons del dit capell ardent staven penjats IIII
pevesos e II banderes ço
es …. E dejus aquest capell ardent havia un rich
sobrecel quis tenia clavat en lo dit capell
ardent
. E era aquest sobrecel de tela blava ab
grans texells de fullatges carxofes e carts
dor fi. E en lo mig de aquest sobre cel stava
levorat o pintat un gran scut darmes de Arago or e
flamma
. E a quattre cantons de aquest sobre cel
staven pintats quattre menors scuts ço
es hu en cascun canto e tots quattre e darmes
Reals
ço
es hun scut darmes de Arago or e flamma e hun
scut de armes de Navarra. Laltre scut de armes
de Arago
camp de atzur ab la creu blancha al
costat dret e laltre scut ab armes Reals de
Sicilia
. E en lo derrador de aquest capell ardent
lo qual era fet a quattre cayres staven
clavats quattre tovallons ço
es de canto a canto hu qui eran molt richament
obrats de diversos texells dor en los quals eren
molt subtilment e molt richa pintades de or e de atzur
e altres nobles colors diverses armes Reals ço es en
lo tovallo de front lo qual stava sobre lo
cors
del Senyor Rey eren en
mig les armes Reals de Arago or e flamma
acompanyades a part dreta de les armes del Emperador e a la
part sinistre les armes del Rey de Castella e al canto
a la part dreta les armes del Rey de França
e en laltre canto ço
es a la part sinistra les armes del Rey de Anglaterra e
en lo costat dret vers la Sacrestia de la dita Seu
de Barcelona
stava clavat fort subtilment un altre
consemblant tovallo en lo mig del qual
havia un altre scut de armes Reals de Navarra acompanyades a
la una part de armas Reals del Rey de Hungria
e daltra part darmes Reals del Rey Reyner
e en lo un canto havia un scut Real de Arago e en
laltre canto un scut Real de Sicilia. E en laltre
costat vers la capella dels ignocents stava un
consemblant tovallo en lo mig del qual havia un
scut Real de armes de Sicilia acompanyat de les armes Reals
de don Ferrando Rey de Napols e de les armes del Rey de
Portugal
e en lo un canto havia un scut Darago
or e flamma e en laltre canto altre scut de Arago
camp de atzur ab la creu blancha. E en lo
tovallo
dels peus eren les armes del princep de Navarra e
les armes del Duch de Burgunya e les armes del Duch de
Bretanya
e les armes del Marques de Ferrara e les armes
del Marques de Montferrat tots parents e acostats en grau de
consanguinitat ab lo dit Senyor Rey don Joan de
memoria immortal.

Capitol LXX qui tracta de la
solemnitat del offici fet en la Seu quant lo cors Real
hi fou apportat e com hi celebra la missa major e sermo
lo reverend bisbe de Gerona.

E posat que fou
lo dit cors Real sobre los dits gran cadafal
e littera
aqui apparellada en la manera que era stat
apportat por la ciutat se comença
decontinent lo solemne offici ab la gran
missa cantada de requiem per tot lo clero de la dita Seu e lo
reverend pare en Christ e Senyor En Joan de Margarit per la
gratia de Deu Bisbe de Gyrona e Canceller del
dit Senyor Rey tot vestit en pontifical dix la
dita missa alta ab molta solemnitat. E dat compliment
al offici e missa cantada apres que fou acabada
la missa major lo dit reverend Bisbe de Gyrona com
aquell qui era molt devot e fidelissimo vassall
e servidor a la prefata Majestat Real lo qual es
gran canoniste e dotat de molta scientia honestat
e virtut munta decontinent sobre una trona dins
e prop la porta de la reixa del altar major la qual aqui stava
apparellada cuberta entorn de un pali de vellut
negre
brocat dor e aqui preica o feu un
notable sermo e pres per thema Bonum certamen certavi
cursum consumari fidem servari in reliquo reposita est mihi corona
justitie
Ad Thimoteum II. c. IIII. les quals paraules de
lati transportades en vulgar volen tant dir
«bona batalla he batallat lo cos he acabat la fe he servada
en cosa restant mes posada la corona de justicia» en lo
qual sermo entre les altres coses quim venen a la mente
dix molt elegantment e ab grans e approvades
auctoritats qual fou lo primer Rey del
mon e per que foren trobats los Reys e quant fou
necessari haver Reys
en lo mon. E apres deduhi la noble prosapia e
descendentia Real la qual hague aquest gran Rey
princep e Senyor nostre don Joan de aquells
nobles Reys Gots primers conquistadors en Alamanya
apres en Italia e despuys en Spanya hon
assitiaren llur Real Casa e aqui perpetuaren
llur regne e stat Real de la prosapia
dels quals Reys Goths lo dit glorios Rey don Joan
devallava per recta linea. E apres vench a dir
molt egregiament totes les virtuts de clementia patientia
e humanitat de aquest tant noble e bon Rey e derrerament
recita la catholica fi e mort gloriosa en la qual aquest bo e
glorios Senyor Rey nostre havia finit sos dies
segons ya dessus la poden veure e legir
extesament e axi feu fi al seu sermo. Es veritat que
immediadament que fou fet lo dit sermo se feu la molt
gran absolutio sobre lo cors del Senyor Rey.
Apres dada fi per aquest dia de dissapte a les Reals
exequies
sen ana tot hom a dinar cerca dues hores
apres mig jorn lexant aqui lo cors del
Senyor Rey molt noblement acompanyat de diverses criats
e servidors seus e de molta luminaria. E stech aqui
aquest Real cors tot aquell dissapte e lo seguent
digmenge dients li cascun dia e nit los
xandres
de la sua capella Real offici de
morts solemnement segons havien ja fet tant quant stech
en la gran sala del palau major Real de la dita ciutat de
Barcelona.

Capitol LXXI qui tracta del sermo e de les
exequies fetes al cors del Senyor Rey per la ciutat de
Barcelona e com hi sermona lo Reverend mestre March
Berga.

En lo dilluns apres immediadament
seguent lo qual era lo primer dia de febrer e
vigilia de la Purificatio de la sacratissima
nostra dona mare de Deu los Consellers de Barcelona per rettre
lo deute lo qual la insigne ciutat de Barcelona ha be
acustumat e acustuma retre a ses Reys
Princeps Comtes e Senyors naturals en semblant
sepultura Real hagueren fet apparellar e mettre
en un bell orde altres molt insignes e solemnes exequies segons se
segueix
ço es que en lo dit capell ardent ço
es en lo mig staven pintades dor les armes de
la ciutat
com les altres armes Reals qui abans hi staven
ne foren remogudes exceptats los
tovallons qui ab les armes matexes ja dessus
designades hi romangueren sobre lo qual capell ardent feren
mettre e ensendre altres tants siris quants en
lo prop dit dia de les dites primeres exequies Reals hi
cremaren a fi que hi hagues altre tanta luminaria ne
mes ne menys
per honor de Deu e de la ciutat. E mes faeren
posar moltes brandoneres ab molts grossos siris ensesos
que staven al entorn del dit cadafal Real hon
stava lo cors del Senyor Rey. E aqui
faeren venir aquell dia demati totes les parroquies e
totes les religions de homens e dones de la ciutat ab
llurs creus e processons segons en les dites primeres exequies
vengueren. E fetes aqui llurs serimonies e
absolutions solemnement axi com be havien acustumat
se comença decontinent per lo clero de la Seu
lo gran e solemne offici e missa cantada de requiem. E
en aquest dia de dilluns dix la missa lo ja dit
reverend Bisbe de Anguello. E dit lo Evangeli apres
decontinent en la trona e loch mateix hon havia
preicat lo dissapte prop passat lo dit reverend
Bisbe de Gyrona preica lo demunt dit reverend
mestre March Berga confessor de la prefata Majestat Real lo
qual era hu dels manumissors del dit Senyor Rey
e pres per thema Memento Domine David et omnis
mansuetudines eius psalmo. CLII. (131. Error. Más abajo se lee
CXXXI)
les quals paraules transportades de lati en vulga
volen tant dir «O Senyor David record te e de tota la
mansuetud de aquell. » Lo qual sermo consyderat que pora
profitar a algu e per esser tant egregiament fet e dictat hon
poras legir no solament tot lo ques
pertany fer e servar a cascun Rey Senyor e Princep
mas encara a cascun bon christia no he
dubtat pendre treball de anar a la cambra del dit Mestre March
Berga
e scriure de mot a mot tot lo dit
sermo axi com ell lom recitava e tenia scrit eu
(en) dues cartes de paper de ma sua en la forma e modo
seguent.
Sermo Reverendi Magistri Marci Berga
proestantissimus die exequiarum dicti domini Regis factus.
Memento
Domine Davit et omnis mansuetudinis eius. Psalmo CXXXI. et
etiam psalmo C.° incipiente Misericordiam et juditium cantabo
tibi Domine
quod est thema.
En la scriptura divinal
nos troba algun Rey esser stat tan
virtuos e tant sant com lo propheta e Rey
Davit
la vida del qual es manifestada compendiariament en lo
dit palau en lo qual se monstra en quina manera se
deu
haver lo Rey per esguart de si mateix per esguard dels
seus servidors e per esguart dels altres axi bons com mals.
Diu primerament predicto psalmo C.o perambulabam in innocentia cordis
mei hoc est in puritate conscientie in medio domus mee quasi dicat
multo plus extra quia homines maxime principes et potentes
magis
sunt soliciti servare honestatem inter extraneos
quam inter domesticos. Consequenter ostenditur justitia David erga
populum et primo quantum ad malos. Secundo quantum ad bonos.
Ostenditur primo David affectus cum dicitur in eodem psalmo centesimo
non proponebam ante oculos meos rem injustam scilicet ad
concupiscendum sequitur facientes prevaricationes odivi id est divine
legis transgressiones odivi eorum malitiam detestando quia eiusdem
virtutis est diligere bonum et odire malum ei oppositum. Item
sequitur Non adhesit mihi cor pravum quasi dicat et si ex passione
tui motus ad horam ad aliquam malitiam non tamen adhesit mihi per
obstinationem declinantem a me malignum id est malo igne ignitum
invidiae scilicet irae superbiae et huiusmodi
quia talis declinabat a David similia detestante. Non cognescebam per
approbationem quantumcumque esset mihi proximus sicut patet de Joab
cuius maliciam non approbavit sed magis reprobans cum interfici
jussit. Et quia David non solum puniebat peccata operis sed etiam
oris. Sequitur detrahentem secreto proximo suo scilicet in eius
absentia hunc persequebat. Et quia non solum puniebat peccata operis
et oris sed etiam epparentiam in aliis … ideo dicitur superbo oculo
quia depositio cordis maxime apparet in oculis et insaciabili corde
qualis est avarus qui non potest saciari pecunia cum hoc non edebam
id est tales non erant comensales mei. Post ostenditur qualiter se
habuit ab bonos dicens Oculi mei ad fideles terre id est ita fui
solicitus inquirere ubi tales possent inveniri et mihi sosciari ut
sedeant mecum in consiliis judiciis et mensis. Et quia non solum
habuit bonos Consiliarios sed etiam bonos
ministros ideo subditur
Ambulans in via immaculata id est per vitae sanctitatem et honestatem
et sequitur hic mihi ministrabat id est in domo mea serviebat. Non
habitavit in medio domus meae hoc est inter ministros meos qui facit
superbiam alios dispiciendo vel conculcando qui loquitur iniqua non
direxit in conspectu oculorum meorum quia tales non audebant loqui in
presentia Davit nec etiam apparere. Et quia aliqui sunt ita
mali quod non solum sunt a principibus bonis repellendi sed etiam
vita privandi ut justitia servetur et alii terreantur ideo subditur
in matutino id est celeriter sine expectatione ne superveniret
impedimentum. Interficiebam omnes peccatores terrae qui pro peccatis
suis erant digni morte sicut apparet de Baana et Racab
qui interfecerunt Isboseth intendentes placere David. Sed ipse
fecit eos statim interfici sicut habetur II. Regum ca.° IIII. Et si
dicatur quod non fecit statim interfici Joab sed post mortem
expectavit precipiendo filio Salomoni dicendum quod David non fuit
ita firmatus in Regno nec ita potens sicut Salomon filius suus
et ideo non potuit in vita sua ita punire absque periculo sedicionis
sicut Salomon de quo fuit revelatum David quod regnaret pacifice
absque populi seditione et ideo punitionem rationabiliter distulit.
Ad quid autem David interficiat omnes peccatores terrae subditur
etiam in eodem psalmo centesimo ut disperderem de Civitate Domini id
est Hierusalem quam Dominus ad cultum suum elegit omnes
operantes iniquitatem quantum potest fihi vita Iiumana. Hinc debent
Reges accipere formam vivendi atque regendi. Et nunc Reges
intelligite erudimini qui judicatis terram justitiae fruendae causa
non solun apud Medos ut ait Herodotus sed apud
Romanos videntur olim bene morati Reges constituti. Nam cum
premeretur in ocio multitudo ab iis qui …. opes habebant ad unum
aliquem confugiebant virtutem prestantem qui cum prehiberet injuriam
tennioris equitate constituenda summos cum infimis pari jure
retinebat. Et eadem fuit causa legumquae Regum. Reges enim antiquitus
secundum Aristotelem V. politicorum a triplici excessu
constituebantur per virtutem propriam vel generis vel per benefitia
collata per ista simul ac potentiam. Omnes enim qui maxima benefitia
in Civitates gentes que contullerunt hoc honore potiti sunt. Alii
bello conservatis populis ne in servitutem devenirent quemadmodum
Codrus. Alii poulis a servitute liberatis et Syrus.
Alii quod condidicent Urbem vel quod regionem acquisissent
quemadmodum Lacedemoniorum et Macedonum er Molossotum
Reges Primum Regnum fuit Scicionorum quod fuit admodum parvum
a quo doctissimus Varro scribens
de gente populi Romani velut antiquo tempore exorsus est ab
his ad Athenienses pervenit a quibus ad Latinos deinde
ad Romanos scilicet ante conditam Romam perexigua
memorantur. Deinde ad alias gentes facta est derivatio Regum. Hec
enim potestas sicut et quevis alia a Deo est. Unde Augustinus
V. de Civitate Dei c. XXI ait Non tribuamus dandi Regni atque imperii
potestatem nisi Deo vero qui dat foelicitatem Regnum çoelorum
solis piis regnum vero terrenum et piis et impiis sicut placet ei cui
nil injuste placet. Sequitur quod Mario ipse Caio Caesari
qui Augusto ipse et Neroni qui Vespasianis patri vel
filio suavissimis imperatoribus ipse et Domiciano crudelissimo
qui Constantino christiano ipse apostatae Juliano
potestas a domino Deo est sed abusus potestatis ab homine. O utinam
consyderarent Reges quod scribitur Sapientiae VI. Avdite ergo Reges
et intelligite discite judices finium terrae prebete aures vos qui
continetis multitudinem et placetis vobis in turbis nascionum qum
data est a Deo potestas vobis et virtus ab altissimo qui interrogabit
opera vestra et cogitationes scrutabitur quem cum essetis ministri
Regni illius non recte judicastis neque custodistis legem justitiae
neque secundum voluntatem Dei ambulastis …. et cito apparebit vobis
quem iuditium durissimum in his qui presunt fiet exiquo cito
conceditur misericordia potentes autem potenter tormenta patientur.
Noy volra esser stat Papa o Rey bene Hieronymus non est
apud Deum personarum acceptio non Rex apud nobilior non pauper
infirmior non dives potentior non dominus potior non servus deterior
sed equalis omnibus judex Deus et dominus est. Sapientie VI. Non enim
miratur magnitudinem cuiusquam qui omnium dominus est nec verebitur
personam alicuius quem pusillum et magnum ipse fecit et equaliter est
ei cura de omnibus fortioribus autem fortior instat crutiatio. Non
intres in juditium cum servo tuo Domine. E noble Rey
sed memento omnis mansuetudinis eius quia enim in te speravit et
credidit non poenas eternas sustineat sed gaudia sempiterna
possideat. In presenti sermone juxta sententiam thematis duo breviter
notabuntur. Primo com al molt alt e excellent don Joan Rey
de Arago
lo nom de David pertany ab gran raho
per la sua proprietat. Secundo que Deu omnipotent nol
ha mes en oblisio donantli contrictio e
penidiment de son peccat. Dixi primo com al molt
alt e excellent don Joan Rey de Arago lo nom de
David pertany ab gran raho per la sua
proprietat. O clementissim e molt alt Senyor si vos visquesseu
yo nous loara seguint lo que diu Solon
hun dels set savis de Ahenes finem expectare
oportet. Demana lo Rey Creso a Solon si ell Creso era
beneventurat per la gran riquesa que tenia e respos
Solon O Rex non te felicitabo nisi prius te bonam
mortem obire audiero. Ambrosius in quadam homelia lauda post
periculum predica securum. Lauda navigantis felicitatem sed cum
pervenerit ad portum lauda ducis virtutem sed cum perductus est ad
triumphum. Interpretatur David manu fortis et vultu desyderabilis. Ha
qui ha may vist Rey tant affable benigne e
plasent cuius facies plena erat gratiarum consyderabat quod ait
Tragicus Vos quibus rector maris atque ferre jus magnum dedit necis
atque vitae ponite et deponite inflatos tumidosque vultus quitquid a
vobis minor extimescit hoc vobis major dominus minatur omnes sub
Regno graviore Regnum est. Fuit manu fortis vir quidam magnus bello
nulli pietate secundus ut de Haenea ait Virgilius. Quo
ad bellicas laudes socium habuit neminem. Et quemadmodum Scipio
de victa Cathagine non rei faelicitate elatus est sic ipse
quanto magis vincebat tanto clementior et minus elatus erat licet
enim sepe numero vinceret actores pacis diligebat. Cicero in
oratione quam ad Cajum Caesarem habuit sic ait Qui victor
auctores pacis diligit is profecto de … maluisse non dimicare quam
vincere. Et ideo Deus illum exaltavit quia qui se humiliat
exaltabitur. O superbia insana superbia turrim evertis linguam
confudit Farahonem submersit Senacherip interfecit Aman
suspendit Goliam prostravit. Sedes superborum evertit deposuit
inquit potentes Deus de sede patet de Nabuchodonosor de
Anthioco de Nichanore si vis videre exitus principum
superborum lege de ormesta mundi Horosium. Trogum Pompeium
Josephum Suetonium Quintum Curcium Cornelium Tacitum Titum Livium
Seranum Tranquillum el alios. Fuit enim ipse Rex Johannes
David videlicet manu fortis in bello spiritiuali in quo
tanquam alter David Goliam demonem tribus lapidibus
videlicet fide spe et charitate devicit. Nam per sacramentum
penitentiae naufragium indubitanter evasit. Quomodo confessus est
quam devote quam memoriter paucis explicare non possem ostendebat
enim que cogitaverat de salute animae suae ultra confessionem
principalem his me accersivit et peccata quae in eius mentem facta
grandi examinatione venerant cum summa contrictione expressit Christi
corpus bina vire adoiavit. Non ne erat dispositus abundante fleumate
ad suscipiendum sacramentum eucharistiae extremam unctionen cum
ardenti devotione suscepit. Net me preterit invictus ille animus. Nam
morte ei denuntiata nulla turbatio nullaque alteratio visa est
quinimmo per dominum Joannem Pages eius Vicecancellarium
respondit. « Nil sibi gratius nilque salubrius potuisse sibi
denuntiari et quod maius obsequium ab eodem Vicecancellario non
poterat exhiberi. » O gloriosummegem qui de niorte cogitavit qua
nihil est terribilius III ethicorum ultimum terribilium est mors
exhorruit mortem culpe qua nihil est deterius cum enim homines
peccant nihil fiunt teste Agustino super Joanne declarante illud Sine
ipso factum est nihil. Unde peccatum nil aliud est quam carentia modi
speciei et ordinis quia nullum peccatum habet relationem ad Deum
tanquam ad causam efficientem nec exemplarem nec finalem. Pensitavit
in morte geennae quia nit est intollerabilius Isaye XXXIII
Quis ex vobis poterit habitare cum ardoribus sempiternis primam
mortem et si non evadit noster Illmus. Rex quia statutum est
hominibus semel mori. Nulla tamen aliarum eum …. Dominus tantam
gratiam contulit felix nam iuxta sententiam Senecae qui non
peccavit nec tamen infelix quempenituit peccasse penituit nam quem
penitet peccasse pene ignocens est eleganter quidam doctor
parisiensis nomine Joannes Climachus vulgo Climages
quosdam versus edidit sic ingens.
Mortales Dominus cunctos in
luce creavit
Ut capiant meritis gaudia summa poli
Felix ille
quidem qui mentem jugiter illuc
Dirigit atque vigil noxia queque
cavet
Nec tamen infelix sceleris quem penitet acti
Quique
suum facimus plangere sepe solet
Sed vivunt homines tamquam mors
nulla sequatur
Et velunt infernus fabula vana foret
Cum
doceat sensus viventes morte resolvi
Atque herebi paenas pagina
sacra probet
Quas qui non metuit infelix prorsus et amens
Vivit
et extinctus sentiet ille rogum
Sic igitur cuncti sapienter
vivere certent
Ut nihil inferni sit metuenda palus.
Quo circa
dubium non est cum ad aeternam felicitatem venturum. Nam ui ait
Seneca Tragicus in ultima tragedia Nunquam ad stigias fertur umbras
inclita virtus. Vivete fortes nec letos seva per amnes vos fata
trahent sed cum summas exiget oras consumpta dies Item et superos
gloria pandet. O quant es stada excellent Rey la
vostra mansuetud. Lo pus mansuet sou stat
del mon. IIII aethicorum deffinitur mansuetudo quod est
mediocritas circa iram qui igitur pro quibus oportet et quando et
quanto tempore laudatur mansuetus hic utique erit. Si quidem
mansuetudo laudatur vult nam mansuetus quietus esse nec a
perturbatione deferri sed ita ut ratio precipit et in his et in
tantum tempus infensum esse magisque in defectu peccare videtur. Non
enim vindex est mansuetus. Sabieu vos molt alt Senyor quod animus
iratus non potest tenere illam mediocritatem que placet Stoicis que
est media inter nimium et parum victoria que comuniter insolens est
atque superba vacabat
iracundia. Recte quidem nam ut ait poeta Si
quotiens peccant homines sua fulmina mittat Jupiter iniquo tempore
inermis rrit. Quid sanguinem altissimum huius clarissimi Regis
commemorem. Non sunt Reges christianae religionis qui cum viverent
non esseiit sibi consanguinitate et vincti omnes lineae Regiae esse
noscuntur ascendens descendens et transversalis filius Regis pater
Regis frater Regis avunculus Regum pater Reginae et germanus
duarum Reginarum scilicet Castelle et Portugalie. Taceo
dicere de domo Franciae Angliae Hungariae Burgundiae quibus
necessitudine parentelae erat coniunctus. Et sicut Davit mortuus in
senectute filium sapientem Salomon reliquit heredem sic iste
Ferdinandum Illustrissimum Regem Castellae sapientem atque
pacificum reliquit heredem cum Rex iste Joannes Illustrissimus
mortem obivit solutum est vinculum et non ruptum. Anima ipsa ut ait
Macrobius non deficit que immortalis atque perpetua est sed impletis
numeris corporis fatiscit neo anima lassatur animando sed officium
suum deserit corpus cum jam non possit animari. Hinc illud est
doctissimi vatis Splebo numerum reddamque tenebris. Hec igitur
naturalis vere mors cum finem corporis solus numerarum suorum
defectus apportat non cum oxtorquetur vita corpori adhuc idoneo ad
continuationem. O gloriosum Regem et preditum omnibus bonis quae
hominem felicitant in hac vita scilicet nobilitas pulchritudo soboles
potentatus et tandem longeva vita et ultra solitum naturae cursum
senuit noster Davit e ha finit sos dies en la insigne
ciutat de Barcelona et sepultus est cum patribus suis in
monasterio Populeti quod potest dici Civitas David ubi
Christus habitat per specialem cultum. Fuit nam Betlem Civitas
David et Betlem domus panis interpretatur. Et ibi conficitur
ille qui dicit Ego sum panis vivus qui de celo descendi. O tu Rex
Regum et Domine dominantium memento eius dando bona gloriae. Verum si
orationibus eget atque suffragiis vos populi qui fuistis tanti Regis
effundite ad Deum assiduas preces ut ipse pius atque misericors qui
ipsum fecit regnare in terris faciat beatius regnare in Caelis in
secula seculorum amen.

T E Ʌ
O Ʃ.

El Autor, en
su manuscrito, pone al pie de este sermón la siguiente nota.

Per
quant lo dit reverend mestre March Berga en lo dit
sermo ha commendat lo dit Senyor Rey don Joan de
la gran mansuetud que tenia nom vull omettre la
epistola que feu als Consellers e al Consell de Cent jurats de
Barcelona stants desviats de la fidelitat a la qual eran
e son tenguts e obligats de servar a son natural Rey e
Senyor
exortant e requerint aquells no com a Rey e Senyor
mas com hun llur frare e germa mansuet
humil e benigne ques reduissen a sa Majestat la
qual fou tant accepte que poch apres ço
es divendres que comptavem XVI de octobre del any MCCCCLXXII a la
dita fidelitat e obedientia del dit Rey e Senyor la
dita ciutat fou reduida. E per ques pusca mostrar
millor lo que he dit segueixse la dita Epistola de
mot a mot
axi com es registrada en un registre del qui
es dins lo Archiu Real de Barcelona.
E insiguiendo
la intención del Autor, que dejó sin realizar, copiamos exactamente
la mencionada carta del fol. 20 del Registro n.° 3467, cuyo tenor es
el siguiente.

Itinerum Sigilli Secreti. Joannis II. n. 3467.
fól. 20.

Als amats nostres los Consellers Consell e
prohomens de la ciutat de Barchinona.
Lo Rey.

Amats nostres: notoria es la gran calamitat en la qual aquest
nostre Principat es constituyt lo qual axi com en lo
passat era tant insigne e florent ara per la sua
tanta ruyna instigant lo mal spirit subseguida
es fet propingue a total extermini e desolatio e no es
dupte que si vosaltres volreu reduyr vos a nostra
obediencia no solament cessaran les dites coses ans per nos
ab ajuda dels altres nostres regnicoles e de vosaltres
se entendra en augmentar e prosperar aqueixa
ciutat e lo dit Principat ço
que facilment nostre Senyor Deu mijançant se aconseguira
pus aquell sia restituyt en pau e tranquilitat.
E jatsia nos tostemps siam stats promptes
reebreus a nostra obediencia e usar en vers vosaltres
de tota clemencia e amor axi com sap nostre Senyor Deu hi havem per
totes nostres forces treballat e de present treballam. Es
empero necessari per aconseguir aço
en la forma que desijam a salut e benavenir de aqueixa
ciutat que vosaltres per lo semblant considereu nostra recta e
sincera intencio e desijeu lo benefici tranquilitat e
repos de la dita ciutat e del dit Principat e penseu quant merit
guanyareu de nostre Senyor Deu gracia de nos e gloria en lo
mon si per obra de vosaltres la dita ciutat sera a nos reduyda
e tant be com es la pau li sera procurat. Fem vos certs que havem
gran dolor mirar la dita ciutat qui era la pus
principal de nostres regnes e terres e tan famosa e
gloriosa entre les altres ciutats del mon que sia portada en
lo punt e angustia que es e axi deveu ab summa
prudencia e cura entendre en fer la dita reduccio. Per ço de
part de nostre Senyor Deu vos requerim e nos vos pregam exortam e
encarregam que principalment per fer tant sacrifici e servey a
nostre Senyor Deu e usar en vers nos del que per ordinacio
divinal sou tenguts e per fer e procurar tant benefici a vosaltres e
sublevar de tanta angustia e misseria lo dit Principat
vullau reduyr e tornar vos a nos
vostre Rey e Senyor natural offerint vos que
usarem vers vosaltres de amor paternal eus reebrem e
tractarem com a fills ab tota caritat e amor e a fe de Rey
e Senyor
vos promettem e donam paraula reyal
e invocam nostre Senyor Deu en testimoni que axi com speram de la sua
clemencia remissio e perdo de nostres falliments que
vers ell havem comesos axi ab tota veritat e sana intencio nos
oblidarem
de totes coses passades. Si empero aquestes tan
justes e paternals exortacions e offertes no acceptareu
ne la dita reduccio volreu fer vos fem certs que nos
prosseguirem aquesta nostra tan justa intencio e proposit fins
que la dita ciutat haiam subjugada a nostra obediencia
e per aconseguir e atenyer aço farem e usarem de totes
aquelles stretures vexacions e rigors que sera
necessari. E sia nostre Senyor Deu jutge entre nos e vosaltres
quens compelliu en fer ço que fer no volriem
com lo animo nostre sia tot inclinat a clemencia en
vers vosaltres e aqueixa ciutat. Dada en Pedralbes
a VI de octubre del any MCCCCLXXI.
Rex Johannes.

Coloma Secretarius
P.

E finit
lo dit sermo se acaba lo gran offici e
missa de requiem es feu de continent una molt solemne
absolutio sobre lo cors del Senyor Rey. E
tantost apres tot hom sen ana a dinar lexant
lo cors del Senyor Rey acompanyat de alguns criats e
servidors seus e daça
e della ab molts ciris e brandons cremants. Lo
qual cors Real stech aqui tot aquest dia e tot lo
prop seguent dia que era dimarts dia de la festa de la
purificatio de la Sacratissima tots temps Verge
madona Sancta Maria
mare de Deu e comptavem dos dies de febre
any dit e mes hi stech tot lo seguent dia de
dimecres festa de Sant Blay que comptavem III del prop dit mes
e any. E per que es digne cosa que los qui obren
be e son abils e disposts e tenen gran peritia e
intelligentia de ordenar e mettre en son orde
degut tals sepultures e exequies Reals sien scrits
en aquesta obra e commendats ara e tots temps pos açi
a memoria com los dits honorables Consellers de Barcelona ab
llur
Consell de prohomens donaren daço expres
carrech als honorables mossen Benet Çapila
e mossen Gabriel Turell ciutadans honrats de Barcelona qui
les dites exequies e sepultura ordenaren en la forma preexpressada.
Es veritat que nos curaren de posarho en scrits
pus ells ho havien ordenat en tenien llur
memorial sino que yo dit Scriva e Archiver del dit Senyor
Rey
per ferne servey al Senyor Rey ab
gran treball e diligentia com dit he en lo prolech de
la present obra ho he ab veritat volgut mettre axi
historiant en scrits punct per punct axi com es
passat.

Oratio apud Illustrem dominum Ferdinandum
Castellae et Aragonum Regem
praefati Illustrissimi domini Joannis
Regis Arogonum
gnatum facta per praedictum Reverendum fratrem
Marcum Berga dicto domino Rege Ferdinando pro praestando
juramento Catalanis ratione suae novae successionis
in urbe Barcinona
personaliter residente Anno Christi MCCCCLXXVIIII.

Tanta est
tuae Imperialis excellentissima ac clarissima dignitas dive Rex ut
vix pre timore queam labra movere et frigidus obsistat circum
precordia sanguis. Non enim nescio parvitatem meam minime decuisse te
coram aliquot verba facere cuius horrenda ac tremenda Maiestas non
solum meas sed omnium ut reor mortalium vires exuperat at cum summae
dignitati stupendaeque potestate incredibilis quaedam et supra quam
dici possit maior humanitas atque facilitas juncta si
mearum
virium oblitus orationem tametsi incultam depromere non verebor. Non
igitur mihi succenseat Regia celsitudo si quid impresentiarum a me
parum compositae aut minus eleganter de promptum sit sum profecto
homo ineruditus et eloquium Romanum a me alienissimum est. Si tua
preclara facinora laudare instituissem latinae litterae omnes non
satis essent. Nullus tantum flumen ingenii nulla dicendi aut
scribendi tanta vis tantaque copia quae non dicam exornare sed etiam
narrare res tuas gestas possit succumberet in his laudandis docta
Maronis elegantia et copia eloquentia Ciceronis longe impar esset. At
si nullo pacto possum Serenissime Rex et principum florentissime
aliquid tamen conabor efficere quo gratum animum meum ostendam.
Tantam enim mansuetudinem tam inusitatam reinauditamque clementiam
tantum in summa potestate rerum omnium modum tacitus nullo modo
preterire possum. Solent plerique cum rerum dignitatem comendant sepe
plus equo justoque amplificare et res gestas magis populari rumore
quam interna libratione metiri et nunc quidem supra propriam
dignitatem constituunt nunc extrinseca ac penitus aliena sectantur.
Ita ii magis libito contra doctrinam Senecae quam rei natura cuncta
celebrant obscurant que. Verum ego si tuae celsitudinis sola vera non
ficta exactiore meditatione contendam priusquam quasi ordiar hic
omnino dies effluet. Quid dicam de justitia? de continentia? de
prudentia? de magnitudine animi? de magnificentia? de magnanimitate ?
de pietate? de amicitia? de officio? ceterisque virtutibus? Itemque
de abundanti reipublice amore? de re militari? et disciplina
civitatis? De his tacere magis prestat quam parum loqui. Exultate o
felices populi sub tanto Rege habetis Regem etate floridum sed animo
senem qui Deum colit patriam amat justitiam servat sine qua Regnum
quamvis opulentissimum stare nequit. Nil in terris obtat nisi bonam
mentem nil sperat nisi bonam famam nil nisi deducus reformidat. Sed
quid verbis immoror? Qui prudens est omnes virtutes habet. Videtur
prudentis esse bene consulere circa illa que sibi bona et utilia sunt
non parliculariter puta qualia ad sanitatem vel robur sed
universaliter ad totius vitae statum bene dirigendum. Ob hoc Periclem
et alios huiusmodi prudentes dicimus quod illa qui sibi et aliis
utilia sunt prospicere valent esse autem huiusmodi putamus illos qui
publicis privatisque rebus administrandis sunt apti. Tua
magnificentia prestantissime Rex divitiis recte uti tua excellentia
gladium justissime sumere prudentissime exercere sapientissime ponere
novit. Senum consilio sapientum consortio bonorum virorum contubernio
facillime que sunt recta perages. Cavenda est adu lescentium
animositas horum nam confidentiae periculosissime committuntur
domesticorum ficta probitas internuntiorum fallaces delationes
relationesque non facile approbentur. Solent nam nonnunquam dicenda
tacere tacenda dicere accusanda defendere deffendenda accusare pro
commodo autem comissa seu referre seu differre seu etiam penitus
auferre plerique consuerunt. Nihil Regiae Maiestati magis cavendum
est quam domesticorum corruptio. Nihil nam bonorum famam principum
magis ledit quam familiarium domumque passim pro libito discurrentium
occulta perversitas simulata justitia. Non nulli simplices aures
principum et ex sua natura alios estimantes callida fiaude decipiunt.
Janus ad quem solum Regnum Italiae redactum est ponitur geminam
faciem pretulisse ut queque ante queque post tergum essent
intueretur. Quod proculdubio ad prudentiam Regis solertiamque
referendum est qui et preterita noscet et prefutura provideret. Nunc
redit illa virgo que jam pridem cede madebat redeunt Saturnia Regna.
Rerum omnium Plato et actuum naturam penitus inspiciens advertit in
omni sermone suo de rei publicae institutione proposito
infundendum animis justitiae amorem sine qua non solum nulla
respublica sed ne exiguus hominum caetus nec domus quidem
parvo constabit. Ad hunc porro justitiae affectum pectoribus
inculcandum nil eque patrocinaturum vidit quamque si fructus eius non
videretur cum vita hominis terminari. Cicero etiam postquam in omni
rei publicae ocio atque negotio palmam justitiae disputando
dedit sacras immortalium animorum sedes et caelestium archana
regionum in fastigio consumati operis de Sipionibus …. judicans quo
…. perveniendum sit quia rempublicam cum prudentia justitia
fortitudine atque moderatione tractaverunt. Tu Rex Serenissime es
custos justi justarum videlicet legum quas si servaveris
benedictionem dabit tibi legis lator ibis de virtute in virtutem et
tandem videbis. Deum Deorum in Sion. Inducatur abs te Rege justissimo
charitas illa complexionalis sino qua mistici corporis vita fatiscit.
Celebre est illud quod Regnum a gente in gentem transfertur propter
iniustitias et contumelias et universos dolos. Sed cum tua
Illustrissima Maiestas omnia gubernet et moderetur prudentia nil
nobis poterit evenire adversi eritque suavissimum tante virtutis
alimentum laus decus et gloria nam sicut caeterorum animantium
peculiares quosdam cibos natura parens instituit ita principes et qui
sapia prediti sunt honoribus aluntur et gloria. Sed quid dicam de
corporis optima habitudine es quidem Serenissime princeps valitudine
prospera ut nullius omnino membri detrimentum aut maculam patiaris
venusta facie validis brachiis firmissimo corpore levis pernicibus
plantis corpore non admodum procero sed tamen pulcherrimo atque
robusto. Nobilitatem altissimeque prosapie sanguinem quis narrare
sufficiat? si incepero ab initio rerum et continuam narrationem ad
finem usque perduxero plusquam satis mea procedet oratio. Ab Aragonum
et Castellae Regibus ortus es excellentissima proles digna
laudatis cum ex vetustissimis imaginibus antiquitatum tum ex
recentibus dignitatum fulgoribus de quibus supersedendum censeo. Nec
me preterit ille clementissimus in rebus bellicis nulli Regi secundus
qui vigebit memoria seculorum Rex Joannes pater tuus
cuius gloriosam mortem commemorarem nisi tue Maiestati crebro relatu
ceteris aut visu aut caelebri fama innotuisset. Religiosissimum eius
finem dicta ac facta memoratu dignissima luce clarius manifestanta
nima illa patratorum peccaminum penitudine expiata eterna requie non
carebit. Postremo hanc Urbem tuae altitudini est animo commendare pro
tua igitur diva clementia eam erige ne invidiae morsibus discerpta
deiscat eam defende quae ab universis Aragoniae Regibus
electa et prelecta est et apud exteras nasciones praecunctis
Hispanice civitatibus predicata laudataque ut florentissimis
vegetata
auctaque in evum annis quamdiu mundi machina stabit
maneat et secundescat florens et pacis fructu beata quam feliciorum
ostendes et illud primum continget quod tu Rex potissime cupis ut
carus sis tuis deinde non unicus erit tuae virtutis buccinator sed
omnes virtutem Regiam decantabunt auge civitatem tibi autem
comparabis potentiam si hoc egeris nil tibi obesse poterunt inimici
post longum desiderium …. ex diuturnis tenebris hec civitas solem
mundo erumpentem aspexit. Nunc merito tuo aspectu consolari jam
sperat. Vidisti nempe potentissime Rex tanta alacritate quanta omnium
exultatione quanto totius civitatis gaudio quibus honoribus qua
tuorum hominum frequentia exceptus lueris. Omnes enim sola ingentis
dilectionis ac venerationis causa te videre ubi manus deosculari te
nisi prohiberet pudor complecti gestiebant ob que summum tui
desyderium vix te coram aspicere cum coram stares credebant maxima
plebem et populum Barcilonensem spes ac letitia simul
invasit fruitur tuo aspectu hec civitas dum licet optat ut semper
liceat. Valeat Regia altitudo et beati Francisci hoc
monasterium quod pro tanti Regis incolumitate iugiter orat favore
debito prosequatur.

Capitol LXXII qui tracta del dia
que isque lo cors Real de la Seu per portar
aquell al monastir de Poblet e de les coses aqui preparades e
com fou acompanyat.

E venint lo dijous seguent
que comptavem quattre del dit mes de febrer any dit MCCCCLXXIX
stants aplegats dins la Seu de Barcelona los
Illustres ja dessus nomenats don Jayme Infant de Navarra don
Phelip e don Joan de Arago germans e don Alfonso fill del dit Senyor
Rey nostre don Ferrando los Consellers de Barcelona e
los Diputats de Catalunya ensemps ab los reverends
Bisbes de Gyrona de Urgell de Vich e de Anguello e los
nobles mossen Requesens dez Soler portant veus de
Governador en lo Principat de Catalunya don Gomes
Suaris de Figueroa mossen Rodrigo de Rebolledo mossen Guerau
Alemany de Cervello
mossen Ferrando de Rebolledo lo
Vicicanceller e moltes daltres notables e honrades
persones ensemps ab tots los criats officials e
servidors del dit Senyor Rey don Joan per dar
compliment a les Reals serimonies e exequies e encara a
la testamentaria dispositio de la prefata Majestat Real
la qual ha ordenat e manat que lo seu Real cors fos
tremes e tumulat en lo monastir de Poblet hon
jauen tumulats e recondits los cossos Reals
dels Illustrissimos Reys de Arago foren preparades e ordenades
aqui totes les creus e processons de les parroquies e religions
demunt anomenades e les quattre banderes e quattre
scuts los quals a cavall lo dia de la sepultura
Real anaren devant lo cors de Senyor Rey. E
no resmenys
totes les confraries dels officis de la
dita ciutat ab llurs grans luminaries e encara les
luminaries de les brandoneres que la ciutat de
Barcelona e los manumissors del Senyor Rey
havien aqui apparellats per acompanyar lo Real cors e
totes altres coses necessaries seguints tot lorde e
serimonies

de la processo feta al dit Real cors
lo dia quel portaren del dit palau Real a la
dita Seu de Barcelona foren preparades e ordenades en la dita
Seu molt solemnement e ab moltes orations e psalms
que cantaven totes les religions e clero qui precehia e los
xandres de la capella del dit Senyor Rey qui
immediadament anaven devant aquell Real cors cantants
continuament a contrapunct psalms e orations. E
axi molt noblement e solemne lo prop dit dia de dijous
poch apres que foren tocades tres hores apres mig
jorn
del dit dia lo cors del Senyor Rey cubert del
dessus dit rich pali brocat dor e axi
acompanyat com dit es fou tret de la dita Seu de Barcelona
per portar aquell en lo Monastir de Poblet.

Capitol
LXXII qui tracta per qual portal isque lo
cors Real
e qual cami feu per anar al portal (ds)
de Sent Antoni.

Isque lo dit cors
Real
per lo portal major de la dita Seu ab la dita
processo e acompanyat com es ja
dessus designat e tira la
via del palau del Bisbe e del palau del Bisbe cami dret a la plassa
de Sent Jacme
e de la plassa de Sent Jacme a la Cort
del Balle
e de la Cort del Balle passant per lo Call
tira als banys nous e dels banys nous al portal de la
Bocaria
e anant de aqui per lo carrer del Hospital de
Sancta Creu arriba al Pedro e del Pedro al portal de
Sant Antoni
e aqui se atura la dita processo ab lo
dit cors e gent e coses dessus dites.

Capitol
LXXIIII qui tracta com fou rebut lo cors Real al portal
de Sent Antoni per lo Abbat de Sanctes Creus e
monjos del dit Monastir e del Monastir de Poblet.

E arribats que foren
lo dit cors Real e processo al dit portal de Sent
Antoni
aqui denant la Esglesia del dit portal trobaren
lo abbat de Sanctes Creus vestit en pontifical
ço es
portant la sua mitra en lo cap stant en
mig de dos mongos vestits ço es la hu
com a diacha e laltre com a sotsdiacha. E lo
diacha aportava en la ma una crossa
dargent e aqui apres de aquests havia una gran multitud
de mongos dels monastirs de Poblet y de Sanctes
Creus
los quals constituits aqui en bella processo e
portants denant ells la creu alçada
tota de pur argent e molt be levorada
acompanyada de dos bells canalobres dargent reberen
e prengueren lo dit Real cors lo qual la dita
gran processo havia aqui acompanyat.

Capitol LXXV qui
tracta quant fou portat lo cors Real del portal de
Sent Antoni
al monastir de Valldonzella.

E
restants devant la dita Esglesia de Sant Antoni totes
les dites creus e clero de la Seu de Barcelona e de les dites
parroquies e de totes les dites religions los dits abbat
e mongos decontinent feta primer per ells aqui una
solemne absolutio per la bona anima del dit Senyor Rey
tragueren lo dit cors Real fora la dita ciutat
de Barcelona e aquell acompanyat de la gran luminaria e de
tota la prop dita gent e ab la mateixa serimonia
cantants e dients sempre los mongos psalms
e orations portaren al monastir
de les monges de Valldonzella qui es no molt
luny del dit portal de Sant Antoni e metteren
aquell dins la Esglesia del dit monastir de Valldonzella
posant lo devant laltar major. E fetes aqui dues
solemnes e devotes absolutions ço es una per los
mongos de Poblet
e de Sanctes Creus e altra per la
Abbadessa
e monges del dit Monastir de Valldonzella per
aquella nit fou lexat lo dit cors Real dins la
prop dita Esglesia de Valldonzella sots custodia e comanda
dels predits abbat e mongos de Sanctes Creus e
de Poblet.

Capitol LXXVI qui tracta del dia de les
absolutions fetes al cors Real stant dins la
Esglesia del monastir de Valldonzella.

E lo seguent
dia que era divendres e comptavem cinch dies del dit mes de
febrer per lo mati dita primerament la missa cantada de
requiem dins la dita Esglesia de Valldonzella e fetes aqui dues
solemnes absolutions ço es una per lo Abbat e
mongos de Sanctes Creus e de Poblet e altra per
la Abbadessa e monges
del dit monastir de Valldonzella fou levat de aqui lo
dit Real cors
e mes axi com sestave dins la
Real litera la qual fou posada sobre los musclos
de XV homens los quals ab altres molts homens
en nombre de cinquanta staven aqui prests e
apparellats per portar dit Real cors al monastir de
Poblet.

Capitol LXXVII qui tracta de la forma e
companya ab la qual fou tret lo cors Real del monastir
de Valldonzella per portarlo a Poblet.

E decontinent
acompanyat lo dit Real cors de diverses persones Illustres
reverends nobles e altres entre les quals hi eren los
Illustres don Jaycme de Foix e de Bearn Infant de
Navarra don Phelip de Arago e de Navarra don Joan de Arago e de
Navarra lo ja dit molt reverend senyor e pare en Christ En
Joan de Margarit
bisbe de Gyrona conceller del dit
Senyor Rey los nobles mossen Rodrigo de Rebolledo
camerlench major e mossen Ferrando de Rebolledo trinxant
del dit Senyor Rey don Joan lo reverend frare
Pere Blanch abbat del monastir de Sanctes Creus ab
companya de un gran nombre de mongos dels dits monastirs de
Sanctes Creus e de Poblet
e mes hi eren molts altres cavallers e
gentils homens criats e servidors del dit Senyor Rey
preceint primeres les quattre banderes les quals
portaven los quattre cavallers qui aquelles dins
Barcelona corregueren e venint apres la creu del dit
monastir de Poblet la qual denant lo dit cors Real
portava a cavall I mongo de Poblet. E apres venia
tantost lo dit cors Real cubert de I drap de
molada negre
ab una gran creu blancha sobre lo
dit drap negre. E tantost seguint lo dit cors un
cavaller qui portava lo elmet ab la corona
e lo ratpenat al cap e sobre lo muscle e braç
esquerra I scut de armes de Arago ço es de les
barres dor e flamma. E sobre lo musclo dret
portava lo Real guido o standart dor e flamma
enfilat en una lança e penjavali per les
espalles. E apres de aquest cavaller venien los
quattre uxers
darmes qui portaven los quatre
scuts
que lo dia de la dita sepultura havien portat per la
dita ciutat de Barcelona. E denant la dita litera
anaven dos gentils homens a cavall que portaven dues grans
lanternes e derrera aquesta littera anaven altres dos a
cavall que portaven altres dues lanternes e en cascuna
de dites lanternes havia un brandonet de sera
qui cremava fou tret lo dit cors Real del
dit monastir de Valldonzella.

Capitol LXXVIII qui
tracta del cami que feu lo cors Real fins al Hospitalet
e com reeberen aquell.

E axi tots ensemps
los dessus dits acompanyants lo dit cors Real e
sots la predita forma faeren la via del Coll de la
Creu
e daqui en fora anaren a la carnaceria
del Sants e venint al Hospitalet los isqueren
a cami la creu e tots los capellans de la Esglesia del
dit Hospitalet e acompanyaren lo dit cors Real fora la
vila o loch del dit Hospitalet e feta una absolutio
sobre lo dit cors Real sen tornaren los dits
capellans ab la llur creu dins la dita llur
Esglesia.

Capitol LXXVIIII qui tracta del honor que
feren al cors Real venint a Molindareig.

E
tirants ab lo dit cors Real tots los dessus
dits dedicats en companyar aquell ço es dret cami fins
en
la vila de Molindareig quant foren en
vista de la dita vila començaren
en la dita vila de repicar totes les campanes de la vila e
isque la creu de la dita vila ab los preveres de
aquella vila e lo abbat de Sanctes Creus e tots los
predits mongos ensemps ab lo mongo qui
portava la creu de Poblet se apinyaren es meteren
en processo e axi tots ensemps entraren per la dita
vila cantants psalms e orations. E axi
vengueren a la Esglesia de la dita vila en la qual feta
solemne e devota oratio e absolutio per I poch
spay detengueren lo dit Real cors e apres
tots hom refresca e feu collatio en la dita vila
per ço que
pusquessen supportar lo treball del cami.

Capitol LXXX qui tracta de la solemnitat feta al cors
Real
passant per la Barca e per Sant Andreu de
Aygues-toses
e venint a Martorell.

Feta la dita
collatio e refrescament tots los sobredits que
acompanyaven lo dit cors Real se partiren ab lo
dit cors decontinent de la dita vila e tiraren
dret cami fins a la barcha de Lobregat e passada
la dita barcha vengueren a la vila de Sant Andreu de
la barcha
de Lobregat al de Aygues-toses e passant
per lo mig de la vila sonants les campanes de aquella
vila e feta aqui llur absolutio dret cami feren
la via de Martorell e de continent foren en
vista de la dila vila totes les campanes sonaren e repicaren.
E exint la creu e lo clero de la predita vila se
aplegaren
los dits abbat e mongos e tots ensemps
ab
bella processo e fort ordenadament cantants
psalms e dient orations entraren per la dita vila de
Martorell. E faents lo cami de la Esglesia
metteren fort solemnement aquell Real cors dins
la Esglesia de aquella vila en la qual feta solemne absolutio
fou lo dit cors lexat aquella nit e tots los
de la Real companya aquella nit se aleuiaren e
reposaren. E venint lo seguent dia que era
dissapte e comptavem sis del prop dit mes de febrer per lo
mati fou aqui dins la predita Esglesia de Martorell
apparellada una missa la qual fou dita alta ab la
solemnitat deguda e acabada que fou la dita missa decontinent
sobre lo dit cors Real fou feta una absolutio la pus
solemnement que fer se pogue.

Capitol LXXXI qui tracta
de les absolutions fetes al cors Real quant fou junct
en Vilafranca de Penades.

E feta la dita absolutio
fou pres lo dit Real cors e tret de la dita Esglesia de
Martorell e axi acompanyat dels seus com dessus es dit feu lo
cami de Vilafrancha de Penades. En la qual vila per causa de
les moltes aygues que en aquell cami se trobaren e a
causa dels barranchs e mal cami que attrobaren
arribaren hi de nit hora ja molt tarda. E mes
solemnement e ab molta serimonia lo dit Real cors
dins la major Esglesia parroquial de dita Vilafrancha e
fetes les solemnes absolutions tota la dita noble companya sen
ana
a leuiar cascu en sa posada e tot lo
seguent dia que era digmenge e comptavem VII del dit
mes de febrer resta lo dit Real cors dins la
dita Esglesia de Vilafrancha en la qual vila aquell digmenge
li foren fetes nobles e Reals exequies ab missa cantada
vespres completes e matines.

Capitol LXXXII qui
tracta de les solemnitats fetes al cors Real quant fou junct
a Vilarodona.

E lo dilluns prop seguent
que comptavem VIII del dit mes de febrer dita primer missa cantada e
fetes solemnes absolutions
al cors Real e acompanyat de la dessus dita companya fou remogut
e portat de la dita Esglesia de Vilafrancha de Penades a
Vilarodona e mes lo dit dia solemnement dins la
Esglesia de la prop dite vila en la qual Esglesia resta
tota la nit seguent del dit dia. E venint lo dimarts
per lo mati que comptavem VIIII del prop dit mes de febrer
dita dins la dita Esglesia de la dita vila de Vilarodona
solemne missa cantada ab les Reals exequies absolutions
e serimonies

acostumades subseguides.

Capitol LXXXIII qui
tracta del sermo e exequies fetes al cors Real en la vila de
Montblanch.

E fet aço decontinent lo dit
cors Real
fou remogut de la predita Esglesia e vila
de Vilarodona passant per lo mig de la vila de Cabra
molt solemnement e fou apportat aquell dia a la vila de
Muntblanch. E aqui tantost applegantse lo
abbat
de Sanctes Creus e tots los mongos quil
acompanyaven cantants diversos psalms e orations
ab grans repicaments de campanes e ab fort
bell
orde e bella processo fou lo dit cors Real per los
veguer balle jurats e prohomens e per tot lo
clero de la dita vila de Montblanch reebut e mes
dins la dita vila e portal ab gran solemnitat a la major
Esglesia parroquial de la dita vila en la qual Esglesia apres
de esser fetes les Reals absolutions fou per aquella nit aqui
conservat lo Real cors. E lo seguent dimecres
que comptavem X del prop dit mes de febrer per lo mati foren
fetes en dita Esglesia de Montblanch molt belles e Reals
exequies al cors Real ab solemne offici missa
alta e moltes misses baxes ab moltes absolutions. E feu
hi
sermo aquest dia de les exequies lo dit reverend e
honest religios mestre March Berga confessor e manumissor
de la Majestat Real qui pres per thema Dormivit
igitur David cum patribus suis et sepultus est in civitate David
.
III Regum c. II.

Capitol LXXXIIII qui tracta de la
processo exint del monastir de Poblet al cors Real feta
hon vengue aquest dia.

E passat lo mig
dia del prop dit dimecres e dinats que foren tots los dessus
dits acompanyants lo dit cors Real continuades e fetes
les serimonies demunt dites lo sobre dit Real cors
fou tret de la prop dita Esglesia e vila de Muntblanch e
acompanyat de les persones ja dites arriba en aquest dia ja
hora molt tarda en lo monastir de Poblet ab
molta solemnitat. E posat lo dit cors Real devant la porta del
dit monastir fou aqui apparellada una molt noble processo de
mongos e de capellans en companya dels quals era lo
reverendissimo Senyor don Pedro Durrea patriarcha de
Alexandria
e
archabisbe de Tarragona vestit en
pontifical en mig de dos mongos vestits de
vestiments de diacha e sotsdiacha e lo dit patriarcha
portava en lo cap una bella e richa mitra lo
diacha una crossa dargent daurada molt be
subtilment obrada. E axi tots aquests mongos e
capellans de Poblet ab lo dit patriarcha que anava en
mig dels dits diacha e sotsdiacha ab gran
e solemne processo acompanyats de diversos cavallers e gentils
homens
e altres notables persones e de molts pagesos o
homens de viles honrats e de molts vassalls del dit
monastir reeberen la dita altra processo qui ja anava ab lo
dit Real cors. E ajustades ensemps aquestes dues
processons ço es la una hon presidia lo dit
Abbat
de Sanctes Creus e laltra hon presidia lo
dit Patriarcha ab gran brogit de senys e
campanes e cantants molts psalms e dients moltes
orations metteren lo dit Real cors axi
cubert del gran pali de brocat dor que stech
cubert quant lo portaren a la dita Seu de Barcelona lo
dia de la sepultura dins la Esglesia del dit monastir de Poblet.

Capitol LXXXV qui tracta del cadafal apparellat
al cors Real en la Esglesia de Poblet.

E
venints axi les dites dues processons ajustades
la via del altar major trobaren entre lo chor e lo
major altar de la dita Esglesia de Poblet un gran cadafal
havia una littera molt bella cuberta de diversos draps
axi de ras com dor com de imperials. E
axi pujaren aquest Real cors ab la littera
ab la qual era vengut sobre lo dit cadafal
el posaren molt honorablement sobre la predita littera
la qual stava parada sobre lo dit cadafal e
metteren les quatre banderes e los quattre scuts ab
los quals havien corregudes les armes Reals per
la ciutat de Barcelona a quattre cantons del dit cadafal
e en lo cap de dita littera lo guido o standart
ab lo Real scut de armes de Arago
dich les barres Reals dor e flamma. E
fetes aquelle hora dins la dita Esglesia solemnes absolutions
aquest Real cors be
acompanyat e ab gran luminaria fou aqui dins la
dita Esglesia e sobre lo dit cadafal aquella nit
lexat.

Capitol LXXXVI qui tracta de la missa
alta e anniversari quis digueren en la Esglesia de Poblet lo
dia de les exequies e com hi sermona lo reverend mestre
Pere Lopis.

E lo seguent dia que era
dijous e comptavem XI del prop dit mes de febrer any dit vengudes
dins la dita Esglesia del dit monastir de Poblet totes les sobredites
Illustres Reals nobles magnifiques e venerables
persones les quals de Barcelona fins en lo dit monastir
de Poblet e en la forma demunt dita havien seguit e acompanyat lo
dit Real cors
e totes les altres persones les quals per fer honor
eren vengudes personalment a les dites Reals exequies
fou començat
dins la dita Esglesia de Poblet un solemne offici e
general anniversari cantat per tots los
mongos
de Poblet qui eran en gran nombre. E aquell
dia vestit en pontifical lo dit patriarcha canta
aqui la missa molt solemnement. E dit lo evangeli per lo
diacha
qui ensemps ab lo sotsdiacha
ministraven al dit reverendissimo Patriarcha
munta a la trona per sermonar lo reverend mestre Pere
Lopis
famosissimo mestre en theologia e molt docte
del orde dels frares menors de Sant Francesch de
Barcelona lo qual en lo principi del sermo pres
per thema Videte Regem Salomonem in diademate quo coronavit
illum mater sua die desponsationis illius et in die letitie cordis
eius
. Canticorum III. les quals paraules transferides en romans
volen tant dir veniu vejau lo Rey Salomo lo qual
sa mare ha coronat de diadema en lo dia
de la solemnitat. E axi procei e feu molt singular
sermo e entre les altres coses que dix foren les virtuts e
nobleses de la prefata Majestal Real commemorant
la catholica e christiana religio en la qual lo
dit Senyor Rey don Joan havia viscut e la ferma devotio
e constant sperança
que tench tant com li duraren los accidents dels quals
mori en la passio de Jesu-Christ e en la purissima e intemerada
tots temps verge madona Sancta Maria mare de Deu. E apres
recita molt egregiament la gran e ampla prosapia Real
del dit Senyor Rey e la descendentia de aquell qui era
proceida tota constituida en Reys e Reynes car
lo fill primer fou lo Illmo. don Karles Rey de
Navarra
laltre fill es vuy lo Serenissimo
Senyor e Rey nostre e de Castella don Ferrando
e la filla
primera
apres mort lo dit Senyor Rey es
stada Reyna de Navarra muller qui fou
del comte de Foix. Laltra filla es vuy muller
del Illmo. don Ferrando Rey de Napols e axi es
intitulada dona Joana Infanta de Arago e Reyna de Napols.
E axi finit lo dit sermo fou proceit en la celebratio
de la dita missa per lo dit reverendissimo Patriarcha
la qual missa acabada que fou de continent foren fetes
algunes absolutions sobre lo dit cors Real molt
solemnement e piadosa. E axi fou dada fi en lo
prop dit dia en totes les dites Reals exequies.

Capitol
LXXXVII qui tracta del dinar apres les exequies donat
per lo monastir de Poblet a tota la gent qui en dites
exequies se troba.

E fetes totes les dites coses ab
tot son orde serimonies e compliment apparellades
que foren les taules pera dinar dins lo dit monastir
tots los qui trobaven en la dita sepultura e monastir
anarense a dinar a les dites taules e molt abundosament
lo venerable frare
(Juan) Stanya novament elet en Abbat del dit
monastir e no encara confirmat per nostre Sant Pare ensemps
ab los mongos del dit monastir donaren a
dinar a tota la dita gent qui aquis trobava.

Capitol
LXXXVIII qui tracta de les paraules que dix lo
Camerlench quant devallaren lo cors Real del
Cadafal el posaren entre los altres cossos
Reals.

E lo mateix dia apres dinar quasi
hora de vespres molt solemnement fou devallat lo dit
Real cors
del gran cadafal hon lo havien
posat e fou mes al costat del altar major als peus del
Serenissimo Rey don Ferrando pare del dit Illustrissimo
Rey e Senyor nostre don Joan
de gloriosa recordatio. E de
continent
dix lo noble mossen Rodrigo de Rebolledo
que ell com a Camerlench e manumissor del Senyor Rey
don Joan
dessus dit e per complir la voluntat e
testamentaria dispositio de aquell havia acompanyat e
portat lo cors aqui ensemps ab los altres
dessus dits per que fos collocat entre los
cossos
dels altres gloriosissimos Reys de Arago de
la prosapia dels quals per recta linea lo dit
Senyor Rey don Joan devallava.

Capitol LXXXIX
qui tracta de la resposta que feu lo dit
monastir de Poblet al dit Camerlench sobre lo acceptar
e reebre lo dit cors Real.

E dites aquestes
paraules decontinent lo venerable frare (Joan) Stanya
elet demunt dit aqui en presentia de les sobredites
Illustres Reals persones e dels dits reverendissimos
senyors Patriarcha e bisbe de Gyrona e de moltes altres
persones aqui presents dressant les sues paraules al
molt spectable e noble mossen Rodrigo de Rebolledo dix
tals o semblants paraules. «Mossen Rebolledo vos com a Camerlench
e manumissor del Serenissimo Senyor lo Senyor
Rey don Joan de memoria immortal haveu dit que per
complir la voluntat e testamentaria dispositio de la
prefata Majestat nos haveu açi
aportat lo cors del dit Senyor dins aquesta caxa o
tombe pero aço
yo no sce si es veritat que aquell Real cors sia
açi
o no car nol he vist. E axi yo e tot
aquest covent del present monastir qui som açi
sino veem al ull aquest Real cors que dieu es
açi
nol tenim per rebut ne crehem que hi sia
e axi si voleu lo tengam per rebut per quant yo
e lo dit covent ne havem a dar compte al
Serenissimo Senyor Rey de Arago e de Castella
nostre Senyor monstraulons e vist quel hajam
tendremlo per rebut e no en altra manera. »

Capitol
LXXXX qui tracta de la manifestatio del cors Real que
feu lo Camerlench al monastir de Poblet prenent les claus de
les caxes hon stava recondit lo cors
Real
e faent obrir aquelles.

Dites aquestes
paraules per lo dit elet de continent replicant
respos lo dit mossen Rodrigo de Rebolledo camerlench
e dix « No moure que susara vos sera monstrat
lo dit cors Real e conexereu al ull com es
aquell glorios e mon Senyor lo Rey don Joan » e giras
vers lo qui tenia les claus de les caxes dins
les quals stava ajagut lo dit cors Real e demana
aquelles les quals decontinent li foren liurades e axi
en presentia dels dits elet e covent de Poblet e
de tots los altres dessus dits qui alli se
trobaven
feu obrir en les dites caxes e primerament
la caxa que era cuberta de vellut carmesi dins la qual
fou trobada una altra caxa cuberta de drap de grana la
qual segona caxa uberta fou dins aquella trobat ajagut
lo cors del dit Senyor Rey don Joan vestit de una bella
dalmaticha de domas blanch e de uns camis
ab ses stoles e dessota vestit com a
cavaller ab la roba de domas ja demunt mentionada
e ab la sua spasa cincta sperons
deurats e un bonet e una corona en lo cap
en la ma un septre e en laltra ma un pom ab
una creu.

Capitol LXXXXI qui tracta com fou rebut
e acceptat lo cors Real
per lo monastir de Poblet ab les
serimonies
e certifications necessaries.

E regonegut e
vist al ull per los dits elet e covent
del dit monastir de Poblet lo dit Real cors lo
qual per ço com stava molt alterat no podien be
conexer que fos lo dit Senyor Rey don Joan
decontinent lo dit elet girantse vers
les dites Illustres persones e als prelats e als dits mossen
Rodrigo de Rebolledo nobles cavallers e gentils homens e
altres qui eren criats e servidors del Senyor Rey aqui
trobants se presents los dix e respos
replicant tals o semblants paraules.
« Vosaltres senyors yous
deman eus requer que fassau certs a mi e
tot aquest covent si scebeu que aquest cors Real
lo qual me presente lo dit noble mossen Rodrigo
de Rebolledo sia lo cors del dit Senyor Rey don
Joan
.» E decontinent fou respost per tots los
circunstants. «Hoc mossen lo elet aquest
es lo cors del Senyor Rey don Joan de gloriosa
memoria aquest es vertaderament lo cors Real del Senyor Rey
nostre Senyor no hi poseu dubte algu que tots quants som
açi
vos fem certs e testificam que aquest es lo cors del
dit Senyor Rey don Joan.» E llavors lo dit
venerable elet replicant respos e dix tals o
semblants paraules. « Pus tots vosaltres molt Illustres
reverends nobles e magnifichs senyors me feu
cert em adverau que aquest es vertaderament lo cors
del Senyor don Joan Rey de Arago de Navarra e de Sicilia en
aqueix nom e en fe e relacio de vosaltres tots yo e
tots los mongos e covent del dit monastir de
Poblet açi
presents acceptam e havem per reebut lo dit cors
»(.)

Capitol LXXXXII qui tracta del tancar de
les caxes hon jaya lo cors Real e del
loch hon posaren aquell.

E fet aço
decontinent tancaren les dites caxes en clau e axi
una dins altra com staven e acostants les com dit es al
major altar de la dita Esglesia de Poblet les posaren en los
peus de la caxa o tombe dins la qual era lo cors del
Serenissimo Rey don Ferrando de preexcelsa
memoria pare del dit Senyor Rey don Joan. E tantost
cobriren ab dues les tombes
del rich e sumptuos pali de brocat dor del qual
en la dita ciutat de Barcelona e per totes les sglesies del
cami era stat cubert lo cors del dit Senyor Rey don
Joan.

Capitol LXXXXIII qui tracta de la requesta
feta al notari de fer una e moltes chartes publiques de les
coses predites.

E donant compliment en totes les exequies e
coses dessus dites tant lo dit venerable elet en
Abbat del dit monastir de Poblet per lo interes seu e
de tot lo dit monastir quant lo dit noble mossen
Rodrigo de Rebolledo camerlench axi mateix per lo
seu interes en presentia de tots aquells qui aquis
trobaren presents demanaren instaren e requeriren
a memoria perpetua esser feta de les prop dites coses tocants lo
lexar aqui del dit cors Real una e moltes cartes
publiques per lo venerable mossen Guarino des Novellis
prevere de capitol de la Seu de Gyrona e notari
e Secretari del predit reverendissimo bisbe de Gyrona.

Capitol LXXXXIIII e ultimo del present libre
qui tracta de les sepultures pomposes ques poden fer a
laor de Deu e son sufragis a les animes contra la opinio de alguns
tenints lo contrari. E mes tracta per qual raho
si ha despes tant de temps en compondre lo present
libre commemorant les exequies que antiguament
se fayen als Reys de Egypte e com lo Senyor Rey don
Joan
es stat molt piados liberal animos valent e bon
cavaller.

E jatsia per molts se diga que
sepultura pomposa no faça
profit a la anima per la qual se fa tal sepultura
allegants aquella auctoritat de Sanct Agosti
contenguda en lo libre de Civitate Dei a XI capitols dient axi
Proinde omnia ista id est curatio funeris conditio sepultarae
pompa exequiarum magis sunt vivorum solatia quam subsidia mortuorum
.
E en un altre libre ha fet lo dit Sanct Agosti
pretitulat de cura pro mortius agenda diu aço
mateix. E per ço tals parlers e interpretadors poran
dir mal de mi com me so dispost en posar e
scriure aquestes coses pomposes faents per sepultures
de Reys princeps e senyors empero yo
a tals interpretadors e mal dients responch que la dita
auctoritat de Sanct Augusti nos enten axi
com ells ho dien e entenen car lo beneventurat
Sanct Agosti ho enten a dir de les animes qui son
damnades e no de les animes que son en
purgatori car a tals animes stants en gratia
tals sepultures encara que sien pomposes nols pot sino
aprofitar per lo be que sen segueix car moltes
misses si celebren charitats e almoynes
si fan que nos farien si sabien que nols
aprofitas e encara tals sepultures inciten los altres en be
obrar en vida e be morir. E si en ordenar e scriure aquestes
coses volran dir alguns contra mi de haver hi perdut yo
tant de temps e que valguera mes hagues scrit altres
coses de les quals reportas profit responc yo que tals
mal dients e detractors zelen poc la honre de nostre
Senyor Deu e del Rey Senyor e princep nostre temporal.
Com yo no pens haver hi perdut temps mas gonyat
posant e scrivint a memoria eterna tals coses e en tant orde
que son totes a reverentia lahor e honor de la immensa
Trinitat e a servici
de la Real Majestat e a honor encara de tota la republica
car per sdevenidor aquestes coses axi ordenades
se trobaran en lo Real Archiu de Barcelona e lo
Archiver
qualsevol que sera apres mi sera remogut
de treball e nos seguiran differenties e desordes en lo
ordenar de semblants sepultures e seran com dit es molt gran
servici norma e regle als Reys primogenits
princeps e successors e manumissors dels Reys
princeps e senyors los quals ho trobaran tot
ordenat e en son orde per capitols axi com dessus
es expressat. E veus
la cosa quem ha induit e forçat
en compondre la present obra segons en lo prolec nes
feta mentio. E per major corroboratio del que he dit
sobre aquesta materia de sepultures sapian los que
aquestes coses ignoren com a mi recorde haver legit en
lo dit tractat que lo dit Sanct Augusti ha fet
de cura agenda pro mortius lo quis segueix. Cum ergo
sacrificia sive altaris sive quarumcumque elemosynarum pro babtizatis
defunctis omnibus offerentur pro valde bonis gratiarum actiones sunt
pro non valde malis propciationes sunt pro valde malis etiam nulla
sunt adiumenta mortuorum qualescumque sint consolationes vivorum. Les
qual paraules en nostre vulgar volen dir « Com dones
los sacrificis o sien del altar o sien de
qualsevol almoynes qui seran offerts per los
batejats defuncts aquests tals sacrificis per los que
son molt bons son actio de graties e per aquells que no son
molt mals son propiciations acostaments e suffragis
e per aquells qui son molt mals ço es qui
son damnats no son sufragis de morts car a tals nols
aprofita res.» E si encara volras millor entendre la
dita auctoritat de Sanct Augusti posada en lo
XII capitol del dit libre de Civitate Dei com se enten axi
e millor que yo no he dit lix tot lo XIII
capitol de dit libre de Civitate Dei e aqui veuras pus
clarament com tals sepultures no son prohibides ans sis
fan son a laor de Deu e donen suffragis a les animes que son
en via de salvatio no a les damnades quia in inferno
nulla est redemptio. E axi podem vertaderament dir que la dita
sepultura al dit Senyor Rey pomposament feta no li ha pogut
noure ans li ha molt aprofitat apres ques
passat desta vida majorment com dessus es scrit
per esser mort tant gloriosament com may sia mort Rey
princep e senyor per quant se creu per esser se tant be
regonegut en la sua malaltia e haver ell mateix damanat
e presos tots los sacraments de Sancta mare
Esglesia que la sua anima es en via de salvatio o ja
collocada en la gloria de paradis. Quia ut ait Joannes
Apostolus LI Apocalypsis cap. XIIII. Beati mortui qui in Domino
moriuntur. Les quals paraules volent tant dir
« Beneventurats
son los morts qui moren en lo Senyor lo
qual es nostre Senyor Deu.» E no resmenys per haver ell
exercit molt be les obres de pietat. E sobre aço fa molt al
fet la auctoritat del glorios Sanct Hieronym dient. Non
memini me legisse male mortuum qui libenter exercuit opera pietatis
habet nam multos intercessores et impossibile est multorum preces non
exaudiri les quals paraules volen tant dir. « Nom recorde
haver legit aquell morir mal qui liberalment ha exercit
les obres de misericordia o pietat car ha molts intercessors e
es impossible pregaries de molts no esser exaudites.» Be crec
yo com molts creen que mes fan profit a les animes les
exequies dels morts no pomposes car com pus simple e
sens pompa se fan son mes profitoses als defuncts.
Mas tals sepultures no pomposes nos poden axi
praticar en los Reys princeps e grans senyors
les quals antiguament e apres e tots temps son stades
fetes pomposes e insignes. E si bem recorde haver yo
legit en lo libre de Diodoro historial en lo
segon libre hon elegantment lo quis
segueix es scrit Nam cum quis Regum decedit e vita Egyptii
omnes mortem communi mestitia lugent vestes lacerant templis clausis
forum non frequentant festa solemnia non agunt dies septuaginta duos
luto deturpantes capita ac sindone subtus mammas cuncti una viri
mulieresque ducenti firme aut trecenti circum ambulant his in die
novantes luctum atque ad numerum cum cantu virtutes Regis
commemorantes cibis amiantium coactisque ac vino omnique mense
apparatu abstinent non lavacris non unguentis non stratis lectis non
venercis utuntur sed tanquam defuncto filio per eos dies merentes
lugent. Hoc tempore que ad pompam funeris spectant preparatis
postrema die corpus in archa condditum ante sepulchri aditum ponunt
ibi breviarium in vita ab Rege gestorum de more recitantur volenti
facultas datur defuncti accusandi. Astant Sacerdotes mortui recte
facta laudantes populus is permagnus est que exequias circunstat
applaudet veris laudibus in reliquis magno reclamat tumultu. Quo
accidit ut plures Reges repugnante multitudine solido caruerunt
sepulchri honore ac magnificentia. Is timor coegit Egypti Reges juste
vivere veritos futuram post mortem plebis iram atque odium
sempiternum. Volen tant dir aquestes paraules « quant algu
dels Reys mor los pobles de Egypte que en aquell temps
en semblants coses e en llur modo de viure eren molt
commendats tots la mor de llur Rey e
Senyor ploren esqueixen llurs vestedures les
esglesies e temples stan tancats e nos te cort ni juy
als litigants ne festes solemnes no fan e per LXXII dies
deturpense los caps ab fanc e senyts
dejus les mamelles de drap o cubertor de li
de docents fins en CCC homens e fembres van axi
entorn del cors Real. E aço
fan dues vegades per cascun dia dels dits LXXII dies renovants
aqui lo plor e dol de la mort del dit Senyor Rey e ab
cant denuntiants e commemorants totes les virtuts de
una a una qui son stades en lo dit Rey. E durant
lo temps del dit plor e dol per los dits LXXII dies de
les viandes de coses animades e de les forçades
e axi mateix de vi e de tot tot altre
apparellament de la taula se abstenen. E no usen de
alguna manera de lavaments ne de anguents ne
dormen en lits ne usen de luxuria ans
viuen castament durant lo dit temps e ploren com si a cascu
dells los hagues mort un fill. E en aquests LXXII dies
de plor e dol preparan totes les coses necessaries a la pompa
del cors Real e sepultura. E en lo derrer dia dels dits
LXXII dies lo cors Real que han tengut recondit
en la tomba o caxa o littera posenlo devant la
entrada del sepulchre hon ha esser posat. E aqui aquell
dia fan llurs solemnes exequies e sermo e tots e cascu
dells narren e divulguen aqui tota la vida del Rey. E
si be e virtuosament ha viscut commendenlo molt e si mal ha
viscut disfamenlo. E aqui son presents tots los
sacerdots loant les coses be e rectament fetes per lo dit Rey.
E aqui axi matex ha gran multitud de poble stant
en gir e entorn de les exequies e quant oen recitar
veres lahors de llur Rey repercuten les
mans unes ab altres monstrants haver ne alegria
com axi virtuosament e be ha obrat e es molt llur Rey.
E si les laors no son veres e les oen axi
recitar ab usura ab grans crits tots criden e
fan gran brugit dients e divulgants tot lo
contrari en deslaor e vituperi del dit llur
defunct Rey. De ques seguiex (segueix)
que a molts Reys qui han viscut viciosament e no han be
regit ne governat repugnant tal multitud de poble nols
es stada feta tal pomposa sepultura sino quels
soterraven axi simplement e vil sens pompa com aquells
que no la merexian. Aquesta temor ha forçat los Reys de
Egypte
viure justament dubtants que apres llur
mort si mal vivien no incorreguessen la ira de llur
poble e odi perpetual en tal forma que fos denigrada llur fama
e perdessen tanta honor e pompa com era feta per tots
los pobles a llur cors Real e sepultura quant
morien en bona fama ço es de haver be viscut e obrat en
aquest mon. » E per ço tals Reals sepultures no poden
esser sino molt commendades e profitoses majorment aquesta
Real sepultura la qual es stada feta a tan
virtuos bon Rey e Senyor nostre don Joan lo qual
per ses bones obres e virtuts ha merescut aconseguir e
haver tals e tant solemnes e insignes exequies quals son damunt
scrites e sera tots temps de aquelles memoria immortal
e encara de la Serenissima e Real persona sua
com nos trobe scrit Rey de Arago sia stat
mes animos valent e bon cavaller e mes liberal piados e
mansuet. Empero nom vull oblidar açi
alguna part de la sua liberalitat e patrimoni. Lo
dit Senyor Rey don Joan tant era liberal que quant
passa desta vida no li trobaren sino molt poca pecunia jatsia
li trobassen molta muntaria e joyells de gran valia que
son coses les quals ornen molt lo Rey e princep. E per
quant se agradava molt de donar deya que pus
beneventurada cosa era donar que rebre concordantse en
lo ques scrit per los savis doctors e
philosops com dien Quod beatius est dare quam
accipere
. Car tot home de bon enteniment ho pot e deu
conexer e atorgar quel donador en lo
donar monstre majoritat de sa valor honor
riquesa e liberalitat e lo rebedor en son
demanar e en son rebre demostra daçi poquesa
mesquinesa pobresa poca vergonya e altres miseries. E axi
per les dites e altres bones obres que lo dit Senyor Rey
ha fetes nostre Senyor Deu sempre la guardat e
endressat en tants infortunis e adversitats que ses vist
donant li tots temps apres de dits infortunis victoria de sos
inimics e perdonant li los seus peccats
apportant lo a be morir e fer tota orde de christia com
es ja dessus expressat e per ço crec lo predit
glorios Rey esser mort en gratia de nostre Senyor Deu
lo qual li ha dat la perpetual gloria de paradis ad
quam ipse Deus perducat me peccatorem quando ei placuerit et interim
me vivere faciat in suo servitio.
Amen.

RUBRICA

De tots los capitols del present libre.

(Véase la nota de la pág. 144)

Nota de Ramón
Guimerá Lorente: En este documento formato doc, odt, pdf no coincide
la paginación, por lo que se omite.

Capitol primer que
tracta com lo Senyor Rey parti de Barcelona per anar a cassar
vers los castells e viles de Citges de Vilanova de la Gealtruu
e de Cubelles e de Vilafranca de Penedes. E com lo primer dia ana a
dormir a la Vila de Sant Boy.

Capitol II qui tracta de
la retgla que tenia lo Senyor Rey en son viure e
com ana a cassar al
Prat.

Capitol III qui tracta
com lo Senyor Rey fou detengut de puagre en la vila de
Citges.

Capitol IIII qui tracta com lo Senyor Rey se
atura en la Vilanova de la Gealtruu e com ana a correr una lebra
vers lo castell de Cubelles.

Capitol V qui tracta com lo
Senyor Rey mata lo porch salvatge en lo terme del
castell de Calafell hon lo dit Senyor pres gran fret e sen torna molt
mal delitos a la Vilanova.

Capitol VI qui tracta del
mal temps que la Majestat Real hague en lo bosch del
castell de Canyelles hon li tenien concertat un porch salvatge
e com li fou forzat de retraures en lo
dit castell.

Capitol VII qui tracta com lo Senyor Rey axi
indispost com era sen vingue a Vilafranca de Penedes hon
vench en punct de morir.

Capitol VIII qui tracta
del mal de la barra del Senyor Rey stant en la vila de
Vilafranca de Penedes hon se feu venir de Barcelona
mestre Gabriel Miro acompanyat de un cyrurgich.

Capitol
IX qui tracta com lo Senyor Rey parti de Vilafranca de Penedes e sen
torna a Barcelona ja millorat.

Capitol X qui tracta del vellar
e oir matines que feu lo Senyor Rey en la
vigilia de Nadal e lo cavalcar que feu
per la ciutat.

Capitol XI qui tracta del principi de la
malaltia del Senyor Rey apres que fou recruat.

Capitol
XII qui tracta de la indispositio del Senyor Rey e de
la relatio feta al consell Real per mestre
Miro.

Capitol XIII qui tracta del proces de la dita
malaltia.
Capitol XIIII qui tracta del proces mateix e del
pronostich de aquell.

Capitol XV qui tracta del proces
mateix de la dita malaltia.

Capitol XVI qui tracta com mestre
Miro demana que li fossen associats los millors metges quis

trobassen per quant lo Senyor Rey stava en
gran perill de morir e de la collatio ques tenc per
raho de aquest tant gran perill.

Capitol XVII qui
tracta de la denuntiatio feta al Senyor Rey per mestre Miro
que faes tot orde de
Christia
e de la reposta que
feu lo Senyor Rey e com se confessa.

Capitol
XVIII qui tracta del pronostich de la dita malaltia e del combregar
del Senyor Rey e com
es canonge de Barcelona e de
Valentia.

Capitol XIX qui tracta del dia quels
canonges de la Seu portaren lo vel de nostra Dona al Senyor

Rey.

Capitol XX qui tracta de la denuntiatio feta
al Senyor Rey que fes testament e ordenas de les coses temporals pus
era ja passat per les spirituals.

Capitol XXI qui tracta del
proces de la dita malaltia.

Capitol XXII qui tracta de la
conclusio feta entre los metges que lo Senyor Rey havia
a morir e en breu temps.

Capitol XXIII qui tracta de la
relatio feta al
consell Real per los metges que fos denuntiat al
Senyor Rey que ell havia a morir en breu e que reebes
lo sacrament de la extrema unctio. E com per aquesta
vegada no li gosaren parlar sino de la extrema unctio. E de la
resposta feta per la Real
Magestat.

Capitol
XXIIII qui tracta de la conclusio feta altra vegada per los
metges
que lo Senyor Rey no
podia molt viure e que per
algu del consell Real aço
li fos revelat per que millor se preparas a ben

morir.

Capitol XXV qui tracta de la conclusio feta en lo
consell Real
qui faera la ambaxada al Senyor
Rey
que havia prest morir e del embaxador en aço
elet.

Capitol XXVI qui tracta de la acceptatio
de la dita ambaxada e com aquella fou feta al Senyor Rey
ab clara denuntiatio que havia en breu morir de aquella
malaltia.

Capitol XXVII qui tracta de la singular e
catholica resposta que feu la Majestat del
Senyor Rey com li fou explicat que havia en breu morir e del
replicat que li fou fet e com hi satisfeu la Real

Majestat.

Capitol XXVIII qui tracta del acte e
contemplatio molt singular que feu lo Senyor Rey tenint

abrassat lo Crucifix plorant e suspirant.

Capitol
XXVIIII qui tracta del manament fet per la Majestat Real a son
Secretari que scrivis una epistola axi com lo
Senyor Rey
li diguera.

Capitol XXX qui tracta de
fer bones obres cascun Princep Rey Senyor e vassall
memorant aquella egregia e sancta auctoritat de Hugo
de Sancto Victore
sobre la mort.
Capitol XXXI qui tracta com
es de notar e digne de commendatio la benedictio dada
per lo Senyor Rey al Ilmo. Rey fill seu e de la
altra
epistola tremesa per lo Senyor Rey a la
Serma. Senyora Reyna de Sicilia daça
far
filla sua.

Capitol XXXII qui tracta de les
derreres paraules que dix lo Senyor Rey ja constituit
en la agonia de la mort tenint lo Crucifix entre los
brassos e de la protestatio contra lo maligne
sperit per esser ferm en la Sancta fe catholica.

Capitol
XXXIII qui tracta del dia del obit del Senyor Rey e del
dol e tristura romasa en la ciutat.

Capitel
XXXIIII qui tracta com al Protonotari o al Secretari del Senyor Rey
se pertany continuar totes les relations que acostumen
de fer los Metjes al Consell Real dels accidents
e indispositio de la Majestat Real fins lo dia
que passa desta vida inclusive.

(Caapitol)
Capitol XXXV qui tracta de les marragues fetes als familiars
domestichs servidors officials e ministres de la casa del Senyor
Rey.

Capitol XXXVI qui tracta del embalçamar
e aromatizar lo cors del Senyor Rey.

Capitol
XXXVII qui tracta del ornament fet en lo palau maior
Real de Barcelona per lo cors e sepultura del Senyor
Rey.

Capitol XXXVIII qui tsacta de la processo de la
Seu que vench en la cambra del palau Episcopal hon
stava mort lo cors Real per portarlo a la gran
sala del palau major Real.

Capitol XXXVIIII qui tracta
de la forma com stava lo cors mort del Senyor Rey quant lo trague la
processo del palau Episcopal portant lo al palau maior
Real e de les persones qui portaven la litera sobre la
qual anava lo dit cors Real.

Capitol XXXX qui
tracta de moltes notables persones qui anaven detras e devant la dita
litera Real acompanyant aquella.

Capitol XLI qui
tracta del cami que feu la dita processo fins al palau major Real
hon leixa lo dit cors Real.

Capitol
XLII qui tracta de la comanda feta del dit cors Real quant fou portat
en la gran sala del palau Real e de les processons e absolutions que
per cascun dia li foren fetes e de la companya dels
capellans de
la capella Real.

Capitol XLIII qui tracta de la delliberatio
que la Illustre infanta dona Beatriç
de Arago e de Sicilia e los altres manumissors del Senyor Rey ab llur
consell faeren sobre la epistola quis havia a fer al Monastir de
Poblet notificant los la mort del Senyor Rey e que tremetessen mongos
per portarsen lo dit cors Real.

Capitol XLIIII qui tracta del
començament
de les serimonies de la sepultura Real començant
a
tractar dels VIII Cavallers e muntaria quant vengueren cercar
lo Senyor Rey si era mort o viu e de la serimonia que faeren corrents
les armes.

Capitol XLV qui tracta de les paraules que digueren
los Cavallers e altres com hagueren certitud de la mort del
Senyor Rey.

Capitol XLVI qui tracta del gran captaniment
e del que faen los Munteros.
Capitol XLVII qui
tracta de la serimonia dels VIII cavallers e rey darmes vers la plaça
del Rey
corrents les armes.

Capitol XLVIII qui tracta de
la absolutio que faeren los monjos de Poblet sobre lo cors del Senyor
Rey.

Capitol XLVIIII qui tracta de la contentio del ordenar de
la sepultura seguida e moguda entre las manumissors del Senyor
Rey de una part e los Consellers de Barcelona de la part altra e dels
convidadors qui foren ordenats per convidar a la dita
sepultura.

Capitol L qui tracta de les Illustres egregies
nobles e altres persones en nombre quasi infinit quis
trobaren en
la sala major lo dia quel cors del Senyor Rey portaran a la
sepultura.

Capitol LI qui tracta del rompiment dels segells
Reals.

Capitol LII qui tracta del rompiment dels bastons e
vergues Reals.

Capitol LIII qui tracta del orde quant isque
la processo del palau ab los VIII Cavallers qui anaven
primers corrents les armes.

Capitol LIIII qui tracta de la
grandissima luminaria que anava devant lo cors
del Senyor Rey.

Capitol LV qui tracta de les creus qui
anaven devant lo cors Real e de llur orde.

Capitol LVI qui
tracta dels bordons e encensers anants per mig de la processo.

Capitol LVII qui tracta del clero de la Seu ab los VI
canonges portants bordons.

Capitol LVIII qui tracta del Bisbe
com anava en lo gremial acorapanyat.

Capitol LVIIII qui tracta
dels xandres capellans e scholans de la capella del Senyor Rey en
quin orde e serimonia anaren denant lo cors del Senyor Rey.

Capiiol
LX qui tracta de les persones qui portaren lo cors del Senyor Rey a
la sepultura e lorde e ornament de aquell.

Capitol LXI qui
tracta del loch hon anava lo Camerlench major acompanyant lo cors
Real a la
sepultura.

Capitol LXII qui tracta dels quatre
canonges acompanyants lo cors Real a la sepultura.

Capitol
LXIII qui tracta dels reys darmes e del cavaller qui portava lo elmet
e tallamar e dels uxers e criats e officials del Senyor Rey
acompanyants lo cors Real a la sepultura.

Capitol LXIIII qui
tracta de les Illustres persones e dels tres Consellers de Barcelona
qui anaven devant aquelles a la Real sepultura car los dos altres
Consellers ajudaven portar com dit es lo cors del Senyor Rey a la
sepultura.

Capitol LXV qui tracta del orde com anaven los
Archabisbe de Sacer Bisbes Governador Diputats e altres persones
acompanyants lo cors Real a la Real sepultura.

Capitol
LXVI qui tracta del orde com anaven lo Balle de Barcelona
Consols Mostaçaf
e altres anants a la mescle e acompanyants lo dit cors Real.

Capitol LXVII qui tracta de les egregies nobles e magnifiques
dones com anaven acompanyants lo cors Real.

Capitol LXVIII qui
tracta per quals carrers e lochs passa la processo venint sen a la
Seu.

Capitol LXVIIII qui tracta del cadafal ab la litera e del
tuguri o capell ardent.

Capiiol LXX qui tracta de la
solemnitat del offici fet en la Seu quant lo cors Real hi fou
apportat e com hi celebra la missa major e sermo lo reverend Bisbe de
Gerona.

Capitol LXXi qui tracta del sermo e de les
exequies fetes al cors del Senyor Rey per la ciutat de Barcelona e
com hi sermona lo Reverend mestre March Berga.

Capitol LXXII
qui tracta del dia que isque lo cors Real de la Seu per portar
aquell al monestir de Poblet e de les coses aqui preparades e com fou
acompanyat.

Capitol LXXIII qui tracta per qual portal isque
lo cors Real e qual cami feu per anar al portal de Sent
Antoni.

Capitol LXXIIII qui tracta com fou rebut lo cors
Real al portal de Sent Antoni per lo Abbat de
Sanctes Creus e
monjos del dit Monastir e del Monastir de Poblet.

Capitol LXXV
qui tracta quant fou portat lo cors Real del portal de Sent Antoni al
monastir de Valldonzella.

Capitol LXXVI qui tracta del dia de
les absolutions fetes al cors Real stant dins la Esglesia del

monastir de Valldonzella.

Capitol LXXVII qui tracta de la
forma e companya ab la qual fou tret lo cors Real del monastir de
Valldonzella per portarlo a Poblet.

Capitol LXXVIII qui tracta
del cami que feu lo cors Real fins al Hospitalet e com
reeberen aquell.

Capitol LXXVIIII qui tracta del honor que
feren al cors Real venint a Molindareig.

Capitol LXXX qui tracta de la
solemnitat feta al cors Real passant per la Barca e per Sant Andreu
de Aygues-toses e venint a Martorell.

Capitol LXXXI qui tracta
de les absolutions fetes al cors Real quant fou junct en Vilafranca
de
Penedes.

Capitol LXXXII qui tracta de les solemnitats
fetes al cors Real quant fou junct a Vilarodona.

Capitol
LXXXIII qui tracta del sermo e exequies fetes al cors Real en la vila
de Montblanch.

Capitol LXXXIIII qui tracta de la processo
exint del monastir de Poblet al cors Real feta hon vengue
aquest dia.

Capitol LXXXV qui tracta del cadafal apparellat al
cors Real en la Esglesia de Poblet.
Capitol LXXXVI qui tracta de
la missa alta e anniversari quis digueren en la Esglesia de Poblet lo
dia de les exequies e com hi sermona lo reverend mestre Pere
Lopis.

Capitol LXXXVII qui tracta del dinar apres
les exequies donat per lo monastir de Poblet a tota la gent
qui en dites exequies se troba.

Capitol LXXXVIII
qui tracta de les paraules que dix lo Camerlench quant
devallaren lo cors Real
del cadafal el
posaren entre los altres cossos Reals.

Capitol
LXXXIX qui tractu de la resposta que feu lo dit monastir de Poblet al
dit Camerlench sobre lo acceptar e reebre lo dit cors Real.

Capitol
LXXXX qui tracta de la manifestatio del cors Real que feu lo
Camerlench al monastir de
Poblet prenent les claus de les caxes
hon stava recondit lo cors Real e faent obrir aquelles.

Capitol
LXXXXI qui tracta com fou rebut e acceptat lo cors Real per lo
monastir de Poblet ab les serimonies e certifications necessaries.

Capitol LXXXXII qui tracta del tancar de les caxes hon jaya
lo cors Real e del loch hon posaren aquell.

Capitol LXXXXIII
qui tracta de la requesta feta al notari de fer una e moltes chartes
publiques de les coses predites.

Capitol LXXXXIIII e ultimo
del present libre qui tracta de les sepultures pomposes
ques poden
fer a laor de Deu e son sufragis a les animes
contra la opinio de alguns tenints lo contrari. E mes
tracta per
qual raho si ha despes tant de temps en compondre lo
present libre commemorant les exequies que antigament
se fayen als Reys de Egiypte e com lo Senyor Rey don
Joan
es stat molt piados liberal
animos valent e bon cavaller.

Açi
son scrites per via de memorial totes les coses
necessaries a les exequies de la sepultura del Illustrissimo
Senyor don Joan
de gloriosa memoria Rey de Arago de
Navarra de Sicilia
etc. Les quals coses yo Pere Miquel
Carbonell
Scriva
del Senyor Rey e tenint les claus del seu Archiu
Real
de Barcelona per remoure de treball los legidors
de la dita sepultura en no legir aquella axi
copiosament com es posada si legir no la volran a ffi
que com sera mester e volran usar de brevitat pus
promptament se pusca trobar he
delliberat summariament e de grau en gran posar axi
com es mester e es stat ordenat.

Per lo
Capellardent.

Primo per lo sobrecel del
capell ardent se ha de fer en mig hun gran scut
de les armes de Arago
coronades. E a quattre
cantons del dit sobrecel quattre petits o menors scuts
I de Arago de les barres ço es or e flamma
altre scut de Arago de la creu qui sera tota blanca e
feta en aquesta forma (Es la misma cruz que lleva el primer escudo
de los tres que se encuentran en la portada de los Anales de Aragón
por Zurita.
) e stara en lo camper qui sera
tot de adzur o blau ço es en lo canto superior
de la part dreta. E altre scut de Navarra. E altre scut de
Sicilia
. Item en los
tovallons e alarrodor del capellardent quaranta scuts
ço es vint de fora e vint de dintre de diverses armes
Reals
de Arago de Navarra e de Sicilia del
emperador e dels altres princeps Reys duchs
marquesos e comtes qui son parents e acostats en
grau de consanguinitat ab lo dit Senyor Rey don Joan de
memoria immortal.

De les banderes per arrossegar.

Item quattre banderes per arrossegar ço
es dues de Arago una de Navarra e una de Sicilia
per lo dia ques correran les armes e cascuna
de aquestes banderes portara I home a cavall.

Dels scuts
pera correr.

Item quattre paveses o scuts
ço es I de Arago dor e flamma altre de Arago
camp de atzur ab la creu blanca en lo
canto dret. Altre de Navarra e altre de Sicilia.
Aquests per lo
semblant portaran quattre homens a cavall ço es
cascu dells I home qui tots plorants e
cridants per les places de la ciutat batran la terra
dels dits scuts.

De les cotes darmes.

Item
se han a fer tres cotes de armes pera
tres Herauts o Reys darmes qui iran denant
aquells qui correran les armes.

Dels scuts per anar a
peu derrera lo cors.

Item se han a fer quattre
altres scuts de les prop dites armes e iran aquests
IIII scuts lo dia de la sepultura derrera lo cors
Real
e portar los han quattre homens a peu
cuberts de marragues.

Del home a cavall anant derrera
lo cors e portant scut e standart al coll e I
elm en lo cap.

Item en lo mateix
dia de la sepultura deu anar derrera lo cors Real hun
noble home a cavall ab un bon cavall e tots cuberts de
marragues lo cavaller e lo cavall deu portar e deu
portar lo cavaller en son coll penjat sobre lo
braç squerre hun
scut ab armes Reals de Arago dor e flamma
e en la ma dreta deu portar una lança
en la qual deu esser enfilat un Gallard o Tallamar
de or e flamma molt be acabat. E aquest Gallard o
Tallamar
deu portar lo cavaller lansat sobre lo
musclo
dret quasi a forma de home quil rossega
e al cap deu portar aquest cavaller hun elmet e sobre
aquest elmet deu haver una corona e sobre la corona deu
star lo ratpenat. E denant aquest cavaller en
aquest dia deunen anar los Reys darmes.

De los
brandoneres per portar los siris a la sepultura.

Item
deuen esser fetes moltes brandoneres en les quals iran tots
los brandons o siris de aquells prelats senyors barons
e cavallers officials e persones quiu faran per fer honor al
cors del Senyor Rey.

De les persones qui
deuen esser convidades per fer luminaria.

Item deuen
esser avisats de part dels manumissors del Senyor Rey
tots los prelats senyors de casa Real barons nobles
homens cavallers e gentils homens e officials
principals que segons es acustumat facen luminaria
per acompanyar lo Real cors.

Dels homens que
iran debaix la litera portants aquella.

Item se deuen preparar vuyt fins en deu
homens vestits de negre qui vajen debaix
la litera per portar lo Real cors per ço com de
part de fora deça
e della iran les primats e magnats barons nobles
cavallers e gentils homens los Consellers de Barcelona
o altres semblants persones qui portaran o seran vists portar
lo Real cors a la sepultura.

Dels scuts de
diverses armes Reals e altres per cosir al pali qui
ira sobre lo cors.

Item se han a fer XVI scuts
de catuy ço es tres al cap tres als peus e sinch
a cascun costat en los quals deuen esser be
pintats e dor e flamma dor e dargent dor e datzur
segons la natura de les armes que seran armes de Arago de les
barres ço es
or e flamma. Item armes Darago de la creu blanca
e de les armes de Navarra e de Sicilia. E aquests scuts deuen
esser cusits molt subtilment en lo drap dor o pali del
qual sera cubert lo cors Real.

De la scala
o litera per portar lo cors a la sepultura.

Item
deu esser feta una bella litera la qual deu tenir ficades e
junctes ab ella quattre largues barres a
modo de
la scala ab la qual se acostuma
portar la custodia e servira a portar lo cors del
Senyor Rey lo dia de la sepultura.

De les
candeles e diners per
la offerta.

Item deuen esser fetes moltes candeles
grosses de sera e preparar moneda de diners menuts per
a dar a cascu quis trobara en la solemnitat
lo dia dessus dit de la missa alta celebradora
per la sepultura.

Dels scuts o senyals per los
siris.

Item deuen esser fets en paper dos cents
petits scuts ço es XXXIII darmes de
Arago
trenta e tres de armes de Navarra trenta e
tres
de armes de Sicilia e cent de armes de
Castella
que sien ficats en dos cents siris
de la manumissoria del Senyor Rey qui ab llurs
brandoneres vajen denant lo cors Real.

De la almoyna faedora lo dia de la
sepultura.

Item fet que sera en la Seu lo primer
offici en lo mig dia deu esser donada complida almoyna
a tots e sengles pobres qui en aquest dia se
trobaran
presents en lo palau Real.

De les
moltes misses quis diran lo dia de la sepultura.

Item
en lo dia de la sepultura se deuen celebrar en la Seu
de Barcelona e en cascuna capella diverses misses de
requiem
dels apostols de la Verge Maria dels Angels de les Verges
dels Martirs e dels confessors e encara de la Trinitat e per cascuna
missa se deu dar caritat.

Dels bastaxos
portants les brandoneres.

Item sia fet
preparatori de bastaxis ab manuelles per portar
los banchs o brandoneres hon staran los
siris
qui iran a la sepultura.

Del rompre
dels Reals segells.

Item en lo dia de la
sepultura en la gran sala del palau hon es lo cors
del Senyor Rey apres de haber dat compliment a
les serimonies Reals lo Camerlench major deu
esser aqui lo qual sobre una enclusa ab gran
serimonia deu trencar los segells Reals
secrets e communs axi de Arago com de Sicilia
los quals lo prothonotari e Secretaris hauran
aqui apportats e seran presents e immediadanient apres
tots los algutzirs e uxers del Senyor Rey
deuen aqui mateix trancar tots llurs bastons e
vergues de llurs officis plorants ab
molta serimonia.

Quant va lo cors Real a la
sepultura.

Item fetes totes les sobredites coses deu esser
decontinent levat lo cors del Senyor Rey
del gran cadafal hon sta e dat a les
persones qui en aço seran ordenades per portar aquell
Real cors a la sua Real sepultura.

Dels
VIII cavallers qui han correr les armes del Senyor Rey.

Item deuen esser emprats VIII cavallers o gentils
homens
qui vajen a cavall per correr les armes del Senyor
Rey ço
es dos qui porten al coll dues banderes de Arago
rossegants per terra e dos altres la hu dels quals
portara una bandera de Navarra laltre la bandera de
Sicilia totes rossegants. E mes hi deuen esser
los
altres quattre cavallers qui porten cascu
un scut a cavall punctes altes la hu dels quals
deu portar un scut de armes de Arago dich de les
barres dor e flamma lo segon deu portar un altre
scut de Arago camp de atzur ab una creu en
lo canto dret que sera petita e blanca a forma quasi
de les que porten los cavallers de Sant Joan car
no hi ha altra differencia de la una a laltra sino de
una cueta que aquesta creu blanca de Arago ha tenir en
lo peu axi com es aquesta aci pintada
(1:
Véase la nota de la pág. 299. Es la misma cruz que lleva el primer
escudo de los tres que se encuentran en la portada de los Anales de
Aragón por Zurita.
)
Lo terç cavaller deu portar un
scut de Navarra e lo quart cavaller un scut de
Sicilia. E aquestes armes se deuen correr rossegar e rompre
per los carrers o per les plaçes.

Dels tres herauts anants denants
los dits VIII cavallers.

Item deuen anar denant
aquests corradors darmes tres herauts Reys
darmes
e portenants ab llurs cotes darmes
vestits sobre llurs marragues de aquestes cotes darmes
la una cota sera sola darmes de Arago laltra
sola de armes de Navarra e laltra sola de armes de Sicilia.

Dels
munteros.

Item ultr aço
deuen acompanyar aquests qui correran les armes molts munteros
a peu e altres pahons ab marragues e capirons
al cap e encara deuen aportar los cans de la
muntaria ab ells cuberts aximateix de marragues.

Dels quattre homens a peu portants
quattre scuts.

Item derrera lo dit noble
cavaller qui portara lo elmet e tallamar deuen
anar a peu quattre homens vestits de marragues e
cascu de aquests deuen aportar I scut en lo
braç squerre ço
es lo primer darmes de Arago dich del or e
flamma
. Lo segon darmes de Arago ço es lo
scut datzur
ab la creu blanca ja dessus designada.
Lo terç
scut deu esser darmes de Navarra e lo quart scut
deu esser darmes de Sicilia.

De la gent qui
seguira lo cors a la sepultura.

Item apres de
aquests deu venir la gent qui acompanyaran
lo Real cors a la sepultura segons per los manumissors
del Senyor Rey e per los Consellers de Barcelona sera
ordenada juxta llur gran conditio e natura.

Los prelats e persones a qui deu esser notificat
fassen luminaria si fer ne volran per acompanyar
lo cors del Senyor Rey a la sepultura son los
seguents. E los qui han fet luminaria tenen
barra de bresil. (Se ha substituido con este signo – en
el margen.)

Primo la Illustrissima Senyora Infanta de
Arago
cunyada del dit Senyor Rey don Joan.
Item
lo Senyor don Jaycme infant
de Navarra.

Item lo Senyor don Phelip de Arago e de
Navarra.
Item lo Senyor don Joan de Arago e de Navarra.

Item lo Senyor don Joan de Arago comte de Rippacorça
fill del comte de Vilaformosa olim mestre de Calatrava.
Item son
germa lo Senyor don Ferrando de Arago prior de Catalunya.
Item lo
Senyor bisbe de Girona.
Item lo Senyor archabisbe
de Sacer.

Item lo Senyor bisbe de Urgell.
Item lo
Senyor bisbe de Vich.
Item lo Senyor bisbe de
Auguelo. (Anguello)
Item mossen abbat de Ripoll.
Item
mossen abbat del Stany.
Item mossen lo prior del
Coll.
Item mossen lo prior de Santa Anna.
Item mossen
lo prior de Sant Paul.
Item mossen lo
Arthiaca major de la Seu.
Item lo Senyor Governador
de Catalunya.

Item lo Tresorer del Senyor Rey.
Item
los Consellers de Barcelona.
Item lo noble don
Mattheu de Montcada.
Item lo noble mossen Dalmau de
Queralt.
Item mossen lo Mestre rational.
Item
lo procurador Real
de Mallorques.
Item lo Governador de
Sardenya en lo cap de Lugodor.
Item lo
Conservador de Sicilia.
Item don Gomes Suaris de
Figueroa.
Item mossen lo Vicicanceller misser
Pages.
Item lo Regent la Cancelleria misser Ros.

Item mossen lo Veguer de Barcelona.
Item mossen lo
Balle general de Catalunya.
Item lo Prothonotari
del Sr. Rey mossen Cristian.
Item lo noble mossen Rodrigo
de Rebolledo.
Item lo noble mossen Ferrando de Rebolledo.

Item la Senyora Vezcomtessa de Rochaberti
Item
mossen Joan de Coloma Secretari.
Item la senyora viuda de
Anglesola.
Item la ciutat de Tortosa.
Item la ciutat de
Gyrona.
Item la ciutat de Leyda.
Item mossen
Francesch Burgues e de Sent-Climent.
Item molts daltres.

Los VIII cavallers ordenats pera correr les
armes
Reals son los seguents.

Aragonesos.

Albaruela. (Alberuela)
Heredia.

Catalans.

Mossen Miquel de Vives.
Mossen Lois Oliver.

Navarros.

Mossen Ferrando Medrano.
Miquel de Xaus.

Catalans
per les armes de Sicilia.

Mossen Francesch Burgues de
Sent-Climent cavaller.
Pere Joan de Sent-Climent ciutada honrat
de Barcelona.

Per aportar a cavall lo standart
o tallamar e lescut e elmet derrera lo cors
del Senyor Rey.

Lo noble don Pedro Devol de So e de
Castre
germa del Vezcomte de Evol.

Los
cavalls ab los quals correran les armes deuen
esser emparamentats e tots cuberts de marragues o de
saques.
E lo cavall qui derrera lo
cors
aportara lo cavaller ab lo scut de
Arago
standart e lo elmet per lo semblant
deu portar paraments de marragues e de saques.

De infirmitate domini Regis Joannis et eius obitu apud
Episcopalem palacium urbis Barcinonae.

Principium egrotationis Regie Majestatis Aragonum fuit
die martis circa noctis introitum V mensis januarii anno a nativitate
Domini MCCCCLXXVIIII que conquesta fuit ex reumate cum tussi ista
nocte parum dormivit fuit sibi antidotum conveniens regimen.
Et
sequenti die tussis perseveravit fuitque prostratus appetitus
concedendi. Assellavit vice bina et processerat V diebus ante
egrotationis principium fluxus ventris. Assellaverat una nocte et
medietate diei sequentis VIII vicibus erat fluxus declinans ad
licateriam fuit bono regimine correctus.
Die jovis post meridiem
supervenit febris cum frigore precedente duravit febris illa XIIII
horis.
Et consimili modo supervenit ipsa febris die veneris
perseverante semper tussi cum aliqua hanelitus difficultate fuerunt
ordinati syrupi et lobot (o lohot) convenientes ad hoc
et cetera necessaria fuit etiam illa die administratum suppositorium
quia ventris beneficium non acceperat fecit duas sellas
rationabiliter pronosticatum est ab Gabriele Miro medico
domini Regis viro egregio maximum mortis periculum ratione febris
et multitudinis materiae fleugmaticae in pectoralibus
congregate que non poterat debite expelli. Et sic
ipsius domini Regis simili etate consyderata aliis que particularibus
fuit ab eodem medico indicatum in eum periculum grande.
Die
sabbati IX januarii eodem modo se habuit proxismavit febris
consimili modo et hora non remansit vere mundus a febribus
erat febris putrida dicta quottidiana interpolata.
Die
dominica X januarii fuit instante prefato Gabriele Miro ipsius
domini Regis medico convocatum consilium Regium cum magnificis
deputatis generalis Catalonie et consiliariis
civitatis Barcinone multisque aliis in presentia Illustris
domine Infantissae fuit per eundem dominum Gabrielem Miro nuntiatum
periculum mortis valde evidens fuit etiam supplicatum ut
convocarentur medici quamplures tam huius civitatis quam extra
ipsam civitatem. Fuerunt illa nocte convocati IIII ex medicis dicte
civitatis cum quibus fuit collationatum latissime et habitum
consilium fuerunt remedia prosecuta uti prius erant ordinata
fueruntque omnes unanimiter concordes in egritudine et in remediis
applicandis.
Die lune XI januarii visum est prefato Regio medico
cum suis annexis quod res procedebat ad deterius et sic fuit
nuntiatum et per eundem medicum fuit supplicatum quod procederetur ad
sacramenta Ecclesie et sic fuit factum.
Die martis XII januarii
perseverarunt omnes medici in eodem pronostico et continuarunt sua
medicamenta.
Die mercurii XIII januarii et die jovis XIIII
januarii idem quod prius.
Die veneris XV januarii eodem modo.

Die sabbati XVi januarii hora serotina per prefatos medicos
concorditer fuit nunciatum quod apparebant signa mortis et
quod talibus apparentibus pronosticandum erat quod necessario debebat
mori et in brevi tempore.
Die dominica XVII januarii eodem
modo persevera vit ipse dominus Rex cum apparitione prefatorum
signorum et evidentiore demostratione fuit datum consi-silium
per prefatum Regium medicum et alios medicos quod nuntiaretur
Majestati suae status eius et ita fuit factum cum debitis
circunstanciis.
Die lune XVIII januarii deterius se habuit multum
jam se apropinquans ultimo vitae termino.
Die martis mane
circa septimam horam spiravit qua computabatur XVIIII januarii
anno MCCCCLXXVIIII.

Haec quae sequntur de transitu vitae
Regis Joannis ad vitam aeternam ego Petrus Michael Carbonellus
habui ab honorabili et circunspecto viro domino Gabriele Miro
in artibus et medicina Magistro qui summarie que in his
sciebat mihi retulit quorum verba haec sunt stylo infimo et raptine
exarata.

Ad monstrandum clarissime et aperte quod
Serenissimus dominus Joannes Rex Aragonum quam catholice et
quam libentissime mortem obierit consyderandus videtur modus
procedendi in sacramentis aliisque necessariis circa ipsius domini
Regis transitum.
Die lune XI januarii VII die eius egrotationis
Regia ipsa Maiestas proposuit peccata sua sacerdoti confiteri et
Corpus Christi recipere reverenter ut bonum decet christianum.

Postea ipso et eodem die pro confessore
suo quesivit reverendum et eximie circunspeccionis virum dominum
fratremque religiosum et conventualem Çenobii
divi Francisci Barcinonensis Marcum Berga in sacra
pagina professorem
cui prefatus dominus Rex peccata sua confessus
est quam devotissime longoquespacio.
Item VIII die
egrotationis ex beneficiatis Ecclesie Barcinonensis quem Bernardum
Planas presbiterum honeste viventem vocant Christi Corpus ad dominum
Regem detulit cum ipsius Ecclesie concanonicorum caetu quippe qui
propter maximam pectoralium indispositionem tussimque validam ipsum
Christi Corpus recipere non potuit sed tanquam bonus christianus eum
adoravit. Et priusquam adorasset miranda protulit verba que
assistentes omnes in maximam devotionem lachrymarumque effusionem
provocarunt.
Deinde VIIII die egrotationis canonici memorati cum
magna canonicorum et aliorum beneficia in Ecclesia Barcinone
obtinentium processione sacratissime semper virginis Marie velum
ad ipsum dominum Regem attulerunt quod cum vidisset quanta devotione
osculatus est haud facile quis dicere posset.
Et expost
incontinenti per Illustrissimam dominam Infantissam confessoremque
ipsius domini Regis et nobilem Rodericum de Rebolledo et alios
de consilio Regio fuit supplicatum ipsi domino Regi ut suum
testamentum conderet qui respondendo dixit quod jam dudum illud
ordinaverat veruntamen ut suam conscientiam exoneraret codicillos
facere intendebat ut de facto fecit quibus aliqua in testamento
omissa implevit restitutionesque rerum ecclesiasticarum aliquas quas
ipse assumpserat fieri jussit vovitque ibidem domino Deo et eius
divae matri semper Virgini Mariae quod si sanitatem recuperasset
nunquam in rebus Ecclesiasticis manum imponeret. Nam exinde volebat
que sunt Cesaris Cesari et que sunt Dei Deo impenderetur. Et
nihilominus munera multa ac retributiones tam generaliter quam
specialiter servitoribus ac alumnis suis fieri et dari jussit. Et ad
ipsa munera et retributiones faciendas centum viginti mille
florenos
eis consignavit et mirum in mundum ipsos et alumnos et
servitores tanquam bonos et fidelissimos Illmo. domini Regi
Castellae filio suo commendavit.
Item die dominico in
nocte et erat XVII dies dicti mensis januarii circa horam octavam
extitit in Regio Consilio delliberatum de administratione extremae
unctionis
et quod ea nuntiaretur domino Regi quod factum extitit
post mediam noctem. Et assistentibus in circuitu Regalis lecti
quamplurimis in sacri eloquii magistris reverendus magister Marcus
Berga
ordinis Sancti Francisci confessor ejusdem
domini Regis magister Jacobus Rois et frater Petrus Gilbert
monachi Populeti locumtenentes elemosynarii ipsius
domini Regis ordinis Cisterciensis magister Joannes Marquesius
ordinis Sancti Dominici et magister Gabriel dez Clapers
canonicus et Hebdomadarius Ecclesie Barcinonensis cum multis
doctissimis canonicis et aliis viris Ecclesiasticis dictam
denuntiationem fecerunt. Et facta dicta nuntiatione extremae
unctionis dictae Regiae Majestati dicendo si sibi placeret prefatum
extremae unctionis sacramentum qui viriliter et devotissime ut bonus
ortodoxus respondit quod si eis ibidem assistentibus videbatur tale
sacramentum esse eidem administrandum illud libenter reciperet et sic
circa noctis medium fuit processum ad dandum ipsi domino Regi
extremae unccionis sacramentum cuius verba omnia sanctissima
idem dominus Rex semper attente et bene audivit et percepit sic quod
omnibus necessariis huius ultimi sacramenti devotissime ore proprio
respondit crucem manu sua faciendo et semper et quotiens nominabatur
Jesus eam osculando et tandem jam sibi deficiente motiva virtute et
ipso jam non valente manum ad os ducere conabatur totis viribus capud
deprimere ut crucem oscularetur tantam in osculanda cruce devotionem
habebat. Et taliter circa sacramenti receptionem se habuit quod omnes
assistentes totam ejus mentem ad Deum convertam omniaque mundana ab
eodem domino Rege penitus semota esse proculdubio cognoscebant.

Insuper die XIIII suae egrotationis que erat die lune XVIII dicti
mensis intuentes medici quod in ipso domino Rege erant signa
necessario mortem nuntiantia habita prius collatione inter eos
concluderunt ut Majestati Regie debitis circunstanciis et liquido
nuntiaretur quod ad mortem per medicos pronosticatus erat idque pro
firmo haberet nec ab inde alia spes de ipso Rege habeatur nisi quod
mentem suam converteret ad summum creatorem et omnia mundana a suis
cogitationibus si qua essent abraderet.
Et ipsa conclusione
medicorum facta ilico Regium consilium inde celebratum fuit et ibidem
fuit conclusum quod tale novum domino Regi denuntiaret magnificus
dominus Joannes Pages Vicecancellarius ac in presentia
confessoris el aliorum de Consilio Regio propalaret.
Quod fuit
pedetentim executioni mandatum nam ipse dominus Vicecancellarius cum
multa modestia et circunstanciis optimis claro sermone Majestati
Regie mortem de proximo subsecuturam nunciavit veniamque ibidem
postulans ab eadem Majestati sibi dari pro tali nuntiatione mortis
supplicavit.
Et confestim Regia ipsa Majestas respondit forti
animo et valde constanti sic inquiens quod se moriturum ab illa
egritudine cognoscebat et quod postquam per Creatorem nostrum ita
dispositum erat quod forti animo et constanti atque vivo mortem
expectabat et divina misericordia quam plenissime fretus que postquam
ordinaverat se amplius non viviturum cum in bonum locum poneret et
non ipsum puniret secundum peccata et demerita sua innumerabilia sed
eius solita clementia in eum uteretur ut jam usque hac usus est hec
nam fuerunt tam accepta ipsi domino Regi quod inde
alterationem
aliquam non accepit immo ipsa verba ut supra fertur forti et
constanti atque vivo protulit dicens postea Vicecancellario suo
prefato quod de tali nuntiatione veniam non quereret nam ipse Rex
illud ad maximum servitium eidem Vicecancellario reputabat et quod
ipse Vicecancellarius nan dubitaret nam malignus spiritus nullam
potentiam in eum haberet. Cui tunc Vicecancellarius replicando dixit
cum gemitu ac pia voce. «Ha Sacra Regia Majestas saltem orabitis pro
me ad dominum Jesum Christum. » Qui dominus Rex iterum respondit
eidem Vicecancellario sic inquiens. «Quod ejusdem Vicecancellarii
laudabilia servitia pro ipso Vicecancellario jam orabant.»
Et
his verbo prolatis ac peractis Regia Majestas ipsa dixit prefato
Vicecancellario et aliis ibidem circunstantibus quod nihil dicerent
nam eis significavit quod parum dormire ac quiescere intendebat et
sic idem dominus Rex per spacium hore et medie fuit in quiete taliter
quod nullum protulit verbum et inde assistentibus qui ibi aderant
videbatur ipsum dominum Regem dormire. Et lapso ipso spacio requiei
idem dominus Rex nullis aliis precedentibus verbis sibi tradi
postulavit crucem magnam existentem super altare quod compositum erat
prope cubile Regie Majestatis in qua cruce imago Christi crucifixi
affixa erat quam accepit et osculatus est devotissime cum multis
orationibus
singultibusque. Demum ipsam inter pectus et brachia
apposuit continue orando et veniam de peccatis suis postulando et
magnis suspiriis et gemitibus sive singultibus (sanglot)
lachrymando. Fuit uam is actus seu modus orandi tante
devotionis et contrictionis quod nullus erat in Camera ubi Rex ipse
jacebat (jaure, yacer) quin lachrymas continere
valeret sic quod fuit opus eidem Regiae Majestati dicere quod ipsam
crucem per aliquod spacium dimitteret et quiesceret.
Et demun his
peractis confestim prefatus dominus Rex magnificum Joannem de
Coloma
Secretarium suum ad se venire jussit cui accersito
jussit ut in ipsius Regis presentia eoque domino Rege summarie suam
intentionem dicente unam scriberet epistolam Serenissimo domino
Ferdinando Regi Castellae filio suo. In qua quidem epistola
haec inter alia miranda scribi voluit atque jussit scilicet nuncians
ipsi Regi filio suo ut cognosceret se de proximo moriturum et quod si
Deo placuisset summe optabat eum videre …. postquam Deo non
placuerat ipsum Regem filium hortabatur admodum ut mundana negligeret
sed non existimantem maximum sed minimum et justitiam coleret et
cunctis tam parvis quam magnis subditis et vassallis eam
administraret et quod jurata et promissa optime et inviolabiliter
teneret et servaret mentique suae semper imprimeret ut quocumque bona
in ejus vita facere posset non differret nec ad futurum tempus
remitteret nam id est ut dixit quod animum suum in hac hora maxime
conturbabat et molestabat scilicet cum memoria teneret se multa bona
potuisse facere que non fecit sed ad futura rejecit et sic minime
implere potuit. Quod mentem suam afficit et dolorem intensum sibi
majorem infert quam cogitatio mortis. Inquit etiam quod subditos ac
vassallos suos oblivioni non traderet sed eos ut sanguinem proprium
charos haberet cum de eis summo Creatori daturus esset rationem ipsos
debite gubernando et in pace servando. Multaque alia annotatione
digna ut in dicta Epistola inscriberentur dixit que solertie prefati
Secretarii sui commisit.
Et incontinenti ipse secretarius Columba
vernacula lingua secundum idiomatem Regni Castellae
prefatam epistolam composuit quam ego quidem Carbonellus in
linguam Catalanam traduxi aliqua alia apropriata verba
subjungens quae ab ore domini Regis ut medicus prefatus et etiam ipse
Columba et alii testati sunt processerant et quae ipse Columba
propter ipsius epistolae rapentinam ordinationem et ejusdem Columbe
perturbationem quia dominum suum eidem precharum
perdebat
omiserat.
Et postea miro modo et
maxima cum patientia labores agoniamque mortis
sustinuit et finaliter orare non cessavit verbo quam diu proferre
potuit et ipso verbo predito nulibus atque signis oravit usque
ad
ultimum vitae terminum. Et sic cum devotione spiritum emisit.



Apéndice
JUAN VANRELL NADAL, el insulto como argumento

JUAN VANRELL NADAL, el insulto como argumento

Chrétianté d’Occident l’an de grâce de 1235

JUAN VANRELL NADAL.

He preguntado públicamente una y otra vez a los magníficos rectores universitarios y a los “sabios” pancatalanistas que desmientan los escritos y las fechas en que evidencio la inexistencia de Cataluña como entidad política en 1229, reconquista de Mallorca, y en 1238, reconquista de Valencia. Jamás obtengo respuesta.
Hoy, a los que me tildan de “fascista cavernícola” les pregunto si es verdad o es invención mía el mapa “Chrétienté d’Occident l’an de grâce de 1235”, que se encuentra en la Biblioteca Nacional de París. En dicho mapa encontramos, en colores diferenciados, “les Royaumes de Castille, d’Aragon, des Almohades, de France, etc.”. El que no aparece en ningún lugar, para nada, es el “Royaume de Catalogne”. Más aún, el territorio que hoy llamamos Cataluña tiene el mismo color rosáceo que el “Royaume de France”. No es ningún error. La “Marca Hispánica”, iniciada por Carlomagno en 789 y finalizada en 1256 con el Tratado de Corbeil entre Jaime I, el Conquistador, y Luis IX, el Santo, fue siempre propiedad del Rey de Francia. Los Condes de Barcelona no eran propietarios, sino feudatarios y vasallos de la Corona Francesa. Y así fue jurisdiccionalmente durante 456 años. ¿Pudo esta inexistente Cataluña reconquistar, repoblar y dar su lengua catalana a Mallorca y a Valencia?…

Como no pueden negar la evidencia de lo expuesto, se han aprendido la cantinela de que todo esto es correcto, pero que son incorrectas las interpretaciones peregrinas de algunos retrógrados incultos que, en contra de lo que enseñan las universidades, niegan la gran verdad de las hazañas gloriosas de la Cataluña Medieval, aunque no conste su nombre. Sin desmayo pregonan que la única autoridad en temas de lingüística catalana es la U. I. B. Los que con documentos irrebatibles los desenmascaramos somos los errados, merecedores del mayor desprecio y vituperio. “Sólo son cuatro pobres descerebrados, ávidos de notoriedad en el PP”, he oído comentar. ¡Ay del que ose discrepar del dogma pancatalanista! Sistemáticamente es condenado al fuego eterno del desprestigio.
El periodista mallorquín Joan Carles Muntaner en su artículo “La llengua d’IB3” (Última Hora, 25-04-14, pág. 29) considera analfabetos impresentables a los de “la dreta que comanda”, por querer que en las escuelas mallorquinas se enseñe el mallorquín ancestral. Considera retrógrados e incultos a los que rechazamos el “català normalitzat” como lengua balear, según ordena el “Estatut” y enseña la U.I.B. Este rechazo le tiene “mes que preocupat, indignat”, porque todo ello es cuestión “d’ignorancia, per no dir d’analfabetisme”. En su ofuscación dogmática llega al paroxismo de llamar “barbarismes” a expresiones mallorquinas de tiempo inmemorial, como , o … Según la RAE “ son palabras impropias de una lengua”. Mis abuelos y mis padres nacieron en el siglo XIX. Usaban con toda normalidad estas palabras. “Ves a di a sa padrina Catalina”, me dijo más de una vez mi madre. Esta expresión es pues la propia del pueblo. La impropia, “barbarismo” por tanto, es la impuesta estatutariamente por “políticos”, ignorantes en filología o sumisos al gran poder catalán… Además, este docto periodista hace gala de una tremenda incultura. Desconoce que “el català estàndard” es un invento moderno del primer tercio del siglo XX. No como “el valencià” y “es mallorquí” que tienen siglos y siglos de existencia. El neo-catalán es una lengua artificial de consenso elaborada por Pompeyo Fabra y otros deslumbrados por la idea de “Cataluña, la Gran”. Hasta un famoso catalán, el jesuita padre Batllori, descalificó su artimaña:
“Es el infame e infecto dialecto de Barcelona que no puede ser aceptado”. (Las Provincias, 02-11-1982)… Confunde la unidad incuestionable de todas las lenguas románicas con una igualdad uniformada de las mismas. Cada lengua románica tiene su propia evolución y su propia personalidad a través de los tiempos. Este desconocimiento hace que el Sr. Muntaner sea un analfabeto peligroso en temas de evolución lingüística. Ignora la evolución de la palabra latina <insulas>. En castellano ha evolucionado en <islas>. En francés su evolución ha sido en <îles>”. (Hay que explicar que los copistas franceses indicaban la supresión de letras con una raya encima, el actual acento circunflejo: fête, Jerôme, tempête, être, etc.
Cataluña ha hecho propias algunas de estas palabras como , ). El mallorquín, más fiel a sus raíces latinas, ha evolucionado en . El verdadero “barbarismo” no está en decir , como siempre se había dicho, sino en usar el galicismo <illes>… Lo lamentable es que en Baleares es totalmente cierto lo que afirma: “Els mitjans de comunicació en català ajudan a arrancar aquets barbarismes”. Efectivamente, palabras auténticamente mallorquinas, como “per favó, maldament, negòcis, vacacions, direcció, cà, mox, firmà, aquí, gràcis, isla, etc., etc., etc.”, han sido suplantadas por “si us plau, maleuresement, afers, adreça, gos, gat, signar, icí, mercí, illa”, auténticos galicismos en su mayoría, gracias a los medios de comunicación. ¡Una auténtica aberración filológica!
  Arturo Quintana Font, al ductó filòlec catalanista
Arturo Quintana Font, al ductó filòleg catalanista de la nurmalització. 
El paroxismo demencial de demasiados mallorquines acaba de dárnoslo recientemente un tal Jaume Sastre, abanderado del profesorado isleño contra las disposiciones del President Bauzá en la línea de recuperar el mallorquín ancestral, que se ha montado una “huelga de hambre”. Solamente un desquiciado mental puede montar semejante desvarío contra su propia lengua milenaria, lengua que por la singularidad de su artículo “salat”, procedente del latín “ipse, ipsa, ipsum”, es un gran tesoro de la lingüística románica.

Ignacio Sorolla Vidal, doctor, sociolingüística
Ignacio Sorolla Vidal, doctor en sociolingüística, catalanista pupilo del de arriba con la boina.
Olvidan los muntaneres y sastres mallorquines que Cataluña siempre ha sido para Mallorca una “madrastra” ególatra: No aceptó que en la Bahía de Palma se celebraran las regatas olímpicas… Puso siempre todos los impedimentos posibles para la creación de la Universidad de las Islas Baleares… Consiguió que la Diputación Balear obtuviera en 1915 los derechos editoriales de la “Gramática Mallorquina” de Tomás Forteza Cortés (1838-1898) para que Pompeyo Fabra la hiciera catalana… 
Pompeyo Fabra
Pompeyo Fabra, sí, Pompeyo, no Pompeu.

Logró que el rey Fernando VII, un malhadado 13 de enero de 1830, ordenara la clausura de la Real Universidad General Luliana de la Ciutat de Palma para su traslado a Barcelona, que carecía de ella. Años más tarde, 1874, dicha universidad cerró la Escuela Normal de Maestros de Palma y ordenó su traslado a Barcelona… ¡¡¡Cuánto ama a Mallorca Cataluña!!!…

Contra lo expuesto, rigurosamente contrastado, nuestros doctos pancatalanistas, ignorantes en evolución latina, presentarán el argumento de la descalificación insultante al mensajero. El pérfido embaucador falsario y el perverso crispador iletrado es el que esto suscribe… O los jóvenes del G.A.V., que defendieron “el valencià” en Beniradrà.
Juan Vanrell Nadal
Catedrático de Francés
Pte. de la Acadèmi de sa Llengo Baléà. Premi Llealtat 2009

Lenguas en la Corona de Aragón

Lenguas en la Corona de Aragón

Lenguas en la Corona de Aragón
Lenguas en la Corona de Aragón, occitan, los parlars lenguadocians

La imposición que la Generalidad de Cataluña quiere imponer en los demás territorios que formaron la Corona Aragonesa junto con sus socios y la complicidad del Gobierno Central, no es nada nuevo, y están consiguiendo que incluso en estos territorios exista dudas sobre los orígenes y el camino recorrido en la historia. Dada la insistencia de varios seguidores en el afán de convencernos que el catalán es el origen de las lenguas romances que se hablaban en la Corona, consideramos que seria interesante hacer un recorrido en la historia con el único propósito de aportar un poco de luz a este asunto, aunque estoy totalmente convencido que:

“Intercambiar argumentos con alguien que ha renunciado a la lógica, es como darle medicina a un muerto” (Thomas Paine).

En el siglo VIII, comenzando la reconquista cristiana dirigida por los reyes francos, durante ese periodo, fue imponiendo la modalidad de la lengua proveniente de la Occitania, como lengua, sobre el romans vulgar muy arabizado que se hablaba en estas tierras. Esto sucedió por dos causas:
La primera por haber estado los habitantes de la región conquistada por los musulmanes en el año 714, refugiados en la Septimania Norte entre 90 y 435 años (tierras occitanas de habla lemosina).
Segunda, por los guerreros y nobles que conquistaron las tierras de los condados de Aragón, Sobrarbe, Ribagorza, Barcelona, Ausona, Besalú, Girona, Pallars: Jussá y Subirá, Ampurias y Urgel – Urgell, tierras todas ellas repobladas con gente occitana de habla d’oc o lemosina (existen un sinfín de cartas otorgadas por los reyes francos y los de Aragón. Las ultimas están fechadas por Pedro IV de Aragón). Al frente de los condados los reyes colocaron todos ellos nobles occitanos de lengua d’oc o lemosina.
Los Condes de Barcelona, eran occitanos de nacimiento o descendientes de ellos, desde el primer Conde Bera, hasta el último Ramón Berenguer IV. Todos ellos eran de habla lemosina (en 1.162, el condado pasó a formar parte de los reyes de Aragón con Alfonso II, también de lenga romans)
El Conde Ramón Berenguer III, al casarse con la condesa Dulce de Provenza, dejo escrito que con dicha boda entraba la cultura en el condado, cultura de la que estaba huérfana la gente de Barcelona, BarchinonaBarchinone, diciendo que: «con la Condesa Dulce entraba la lengua culta lemosina en el condado de Barcelona«, condado que al estar solo habitado por gente guerrera y ruda, solo hablaban un romans muy basto e inculto.
En los archivos de la Corona de Aragón, se guardan unos documentos del Condado de Barcelona (tal vez por esto no son reclamados), donde Ramón Berenguer III escribió con motivo de su boda con la condesa Dulce de Provenza: «Siendo los condados de Barcelona y de Provenza una tierras muy parecidas, tener gente parecida y con una lengua común, el LEMOSIN, bien podrían formar un reino«.
Principios del siglo XVI, con la unión de los reinos de Castilla y Aragón, el castellano fue relegando al lemosín, como lengua de uso de la corona de Aragón. Nació un interés entre los intelectuales de la Corona de Aragón y por ello fueron creándose organismos para su conservación.
En el Condado de Barcelona, se creó: «LA ACADEMIA DELS DESCONFIATS» de 1.510 a 1.650, que se transformó en «LA REAL ACADEMIA DE LAS BONES LLETRES DE BARCELONA» desde 1.650 a 1.912. Después de esta fecha se convirtió en «l’INSTITUT DE ESTUDIS CATALANS.
Anteriormente, nace el Siglo de Oro de las Letras Valencianas, abarca prácticamente todo el siglo XV y fue la época de máximo esplendor de la Lengua Valenciana escrita. Durante este siglo, autores tan reconocidos como Jordi de Sant Jordi, Ausiàs March, Joanot Martorell, Joan Roiç de Corella, Jaume Roig o Sor Isabel de Villena.
La lengua mallorquina y balear, fue reconocida en 1840 por la Real Academia de las Buenas Letras de Barcelona. Por la Real Academia Española en 1928. Por segunda vez por la Real Academia Española, cuando en 1959 ratificó la categoria de lengua independiente con la misma categoría que la valenciana y la catalana (Boletín de la R.A.E número correspondiente a los meses de septiembre/diciembre de 1959).
En 1833 el poeta Buenaventura Aribau compone “ Oda a La Patria “ un poema convencional , escrito en Madrid, en homenaje a su jefe comercial, un tal Remisa con motivo de su fiesta onomástica. En esta poesía, el tal Aribau no habla aún de “lengua catalana”. Sólo nombra, nada menos que cinco veces, a la “llengua llemosina” como su lengua materna. Los nacionalistas lo exaltan como una exaltación de la lengua catalana, pero si lo leen, verán que su exaltación es para el lemosín. La quinta estrofa dice así:
En llemosi soná lo meu primer vagit,
quant del mugró matem la dolça llet bebia;
en llemosi al Senyor pregaba cada dia,
e cántichs llemosins somiaba cada nit.
Esta oda inicial de Aribau fue seguida por Rubió y Orts en su Lo Gayter del Llobregat, en el año 1841.
En 1842 el Padre de la Romanística Europea, el alemán Friedrich Diez, publica la primera edición de su “Gramática de las Lengua Románicas “ en la que expone su clasificación de seis lenguas fundamentales “por su importancia literaria”, nacidas del rompimiento del latín :
Dos al este: Italiano y Rumano
Dos al sur-oeste: Español y Portugués
Dos al nor-oeste: Provenzal y Francés
En esta clasificación no se deja ningún sitio especial al catalán , que es asignado al “dominio del Provenzal” y no es considerada lengua romance independiente, “además de existir en estado latente su fraccionamiento dialectal” (V. E. Vidos: ”Manual de Lingüística Románica”. Universidad de Nimega. 1963). Cataluña fue, hasta el 1906, un mosaico de dialectos.
Antonio de Bofarull y Mariano Flotats, (catedráticos de la universidad de Barcelona y archiveros de la corona de Aragón) en 1.848 tradujeron al castellano y editaron “La Historia de la vida del Monarca don Jaime I de Aragón, el Conquistador”. Como ellos hacen constar, partiendo de lo escrito por el mismo monarca en LEMOSIN. En el prólogo de dicha biografía Antonio Bofarull, repite más de 20 veces las excelencias del limosín, pero 26 años más tarde edito Antonio Bofarull una gramática, la segunda de llengo catalana, haciendo costar en el prólogo que la llengo catalana no venia del lemosín. ¿Cuándo mintió, en 1848 o en 1878?.
En 1850 Antonio de Bofarull, traduce la crónica del Rey Pedro IV El Ceremonioso ó Punyalet, en la portada podemos leer: Escrita en Lemosin por el mismo Monarca, y traducida al castellano y anotada por Antonio de Bofarull. Unos años después, (1854), editan una segunda edición donde cambian el lemosin, por catalán.

colección documentos inéditos archivo corona Aragón, Próspero de Bofarull

El 1 de Mayo de 1859 se celebran los primeros “Juegos Florales de Barcelona: Patria. Fides. Amor” bajo los auspicios del archivero Próspero de Bofarull y Mascaró. En la convocatoria de 1860 se nombra secretario “dels Jochs Florals” de Barcelona a Adolfo Blanch en la que cada concursante todavía usaba «su» particular ortografía, lo que revela la caótica situación de la ortografía catalana, que todavía era llamada «llemosí» por Aribau y otros. El panorama catalán era el de un mosaico de dialectos provenzales de camino hacia la “selección natural” por imposición del dialecto barceloní ( al ser el más hablado).
El 9 de febrero de 1861 se intenta en Barcelona una nueva reunión para «unificar» la ortografía que, hasta entonces, era caótica. La reunión para «normalizar» en la que participaron Milá y Fontanals, Víctor Balaguer, Blanch, Flotats y Bofarull fue un auténtico fracaso.
El Consistorio de los Juegos Florales trataba de conseguir la «normalización» de la ortografía, que seguía caótica, y se presentan dos proyectos: uno de Milá y Fontanals y otro el de l´Academia de les Bones Lletres de Balari. El Consistorio de Barcelona se vio ante dos proyectos enfrentados pero, para evitar una especie de guerra civil interna, se evitó tomar una decisión.
1862:
El escritor de Fórnoles Braulio Foz en la Revista de Cataluña, escribe;
No sé hablar el catalán pero lo entiendo perfectamente, porque en mi tierra (la que llamamos Bajo Aragón) hay pueblos donde se confunden todas las que se han hablado en España, dominando empero la lemosina con un dialecto casi de ella en cada pueblo, así que los naturales de ellos tienen mucha facilidad para entender a los valencianos y a los catalanes (pág. 401) …… tiene pues aun más dialectos la lengua catalana o lemosina en estas nuestras provincias, distinguiéndose entre otros el catalán propio, el mallorquín, el valenciano, el ampurdanés y el que llamaremos literano -por errata, el original dice literario– (pág.404).
/ Literano, de La Litera, La Llitera, comarca de Huesca /
Como entre los dialectos del catalán he nombrado el literano, y podrá ser que hasta el nombre sea nuevo para muchos, me ha parecido declarar cual es, sin que por eso insista en que se conserve el nombre. Es pues el que se habla en algunos pueblos entre el Cinca y el Segre, especialmente en Tamarite. Y también es muy parecido y casi el mismo que se habla en varios pueblos de nuestra Tierra Baja entre Cataluña y Valencia, habiendo sido sus pobladores después de la reconquista, aragoneses de los llanos y de las montañas, catalanes de las riberas del Segre y aún del centro de Cataluña, y algunos antiguos pobladores (págs. 406-407).
En 1871 Friedrich Díez publica la tercera edición de su «Gramática de las Lenguas Románicas» en la que mantiene su clasificación anterior en las seis lenguas fundamentales por su importancia literaria, nacidas del rompimiento del Latín, dos años mas tarde Mayans i Siscar también afirmaba que “el catalán es un dialecto del lemosín” (“Orígenes del español”. Madrid 1873). Fue Milá i Fontanals quien propago el bulo sobre la “clasificación rigurosamente científica del catalán“.
En 1890 el filólogo suizo W. Meyer-Lübke publica su obra : ”Gramática de las Lenguas Románicas” en la que continúa la misma clasificación de Díez y donde dice (pág 4):” En el este la transición se opera poco a poco con el catalán en el Rosellón: esta última habla (parler), que no es más que un dialecto provenzal”…
«Le catalán qui n’est qu’un dialecte provenzal transporté en Espagne au VIII siècle, pénétra de plus en plus vers le Sud pendant la lutte des rois d’Aragón contre les Arabes
En la revista «L´Avenç» del 31 de Marzo de 1891 el joven ingeniero cubano Pompeyo Fabra i Poch, Jaume Massó i Torrents, Joaquim Casas i Carbó dicen que una misma ortografía para el catalán, el valenciano y el mallorquín es «impossible perquè és contra natura”. (Algo muy distinto será el tono amenazante del mismo Pompeyo Fabra a los valencianos, en 1930, cuando quiso imponer su normativa I.E.C. del dialecto barceloní: “El que aneu a fer es molt arriscat”…). Los hombres de L´Avenç, desentendiéndose de la antigua koiné, se lanzaron a la actualización y sistematización del dialecto barceloní con el fin de convertirlo en el moderno catalán literario. Y así, entre todo el mosaico de dialectos catalanes nacidos del provenzal, eligieron e impusieron como “standard” de referencia el “infame e infecto dialecto barceloní”, según definición del erudito Padre Batllori.
valencià, català, valenciano, catalán
Pompeyo Fabra publica su “Ensayo de gramática del catalán moderno” donde explica que el sistema gramatical que se va a adoptar será una normativa que tome como modelo el dialecto barceloní y no el del interior, más rural, porque el barceloní era “la parla más viva” de las que entonces se hablaban….
En 1904 el cura payés mallorquín mosén Antoni Alcover organiza el I Congreso Internacional de la Lengua Catalana y utiliza al profesor alemán Bernhard (BernardoSchadel para hacer viable una primera gramática catalana, expuso a sus asesores barceloneses el proyecto del profesor alemán, pero lo encontraron irrealizable porque no existía en toda Cataluña ni una docena de lingüistas especializados capaces de hacer el estudio de una manera científica ni con garantías de seriedad. El 13 de Octubre se inauguró el congreso en el Teatro Principal de Barcelona con un discurso patriotero y de tintes exaltados por Mosén Alcover, alentando a todos los catalanes a «crear» la primera gramática y diccionario de la lengua catalana.
Prat de la Riba, quien creó el Instituto de Estudios Catalanes en 1912, presidente de la Diputación de Barcelona, y presidente de la primera Mancomunidad de Cataluña, sistematizador y potenciador del independentismo catalán, dice:
 “En las costas del mar Sardo va a encontrarse la etnos ibérica, la nacionalidad ibera extendida desde Murcia al Ródano, o sea desde las gentes libio fenicias de Andalucía oriental hasta los ligures de la Provenza”.
En el Levante de la península Ibérica se dan por lo menos los siguientes dialectos con las características precedente de una evolución del latín vulgar sobre un sustrato de la lengua ibera: Apitxatapichat, Meridional, Alicantí, Mallorquí (de Tarbena i la Vall Gallinera), Valencià, Murciá (desaparecido), Ribagorçà, Pallarès, Lleidatà, Tortosí, Matarraña Matarranya, Maestrat, Castellonenç Salat de la Costa Brava (Sa Costa Brava), Barceloní, Tarragoní, Xipella, Menorquí, Eivissenç. A las que hay que añadir el chapurriau de la franja oriental de Aragón. O la franja del meu cul.

chapurriau
A estos dialectos, localizados en España hay que añadir todas las variantes de la lengua occitana, localizadas en el sur y centro de Francia, que tienen las mismas características de las españolas, entre ellas el limosín, el aranés ( que viene del auvernhat – gascón según fuentes), el gascón, el provenzal (la lengua de los trovadores), el vivaroaupenc.

Gerhard Rohlfs lingüista y Romanista Alemán, en 1926 Catedrático de Filología Románica en la Universidad de Tubinga, alumno de Friedrich Díez, defiende el mismo criterio científico que su profesor.
El Filólogo suizo-alemán Meyer Lübcke en su libro dice: “el catalán, que no es más que un dialecto del PROVENZAL” (Grammaire des Langues Romanes». Paris.1890. Pág. 13).

Otro filólogo José o Josep María Guinot (Castellón) afirma: «prenent com a base per a tota Catalunya la modalitat llingüística de Barcelona, dialecte barceloní, el més impur de tots” (“Qüestions de Llengua”. Real Academia Cultura Valenciana. Serie Filológica.1990). http://racv.es/

En 1946 Josep Romeu funda la Societat Catalana d’Estudis Històrics, brazo armado cultural de la burguesía feixista catalana para la reinterpretación» de la historia. A sus colaboradores, Miguel Dolç y Guillem Colom les obsesionaba una idea: extender el «normalitzat» al Reino de Valencia. Todavía no se habían fijado en Aragón.
En 1959 la Real Academia Española adoptó el importantísimo acuerdo, escamoteado, de sustituir el término dialecto por el de lengua, y ello especialmente por razones científicas. Poseemos el fidedigno testimonio de Julio Casares, Secretario Perpétuo a la sazón:
«También ha estado en cierto modo presente la política en las recientes deliberaciones de la Academia, SE HA DADO EL VISTO BUENO a totalitarismo, antimilitarismo, antisemita y antisemítico (…) Y no está exenta de alcance político la RECTIFICACIÓN QUE SE HA HECHO en las definiciones del catalán, valenciano, mallorquín y balear con el fin de AJUSTARLAS A LAS EXIGENCIAS DE LA LINGÜÍSTICA, dando de paso espontánea satisfacción a los naturales de las respectivas regiones. Del VALENCIANO, por ejemplo, se decía dialecto de los valencianos. AHORA SE LE RECONOCE LA CATEGORÍA DE LENGUA, y se añade que es la hablada en la mayor parte del antiguo reino de Valencia; y la nueva definición del catalán pondrá término a las consultas que recibo un día sí y otro no, para que diga si es lengua o dialecto. Hela aquí: Lengua romance vernácula que se habla en Cataluña y en otros dominios de la antigua corona de Aragón«.
En 1972 D. Antonio Ubieto Arteta, catedrático de Historia Medieval de la Universidad de Valencia y archivero de la Corona de Aragón, lee en el Paraninfo su lección magistral “Los Orígenes del Reino de Valencia” en la inauguración de curso 1972-73. En esa investigación el profesor Ubieto desmonta todas las falsas teorías catalanas que se querían imponer en la Universitat de Valencia sobre la conquista del Reino de Valencia y demuestra que el porcentaje de catalanes venidos a Valencia fue escaso (algo que innumerables veces hemos denunciado en esta pagina), y no pudieron traer la lengua, porque “el romanç valencià” ya existía en el Reino moro de Valencia.
A partir de ese momento el profesor Ubieto y su equipo es acosado y amenazado de muerte por las nuevas huestes catalanizantes que se habían apoderado materialmente de la Universidad y tiene que trasladarse a la Universidad de Zaragoza, y así, poco a poco, el monolitismo histórico-lingüístico catalán acabó con el pluralismo libre pensante que durante tantos años había ilustrado las aulas literarias universitarias. Esa asfixiante situación es la que ha perdurado y perdura. Y la universidad de Zaragoza ya se ha contaminado. Un ejemplo: Javier Giralt Latorre, pero hay más.
Ver AVL = IEC = Ascuma en Calaceite.
En 2003 el Profesor Blanchet afirma que el catalán es un dialecto provenzal y advierte de las presiones lingüísticas desde Cataluña.
Francisco Rodríguez Adrados Filólogo y Académico experto en lenguas clásicas en febrero de 2008 recuerda que antes del siglo XX solo existían dialectos y fue Pompeyo Fabra quien estableció el catalán como una lengua. Miembro de la Real Academia Española y de la Real Academia de la Historia es autor de Historia de las lenguas de Europa.

José Angeles Castelló reconocido lingüista y profesor docente durante 18 años en Estados Unidos dirigiendo el departamento de Estudios Hispánicos en la Universidad del estado de Florida reconoce las diferencias lingüísticas de los territorios de la Corona de Aragón y citando a Kosh:

Las lenguas mueren por los niños, una persona mayor no puede renunciar a su lengua, pero el niño que de momento no tiene una lengua los maestros se la imponen (lo estamos viendo en la actualidad).
No es el catalán una lengua románica que siempre haya estado entre las lenguas en personalidad propia: todo lo contrario, era considerado como una variedad dialectal de la lengua provenzal, y sólo desde hace relativamente poco, ha merecido la categoría de lengua neolatina independiente (Gramática histórica catalana. Editorial Gredos).
A. Badia Margarit. Rector de la Universidad de Barcelona.
occitano, catalán
Resumiendo:
No fue hasta el I Congreso de la Lengua Catalana (1906) en la que el catalán abandonó su condición de dialecto para adquirir de forma oficial el estatus de lengua independiente por primera vez en su historia. Hasta entonces el catalán era considerado un dialecto de las lenguas de Oc.
Hoy, mayo 2016, los habitantes de Limoges (centro de Francia) que conozcan el limosín, no tienen dificultad para comprender los dialectos hablados en la región de Cataluña, o en la de Valencia, lo que confirma que existe una misma lengua fraccionada en dialectos, algunas de cuyas piezas son los dialectos usados en el pasado y en la actualidad en el territorio llamado Cataluña.
¿Porque si en Cataluña, como hemos probado no se crea una léxica común hasta 1906 quieren imponernos su léxica cuando los territorios en cuestión llevan siglos con su propia cultura y tradición?, ¿que interés sino es el meramente político mueve los hilos de esa imposición lingüística?
als presentz, als que son per venir, for durable que tots los omnes qui son e seran en Osca
Quiero invitar a las fuerzas políticas de Aragón, Baleares y Valencia a defender nuestra cultura que sin duda tiene mucho recorrido común con Cataluña, ante la imposición que desde la Generalidad catalana quieren imponernos. Durante siglos fuimos una Corona temida y respetada, que ese respeto se mantenga entre los territorios que en antaño formamos la gloriosa Corona de Aragón.

Etimologías VS el padre habas

Etimologías VS el padre habas

Etimologías VS el padre habas:
aunque haya movimientos que promuevan que el valenciano o balear son lenguas separadas, filológicamente las variedades habladas en CataluñaValencia Baleares (se deja Aragón) forman parte de una misma macrolengua 🙂
Estoy de acuerdo, esa macrolengua es el latín.

No des lecciones sin tener ni idea, es un consejo.

Etimologías VS el padre habas:  aunque haya movimientos que promuevan que el valenciano o balear son lenguas separadas, filológicamente las variedades habladas en Cataluña, Valencia y Baleares (se deja Aragón) forman parte de una misma macrolengua :)  Estoy de acuerdo, esa macrolengua es el latín.   No des lecciones sin tener ni idea, es un consejo.

Del Fuero de Jaca y su escritura.

Del Fuero de Jaca y su escritura.

Del Fuero de Jaca y su escritura.

http://romancearagones.blogspot.com/2011/12/doc-1-los-fueros-de-jaca_8503.html Julián Naval (Tamarite de Litera)


El Fuero de Jaca es promulgado por Sancho Ramírez, segundo Rey de Aragón en 1063. Del cual tenemos 7 códices, copias o versiones del original.

Aquest es lo for de Jaca.Esto e lo for de Jaca.
Este es el Fuero de Jaca.

Original (Huesca, 1200)
Traducción aragonés oriental. (Variante de La Litera. Tamarite 2004)
Traducción castellana.

Del filtz, si lo payre lo nega
Dels fills, si lo pare lo negue
De los hijos. Si el padre lo niega

com lo salue la mayre.
com los salve la mare.
como los salva la madre.

Sj alguna muyller / que non aya maritSi alguna mullé, que no tingue maritSi alguna mujer, que no tenga marido

aurá d’altre omne fill o filla
aurá d’altre ome fill o fillatendrá de otro hombre hijo o hija

e l’omne nega que no es son fill
e l’ome negue que no es son fill
y el hombre niega que no es su hijo

la muyller, per saluar aquell fill o
la mullé, per salbá aquell fill o
la mujer, por salvar aquel hijo

aquella filla que sia d’aquel hom,
aquella filla que sigue d’aquell ome,
aquella hija que sea de aquel hombre

deu aportar denant la iusticia las
deu aportá debant la chustisia les
debe aportar delante de la justicia las

dos partz d’un cobde de drap
dos parts de un codo de drap
dos partes de un codo de trapo

de lin ab qu’el sigell la man
de lino en que li selle la ma
de lino con que le selle la mano

dreyta, e aprés del terser dia leve
dreta, y dempués del tersé día porte
derecha y que después del tercer día lleva

lo ferri calt. E passats altres tres
lo ferri candent. Y pasats altres tres // lo ferro calén, candén //
Y pasados otros tres el hierro candente

dies puys que aurá leuat lo ferri,
dies pues que aurá portat lo ferri,
días pues que habrá llevado el hierro,

la iusticia ab altres fidels
la chustisia en altres fidels
la justicia con otros fieles

guarden-li saviament la man
mirénli sabiamen la ma
mírenle sabiamente la mano

Y si conoxen que sia sana
Y si coneixen que sie sana
Y si conocen que sea sana

la muyller rendas-l fill ad aquel
la mullé rindelí aquell fill a n’aquell
la mujer entregue aquel hijo a aquel

payre e d’ayllí enant no sia tenguda
pare y d’allí entanan no sie tenguda
padre y de allí en adelante no sea

de nuyrir aquel fill e aquela filla
de nutrí aquell fill o aquella filla
obligada de alimentar (nutrir) aquel hijo o hija

sino ab sa voluntat, pero ***
sino sigue sa boluntat, pero ***
sino sea su voluntad, pero si lo hace lo pague el padre.

Et si por auentura la man
Y si por bentura la ma
Y si por ventura la mano

de la muyller no sera trobada
de la mullé no sirá trobada
de la mujer no será encontrada

nodresca aquel fill sana,
nudrisque aquell fill sana,
nutra aquel hijo

o aquella filla sense aquel
o aquella filla sense aquell
o aquella hija sin que aquel

payre a qui.l donaua.
pare al que se li donabe.
padre al que al se le daba.

Pero l’un nin l’altre,
Pero l’un ni l’altre,
Pero ni el uno ni el otro,

com que s’auenga,
como que s’abenguen,
como se avengan,

no deu dar calonia.
no deu doná calonia.
No deben pagar multa.

Original. Pamplona, 1247
Traducción al aragonés oriental, Variante de La Litera.
Traducción castellana.

Si muller que no a marit
Si muller que no a marit
Si mujer que no tiene marido

fa filltz o filla d’algun omne
fa fills o filla d’algun ome
tiene hijos o hija de algún hombre

e ditz que de tal omne lo a,
y diu que de tal omne lo a,
y dice que de tal hombre lo ha (tiene),

e lo omne ditz que no,
y lo ome diu que no,
y el hombre dice que no

la muyller haya les dos partz
la muller aya les dos parts
la mujer lleve las dos partes


d’un cobde de drap de lin
d’un codo de drap de lino
de un codo de trapo de lino


El Fuero de Jaca. En lengua aragonesa medieval.

(Procedencia aragonesa de nuestra lengua)
Zona Oriental de Aragón.


El Justicia de Aragón patrocina un trabajo de recuperación histórica y lingüística de este singular Fuero de Jaca, para ello se recuperan los trabajos de un judío sefardí Mauricio Molho [4]con el tomo “I Facsimile” editado en el año 1964.[5]
Del Fuero original de Sancho Ramírez ( año 1067) se conservan solamente algunos retazos en latín y gracias a las investigaciones de Molho se llegan a encontrar hasta 7 códices, versiones o copias. Las dos primeros denominados A1 y A2 son recopiladas en Jaca y Huesca, La tercera denominada B, es recopilada en Navarra, Pamplona (Iruña), (llamada iruñense) , que al mencionar varias veces el Fuero de Aragón, se le supone posterior a las A. (datados del 1230 al 1380). El resto son compilaciones que recogen las tres anteriores y son parciales, una en Zaragoza de la que solamente hay una página y perdido el original, copiada por Manuel Lasala (1870) redactada tardíamente en aragonés muy castellanizada.
Los fondos utilizados han sido del Archivo Histórico Nacional, Súmmo Porto, Santa Cruz de la Serós, San Juan de la Peña, Leyre, Iranzu, Jaca Archivo Municipal. En Navarra; Cámara de Comptos, Archivo Municipal de Pamplona, y de Estella, Puente la Reina, Santa María la Real, Sangüesa y C. De Roncesvalles, Tudela y Logroño.
Según este estudio, Molho dice; La versión A, Es la primera recopilación romanceada del Fuero. Tiene su centro en Jaca y es obra de jurisconsultos aragoneses.
Con la redacción B, representada por un solo manuscrito (98 folios de pergamino) aparece la primera expresión del derecho Aragonés en Pamplona. ( pág. 39).
La versión A, (…) fue la primera lengua de los notarios de Jaca (…) lenguaje híbrido con fondo galo-románico que se trasmite de generación en generación al interior de la población al que se superponeel aragonés. ( Molho 1978. pag.193). [6]
También debe tenerse en cuenta (Ubieto pág.444) considera que se trata de lengua jaquesa( pág. 332 del Fuero).
Así pues nos hallamos con unos textos, con restos francos (languedoc, bearnés, gascón, etc.) al que se le ha sobrepuesto el aragonés (íbero-galo-románico) resultando según Ubieto el jaqués, (aragonés medieval) este a la vez es llevado hasta Huesca donde empujado por el castellano, perdurará hasta el siglo XIV y en Logroño hasta el siglo XVI.
No deja de causarnos sorpresa la lectura de estos Fueros a los tamaritanos, pues están redactados en nuestra lengua, emparedada en la Zona Oriental de Aragón desde Benasque hasta Valderrobres, pasando por Fraga y Tamarite (a la que no se le ha prestado hasta la actualidad atención). Separados por casi 1000 años, los habitantes de esta Zona con una tozudez rayana en la paranoia la han conservado con pequeñas variantes, pese a las presiones de los dos idiomas mayoritarios el Castellano y el Catalán. En los textos que presentamos, verán unas variantes que vamos a analizar lo más brevemente posible.
Est’, perdura en Fraga; ’filtz ’perdura en Peralta-Calasanz; ‘payre, mayre’ desaparece la ‘y’ al ser la trasmisión fonética; ’omne, hom’ de las dos se deriva en – ome-; ’salue,saluar’la –u- se convierte en –b,v- (como castellano); ’iusticia’ copia latina será – j – que fonéticamente se convierte en –ch-; ’Sj’ copia latina pasa a –i-; ’sia’ perdida (Gruas 1950) pasa a –sigue; ’calt’ perdida pasa a candent (castellanismo, catalanismo); ‘ab’ pasa a en (Se conserva en un manuscrito de Alcampel 1510); ’calonia’, -multa- se conserva en las Ordenanzas de Tamarite 1696; ’dar’ –doná- se conserva en Peralta-Calasanz; ’leve, leuat’ – porte, portat – se conserva en Fraga; ’enan’ apócope de –entanan; ’ditz, partz’-diu, parts-, en Peralta-Calasanz y Zurita. Hay otras variantes y matices más sutiles que no es objeto en este trabajo abordar.

Julián Naval de Tamarite a 13 de Julio del 2004. (página 1ª de 6).
[1] Redacciones aragonesas del siglo XIII (año 1.200 al 1299). Edición. El Justicia de Aragón, Zaragoza. 1964. Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Dirige. José María Lacarra. pág.103.(pág. 25 del Fuero).
[2] Redactado en Huesca en 1200. Molho 1960; Justicia de Aragón 2003. (pág. 18).
[3] Justicia de Aragón. Fueros de Jaca. Redacción iruñesa. (pág. 48 del Fuero).
[4] El Fuero de Jaca. Mauricio Molho. Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Escuela de Estudios Medievales. Instituto de Estudios Pirenaicos. 1954
[5] El Fuero de Jaca I Facsimile. Fuentes para la Historia del Pirineo. Edición Crítica de M. Molho. Sello Justicia de Aragón. Colección dirigida por J. Mª Lacarra. Zaragoza.1964
[6] El Fuero de Jaca II Estudios. M. A. Martín Zorraquino y Mª L. Arnal ,Zaragoza, 2003.

Del Fuero de Jaca y su escritura.
Este romance aragonés, de acuerdo con su manifestación escrita en el Fuero de Jaca, suena así (No recurrimos a su traducción porque no la creemos necesaria para los valencianos).

7 De hom mort dints los termes de Jaca.
Si algun omne mata altre dintz los termens de Jaqua e es pres, deu dar al rey mil ss (sueldos jaqueses) per calonia e garde se dels parentz e dels amicx del mort. E si per aventura no e pres, si algunas cosas aura, sien meses en poder del rey. Mas altres omnes de la ciutat non son tenutz de dar aquel homecidi, sino aquel qui l’a feyt.



als presentz